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digno de la atencion del público.

Hice relacion á los ministros por mayor de éste, y otros antecedentes, y habiéndoles oido reflexionar cerca de las providencias que se estimaban oportunas, concurrí á ellas, y entre otras varias se formó el acuerdo impreso del dia 19, que remito á V. E. como tambien el edicto, que en la misma forma mandé fijar en los lugares públicos, dando noticia de la rebaja del tabaco, que habia resuelto con voto de los ministros del acuerdo, sin que experimentase quebranto la real hacienda, como verbalmente expuso el oidor don Sebastian Calvo, comisionado para la direccion de este

ramo.

A semejante determinacion me movió el clamor del público, las expresiones y sátiras, con que comunmente se explican para con esta nueva administracion, con otras reflexiones, que en caso necesario, y oportunamente haré presente á V. E. juzgando que por tan equitativo medio se aquietaría la plebe, y cesarian los movimientos, que indistintamente todos temian, sin distincion de estados.

No se consiguió realmente el deseado fin de la quietud de esta república, cuyos movimientos probablemente se habrán divulgado en sus provincias, donde se hace mas temible é irreparable cualquiera daño, ántes bien continuaron las inquietudes, y los avisos repetidos, que me comunicaron, como tambien á los ministros de esta audiencia; con este motivo se tomaron varias precauciones, y dieron otras providencias para cualesquiera acontecimiento.

Pero considerando que en tal caso no habia fuerzas para la menor resistencia, ni para hacerse respetable la justicia, propuse el aumento de tropa en junta general de real hacienda, que se formó para el efecto.

Junto con este borrador corre otro, representando que pasado decreto á los oficiales de estas cajas, para que abonasen el prest hasta el número de 200 dragones, sobre los que ahora existen, alegan falta de órdenes de S. M. para ejecutarlo, y se ha visto en la precision de suspender las reclutas, hasta que S. M. se sirva mandarlo.

Esta consulta está tambien sin fecha, pero se congetura ser ámbas de últimos dias de noviembre, por que en cabildo de 18 de este mes y año de 766, un artículo de acta dice. Teniéndose pre

sente la alteracion y conmocion, en que se ha reconocido estar el público y vecindario de esta ciudad, por las tropas de gentes, que han acudido á la casa del señor alferez real, á la del señor alcalde de primer voto, y otras partes, y á la religion de San Francisco, con papeles y representaciones, en que aspiran á la extincion de los estancos, y otras expresiones y exclamaciones de pobreza con algunas proposiciones conminatorias de que se teme una sublevacion, y con ella mucha ruina á lo mas florido de la república y nobleza, y perjuicio de los señores ministros superiores, y religiones: acordaron dichos señores el tomar consejo de persona letrada, sobre si sería bien el que este ilustre ayuntamiento hiciese alguna representacion sobre lo que pulsa y recela; como lo verificó.

El bando impreso corre en los acuerdos de gobierno, encabezado por el acuerdo del presidente y oidores, con la fecha 19 de noviembre de 1766, y tiene por mote munuscrito, sedicion; que comprende 18 artículos. Los primeros hablan de alcabalas, y los últimos de aguardiente: de los relativos al tabaco, el 5o declara que todo vasallo pueda representar cualquiera perjuicio, que haya recibido de la factoría: el 6o que para el efecto se omitan juntas, ó confabulaciones: el 7o, que con pretexto alguno se hagan asonadas, convocatorias, ni demostracion de inquietud; y el 8o, que los sabedores de ella, tengan obligacion de denunciarlas, y el premio de 50 hasta 200 pesos. Entre otras cosas se encarece lo vicioso de la infima plebe.

El edicto impreso está igualmente á la vista, suelto, encabezado por el gobierno superior, con fecha tambien de 19 de noviembre de 1766, que comienza. Deseando consultar por todos medios á el alivio de los vasallos de esta capital y sus provin→ cias; y entre otras cosas dice; se rebaja medio real en cada una de las tres calidades del tabaco de todo el valle de Copan: el de la villa y partido de Esteli se dará á dos reales y medio el manojo; y al mismo precio el del valle del Molino; y por lo respectivo al tabaco desmenuzado dos onzas por medio real, en lugar de la una y media dada hasta aquí.

Un memorial, agregado á la acta de cabildo de 19 de dicienbre, dice. M. Y. S. Cauildo Justizia y Regimiento. La fuerca me conpele á poner prezente á Uss. la nececidad en que se hallan estas provicias de sugetos que patrozinen por ellas; especial mente; en la confucion que estan; sobre el extremo que se ha introdusido

en el nueuo estilo de cofranza de alcauala ynusitada; á que se agrega; la temeraria resolucion de querer inponer estancos, de tauaco, sin tener prezente; et graue dolo y insanable perJuisio; Sea lo primero; que por estas causas; Se allan las gentes como desesperados, Sin Consuelo. pues, ay proposisiones que no abiendo; como no ay, ningun comersio, ni por mar, ni por tierra, tiraran á robar; á hazer muertes; y otros graues exesos descaradamente: otros que se iran de las prouinsias, entre gentiles; que gozarán de mejor uida, natural, en las montañas: otros que por esta via tirarán á reynos extraños: otros que aran dexasion de sus padres: otros que abandonarán, sus hijos, y Mugeres: y otras cosas muy mayores que podran resultar de permanezer este ynusitado término de muerte: no ay como consolar la gran ynquietud y exturbasion de los pobres: Solo si, hasiendo la refension quen esa capital no se pasara, menos Por otra via, esde seruida Su magestad católica; por que: no habiendo como no hai, en esta Prouincias De los confines; trato ninguno; por mar; ni por tierra; pues bisto; no se juntarán en todas ellas De caudal de sus vesinos; medio miyon; sin enbargo que se duda en el todo, que esta órden fuera propia de la real persona; si se le informara catolica mente lo que Son estos lugares de la amédica; no permitiera Su Soberanía tal inpocision; mas quando; lo que Sirue; Son vasallos; y no destrucion de ellos: á que se agrega Que la real Cédula para obedecerla y Suplicarla no asoma especialmente en estas Prouinsias aun antes Se diera por Servido Su Magestad Católica Si Hlle. con Ayuntamiento Su vesindario y comercio hisiera la fuerte instancias que Se requiere á poner presente á su real persona lo que pareciere faurable á la monarchia para redimir la paz y quietud de sus Dominios Aliuio y consuelo De sus vasallos; y perceueranza de su real haber Pues de no suspender el éxito destas tiranillas muchas partes de las Gentes de las Prouincias de los confines, y tierra adentro desde Boruca hasta Canpeche estan dispuestos á retirarse á las Montañas Por no agrauiar órden Superior alguna Y no allar consuelo en las repúblicas de Sus respetibos distridtos ni en los SuJetos ni Gouernadores que mandan. Y esperando Aliuio de la Pleue mísera que tanto claman la Justisia' N. S. G. el I. Ayuntamiento de VSS. por m. a. Para consuelo destas desdichadas Prouinsias Isla de Ometepec de Nicaragua odtubre 25 de 1766. M. I. S. B. 1. m. de Vss. su mas Rendido Seruidor

Gaspar Rodrigues matamoror. y Yeuados.

Casi por el mismo estilo anda otra carta remitida al secretario del ayuntamiento de esta ciudad, fecha en la de Gracias a Dios á 5 de diciembre de 1766, y firmada Pio Ponciano Agreda de Arrutia, con semejantes razonamientos y exclamaciones sobre el Vien público, Paz y Quietud, y aliuio de Pobres; No Suceda, dice, lo de la Gran Bretania lo qual Dios no permita. Alude sin duda á las colonias inglesas, á las cuales refiere el compendio de su historia, llegó por este tiempo el bill de 10 de mayo de 1764, que establecia el papel sellado en ellas: lo cual sembró el descontento, creciendo la irritacion cada dia mas, y el pueblo se preparó á la resistencia: en 29 de mayo de 765 una asociacion de opositores al bill, cuyos miembros tomaron el nombre de hijos de la libertad, hizo cundir por todas partes el zelo de sus principios, y propagó en ellas la sublevacion, que se hizo general en el pais.

CAPÍTULO 106.

Estado de las armas y milicias del
reyno.

En 20 de abril de 768 se formó el estado de armas, para dar cuenta á la corte, y con distincion de bueno, mediano é inútil, es como sigue. En la ciudad de Guatemala, artillería de bronce calibre de á 4 de campaña, tres medianos, y tres inútiles: de á 4 recamarados de montañas 12 buenos. Artillería de fierro: calibre de á 6 reforzados 12 buenos: pedreros, calibre de á 2 uno inútil: esmeril, ó paramuro uno bueno. Cureñas de plaza: calibre de á 6 doce inútiles: de á 4 de montaña 12 medianas, y 6 inútiles. Sigue la razon de utensilios, y luego. Fusiles 613 medianos: 79 inútiles: tercerolas, ó carabinas, 66 medianas, y 61 inútiles. Pistolas 3 inútiles. Sigue la razon de piedras de chispa, bayonetas, portafusiles, cartucheras, frascos de cuerno, todo mediano, ó inútil: 96 arrobas 15 libras de balas de fusil, y 9 espadas inútiles. Sillas bridas 76 medianas, y 95 inútiles. Estribos de fierro para montura, pares 95 medianos, 105 inútiles: de madera 21 inútiles. Frenos 166 medianos, 119 inútiles. Mosquetes 458 inútiles. Chuzos

30 medianos. Lanzas 11 inútiles: horquillas y medias lunas, mediano ó inútil. Haces, ó manojos de flechas seis inútiles: moldes de hacer balas 3 medianos: piezas de herramientas para varios oficios 90 inútiles: 2 cajas grandes para guardarla y otras menudencias.

Castillo de San Felipe del Golfo-dulce. Artillería de fierro: calibre de á 8 nueve medianos, 27 inútiles: de á 3 tres medianos. Pedreros de fierro, calibre de media libra 8 buenos: calibre de á 4 onzas tres buenos. Siguen cucharas, sacatrapos, rascadores, agujas de fogon, chifles y cuerda. Bala rasa: calibre de á 8 doscientos buenos: de á media libra 71 buenos, palanquetas de à 8, seis. Fusiles 22 inútiles: bayonetas 18 buenas: cartucheras 16 inútiles: balas de fusil 800.

Castillo de San Fernando de Omoa. Cañones de bronce: calibre de á 24 montados 6 buenos: de á 12 montados 2 buenos: de á 4 desmontados 4 buenos. Artillería de fierro calibre de á 48 montados 11: de á 12 montados 8 buenos: de á 6 montado uno bueno: de á 4 montado uno bueno: de á 3 montados 3 buenos: de á 2 desmontados 4 buenos: de á uno desmontados dos buenos. Pedreros de á libra desmontados ciento buenos. Siguen cucharas con asta para todos calibres: lanada, sacatrapos y rascador con asta lo mismo. Cuerda 54 mazos. Balas rasas de bronce de á 18 ciento veinte y dos: de á 4 trescientas sesenta y seis: de á una ciento quince. Bala rasa de fierro de á 24 ochocientas noventa: por este tenor de á 18, 12 y 6 á proporcion: de á 4, mil quinientas; y 500 de á 3 de á 2 y 1. Metralla en sacos de á 24 á 12, 8, 6 y 4; y ademas 120 arrobas de suelta. Palanquetas de á 18 ciento noventa y dos: de á 12, seiscientas ocho. Fusiles 200 buenos, 395 medianos, y 751 inútiles: bayonetas, chuzos y lanzas en proporcion. Pistolas 151 inútiles: espadas 102 buenas, y 20 inútiles. Siguen piedras de chispa, cartucheras y rascadores, mediano. Granadas de mano 480 medianas. Moldes de fundir balas 14 medianos, y 278 planchas de plomo. Cartuchos de fusil 4.500 buenos: balas 142 arrobas, y pólvora 338 quintales. Herramienta: azadas, púas, azuelas, sierras, hachas, machetes en cantidad. Candados, calderas, barretas, mandarrias, cuñas en proporcion, escuadra y nivel.

Granada. Artillería de fierro. Calibre de á 6, seis; de á 3,cuatro: de á 1, una: de media, 2: todo mediano. Cureñas en propor

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