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Las firmas dicen: Thomas de Rivera y Santa Cruz, Juan José Gonzalez Batres, Francisco de Granda, Christóval de Salvez Corral, Basilio Vicente Romá, Manuel de Estrada, Miguel Joséph de Iturbide, Manuel Muñoz, Juan Martinez Muñoz, Pedro Ortiz de Letona, Phelipe Manrique de Guzman, Isidro de Zepeda Nágera, Antonio Gutierrez de la Campa Cos, Gabriel de Olabarrieta, doctor Francisco Joséph Vidaurre, Luis Romá, Francisco Lopez Portillo, Juan de Garai, Bartolomé de Eguizábal, Tomas García Bahamonde, Joséph Antonio de Aldama, Francisco Pereira, Manuel Ignacio de Larrave, Gabriel Menendez, Joséph Antonio Rosal, Francisco Benitez, Francisco de Echeverría, Manuel de la Bárzena y Muñoz, Miguel Montañes, Joséph Varon de Berri, Miguel de Arresse, Miguel Francisco de Iturbide y Regil, Juan Francisco Real.

Habiéndose logrado formalizar la solicitud en el gobierno superior, y pasádose al acuerdo, sucedió lo que era de esperarse, y aparece en el dictámen dado por el oidor Patiño en 9 de enero de 744, que dice. En el negocio de la formacion de la compañia para el tráfico y comercio con el Perú y otros reynos por los vecicinos de esta ciudad, que la solicitan establecer, expresé, era necesaria licencia y facultad de S. M. y otras cosas convenientes.

CAPÍTULO 95.

Progresos del proyecto de compañia.

Frustrado en el acuerdo el designio de la compañia, no se trató mas de este negocio, hasta que lo promovió un nuevo presidente el señor Araujo, quien notando descuido y abandono en el fomento del comercio y minas del reyno y beneficio de la hacienda real, y que para este fin era adaptable providencia la formacion de la compañía, movidos los ánimos, dice un impreso anónimo de 12 fojas en 4o, se alentaron á seguir el expediente, presentando las capitulaciones: fueron aprobadas, continúa, por el superior gobierno de dicho señor presidente con voto consultivo del real acuerdo en auto de 12 de noviembre del mismo año de 748.

Concedió vénia, dice tambien, el dia 13 siguiente para un cabildo abierto, á que asistió dicho señor presidente, y por espacio

de media hora hizo un razonamiento con tan eficaces conocimientos, que manifestó evidentemente á un mismo tiempo la mayor utilidad de los habitantes del reyno y aumento del real erario; y persuadidos de esta verdad, y dulzura con que atrajo los afectos de los oyentes, salieron de la junta á subscribir, y entregar inmediatamente sus acciones, de tal modo que se juzgaba ménos feliz, el que no llegaba primero, y se vieron en menos de quince dias subscritas en el libro mas de 1.200 acciones de á 500 pesos.

El dia 5 de diciembre, prosigue, se firmó la escritura de los interesados en la compañia, quienes concurrieron el dia 7 de dicho mes en la junta (formada por dignacion del señor presidente en uno de los salones del palacio) que presidió, y en ella se hizo el nombramiento de los directores, saliendo elegidos por pluralidad de votos, y por primer director don Bartholomé de Eguizabal, por segundo, don Gaspar Juarros de Velasco, por tercero, don Miguel de Arresse, por cuarto, don Phelipe Manrique, por quinto, don Juan Antonio Zavaljáuregui.... para que á su cargo quede el manejo de los intereses de la compañia, que reciben con 1519 acciones.

Los estatutos comprenden 36 artículos. La aprobacion de ellos fué dada en el acuerdo, limitando algunas de sus cláusulas, y reservándo en todas la confirmacion de S. M. Se resolvió así mismo, que para el mas pronto éxito, y que en todas sus partes tome su debido curso, los directores con instrucciones y poderes bastantes y demas recaudos ocurrian á solicitar de la real piedad de S. M. la confirmacion de los capítulos propuestos. Este era el estado de la compañia, con que concluye el impreso dia 9 de diciembre

de 1748.

En España, como habia congeturado Echevers, debió ser oída la casa de contratacion, y ya puede inferirse la suerte que cabria á la solicitud. Hay memoria de que ella se renovó en tiempo del presidente Heredia, que entró á la presidencia en 761; como tambien de que en el embargo de unas casas de comercio de esta ciudad entraron en cuenta unas acciones que tenian en la compañia: en sentencia de la audiencia de 16 de mayo de 763 se mencionan dos cuadernos de autos con la pretension de que los directores de ella devolviesen á una de estas partes seis acciónes puestas en sus fondos, y se le entregasen los tres mil pesos bajo fianza.

diz

En la corte no debió tomar color la compañia, porque en Cáy en Madrid mismo habia otras prepotentes, que vigilasen so

bre las operaciones del comercio de Guatemala, y le hiciesen contrapeso. En tiempos anteriores, por acuerdos de 19 de diciembre de 715, se sabe que el marques de Monte-Sacro, cesonario de la casa de contratacion, obtuvo ministro togado, que viniese con jurisdiccion privativa, titulada en cédula de 6 de agosto del mismo año, á zelar los derechos de su comercio, y que el corregidor de Zacapa, por faltarle á la atencion y cortesía de su representacion, fué multado de la audiencia en 200 pesos. Mas adelante, por ocursos del ayuntamiento de esta época, se vé que un apoderado de los cinco gremios mayores vino á Guatemala, uno en pos de otro, subrogándose sucesivamente las personas, quienes ocupando el suntuoso edificio contiguo á Santo Domingo desalojado por la universidad, establecieron casa de su cuenta, la cual fué substituida á la compañia intentada en el pais.

La edad reciente, debiendo tributar algun elogio á lo antiguo, podrá decir de los autores de este proyecto, empeñados en la formacion de ella, que hicieron lo que pudieron, y cuanto estuvo á su alcance, notando al propio tiempo, como se frustraban los esfuerzos que hacia Guatemala, para mejorar su suerte, entre tanto que otros reynos mas estacionarios en la riqueza, y mas remotos en su localidad, con ménos afan adquirian conocidas ventajas.

Buenos-Ayres y Chile se hallaban en este caso. La capital del primero, que habia sido destruida dos veces segun relacion de Alcedo, por cédulas de 618 y 622, redactadas en la ley 1 tít. 14 lib. 8 no podia comerciar por mar, y debia abastecerse de géneros de Castilla del Paraguay, que se surtia por tierra del Perú. Chile era abastecido por un navío anual salido del mismo Perú, que recibia solo surtimiento de los galeones por la via de Panamá. En esta conformidad Buenos-Ayres no pudo tener obispo hasta el año de 620, ni se fundó audiencia hasta el de 663, la cual luego se extinguió, y no se restableció, sino despues de un siglo, á tiempo que Guatemala la tuvo constantemente, primero subalterna, y despues independiente.

Pero en la época de que se habla, es decir mediado el siglo 18, estaba averiguado lo que Ulloa y Jorge Juan demuestran en sus Noticias de América p. 1 cap. 9, á saber, la inutilidad ya irremediable de los galeones; porque ni ellos surtian la América, y ademas fomentaban y llevaban reglado el contrabando, en términos, qué á veces la misma flota hallaba el mercado surtido abundante

mente de los géneros que traía. Por otra parte, con los tres navíos franceses el Luis Erasmo, la Liz, y la Deliberanza, que venian con licencia y registro de Cádiz el año de 743, y doblaron el estrecho, se vió que abastecidas las plazas de comercio, bajaron los precios del contrabando; y no fué menester mas, para que se prefiriera este sistema al antiguo.

A medida que la experiencia desenvolvia las ventajas de esta manera de hacer el comercio, nota Robertson lib. 8 § 57, el número de navíos de registro aumentaba, y en fin los galeones, despues de haber sido empleados durante mas de dos siglos, fueron definitivamente suprimidos en 1748. Despues de esta época, todo el comercio de Chile y el Perú se ha hecho por navíos particula→ res expedidos de tiempo en tiempo, segun que las circunstancias lo exigian, y cuando los negociantes preveian la prontitud y la facilidad de la provision: ellos doblan el Cabo de Hornos, y llevan directamente á los puertos del mar del sur las producciones del suelo y las manufacturas de Europa, que los pueblos de estas comarcas eran obligados precedentemente á esperar de Panamá y Portobelo.

Este cambio, por el cual los pueblos que eran últimos en proveerse de los géneros de Europa, entraron á ser los primeros, de necesidad produjo la prosperidad de Buenos-Ayres, que progresó aceleradamente en la riqueza, hasta elevar su gobierno mas adelante á vireynato. Lo mismo sucedió proporcionalmente á Chile, al paso que debió rebajar el surtimiento del Perú, y decayó enteramente Panamá, que suprimió su audiencia en 749. El reyno de Guatemala, como vecino á éstos, debió participar de su decadencia, primero en el comercio de contrabando, que ejercian con ellos ambas provincias de Guatemala y Nicaragua, y despues en el lícito. El presidente Salazar, en consulta de 31 de octubre de 767, dice: ya se siente la escasez y falta de embarcaciones del Perú, que anualmente introducian considerable gruesa de dinero. Robertson en la nota 96 cuenta de la compañia de Carácas, que en los años consecutivos al de 756, ha exportado 88.482 arrobas de tabaco, 177.354 cueros.

La progresion del pais en su riqueza no pudo ser mas estacionaria. Humboldt en el ens. de la Nueva-España lib. 4. cap. 10, deduce la riqueza territorial del valor de los diezmos, y dice que el impuesto que percibe el clero con este título mide la cantidad de

los frutos de la tierra, y señala con exactitud los progresos de la industria agrícola, si se ocuparan épocas en cuyo intervalo no ha habido variacion sensible en el precio de los productos. En consecuencia presenta estados de 1771 á 1780, y de 1781 á 1790. Para conocer los progresos del pais en tres siglos, es preciso comparar épocas distantes entre sí, y en defecto de datos sucesivos suplir con regados por incidencia, a lo ménos con respecto á la provincia y obispado de Guatemala.

De las primeras actas del Cabildo eclesiástico aparece que los diezmos del año de 1545 se remataron en 2.515 pesos de oro de minas, que á razon de trece reales y un cuartillo hacen . Los de 1553 en 5.300, que hacen

Los de 1555 en 4.000, que hacen.

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Los de 1558 fueron valuados en 6.700 que hacen

4.161 6

8.778

6.625

11.096 7

Y los dos novenos de nueve años en 12.000, que hacen 19.875 En el encabezamiento del vecindario, forma

do para la regulacion y cobranza de alcabalas, á fojas 20 vuelto consta que á Alonso Alvarez de Vega se remataron los diezmos de 1604 en 45.000 tostones, que hacen

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En Remesal lib. 11 cap. 20 por 12.000 tostones, que
da á la cuarta del obispo Ramirez el año de 1609, se
deduce un diezmo de.
En acuerdo de la audiencia de 5 de agosto de 1627 apa-
rece instancia contra Matias Tegero por 40.110 tos-
tones, en que hizo postura á los diezmos de este año,
y hacen..
En las propias actas de cabildo á fojas 208 se contien-
de por materia de jurisdiccion la nulidad del remate
de diezmos del año de 1633 hecho en 40.000 tosto-
nes, que hacen

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En las mismas actas á fojas 407, y en junta de hacienda de 25 de junio de 1648 aparece hecho el remate de diezmos de este año en

22.500

24.000

20.055

20.000

28.500

En el libro de caja de 679 por el ingreso de novenos resulta el diezmo del año de 1668 en

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33.000

Y en los cortes de ella al cabo de un siglo de los mismos novenos resulta por quinquenio el del año de 1771 en. 88.872 En extracto del ingreso y gasto de rentas del ilustrísimo

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