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El obispo de Santiago emplea treinta i cinco pájinas de un libro en folio impreso a dos columnas con tipo pequeño para discutir bajo todos sus aspectos ab ovo gemino tan singular cuestion.

I se haria mal en atribuir esto a jenialidad del señor Villarroel.

Fué este de las guedejas un asunto que ocupó mucho a la sociedad colonial.

El arzobispo de Lima don Pedro de Villagómez habia prohibido por un edicto de 31 de julio de 1647 "que trajesen cabellera, guedejas, capote, ni mechones, ni el cabello partido (como decian) en crencha" a los presbíteros so pena de escomunion mayor i apercibimiento de suspension, i a los diáconos i subdiáconos "debajo de la misma pena de escomunion mayor i de diez dias de cárcel, i con apercibimiento que les hacía de que no serian promovidos a mayores órdenes, tratándolos por esta causa por indignos de ellas, porque ellos mismos imitando el traje mujeril, con su mismo hecho mostraban querian ser tenidos por mujeres, i por ello debian ser tratados como tales."

Esta disposicion espiscopal causó alboroto, lo que movió al canónigo catedrático de la universidad de San Márcos don Martin de Velasco i Molina i al doctor don Juan Blázquez de Valverde a escribir dos alegaciones en favor de aquel edicto (1).

IV.

Una dificultad que hizo cavilar mucho al digno obispo Villarroel fué el uso que encontró estable

(1) Villarroel, Gobierno Ecleciástico Pacífico, parte 1.3, cuestion 10, artículo 6.

cido en la diócesis de Santiago de la grasa de vaca en los dias de abstinencia.

Por lo tanto, la tuvo mui presente para consignarla i resolverla en su obra.

"En este mi obispado de Santiago de Chile, dice, hai costumbre establecida de mas de cien años de comer grasa de vaca en los guisados, i freír con ella sin distinguir de tiempos. Hice grande escrúpulo, cuando vine a servir aquesta iglesia, i sacóme dél ver patente la imposibilidad. En mi casa se guisa en tiempos cuaresmales con aceite; pero en tierra tan pobre, i donde vale gran dinero, ¿quién podria costearlo si no un obispo? Una botijuela de hasta dos azumbres vale ocho pesos. Hai en esta ciudad un santísimo monasterio de monjas a mi obediencia; entre ellas i sus criadas serán trescientas; la renta es poca i mal cobrada; quise reformarles esta costumbre, i cesé en mi propósito, porque para solo este gasto era necesario todo el caudal del convento. Esta mesma costumbre vi en la provincia del Tucuman, donde concurre para justificarla la mesma razon” (1).

V.

Otro de los pocos escritores teolójicos que hubo en Chile durante la época colonial fué el dominicano frai Sebastian Diaz.

No es de ninguna manera mi ánimo el compararle ni por el injenio, ni por la erudicion, con el ilustre Villarroel, a quien sin duda es mui inferior; pero en fin gozaba en el país de una gran reputacion, i don Ambrosio O'Higgins decia de él a la

(1) Villarroel, Gobierno Ecteciástico Pacífico, parte 1.a, cuestion 3, artículo 3, número 79.

corte en 23 de octubre de 1791 que "era un hombre sabio, escritor público, relijioso de irreprensibles costumbres, i de una austeridad a toda prueba."

Entre otras obras, frai Sebastian Diaz compuso una, cuya primera parte (la única que salió a luz) se imprimió en Lima allá por el año de 1783, con el título de Noticia Jeneral de las cosas del mundo por el órden de su colocacion, para el uso de la casa de los señores marqueses de la Pica, i para instruccion comun de la juventud del reino de Chile.

"Fué tanto el regocijo de que se vió ocupado mi corazon al leer esta obra, dice frai José Antonio Poyantos, prior de Santo Domingo i examinador de la universidad de San Felipe, que confieso me hallé obligado a valerme de las mismas instrucciones que en tan linda obra ofrece a la juventud, para dar toda la gloria al Señor, autor i primera causa de todo."

Todos los demas doctores de Santiago acojieron, con elojios mas o ménos por el estilo, la produccion del padre Diaz.

¿Se quiere un ejemplo de las sublimes cuestiones de que se ocupaba un libro que llegaba a calificarse de divino?

Hélo aquí:

"Del Número de los Anjeles.

"El número de su multitud está reservado al que todo lo sabe. Se juzga tan crecido, que los ánjeles del coro último, i ménos numeroso, sean mas que todos los hombres que han habido, hai i han de haber. Sabemos que en las visiones concurren innumerables, i que el ámbito del cielo es incomparablemente mayor que la capacidad de la tierra; i

no podemos ménos de creer que si el Todopoderoso solo para manifestar un rasgo de su poder, i ponernos a la vista el enigma de la grandeza i magnificencia de aquellos palacios, crió acá en la cárcel tanto número de tan varias cosas, criaria infinito mas de número i de hermosura, allá donde ostenta el decoro de su majestad, de su omnipotencia i de su sabiduría; i que si para una corta comision envía a la tierra tantos anjeles, que no se pueden contar, en su asistencia i servicio inmediato retendrá, o quedarán infinitos. Cuando se trata de algunos de ellos por guarismo, se usa del de lejiones, que cada una es 6666" (1).

Tales fueron los frutos mas sazonados que el cultivo de la teolojía produjo en Chile; pues me parece que para el objeto de que estoi tratando, no puede tomarse en consideracion la obra del jesuita Lacunza, escrita en Europa por un chileno que habia salido de su país ántes de cumplir veinte

años.

VI.

Si los teólogos malgastaban en materias frívolas o necias la reflexion que habrian debido emplear en las altas cuestiones, los gobernantes concedian a asuntos insignificantes o ridículos la atencion. que jamas fijaban en los asuntos primordiales de la sociedad.

Entre los bandos que solian publicarse con gran solemnidad, a son de caja, i con aparato de guerra, habia algunos como los que siguen:

En mayo de 1787, gobernando don Tomas Al

(1) Diaz, Noticia Jeneral de las cosas del mundo, tratado 1.o, capítulo 2, párrafo 2.

várez de Acevedo, se hacía saber de real órden a todos los estantes i habitantes de Chile un remedio infalible contra las niguas, que consistia en untar con aceite de olivas sin calentar la parte del cuerpo donde se hubiesen pegado, lo que bastaba para matarlas, i para que se desprendiesen las bolsillas que las contenian. Este remedio habia sido descubierto por un arzobispo de Santa Fe (1). En diciembre de 1793, se recibian de la corte seis ejemplares de una receta para la curacion de los dolores reumáticos, venéreos i escorbúticos, que se habia practicado con éxito en Nueva Orleans (2).

En diciembre de 1795, se anunciaba con el mismo estrépito que era conveniente untar con bálsamo de copaiba el ombligo de los niños recien nacidos, luego que se les hubiera cortado el cordon umbilical, para preservarlos del mal llamado de los siete dias, especie de alferecía que causaba muchos estragos en otras rejiones, especialmente en Cuba (3).

¡I luego habrá quiénes digan que el gobierno español no se manifestaba solícito por sus súbditos de ultramar!

Es cierto que la picada maligna de las niguas i el mal de los siete dias no eran conocidos en Chile; pero eso ¿qué importaba? El monarca hacía conocer el remedio por sí aparecia la enfermedad.

VII.

He narrado en un capítulo anterior, el estraño

(1) Real Orden espedida en San Lorenzo a 20 de noviembre de 1786. (2) Real Orden espedida en el Palacio a 22 de julio de 1793. (3) Real Orden espedida en Aranjuez a 25 de mayo de 1795.

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