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patriotismo y su capacidad, y que él sabia serian sumamente útiles para el país, demasiado imbuido aun de ideas monárquicas, y para el cual la consolidacion de la República era aun un problema.

El 9 de mayo, se celebró en Santiago la eleccion de sus diputados y el triunfo del Ayuntamiento con grandes demostraciones de júbilo. Hubo misa en accion de gracias, á la cual asistieron las diferentes corporaciones. Se entonó el Te Deum con gran repique de campanas y salvas de artillería, y se prolongaron las funciones hasta el 11, dia en que los nuevos diputados se reunieron con los demás para tener parte en las sesiones.

Una de las primeras operaciones fué nombrar ocho alcaldes y rejidores para reemplazar á los que la cámara se habia apropiado como diputados. En seguida, se procedió con premura á la reorganizacion del tribunal de justicia, el cual, desde la caida de la Real Audiencia, no había podido asentar decreto alguno, ni en la justicía civil, ni en la de Alzadas, relativa al ramo de consulado y minería.

Habría podido ser esta coyuntura sumamente feliz para introducir en aquella administracion una parte de las reformas que, desde algun tiempo, el carácter nacional, la naturaleza del país y los príncipios de la nueva existencia social reclamaban; pero á pesar del espíritu eminentemente lejislativo de algunos Chilenos, estos no podian emprender aun tamaña tarea. Las leyes españolas no podian ofrecerles todos los elementos uniformes y mecánicos que constituyen un código conveniente para un país. Eran ellos mismos demasiado novicios, y necesitaban, ante todas cosas, penetrarse de la lejislacion estranjera, casi desconocida en

Chile, y tan rica de toda especie de cuestiones jurídicas.

En consecuencia, no hicieron innovacion alguna en la lejislacion, y continuaron sirviéndose de la inmensa coleccion de leyes coordinadas de un modo indijesto y sin método, verdadero caos que la mas admirable paciencia podria á penas desenmarañar.

Noobstante, se mudó el nombre del tribunal en el de apelacion, formado de tres juiciosos y sabios abogados y presidido por otro, que no tenia mas facultades que la del gobierno económico y distributivo en el despacho de los negocios (1).

Estos actos, que no exijian ninguna contraccion meditativa, ni podian dar materia á oposicion, pasaron sin tardanza y sin dificultad; pero no sucedió lo mismo cuando fué preciso entrar en todos los pormenores de la administracion jeneral y particular. Entonces, el poder, fraccionado entre treinta y seis miembros, se hizo una especie de juguete de las ideas las mas vanas é insustanciales. Cada cual queria dar á la discusion su voto de censura, y de allí se orijinaron disputas acaloradas y ridículas, que muy pronto dejeneraron en personalidades, resultado que les sujirió el dividirse en secciones, segun su gusto, sus conocimientos y capacidad. De este modo, hubo la seccion de hacienda, la de estado, la de guerra, la de policía. Cada una de ellas tenia sus reuniones diarias y particulares, y en las jenerales, presididas por la junta, daban una idea de sus operaciones, que eran discutidas antes de ser adoptadas (2).

(1) Estos jueces, á quienes se confirió el título de colegas, eran: Juan de Dios Gacitua, don Francisco Perez García y don Lorenzo Villalon. El presidente fué don Francisco Cisternas. El sueldo que tenian era de 2500 p. al año.

Martinez, Historia mss. de la revolucion de Chile.

(2) Conversacion con Bernardo ('Higgins.

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Es verdad que estas operaciones no tenian gran importancia para las administraciones, y, las mas de las veces, eran relativas à la forma y al reglamento que se habian de dar al Congreso que iba á ser instalado. En este punto, Rosas hacia cuanto podia para que prevaleciesen sus opiniones, que los diputados de Santiago conseguian siempre modificar, y aun desechar.

Desde la entrada de estos nuevos miembros en la asamblea, las discusiones se habian presentado mas apasionadas; se habia formado una verdadera oposicion contra J. Rosas, oposicion que los partidarios de este llamaban la oposicion de los Godos. Rosas procuró deshacerse de esta oposicion, atacando la legalidad de las elecciones de Santiago, que no debia dar mas que seis diputados, en lugar de doce, y procurando probar que semejante mayoría en una ciudad violaba las condiciones de la igualdad electoral, y que era una espoliacion política que daria nacimiento á privilejios, que era preciso evitar, en cuanto fuese posible.

O'Higgins sostenia con todo su poder la mocion de su maestro, demostrando que aquella representacion nacional era absolutamente contraria á la letra y al espíritu del decreto de 15 de diciembre de 1810, y que su protesta no era, en el fondo, mas que la espresion de la voluntad de todos sus electores; lo cual probó por el tenor de su mandato.

Otros doce diputados protestaron igualmente contra aquella desigualdad electoral (1).

Algunos dias antes, el partido de Rosas habia querido formar un rejimiento de patriotas, hombres de influjo, (1) Conversacion con B. O'Higgins.

en jeneral, y los mas afectos al sistema revolucionario. El obispo auxiliar Andreu se habia ofrecido de capellan, y los SS. Mendíburu y Recavarren debian de ser los jefes. Este rejimiento, organizado sobre el pié de los de la Concordia de Cádiz y de Lima, habia de ser el Paladion de la república naciente, pero tenia el inconveniente de presentarse como parto del pensamiento de una faccion representada por los dos jefes, el uno de ellos suegro, y el otro íntimo amigo de Rosas. El partido del ayuntamiento se apresuró á árruinar dicho proyecto, al cual sustituyó el de un tribunal de segu ridad pública, que, en efecto, fué instalado el 1° de junio, teniendo, por presidente, á Martin Calvo Encelada, y, por asesores, á los dos honrados patriotas Agustin Eyzaguirre y Gabriel Tocornal.

El objeto de este tribunal era vijilar los enemigos de la revolucion, y particularmente los Españoles, que, si veian el poder monárquico trastornado, no lo veian aun enteramente aniquilado. Ciertamente, hubo en aquella circunstancia algunos actos arbitrarios, y aun, tal vez. injustos; pero ¿quien se atreveria á pretender poner, en tiempos de revolucion, en un cuadro regular los diferentes actos de dos partidos?

En aquella época fué, poco mas o menos, cuando llegó á Valparaiso la fragata Bigarrena, proveniente de Montevideo con pliegos para el gobierno chileno, entre los cuales habia un oficio del gobernador español en la corte de Rio Janeiro, el marques de Casa Iruyo, aprobando en todo su tenor el acta de instalacion de la junta y los motivos que le habian dado oríjen. Era este un documento sumamente importante para el partido republicano, que se apresuró á mandarlo publicar en todas las

ciudades, como propio á atraer á sus principios las personas tímidas y timoratas.

Con el mismo oficio, habia otro del marques de Medina, nombrado gobernador de Chile y presidente de la real audiencia por la junta gubernativa de Sevilla, el cual se hallaba, á la sazon, en Montevideo, y pedia pasar á Chile para llenar el puesto á que estaba destinado; pero casi unánimemente la asamblea votó su esclusion, y, pocos dias despues, se le contestó:

Que Chile, á ejemplo de otros vireynatos y presidencias de la América, estaba resuelto á gobernarse por sí mismo hasta la completa pacificacion de España, y regreso de su amado rey Fernando VII, y que, por consiguiente, se sirviese quedarse en Montevideo. »

Al mismo tiempo, se escribió á la junta de BuenosAires, rogándole se opusiese por todos sus medios á su salida (1).

(1) Archivos del gobierno.

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