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es decir casi mil poblaciones, caben 500 individuos á cada una; y por este respecto á 34 mil españoles, agregados 232 mil ladinos, y por todos computados 266 mil, dando una poblacion á cada 500 individuos, salen 532 poblaciones: mas, como estas no se han fundado, pero ni la mitad que son 266, ni aun la cuarta parte que son 133, resulta una deficiencia de poblaciones muy reparable: porque se ve que trece ciudades, que fundaron los conquistadores, son las únicas poblaciones, que se han erigido con formalidad, y á lo mas una ú otra villa, de que se ha hecho mencion.

No es mucho echar ménos las poblaciones que se ventilan, cuando las leyes que han regido en la materia, todo lo brindan, y solamente exigen el número de treinta individuos para el asiento de una poblacion, y aun basta el de diez. Con que ordenándolo las leyes, preceptivas unas, prohibitivas otras, y encareciéndolo todas, de diferentes modos: ya previniendo, que donde hubiese comarca acomodada, se erigiese poblacion: ya vedando que se vendiesen todos los baldios: ya prescribiendo, que en la venta de ellos se reserven lugares para poblacion; y especificando que en la composicion de tierras se tenga cuenta con las ocupadas por los concejos y lugares, de manera que no les falte lo preciso, es demasiado chocante, que españoles y ladinos nuevos pobladores que andando el tiempo debian haber formado en el reyno mas de cien poblaciones, y aun mas de docientas sesenta y seis, no lo hayan verificado, y mas bien unos se hayan agregado, á las fundadas por españoles, otros á las de indígenas, y otros hayan permanecido en despoblado.

CAPÍTULO 125.

Poblaciones de ladinos.

Avecindados los ladinos en los pueblos de indígenas, por natural congetura debe suponerse que se emprendió una lucha entre los unos y los otros, primero por el vecindario antes de allanarse éste, despues por tener participio en los egidos y tierras; y emprendida la contienda, el éxito debió depender, así de la industria ó violencia empleada por los primeros, como de la prevencion y resistencia que encontrasen en los últimos. Si estos tuvieron la pre

vencion de solo otorgarles vecindad, y opusieron la resistencia nečesaria para mas, no porfiando aquellos, el gremio de indígenas debió subsistir y permanecer en union y conformidad con el de ladinos, como sucedió en Mixco, Pinula, Petapa y otros pueblos, que contenian moradores naturales dotados de fibra y entereza. Mas en los que hayan faltado la resistencia y prevencion convenientes, cediendo primero los solares y despues sus egidos, el gremio ladino debe haber prevalecido, y decaido y perecido sus naturales, como sucedió en los pueblos, otra vez mencionados, en que los nuevos moradores substituyeron á los antiguos. Como en esto no gobernaban reglas, sino vias de hecho, los indígenas de muchos pueblos mas cerrados y tenaces en sus ideas exclusivas no consintieron, ni aun el vecindario ladino, con que consultaron mas seguramente á su resguardo, y es lo que mucho tiempo se vió en los partidos de los Altos y la Verapaz.

Agotándose mas y mas, ó no alcanzando el recurso de los pueblos de indígenas, y multiplicándose cada dia los ladinos, vejados en los campos, y abandonados á sí mismos, y tambien apercibidos ú hostigados, andando los siglos 17 y 18, muchos llegaron á acomodarse en poblaciones propias, es decir, no dispuestas por ministerio de la autoridad, ni con terrenos de concesion pública, sino por esfuerzos de particulares y en terrenos de dominio privado, réuniendo una ú otra poblacion, en estrechez de circunstancias, y sin formalidad de municipio. De este modo, sin contar con la Gomera y San Vicente, de que ya se ha hecho mencion, aparecen Salamá en la Verapaz, fundada en solar y terreno donado por la fundadora á indígenas venidos en su servicio de San Salvador, á que se agregaron ladinos, que compraron ejidos suyos: ocurre San Gerónimo, sin solares de los particulares, y con ejidos á distancia, comprados por ellos: resulta asímismo en la costa de Escuintepeque un gremio de ladinos alojados en estancia del alférez mayor don Garcia de Aguilar, que tomaron por ejidos y les fué rematada por el capital de mil pesos con que estaba gravada, pertenecientes al monasterio de Sta. Catarina el 2 de mayo de 1708, de que se otorgó escritura de reconocimiento en 4 de junio siguiente. Por este tenor ocurren tambien Cuajiniquilapa, Azacualpa y Sta. Rosa en el corregimiento de Guazacapan: San Marcos en el de Huehuetenango: el Guayabal, Tepetitan y San Sebastian en el de San Salvador: las Mesas en el de Sacatepeques, Chicoh en el de Chimaltenango, y

Guadalupe en las orillas de la capital. Sin embargo que la ley 6 tít. 8 lib. 4, tomada de cédulas anteriores, veda á los vireyes, audiencias y gobernadores el conferir títulos de villa ó ciudad, y á su justicia y concejo la jurisdiccion ordinaria, todavia prevaleció el uso de llamar villas los pueblos y lugares de ladinos, aunque solo tuviesen jurisdiccion pedánea, y pueblos los de indígenas que juntamente eran villas y ciudades de españoles con aquella autoridad, como Quezaltenango y Santa Ana.

La villa de las Mesas se fundó con ocasion de la ruina de Petapa, inundado el dia 9 de octubre de 762 de tres torrentes de agua, sobrevenidos al pueblo de la rotura de un cerro de que manaba una vertiente, que soltando toda el agua de sus cavernas despues de un temporal copioso, se desató en arroyos, que llevando consigo arena y árboles de toda magnitud, se terraplenaron las casas, calles y plaza hasta la mitad de las paredes, y aun sobre las puertas, y fueron maltratados y demolidos muchos de sus techos, con que quedó el pueblo sepultado en sus ruinas, salvándose la muchedumbre medio desnudos en las alturas, y pereciendo 23 indígenas, y como 60 ladinos y pasageros, con pérdida todos de muchos de sus intereses, ropa y vestidos, y aun animales, cuya fetidez unida á là de los cadáveres que fué forzoso desprender del lugar de su fallecimiento, aumentó el horror y la consternacion. Tal es la descripcion que hacen de esta catástrofe el corregidor Croquer, en consulta del dia 17, el escribano Ocampo en certificacion del dia 18 del mismo octubre, y el oidor Villarrasa en informe de 11 de diciembre inmediato, hecho por vista de ojos.

El pueblo contenia 1200 familias de españoles y ladinos, que hacen 5 mil personas, y dispuesto el abandono del lugar, solicitaron separarse de los indígenas y fundar poblacion particular á mas de dos leguas al N. O. en el mismo valle, con el título de N. Sra. de la Concepcion de las Mesas, en tierras que fueron de Tomas de das Varillas, que poseia y cedió Blas de Rivera, allanándose los vecinos á oblar 500 pesos de una capellanía á que estaba afecto: de que se instruyó expediente, y oido el fiscal se libró despacho para la ereccion en 22 de enero de 763, librándose comision y en su virtud fué ordenada la traza del lugar el dia 26; y aunque se sus*pendió algun tanto la prosecucion, con la oposicion de propietarios de las tierras contiguas, y sugestiones hechas á los herederos de VaFrillas por razon de mejoras suyas, se transó la diferencia con la ex

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hibicion de otros 60 pesos por ellas. Los indígenas, que tambien abandonaron el antiguo suelo, se trasladaron al de la Horca, donde trazaron su nueva poblacion dia 10 de abril del propio año. Así lo expone la audiencia al rey en consulta de 30 de abril de 764. La fundacion de la villa de Chicoh tuvo un motivo ménos desagradable. Algunos españoles ascendientes de sus vecinos habian comprado, en principios del siglo, unas caballerías de tierra en este parage y el de los Durasnos en el distrito del pueblo de Patzicia. Aumentándose ellos con los agregados, y multiplicándose sus gánados, habia ya quejas mediado el siglo por la dispersion de estos últimos, á que agregadas las de los desórdenes de personas tambien dispersas sin zelo de justicia y enseñanza, se repitieron apercibimientos para el encierro de ganados en cotos y potreros, y reunion de la gente en poblacion: sobre que el teniente de milicias por y á nombre de los demas vecinos en número de 300 á 400 personas de todas edades y sexos, hizo ocurso al gobierno superior, oponiendo la molestia que de ello se les seguia: en que oidos los informes del corregidor Plazaola, y oidor Bustillo, el fiscal Romana representa la necesidad y ventajas de su poblacion: extendiéndose á declamar por la de muchas de esta especie, que debian practicarse, alegando razones jurídicas y políticas que los hombres tienen para vivir en sociedad, y no en los bosques, agenos de toda civilidad, y para evitar, añade, el perjuicio de los índios, en cuyos pueblos, por no tenerlos propios estas gentes, se avecindan, y es uno de los principios de la destruccion de estos miserables. El gobierno superior proveyó de conformidad en 7 de setiembre de 765.

A la fundacion de la villa de Guadalupe precedió una órden del corregidor Montúfar en Sacatepeques, dada á virtud de otra del presidente Troncoso en 5 de agosto de 791, para que toda la gente regada en la cuesta de Canales hasta mas adelante de su cumbre se recogiesen en alguno de los pueblos vecinos, ó en la capital, señalándoles término para ello, y de no cumplirlo les serían incendiados los ranchos, por lo que reuniéndose 44 familias, las mas de españoles, ocurrieron al gobierno superior en 22 de enero de 794, pidiendo avecindarse junto á la garita, en egidos de la ciudad, por no poderlo verificar en ella á causa de su profesion de campo, ni en Pinula, por ser pueblo de indígenas: sobre que pedido informe al ayuntamiento, que lo pasó al síndico, y hallando estar prevenida en la traslacion por órdenes soberanas la fundacion de

pueblos comarcanos para el abasto y servicio, fué evacuado en favor, debiendo agregarse ocho familias situadas en el camino de Ciudad vieja á la garita: con lo que oido el fiscal, y obligándose los pobladores á mantener hortalizas, les fué concedido en auto de 18 diciembre de 795, y mas adelante cuatro caballerías de los mismos ejidos.

A continuacion de esta solicitud se presentó otra de 92 familias de la misma cuesta de Canales en 29 de enero de 794, pidiendo para poblarse tierras realengas que habia á seis leguas S. E. á continuacion de las tierras de la hacienda que fué de los regulares de la Compañia, sobre que el fiscal Bataller en pedimento del dia siguiente 30 de enero, dice: y siendo esto conforme á las intenciones de S. M. podrá V. E. si lo tuviere á bien, servirse mandar que el alcalde mayor, abrigando este pensamiento, y promoviéndolo en cuanto fuese posible, instruya el expediente que corresponde, y dé cuenta, á cuyo efecto se libró despacho. Proveido de conformidad en 8 de febrero, se libró el despacho el dia 14; pero ocurrió al ayuntamiento en informe de 28 del mismo febrero pedir entre otras cosas, que estas 92 familias se agregasen á la fundacion de Guadalupe, cumulándose desde luego el expediente: lo cual desanimó á los pretendientes, que no queriendo ser agregados sino fundadores, aflojaron en el pensamiento en ocasion que cesaba el alcalde mayor Montúfar en Sacatepeques, y cesó el señor Troncoso en el gobierno, con que estos quedaron en la cuesta y cumbre de Canales como siempre.

Entonces don Vicente Muñoz, vecino de Pinula, que en union de su hermana doña Manuela, uniendo sus legítimas, cada una de 7 mil pesos, habia fundado con real permiso el Colegio de educandas en su recinto con buen edificio y galería de colmenas, cuya cera, dice Juarros, llegaron á blanquear como la del norte, y daba alumnas para monjas y casadas y sus escolares beatas Indias, solicitó el realengo, para fundar una hacienda de su dotacion, instruyendo informacion, y tomando atestados, que remitidos al rey, impetraron la concesion de él, muriendo luego el fundador, y quedando sin aprovecharse el terreno, que apenas ha podido el establecimiento vender en pedazos con la licencia necesaria. - Ademas de estas quince villas pueden haberse fundado otras tantas en el transcurso de los dos siglos en las provincias de Chiapa, Honduras, Nicaragua y Costa-Rica, con que se ajusten treinta,

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