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brados en los documentos que acompañan estas lí

neas.

Queda, pues, para los hombres prácticos de aquellos parages, ó para los géografos venideros, el cuidado de establecer, llegado el caso, la verdadera situacion del Valle de ibayacuyo ó Baruco, del Mogote Redondo y Cordillera de Savaja, cuyos nombres deben figurar, sino en la moderna, en la antigua nomenclatura geográfica de estos países.

Merced del Valle de Ibayacuyo, hecha por el gobernador del Tucuman Gonzalo de Abreu, á favor de Juan de Herrera, en 26 de Abril de 1574.

Titulo-Gonzalo de Abreu, Gobernador, Capitan General, Justicia Mayor destas provincias de Tucuman, Juries y Diaguitas y Comechingones, y todo lo demás que se incluye de esta parte de la Cordillera y gran Rio de la Plata, por su Magestad, etc. Por cuanto vos Juan de Herrera, sois hijodalgo, y habeis servido á su Magestad en estas partes, y confio lo hareis siempre, y vuestro padre Andrés de Herrera ha sido y es uno de los primeros descubridores y pobladores de los reinos y provincias del Perú y de estas, y su Magestad manda y es servido que á los tales que le han servido, y hijos de conquistadores y descubridores, se les dé y gratifique; y teniendo atencion á esto y á que vos el dicho Juan de Herrera lo mereceis, y por virtud de los reales poderes que tengo, que son notorios, en nombre de su Magestad os hago merced del valle y llanada que llaman Ibayacuyo, ó Baruco, que está y hace en los términos y jurisdiccion de esta gober

nacion, yendo camino del Perú, y pasado el rio que llaman de Siancas, pasado el cerro ó Mogote Redondo que llaman, yendo hácia el Perú desta gobernacion á mano izquierda, hácia unos cerros y lomas y cordillera de Savaja, la cual cáe y está entre el dicho Mogote Redondo y el valle y tierras de Lorenzo de Herrera, de que yo le hice merced en nombre de su Magestad; y, puesto de piés en el dicho valle ó llanada, segun dicho he, le hago merced al dicho Juan de Herrera de él, de manera que, puesto en medio de él, le hago merced hácia arriba de dos leguas de tierra, y hacia abajo otras dos leguas, y á los lados ambos á cada una de las partes otras dos leguas de tierra, de manera que á todas parte corran, segun dicho es, dos leguas, que por todas se entiendan ser cuatro; y si algunas de las dichas partes, ó lados del dicho valle ó llanada, no hubiere tierras, sino es con perjuicio de otra merced anterior á esta, se le entere al susodicho á la parte que lo pidiere, y se le cumpla las dichas cuatro leguas; y si en ellas cayen algunos llanos, montañas, rios, arroyos, quebradas, cañadas, lomas, cerros, valles, manantiales, fuentes, lagunas, le hago merced de todo ello y de todo lo dicho en nombre de su Magestad, para el dicho Juan de Herrera y para sus herederos y sucesores, para molinos, viñas, estancias y heredades, caballerias, y las pueda vender, trocar y cambiar como cosa suya própia; y mando á las justicias desta gobernacion le amparen en las dichas tierras y le den posesion, so pena de quinientos pesos para la Real Cámara. En la ciudad de Santiago del Estero á veinte y seis dias de Abril de mil y quinientos y setenta y cuatro años-Gonzalo de Abreu. Por mandado de su señoria, Luis Pinelo, escribano.

Concuerda con el título original suso inserto, que para sacar este traslado exhibió ante mi el Reverendo

Padre Antonio Machoni, Rector actual del Colegio de la Compañia del nombre de Jesús desta ciudad de Salta, provincia del Tucuman, que devuelvo á su poder, á que en lo necesario me refiero, con que concuerda. Testigos á la correccion el General Don Joseph Matheos de Toledo y Agustin Lopez de Fuenteseca. Fecho en la ciudad de Salta en diez y seis dias del mes de Noviembre de mil setecientos y veinte y seis años. En testimonio de verdad, Francisco Lopez de Fuenteseca, escribano público y de cabildo-Sin derechos.

Peticion-El Padre Joseph Félix de Matos, procurador de este Colegio de Salta, parece ante Vuestra Merced en la mejor forma y manera que al derecho de este mi colegio convenga, y digo: que habiendo de ir por comision de Vuestra Merced el Maestre de Campo Don Ventura de Aguirre á dar posesion al Maestre de Campo Don Nicolás de Hoyos, de unas tierras que estan en el Saladillo, jurisdiccion de esta ciudad, vino dicho Maestre de Campo Don Ventura de Aguirre á este Colegio á dar parte al Padre Rector de este Colegio Antonio Machoni y á mí, como lo debia hacer, por ser este Colegio interesado en dichas tierras; y por no hallarme yo en el Colegio en la ocasion presente, sino en las haciendas, señaló el Padre Rector al hermano Antonio Muñoz, de la Compañia de Jesús, para que en su nombre, con los títulos en las manos, que con esta tambien presenta ante Vuestra Merced contradijese la posesion, como de hecho contradijo; y para que á Vuestra Merced y á todos en adelante conste dicha contradiccion, vuelvo á contradecir y contradigo dicha posesion, para que en ningun tiempo pueda perjudicar al derecho que tiene este Colegio mediante sus títulos. Por todo lo cual :

A Vuestra Merced pido y suplico mande á dicho

Maestre de Campo Don Nicolás de Hoyos suspenda el poblar dichas tierras hasta que se deslinde y se sirva Vuestra Merced de que se me devuelva esta con los títulos que presento para el resguardo en adelante de este mi Colegio, que es justicia que pido, costas, etc.-Joseph Félix de Mathos.

Auto-Por presentada esta peticion, y por contradicha la posesion de tierras que se deducen, en lo que hubiere lugar en derecho; y se dá traslado al Maestre de Campo Don Nicolás de Hoyos, y responda á la primera audiencia, el cual suspenda el poblar dichas tierras hasta que se deslinden-Lo proveyó, mandó y firmó el señor Maestre de Campo Don Márcos de Aramburú, vecino encomendero, regidor perpétuo, alcalde ordinario de primer voto, en la ciudad de Salta en seis dias del mes de Diciembre de mil setecientos y veinte y seis años-Marcos Aramburú-Ante mí, Francisco Lopez de Fuenteseca, escribano público y cabildo.

Notificacion-En Salta, en quince de Enero de setecientos y veinte y siete años, yo el escribano notifiqué el decreto de suso al Maestre de Campo Don Nicolás de Hoyos, que lo oyó y dí el traslado, y dejó recibo: doy fée-Francisco Lopez, escribano público.

GEOGRAFÍA É HISTORIA.

No puede negarse que los monarcas españoles pusieron bastante empeño por conservar la memoria de los sucesos que se producian en sus dominios de Indias, reconociendo la necesidad de una Historia basada en el mas exacto conocimiento de los hechos, para que de lo pasado se pueda tomar ejemplo en lo futuro, como dice la ley. Del mismo modo procedieron respecto de la Geografia y de la Historia Natural de sus colonias.

Si considerásemos las disposiciones que sobre el particular se dictaron, comparando sus resultados con los que se han obtenido en esas importantes ciencias durante el siglo en que vivimos, no tiene duda que parecerian aquellas muy defectuosas é insuficientes para llenar sus objetos. Pero es necesario que nos vamos sacudiendo del vicio de deprimir el mérito de nuestros mayores, por que no les fué dado en su época alcanzar los progresos de nuestro siglo. Recordemos que en pos nuestra, vienen muchos siglos, y por consiguiente progresos incalculables, ante los cuales nuestra época parecerá primitiva

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