Imágenes de páginas
PDF
EPUB

VIII.-Escritura pública del patronazgo del Colegio de San Diego de Alcalá á favor del obispo don fray Diego de Umanzoro, y donación que éste le hizo.

En la ciudad de Santiago de Chile, en siete días del mes de Diciembre de mill y seiscientos y setenta y dos años, estando en las casas obispales de esta ciudad ante mí el escribano y testigos, el muy reverendo padre lector jubilado fray Agustín de Quintana, provincial del Orden de nuestro padre San Francisco, dijo: que por cuanto el ilustrísimo y reverendísimo señor don fray Diego de Umanzoro, obispo desta dicha ciudad, que está presente, ha dado graciosamente y de limosna hasta hoy día de la fecha, seis mill ciento y cincuenta pesos de á ocho reales que se han gastado en el edificio que se está haciendo para el Colegio de San Diego de Alcalá, y asimismo tiene prometido Su Señoria Ilustrisima de dar todo lo demás que él pudiere para la dicha fábrica durante su vida; y mediante tener consultado lo que irá declarado en esta escriptura con todos los padres del Definitorio de el dicho Convento y remitido al dicho Padre Provincial el otorgamiento de esta escriptura, como parece del instrumento que ante mi exhibió, que su tenor es como se sigue:

Certifico yo fray Juan Rosel, secretario de esta Provincia de la Santísima Trinidad del Reino de Chille, del Orden de nuestro seráfico Padre San Francisco, que en el libro de los capítulos y congregaciones que se hacen en dicha Provincia, en la congregación capitular que se celebró á tres de Enero del año de mil y seiscientos y setenta y dos, á fojas dos de dicho libro está un decreto firmado de los reverendos padres del Venerable Definitorio del tenor siguiente:

En tres de Enero de mil seiscientos y setenta y dos años en el cuarto difinitorio propuso nuestro muy reverendo padre prior fray Agustín de Quintana, lector jubilado y presidente de esta congregación, propuso á los reverendos padres del Venerable Difinitorio que el señor ilustrisimo don fray Diego de Umanzoro, de nuestro sancto hábito, del Consejo de

Su Majestad, obispo de Santiago de Chille, no sólo se señalaba en el cordial afecto que tiene á nuestra Sagrada Religión y á esta nuestra Provincia, ejecutoriado en todo lo que ocurre de nuestra conveniencia, sino que repartiendo sus limosnas comunes á todos nuestros conventos que caen en su obispado, las hace especialísimas y cuantiosas á este de Nuestra Señora del Socorro para la reedificación de sus ruinas, y el Colegio de San Diego de Alcalá que se está en esta ciudad fabricando, costeando desde la primera piedra á sus meras expensas, sin otra intervención de limosnas, y sin esperanza de dar un paso adelante sino esperando que se las haga nuevas la magnificencia, devoción y liberalidad de Su Señoría Ilustrisima; por todo lo cual juzgaba su Paternidad Muy Reverenda que como en el capítulo próximo pasado, rendidamente reconocidos, admitimos á Su Señoría Ilustrísima á la participación de los sufragios que estamos obligados á hacer por sus religiosos difuntos en la categoría que se deben hacer por el Ministro Provincial actual; así en esta congregación debíamos gratificar en lo que como pobres podemos á las nuevas limosnas que para el dicho Colegio se han dado, con nombrar, instituir y reconocer al dicho Señor Ilustrísimo por patrón de dicho Colegio de San Diego de Alcalá, con todas las condiciones y obligaciones que se suelen seguir á dichos patronazgos: lo cual oído y entendido por los reverendos padres del Venerable Difinitorio, unanime consensu y con grandes demostraciones de alegria, de gratitud y correspondencia convinieron en la propuesta, dejando el ajuste de la escriptura y demás consiguiente á ella á la conferencia de nuestro muy reverendo Padre Provincial con Su Señoría Ilustrísima, y dando por bien hecho y votado lo que de ella resultare, y mandaron escrebir este aucto en el Libro del Registro de la Provincia, y lo firmaron de sus nombres en dicho día, mes y año.-Fray Agustin de Quintana, ministro provincial.-Fray Bernardino de León, difinidor apostólico.-Fray Juan de San Buenaventura, difinidor apostólico.-Fray Alonso Briceño, custodio.-Fray Pedro de Vera, difinidor.-Fray Diego Corvalán, difinidor. -Fray Diego de Huerta, difinidor y secretario del Difinitorio.

Y en conformidad de haber sido instituído Su Señoria Ilustrísima por patrón del dicho Colegio en el capitulo intermedio que celebró en dicho convento, como parece del instrumento que queda inserto, el dicho Padre Provincial, en cumplimiento de estarle cometido el ajustamiento y determinación de esta escriptura, como queda dicho, declara á Su Señoria Ilustrisima en la mejor forma que puede y ha lugar en derecho por patrón del dicho Colegio de San Diego de Alcalá que se está fundando en la Cañada desta dicha ciudad, con todas las preeminencias y prerrogativas que tienen y gozan los demás patronos por derecho y costumbre, para que pueda, como tal,Su Señoria Ilustrísima de el dicho Obispo usar del dicho patronazgo en todas las cosas y casos tocantes y pertenecientes al dicho cargo, sin reservar cosa alguna: lo cual se ha determinado así por el dicho Convento del sefor San Francisco en atención de las muchas y buenas obras y limosnas que ha recebido y el dicho Colegio espera recebir del dicho señor Obispo, y por otras causas dignas de remuneración.

Y estando presente Su Señoría Ilustrísima, como dicho es, acetó el dicho nombramiento de patrón, y, como tal, es su voluntad que se digan en el dicho Colegio, después de sus días, las misas siguientes: el día de señor San Diego de Alcalá una misa cantada perpetuamente con su responso; que todos los lunes del año perpetuamente que no estuviesen ocupados los religiosos con oficio doble se dirán en el dicho Colegio por los sacerdotes que en él hubiere, que han de ser hasta seis, seis misas rezadas de difunto, y todos los sábados del año se ha de decir en el dicho Colegio una misa cantada de la Purísima Concepción de Nuestra Señora con su responso; y todas las dichas misas se han de decir por su señoría ilustrísima del dicho señor Obispo.

Y es declaración que si por algún accidente, ó por falta de licencia de Su Majestad, que Dios guarde, no tuviere efecto la dicha fundación, ni entrase en posesión del dicho patronazgo Su Señoría Ilustrisima antes de su fallecimiento, quiere y es su voluntad que los dichos seis mill ciento y cincuenta pesos y lo demás que diere de aquí adelante, se impongan en capellanía y la sirva el dicho Convento grande del señor San Francisco desta ciudad, y con la dicha renta

que alcanzare, lo uno y otro se digan de misas rezadas, y desde luego señala por la limosna de cada una á dos pesos de á ocho reales, con condición que cada mes se han de decir las misas que alcanzare la renta compartidas dentro del año.

Y el dicho Padre Provincial en la forma que puede y por la facultad que tiene del dicho Convento y su Difinitorio. se obliga y á los religiosos que al presente son y adelante fueren, estantes y habitantes así en el dicho Colegio como en el dicho Convento, á que dirán las dichas misas y se guardarán y cumplirán las capitulaciones contenidas en esta escriptura.

Y Su Señoría Ilustrisima del dicho señor Obispo dijo: que por el mucho amor y voluntad que tiene al dicho Colegio de San Diego de Alcalá, le hace gracia y donación desde luego, irrevocable, de las que el derecho llama inter vivos, partes presentes, dada de mano á mano, de toda la librería que al presente tiene, que son ciento y ochenta y un libros, pequeños y grandes, con un breviario de cámara entera con manillas de plata, calendario y un misal, y asimismo toda la colgadura de tafetanes que está en diferentes partes de la casa de Su Señoría Ilustrísima; tres casullas con sus estolas y manipulos y sus albas con puntas, un cáliz de plata dorado con su patena y sus vinajeras y platillo dorado y campanilla de lo mismo; un espejo grande para la sacristía y tres sillas para el altar mayor de baqueta de Moscovia pespuntada con seda, para que todo sirva en el dicho colegio; y no teniendo efecto la dicha fundación, quiere Su Señoría Ilustrísima y es su voluntad que todo lo contenido en esta donación sea para el dicho Convento grande de nuestro Padre San Francisco desta ciudad y la da por insignuada y legitimamente manifestada ante juez competente y por suplidas en ella cualesquier defectos que tenga ó pueda teter, porque su voluntad es que esta donación sea firme y valedera ahora y en todo tiempo; y quiere Su Señoría Ilustrisima y es su voluntad que el dicho Padre Provincial tome y aprehenda desde luego la posesión de todo ello; mediante lo cual, Su Paternidad muy reverenda, en señal de posesión, cogió en sus manos tres ó cuatro libros, diciendo que en ellos por todo lo demás la aprehendía, de lo cual pidió á mí el presente escribano se lo diese por testimonio; é yo el dicho es

cribano se la doy de cómo la ha aprehendido real, actual, corporal vel cuasi, sin contradición de persona alguna, y quiere Su Señoria Ilustrisima que desde luego ó cada y cuando quel dicho Padre Provincial ó los demás perlados que fueren del dicho Convento quisieren llevarse á él todo lo aqui contenido lo puedan hacer, como dueños de todo, y en el interin se constituye Su Señoría Ilustrisima depositario de ello y se obligó de tenerlo de manifiesto y entregarlo cada y cuando que se le pida, para lo cual se desiste y aparta del derecho que tenía y lo cede, renuncia y traspasa en el dicho Convento, y promete de no lo revocar por ningún instrumento, porque se ha de guardar y cumplir precisamente lo contenido en esta escriptura; y el dicho Padre Provincial lo acetó y agradeció con el acatamiento debido al beneficio que por ella se le hace á el dicho su Convento y Colegio; y así lo otorgaron y firmaron Su Señoría Ilustrisima y el dicho Padre Provincial, á quienes doy fee que conozco, siendo á lo que dicho es presentes por testigos don Juan de Losu, clérigo diácono, Miguel de Lerga y Joseph de Morales. -Fray Diego, obispo de Santiago de Chile.-Fray Augustin de Quintana, ministro provincial.—Ante mí.— Jerónimo de Ugas, escribano público y de cabildo.-Sin derechos.

(En su protocolo, hojas 442 vuelta y siguientes).

IX.

Constituciones del Colegio de San Diego de Alcalá de esta ciudad de Santiago de la Provincia de la Santisima Trinidad del reino de Chile.

Nos, fray Francisco de Arteaga, lector jubilado, ex-difinidor, padre más digno de esta dicha Provincia; fray Juan de Buiza, lector jubilado y ex-difinidor; fray Francisco de Santa Coloma, lector jubilado, ex-difinidor; fray Francisco Beltrán, lector de Prima y Rector de dicho Colegio de San Diego, nombrados para ver las constituciones antiguas de dicho Colegio, y añadir y quitar de ellas según conviniese al mejor gobierno de él, por el Venerable Difinitorio de esta Santa Provincia, por comisión y facultad que para dicho nombramiento obtuvo de todo el Capítulo provincial, congregado

« AnteriorContinuar »