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que cada dia los obligan, es necesario por lo syguiente.

Lo primero trataremos de la combersion breuemente, avnque no sea este su lugar. La horden que hasta agora sea puesto y entablado no con poco trauajo por los perlados en las visitas de la gente de cada provincia y cada pueblo della por si, y el libro que dello tienen los sacerdotes por el qual consta, son bautizados casados, e quien tenya mas de vna muger e quien estaba casado en ley natural, y el rremedio que en ellos se puso para que con la mudança de los sacerdotes no se quitase la orden que en todo estaua dado ny oviese variedad sino continuacion con la noticia que del fecho se podia tener por la rrelacion contenyda en el libro; de manera que el principio e fundamento del negocio a sido, quel pastor conozca sus ovejas y ellas a el, para que sepa la enfermedad de cada una; y esta orden suya antigua que es no mudarse cada vno de su pueblo, ayuda para esto maravillosamente y es façil de conseruar por ques propia, con el cual el myedo e las vsitas, e continuacion de averiguar lo que sobre todo pasa con algun castigo quando alguno excede los rrefrena y escarmyenta para que viuan menos mal que solian, y el tiempo cura sus deshordenes; de manera que ayudandonos del, podriamos poner a estos naturales en los termynos que se pretende; todo lo qual queda invtil e sin fundamento por que bien claro esta que aviendo guardia.

TOMO XVII.

adonde vno se vaya con la mançeva que le quiten o con la hermana que tomo por muger sin que aya facultad deboluerle, que para todas las diligençias que se pone esta en la mano el rremedio, espeçialmente que la Haçienda que dexa en el pueblo donde quiera que se vaya, se la dan, que son aquellas tierras que siembra e rretiranse los sacramentos del bautismo del matrimonyo tan hordinario, que es averiguado que no ay nynguno que se baya que no se case dos vezes y bautize otras tantas, y en caso que lleue la muger proyvida o dexe la legitima de que se canso, es el daño notable; por que si va solo dandole otra e si lleva la proyvida, no se puede saber por juicio ny los sacerdotes pueden dexar de herrar. Finalmente, si su horden quanto a esto se quebrantase con todos los presupuestos que estan hechos; considerado que lo que es de vno a de ser de muchos e todas las diligencias eclesiasticas quedan ynvtiles, e no guardandoles su orden quanto a esto.

Lo segundo, quanto a lo que de parte de Su Magestad se a hecho hasta agora, todo queda sin fundamento; por que lo sustançial a sido las visitas y tasas que por virtud dellas se a hecho; de las cuales, la principal a sido aberiguar el numero, e conforme a el aviso rrespeto a la comarca y grangerias, tasar la contribucion e cantidad con que an de acudir los de vn rrepartimiento conforme a este numero. Asimysmo los yndios an debido la destribucion por

ayllos e parcialidades, y claro esta, si diez yndios se salen de vn rrepartimiento para yrse a otro que la tasa del vno se avmenta e carga sobre los que quedan e la del otro se disminuye, y que todas las vezes quel principal dixese aquellos fueron tasados e contados en my tierra y se me an ydo a tal rrepartimiento, que aviendo de hacerles justicia se a de hazer una de dos cosas: ó mandarles que bueluan y acudan con su tasa, o descontar aquello menos del tributo que se les taso rrespeto de las personas que fueren; y luego tambien seria justicia que el rrepartimiento donde se fueron, se añadiese mas el tributo conforme al numero; y considerado que segun la molestia y pesadumbre de vna visita avn que se haga en veynte años, vna vez entendido lo que pasa rreçiuen mas daño los yndios que en el tributo quedan en todos veynte años sin nynguna duda, por las rrazones que adelante se diran: ansi de es usar lo mas que fuere posible y no guardarles su orden, nadie puede negar que en cada año es menester vna visita y otra tasa que ternya yo y avn los yndios por menos daño que los doblasen el tributo, especialmente que si ellos entendiesen del todo semejante cosa, se permytia conocida su condicion, y entendido que donde quiera les an de hacer buen acogimyento e avn rreservarlos dos años porque asienten que abria vna mudança tan notable y tan ordinaria, que de ninguna horden que se pusiese en la tierra, se podria hacer quenta a lo mas largo por mas de seys meses, quan

to mas que en otros y en comyendas se hicieron como se hallaron, que entendiendo que los caciques que les queda facultad a los yndios para bolverse donde el ynga los saco, que muchas encom yendas quedarian sin fundamento ny sin subjeto para poderle dar traça en ninguna cosa ny de gobierno ny de dotrina; de manera que en esta contribuçion e distribuciones para que aya orden e la pueda aver entre los naturales, la principal es, que entiendan que a lo menos que hasta que se de otro, nynguno pueda salirse a vivir de su natural de los que estauan presentes y se visitaron y tasaron juntos.

Para lo qual no se a de tomar argumento de lo que se hace en Mexico, porque alliende de ser diferente la gente y la tierra donde el principio tubo horden y en esta se empieza a poner agora, e aunque vn yndio se vaya a otra parte, no por eso dexan de cobrar del el tributo conthener mas yndios vn rrepartimyento que aca toda la tierra; e avn esto tambien es rrazon de diferencia porque ay en estas partes vezino que tiene de encomyenda cinquenta yndios nytimaes o sacados antiguamente de alguna provincia; e si el cacique se los lleua, queda la encomyenda ynutil y la tierra donde estaua depoblada, y en lo primero pierde a quien se encomendaron sus meritos e gratificaçion, y lo segundo, que la proposicion y poblacion deshecha, que avn syn estas permysiones en este rreyno muy despoblado y la mas tierra del, seria de trauajosa avita

cion sino fuese por los ganados que conserua la gente que viue en tierra esteril y con ellos son abundosamente proveydos de todo lo que mas en la fertil: por esta rrazon se a de tener gran consideraçion a la conservaçion destas obejas de la tierra.

Ansi mysmo hace a nuestro proposito que Nueva España es la tierra llana, e la gente, avnque muncha entre ellos muy conosçida muy bien poblados, e los pueblos muy grandes, e la gente junta; y como todos, bien en estas provincias tienen un rrepartimyento con mill vezinos cinquenta leguas de tierra; y en Mexico con vna legua, ay çinquenta mill vezinos en algunas partes; ansi que no ay proporcion para que las costumbres y ordenanças de vna parte se puedan quadrar ny apropiar para otra.

Esto aquel vienabenturado e prudente varon don Antonio de Mendoza, cuya memoria en las Yndias se perdera tarde, y cuya perdida Su Magestad e la gente que en ellas viue sentira cada el dia mas, acabo de vn año que avia tratado las cosas desta tierra avnque con enfermedades, con aver puesto la horden en Mexico en tan largo discurso de tiempo, decia, que primero que mudase ny hordenase cosa nynguna en este rreyno avia de hacer tres cosas: la primera ver la tierra, la segunda conosçer la capacidad de los yndios, la tercera sauer sus costumbres e fueros y manera de biuir a tributar antiguamente; y que sabido esto, lo primero avia de ser poblarlos en comunydades en quanto

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