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cline el ánimo de S. M. á condescender, en que su real órden vaya cumpliéndose, sin alterar el arreglo y disciplina, en que hoy se hallan las milicias, y en el modo mas adaptable à la constitucion de los paises, y naturaleza de las gentes, que por su pobreza no son capaces do soportar continuada sujecion y entretenimiento en el servicio, y disciplina militar, ni es fácil distraerlas por largo tiempo de sus ministerios y vecindades, que de ordinario son en los campos y poblaciones distantes, ocupados en trabajar personalmente por la falta de jornaleros, que es general en estas partes.

En cuanto á los auxilios, se reduce á pedir cinco ayudantes de infantería: cuatro oficiales subalternos de caballería: dos ingenieros, uno en gefe, y otro subalterno: dos sargentos, cuatro cabos de artillería, y veinte artilleros prácticos todos, de abonadas costumbres; cuyo número es considerado se puede necesitar para las ocurrencias de Omoa, y demas fortalezas del reyno que todas piden entretenerse, conservarse, y estar en verdadera defensa. N. S. G. á V. E. m. a. Guatemala y diciembre 1o de 1769. En esta consulta muestra el señor Salazar mas serenidad, que en la de 766.

El pensamiento de los cuatro batallones se contrajo á la reposicion de las dos compañias de dragones, criadas anteriormente con el número de doscientos, reducidas ahora á cuatro de cincuenta hombres cada una; para las cuales vinieron capitanes y oficiales de la Habana, debiendo reformarse y crecer los sueldos y prest en proporcion de haber sido designados para provincia, hacía veinticinco años; sobre que el mismo presidente Salazar, en consulta de 30 de abril de 769, dice. De esta misma raiz se origina por precision la dificultad de encontrar reclutas útiles para soldados, sargentos y cabos, y no podrán completarse las cuatro compañias sino es con sugetos de conducta desconocida, y tal vez perjudicial, y con algunos criollos, de nacimiento obscuro, y abandonados, con quienes para cualquiera movimiento popular no se podría contar con la mayor seguridad. Por esto sería conveniente que de esos reynos, se dignase S. M. hacer pasar á éste, cien soldados disciplinados, con los cuales en breve se pondrían las cuatro compañias en estado de buen servicio, y habría sugetos idóneos que llenasen las vacantes de oficiales y sargentos. No es de olvidar, que en consulta de 30 de marzo de 770 se propone la reforma de sueldos y prest, con presencia, dice, de las circunstancias del pais, precios de sus alimentos y mercadurías, y porte comun de las gentes españolas, co

mo lo han de ser, y son los de esta tropa.

Sin embargo, ella permaneció en el mismo estado; porque en consulta que hace en 2 de agosto de 773 el presidente Mayorga, dando aviso del terremoto y ruina de la antigua capital, acaecidos en 29 de julio anterior, entre otras cosas, dice. Para atender á tantas urgencias, custodiar los caudales del rey, divididos en varias administraciones, auxiliar los intereses y alhajas de particulares, y comunidades, y contener los excesos, que facilita semejante trastorno: solo he tenido la tropa de cuarenta y ocho dragones, porque la milicia y paisanage apénas podia atender á su casa y familia, acordándose únicamente de mí para pedir remedio de sus calamidades, que con el mayor dolor no podia facilitarles, porque la gente de trabajo aquí, ademas de sus propias fatalidades, es por lo comun muy aragana y tímida, y necesita fuerza para trabajar, pagandole. Entre otras cosas, hablando de los temblores, dice: han quebrantado y arruinado las casas, conventos, iglesias y cárceles, con varias muertes y desgracias.... Este suceso ha afligido mi espíritu con los clamores de un numeroso pueblo de cerca de 60 mil almas.... y desde luego me persuado, será necesario situar estos habitantes en otra parte, y desamparar esta ciudad, hermosa á mi ingreso, y hoy espectáculo de conmiseracion.

CAPÍTULO 107.

Restauracion de las libertades
primitivas del comercio.

En tanto que España comenzó á desprenderse de sus antiguas máximas de comercio, aboliendo la flota y permitiendo los navíos de registro, ella fué teniendo alguna mas comunicacion con sus colonias, de que antes carecía: porque no habiendo otro medio de correspondencia para los negocios públicos y particulares entre la metrópoli y la América que las flotas anuales, las operaciones del estado, tambien como las negociaciones de particulares eran lánguidas ó mal dirigidas, y la Península recibia muchas veces, de los extrangeros, las primeras nuevas de acontecimientos los mas interesantes, sobrevenidos en sus propias colonias. Suprimidas las

flotas, y substituidos los navíos de registro, sugetos en su salida y vuelta al arbitrio y cálculo de las conveniencias particulares, no ofrecian certidumbre ni derecho á las comunicaciones que no eran de su interes, ni cargo. Para remediar este atraso, habia qué vencer los estropiezos de la costumbre, y los inconvenientes del interes de un corto número de agraciados hasta entónces en el comercio de la América.

Carlos III se sobrepuso á ellos, dice Robertson § 61, y estableció en 1764 paquebotes, para ser expedidos todos los primeros dias de cada mes de la Coruña á la Habana ó Puerto-Rico. Los pliegos pasan de allí en embarcaciones lijeras á la Veracraz, y Portobelo: despues ellos caminan en posta por una parte de Veracruz á toda la Nueva-España, Guatemala y las provincias internas, y por otra de Portobelo á los reynos de Tierra firme, el Perú y Chile: otros paquebotes ganan vela tambien periódicamente, una vez cada dos meses, al Rio de la Plata y Paraguay. Y así es que se llegó á establecer una correspondencia segura y pronta al traves de los vastos distritos de las posesiones españolas: correspondencia igualmente ventajosa á los intereses de la política, y á los del comercio del reyno.

A este reciente arreglo se ha juntado desde luego otro nuevo medio de estender el comercio. Cada uno de los paquebotes, que son embarcaciones de una carga bastante considerable, para hacer un semicargamento de mercaderías del suelo de la España, las mas deseadas en los puertos para los cuales es destinado, en retorno tiene permiso de llevar á la Coruña una igual cantidad de producciones de la América. Se puede mirar este establecimiento como la segunda mitigacion hecha á las leyes rígidas, que limitaban á un periodo anual el comercio del nuevo mundo, y el primero hácia la admision del resto del reyno á este comercio.

Si la primera mitigacion hecha diez y seis años ántes con la abolicion de la flota anual, y permiso de los navíos y registros, nada aprovechó á Guatemala, porque los galeones de su flota, mas de un siglo ántes, habian cesado, y sus navíos de registro, sobre anuales y biennales, llegaron á ser mas tardíos y eventuales; esta segunda mitigacion tampoco le aprovechó, porque si bien estos mismos navíos traspasados á los gremios, fueron ménos dilatados, ellos venian con cien y ciento cincuenta toneladas, incapaces de contener la carga de preciosos frutos del pais, y ella revolvía de

los puertos de Honduras á tomar el camino por tierra hasta Vera cruz. Sobre lo cual se ha visto representa este ayuntamiento, reclamando el comercio de la Habana, y que contradiciéndolo el apode rado de los gremios, es apercibido del gobierno en 758.

Una tercera mitigacion, de su naturaleza harto eficaz, alcanzó entre otros efectos, aunque indirectamente, á remediar la penuria de Guatemala. Cárlos III, dice Robertson, abrió en 1765 á todos sus súbditos en España el comercio de las islas de barlovento, Cuba, la Española, Puerto-Rico, Margarita, y la Trinidad.

Les permite hacerse á la vela de ciertos puertos, en tal sazon, y con el cargamento que juzgasen á propósito, sin otra formalidad, que un simple billete de la aduana de donde ellos partiesen. Los descarga de la multitud de derechos onerosos establecidos sobre las mercaderías exportadas á la América, substituyendo un derecho moderado de seis por ciento en la salida de España: les deja la eleccion del puerto, en donde crean á su retorno hallar la venta mas ventajosa, para descargar sus efectos, pagando los derechos ordinarios.

Las ciudades especificadas en el edicto, á que se ha concedido esta libertad son: para la provincia de Andalucía, Cádiz y Sevilla: para las de Valencia y Múrcia, Alicante y Cartagena: Barcelona para la Cataluña y Aragon: Santander para Castilla: la Coruña para Galicia, y Gyon para Asturias. Este privilegio, que derrivó todas las barreras con que la política zelosa de la España se habia esforzado durante dos siglos y medio en cerrar su comercio con el nuevo mundo, fué bien pronto despues estendido á la Luisiana, y á las provincias de Yucatan y de Campeche.

La gracia concedida á las islas de barlovento, á la península adyacente y una provincia limítrofe de las colonias inglesas, no comprendió ni se hizo estensiva á la tierra firme del continente, es decir, á los reynos de Nueva-España, Guatemala, Nueva-Granada, el Perú, Chile y la Plata, quedando por consiguiente estos úl timos atenidos todos al surtimiento de Cádiz, y casa de contratacion de Sevilla. Pero asistidas las islas de toda España por una parte, y por otra la América toda de solo Cádiz, debió suscitarse una competencia inevitable é insostenible en uno y otro continente, y sobrevenir el trastorno general, que hiciese buscar en todos puntos un nuevo nivel á las demandas y surtimientos del mercado. La sabiduría de tal innovacion, nota el mismo escritor, que se puede

mirar como el mas noble esfuerzo de la legislacion española, se manifestó por sus efectos. Muchos privilegios comenzaron á caducar y venir á tierra, hechos ménos útiles, ó embarazosos. La casa de contratacion, ó los grémios, remitió ya mas embarcaciones. Una consulta de 30 de marzo de 770 entre otras cosas hace mérito de la repeticion de registros llegados á Honduras. El asiento, que durante 79 años habia impedido el comercio de Cuba, acabó de perder su vigor, mirando en contrario ejemplares que se citan en consulta de 4 de febrero de 774, por la razon, dice el fiscal, de no tener prohibicion de ley, refiriéndose á cédula de 5 de marzo de 760. En otra consulta de 24 de marzo de 775 se da aviso á España de la llegada á Omoa de la balandra San Martin, procedente de la Habana, que condujo entre otras cosas 225 arrobas de cera, esperando, añade, se vaya frecuentando este rumbo, por lo que conviene al fomento del puerto, y recíproco comercio de algunos frutos de aquella isla, y este reyno.

El manuscrito de la Habana, tratando de su comercio, dice. Desde que por real decreto de 16 de octubre de 1765, al comercio esclusivo, que mantuvo la real compañia de esta ciudad, se substituyó el que llaman libre, porque se hace desde los puertos principales de todas las provincias de España, ménos Vizcaya y Guiposcoa, se ha experimentado una mudanza tan favorable á esta isla, que se debe señalar aquella providencia como el principal orígen del grande fomento que ella ha recibido de pocos años á esta parte. Antes venian á este puerto cuando mas dos ó tres registros de Cádiz, y uno de Canarias; y en ellos, y en los que regresaban de Cartagena, Veracruz y Honduras, que nunca han sido muchos, habian de extraerse los frutos del pais. Por consecuencia de esta constitucion, no solo escaseaban los géneros de Europa, y se vendian siempre caros, dándose así ocasion y aliciente al trato clandestino con las colonias extrangeras, sino que lograban poca salida las producciones de la isla. Pero hoy abunda cuanto puede apetecer para la comodidad y el arreglo: los precios de todos los efectos ultramarinos son moderados, y no coge el labrador tanta cosecha cuanta baste á saciar al comerciante, que á fin de que no retornen de vacio sus buques, todo lo compra, y todo lo arrebata.

Antes del edicto en favor de la libertad del comercio, dice Robertson § 63, la España sacaba apénas algun beneficio de sus despreciadas colonias, la Española, Puerto-Rico, Margarita y la Tri

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