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EL DERECHO MODERNO,

REVISTA

DE JURISPRUDENCIA Y ADMINISTRACION.

AÑO DE 1846.

CONTIENE:

1. La crónica legislativa de dicho
año, con notas y aclaraciones que sir-
ven para la inteligencia de muchas
leyes.

los recursos de nulidad fallados en el
mismo periodo.

3. La revista de la jurisprudencia
administrativa, que abraza todas las
2. La revista de la jurisprudencia consultas del consejo real publicadas en
civil, que comprende todas las senten- el referido año sobre negocios conten-
cias del tribunal supremo de justicia en cioso-administrativos.

TOMO TERCERO.

MADRID:

ESTABLECIMIENTO TIPOGRÁFICO DE D. RAMON RODRIGUEZ DE RIVERA, Editor,

CALLE DE LA MANZANA, NUM. 14.

1847.

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PRÓLOGO.

A fines de 1844 comenzó la publicacion de EL

DERECHO, REVISTA DE LEGISLACION, JURISPRUDENCIA Y TRIBUNALES, en la cual fueron tratadas todas las! cuestiones de actualidad relativas à la jurisprudencia Ꭹ al derecho, y se publicaron todas las leyes, decretos y disposiciones generales del gobierno referentes á la administracion de justicia, que se promulgaron en los últimos meses de 1844 y en todo el año de 1845. Suspendida esta publicacion} en 1846, vino á sustituirla EL DERECHO MODERNO, REVISTA DE JURISPRUDENCIA Y ADMINISTRACION, en los primeros meses de 1847, cuyos dos primeros to mos comprenden, ademas de otras muchas mate rias, toda la nueva legislacion promulgada, y toda la doctrina de jurisprudencia civil y administrativa establecida en dicho último año. Habia, pues, ungran vacío entre el fin de EL DERECHO, REVISTA DE LEGISLACION, y el principio de EL DERECHO MODERNO, REVISTA DE JURISPRUDENCIA. Nuestros actuales suscritores, que lo fueron tambien á la anterior pu~ blicacion, deseaban que este vacío se llenara, á fin de poseer, cuando menos, toda la nueva legislacion desde 1845, una revista mas extensa de la juris

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prudencia civil, y toda la administrativa establecida desde la instalacion del consejo real. Otros de nuestros actuales suscritores, aunque no lo fueron de EL DERECHO, REVISTA DE LEGISLACION, deseaban, sin embargo, que nuestra CRÓNICA LEGISLATIVA COMprendiese todo el año de 1846 por no haberse publicado todavía el tomo de decretos correspondiente á él. Se nos han hecho instancias para que satisfagamos estos justos deseos, y conociendo nosotros la conveniencia de realizarlos, nos hemos decidido á publicar este tomo tercero, al mismo tiempo que las entregas corrientes de nuestra publicacion, conteniendo:

1.o La Crónica legislativa de 1846, dividiendo por materias las leyes, decretos y disposiciones generales del gobierno, é ilustrándolos con notas y observaciones.

2.o La jurisprudencia civil, establecida durante el mismo año, por las sentencias del tribunal supremo de justicia en los recursos de nulidad.

3.o La jurisprudencia administrativa establecida en dicho período por las consultas del consejo real en los negocios contencioso-administrativos.

Las observaciones y notas de las leyes tienen por objeto exponer los fundamentos de algunas de sus principales disposiciones, evacuar las citas que en las mismas suelen hacerse de otras, y aclarar algunas dudas que puede ofrecer su aplicacion. Nos hemos extendido algo mas en las relativas á la administracion de justicia, y muy particularmente en el reglamento sobre el modo de proceder el consejo real, porque consideramos esta materia de mayor interés para nuestros lectores.

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