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dicho y ésta venía de Jamaica; que no sabe qué conducían en ella, y responde.

Y aunque se le hicieron otras preguntas y repreguntas á este asunto tocantes, á todas expresó no saber otra cosa más de lo que deja declarado, y que ésta es la verdad so cargo del juramento fecho, en el que se afirmó y ratificó leída que le fué esta su declaración; y dijo ser de edad de treinta y cinco años poco más ó menos, y no lo firmó por que dijo no saber, lo que hizo S. S. por ante mí, de que doy fe.=Juan Fern. de Bobadilla=Jph. Rom.do Zamora, escribano público, de Cabildo y Gobno.

En la Ciudad de Cartago, en el mismo día, mes y año, el Señor Don Juan Fern.2 de Bobadilla, Gobernador interino de esta Provincia, en atención á hallarse gravemente enfermo y ser preciso el despacho de estas diligencias, dijo S. S. que daba y dió comisión bastante, cuanta en derecho se requiere y sea necesaria, á mí el Escribano público que reciba su declaración á José Antonio Aristigas, con arreglo á las preguntas de las dos antecedentes sin excederse; omitiéndose el examen de los otros dos por hallarse el uno gravemente enfermo y el otro en los valles sin saber su paradero, y fecho traiga estas diligencias para proveer lo que convenga; así lo proveyó, mandó y firmó S. S., de que doy fe. Juan Fern. de Bobadilla-Jph. Romualdo Zamora, escribano público, de Cabildo y Gobno.

Inmediatamente yo el Escribano por S. M., en atención á la comisión á mí conferida por S. S. el Señor Teniente Coronel en los reales Ejércitos Don Juan Fernández de Bobadilla, Gobernador interino de esta Provincia, pasé á la casa de Blas Zúñiga de esta vecindad, en donde se halla enfermo en cama Jph. Antonio Aristigas, de calidad español, natural de la Ciudad de Bilbao de los reinos de España, prisionero de los cinco que expresa la carta cabeza de esta información, á quien yo el escribano al presente doy fe conozco; y por mí y ante mí, en virtud de dicha comisión que antecede, le tomé y recibí juramento, que lo hizo por Dios nuestro Señor y una señal de Cruz, so cuyo cargo prometió decir verdad en lo que supiere de lo que le fuere interrogado; y siéndolo al tenor de los anteriores y arreglado á la citada carta que por mí le fué

leída, entendido de todo, á la primera pregunta dijo que es constante lo que en ella se refiere le informaron á Don Thomás del Corral, como que el que responde estuvo en el Castillo dos veces y era conductor de los enfermos en convoy de otros ingleses, pues hubo ocasión que cinco, seis y siete piraguas bajaban á la boca del río de San Juan cargadas de sólo enfermos, y muchos de éstos vió morir en las playas del mar, y responde.

A la segunda pregunta dijo que es cierto le informaron á dicho Don Thomás Corral era muy fácil tomar la Vigia, y que los hombres que en ella se mantenían son como diez ó doce y un Capitán que ignora su nombre, y que está en un cayo que por lo caudaloso y grande del río de San Juan hace éste en su centro, y que corre por un lado y otro de dicho cayo el río, que está en frente del río Colorado; y que tomada. esta Vigia, si no les tenía cuenta acamparse en este lugar, sabe otros de mejor proporción, donde se les puede hacer todo daño á los enemigos y ellos á los nuestros no, y responde.

A la tercera pregunta dice que es cierto le informaron á dicho D. Thomás ser fácil entrar á la Vigía sin ser sentidos ni vistos por los enemigos que están en la desembocadura del río de San Juan, entrando de noche por la bahía del Colorado; y que la navegación por este río á llegar á la Vigía regula ocho días; que aunque no ha navegado el río de la Reventazón, le ha asegurado sujeto de esta ciudad ser navegable á distancia de dos leguas del paso para abajo, por lo que conjetura más pronta esta transitación para la conducción de la gente y víveres, y responde.

A la cuarta pregunta dice que es cierto le dijeron á D. Thomás que cuando subían y bajaban del Castillo las armas que llevaban eran un gran desprecio y tan mojadas que cuando se ofrecía cazar no se hallaba una arma que diera fuego, por lo mucho que llueve; y que varias veces le dijeron á él mismo que los españoles los pudieran aniquilar por el monte, pero que de cobardía no lo hacían, y responde.

A la quinta pregunta dijo que ya tiene evacuada esta pregunta y que se le hace imposible hayan reforzado la Vigía los ingleses, por no tener gente para ello, y responde.

A la sexta pregunta dijo que en la boca del río de San Juan, en tierra, contempla como doscientos hombres, y que los más de éstos son de los que traen enfermos del Castillo; que en la bahía está una fragata grande con 50 cañones y dos más pequeñas de á 30; que en estas tres considera como 350 hombres en todas ellas; dos de mercantes, uno con diez cañones y el otro sin nada, y que en ellos habrá 60 hombres repartidos; dos paquebotes, uno con catorce cañones y el otro sin nada, y que en los dos habrá 30 hombres; una goletilla con seis cañoncitos con doce ó catorce hombres, dos balandras de mercancías, que es en lo que se emplean, sin cañones y como con cinco hombres cada una; que en un pedazo de trinchera mal hecho tienen dos cañones del calibre de á 24 montados; que dos falconetes están en la orilla del mar tirados en la arena; que hay como cuarenta canoas de todas calidades, pequeñas y más grandecitas, que sirven de conducir gente al Castillo y bajar enfermos, y responde.

A la séptima pregunta dijo que le parece no pueden ser atacados por los enemigos los españoles en trancarles los bastimentos por el río Colorado, por la poca baquia que de las bahías de este río tienen los ingleses, y que los Moscos que pudieran hacerlo, éstos desampararon á los ingleses y se retiraron; que cuando hicieron fuga para ésta el que responde y sus compañeros, se avistó la balandra grande que deja dicho, la cual sabía el que declara andaba de espía en el mar; que la Vigía dista de la boca. de San Juan como veinte leguas, y que habrá mes y medio que salieron dentro de los ingleses fugitivos.

Y aunque se le hicieron otras preguntas y repreguntas sobre este asunto, á todas dijo que no sabe más de lo que deja declarado, y que ésta es la verdad bajo el cargo del juramento que tiene hecho, en el que se afirmó y ratificó leída esta su declaración; y que es de treinta y nueve años de edad, y lo firmó conmigo dicho escribano, de todo lo que doy fe.Jph. Antonio Aristigas Ante mí=Jph. Romualdo Zamora, escribano público, de Cabildo y Gobierno.

En la Ciudad de Cartago, á catorce días del mes de Agosto de mil setecientos ochenta años, S. S. el Teniente Coronel en los reales Ejércitos Don Juan Fernández de

Bobadilla, Gobernador interino de esta Provincia por orden superior, habiéndose examinado los tres prisioneros que han podido testificar conforme al oficio de Don Thomás López del Corral, dijo S. S. que debía de mandar y mandó se remitan estas diligencias originales, acompañadas de informe, al M. I. S. Presidente, Gobernador y Capitán General de este Reino, para que con su aprobación y prudente determinación resuelva en vista de ellas si se ha de hacer ó no la expedición que se intenta, sacando yo el escribano copia de ellas para que exista en este Gobierno: así lo proveyó y mandó y firmó S. S., de que doy fe. =Juan Fern, de Bobadilla=Jph. Romualdo Zamora, escribano público, de Cabildo y Gobno.

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Es copia legalmente sacada de las originales declaraciones y demás diligencias á la letra, las que se despachan al M. I. S. Presidente, Gobernador y Capitán General de este Reino, con las que están correguidas y concertadas, á que me remito; y de mandato expreso de S. S. el Señor Gobernador, doy, signo y firmo ésta, en el mismo día de su última providencia, que queda en este archivo.=Jph. Romualdo Zamora, Escribano público, de Cabildo y Gobierno.

Carta del gobernador interino D. Juan Fernández de Bobadilla á la audiencia de Guatemala. Año de 1780 (1).

Muy Poderoso Señor=Señor Con fecha de veinte y dos de Julio recibí carta orden del Muy Ilustre Señor Don Matías de Gálvez, Presidente Gobernador y Capitán General de este Reyno, para que me encargase del mando de esta Provincia, con otra para que Don Joseph Perić, Gobernador propietario, me hiciese la entrega luego luego y se presentase inmediatamente en el Cuartel General á tratar asuntos convenientes al Servicio de Vuestra Real Persona, como lo executó el día siete entregándomelo y poniéndose en marcha el veinte del corriente á hacer su presentación; y pareciéndome debido y correspondiente hacer presente á V. A. este acaecimiento, lo hago por medio de esta Consulta, para que se me imponga cuanto deba observar en este Caso y si puedo ó no tener amplia la Jurisdición en lo extrajudicial, atendiendo á las instancias y variedad de asuntos que se proporcionan y pueden proporcionar en esta Provincia. En todo me sujeto á la recta y Suprema resolución de V. A.

Nuestro Señor guarde y prospere la importante vida de Vuestra Real Persona muchos años como la Christiandad necesita. Cartago, veinte y nueve de Agosto de mil setecientos ochenta. Muy Poderoso Señor Señor=Juan Fernández de Bobadilla.

(1) Archivo General de Indias.-Estante 100, cajón 4, legajo 8.

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