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de Chile, pues constando del espediente que de España i del Perú ha recibido en diferentes ocasiones mas de veinte i cinco mil soldados, i no siendo pocos los europeos que anualmente se avecindan atraídos de las delicias del terreno, no pasan al cabo de dos siglos de veinte i cinco mil los españoles de tomar armas, inclusos los mestizos i mulatos.

"A este número se debe añadir el de los indios yanaconas i encomendados que residen entre los españoles. Sábese que al tiempo de la conquista era su número mui crecido, pero se ignora el de los existentes. Solo encuentro en el espediente graves fundamentos de discurrir que es mui limitado. Mas para que se conozca mejor la desolacion lamentable de aquel país, quiero igualar su número, entrando en la cuenta los negros, con el número de los españoles. En este caso, se reduce toda la poblacion a doscientas cincuenta mil almas entre españoles, mestizos i mulatos, indios i negros. Distribuidos éstos en las ocho mil cuatrocientas leguas del terreno, corresponden a cada legua poco mas de veinte i nueve personas. Cosa lastimosa que hallándose poblada la España en unos países a razon de mil almas por legua, en otros a razon de mil doscientas, en otros a razon de mil quinientas, i en otros de tres mil almas, sin que sean mui recomendables por su amenidad los terrenos, se halle reducido el sanísimo i fertilísimo de Chile a solas veinte i nueve personas.

"Es verdad que el autor de los dos proyectos presentados a nombre del reino de Chile considera duplicado este vecindario. No acrecienta, ántes disminuye el número de los varones, pues solamente los regula en cien mil (entre chicos i grandes, niños i viejos. Pero noticioso de que en los

cálculos formados en la ciudad de Santiago i de la Concepcion por algunos curiosos, correspondian a cada varon mas de diez mujeres, pensó que en todo el reino no dejarian de corresponder cinco mujeres por hombre, i por esto reguló todo el vecindario en seiscientas mil almas. Mas siendo excesivo este número en sentir de los graves ministros que componen la junta de poblaciones en la capital de Santiago, es de creer tendrian presente el número de las mujeres, i así no debe ser atendido en este punto el autor de los dichos dos proyectos" (1).

Por lo demas, don Joaquin de Villarreal reconocia en 1752 que "era empresa propia de los piadosos desvelos del rei el contener i sujetar a unos indios nunca tan formidables, como en el siglo presente (el XVIII)"; porque "con justa razon se deberia temer la triste noticia de la desolacion total de aquel reino, si prontamente no se ocurriese al inminente riesgo que le amenaza❞ (2).

¡Por tan formidables habian llegado a ser tenidos los araucanos aun en la misma España!

VIII.

Algunos años antes de que don Joaquin de Villarreal hubiera evacuado el informe de que he estractado los pasajes que se han leído, ya el rei, por cédula espedida en 5 de abril de 1744, habia autorizado a su presidente de Chile para que procediendo de acuerdo con varias juntas que organizaba, tratase de fundar las poblaciones que indicaban los dos planes, i dictase las otras medidas

(1) Villarreal, Informe a Fernando VI, números 14, 15 i 16. (2) Villarreal, Informe a Fernando VI, introduccion.

que estimase conducentes a reunir los españoles i los indios que vivian dispersos i apartados unos de otros.

Para conseguir este objeto, el monarca se mostraba pródigo de mercedes i de privilejios, con tal que no gravaran su real erario.

Entre otras cosas, concedia el título de rejidores de las nuevas poblaciones a los primeros españoles que se avecindaran en ellas; i el privilejio de nobleza, a los que ayudasen con sus bienes, ganados o trabajo.

Ordenaba que a los indios que consintieran en reducirse a poblaciones, se les eximiera de la mita, del servicio personal, i del pago de tributos, tratándolos en todo esto como a los españoles.

Mandaba que a los caciques que formasen un pueblo, se les diesen porciones o lotes de terreno como a dos o tres vecinos; i que a los que mas se esforzasen, se les declarasen distinciones honrosas, como el uso de una medalla de oro o plata, o el privilejio de nobleza, o algo parecido.

Aun ántes de recibir esta cédula, el presidente de Chile don José de Manso habia procedido a fundar diez poblaciones, a saber: San Francisco de la Selva en el correjimiento de Copiapó; San Martin en el de Quillota; San Felipe el Real en el de Aconcagua; San José de Logroño en el de Melipilla; Santa Cruz de Triana en el de Rancagua; San Fernando de Tinguiririca en el de Colchagua; San José de Buena Vista (Curicó), San Agustin de Talca i Nuestra Señora de las Mercédes (Cauquénes) en el del Maule.

Todas estas poblaciones habian sido erijidas desde sus cimientos por el presidente Manso, ménos la de San Martin de Quillota que habia sido fundada en 1717 por el presidente don José de San

tiago Concha, bien que habia prosperado mui poco. El rei decretó la venta de seis títulos de Castilla, cuyo producto debia emplearse en los gastos que demandase la fundacion de las nuevas poblaciones de Chile.

Don José de Manso vendió estos títulos en Lima a veinte mil pesos cada uno, lo que le permitió reunir una suma de ciento veinte mil pesos.

El rei habia ordenado que "para incentivo del mayor adelantamiento de las poblaciones" se diesen al presidente-gobernador por cada una de las que formase cuatro mil pesos, sacados de lo que produjese la venta de los seis títulos de Castilla; pero Manso devolvió al monarca los cuarenta mil pesos que correspondian al fundador de las diez poblaciones mencionadas, porque dijo “que al recibo de los reales despachos, se hallaban formalmente establecidas diez, i que aquel caudal era aplicado a lo que habia de trabajarse, i no a lo ya ejecutado".

Manso entregó los ochenta mil pesos restantes a la junta de poblaciones para que los invirtiese en la mejora de ellas (1).

El presidente Manso echó todavía en la estancia del Rei los cimientos de una poblacion denominada los Anjeles.

Para recompensarle tan eminentes servicios, fué mui poco despues promovido al alto cargo de virrei del Perú, habiéndole el soberano manifestado cuánto le habia complacido su celo por la formacion de poblaciones en Chile.

(1) Real Cédula, fecha en Buen Retiro a 29 de julio de 1749.

IX.

Don Domingo Ortiz de Rósas, sucesor de Manso en la presidencia de este país, alentado por las marcadas muestras de aprobacion con que el gobierno de Madrid fomentaba el pensamiento de erijir nuevas villas, tomó el asunto con estraordinario empeño, estimulando la fundacion de cuantas podia.

El presidente Manso habia tenido mui buen cuidado de delinear las que llevó a cabo, en terrenos, o bien vacuos, o que le eran cedidos voluntariamente por sus dueños.

Gracias a este modo de proceder, obtuvo solo aplausos.

Pero Ortiz de Rósas fué acusado de no tener reparo en espropiar las tierras de los particulares para establecer nuevas villas.

Esta conducta le suscitó mui pronto una fuerte oposicion en el poderoso gremio de los hacendados, quienes en 20 de agosto de 1755 elevaron al soberano un largo memorial para esponerle sus quejas contra el presidente de Chile.

"No podemos, Señor, espresar la turbacion de todo el reino, decian, con el motivo de esta numerosa multiplicacion de villas. No solo se pierde la hacienda elejida, sino tambien las inmediatas. No tienen las haciendas otros frutos considerables, que los ganados, cuyos cebos i pieles se comercian a Lima i el Perú. Para conservarlos contra los ladrones, se solicitan sitios defendidos de altos montes o crecidos rios, o de industria se hacen cercas de costosos estacones. Dedicada cualquiera hacienda de éstas a una villa, se imposibilita la cria i subsistencia de ganados, en medio de una comuni

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