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Ezquerra fué una acerca del número de Ingleses que residían en los varios parajes que ocupaban en aquella costa de Mosquitos, y dijo que sabía hallarse en Blufil el capitán Yobuc y capitán Jachen, en la Laguna de Perlas estaban Capinpach, el maestre Escorvi y otros tres cuyos nombres ignoraba; en la boca del Río Grande había otro llamado Jimes, en Tipopi otro llamado Chiames, en la bahía llamada Gracias a Dios otro llamado Scach, y que en Blac River ó Criba se mantenían las mismas familias que antes que la tomara España, y dice también haber oído generalmente que han de continuar allí hasta que se mueran.

Finalmente Ezquerra no supo dar razón de si los indios Moscos pensaban seguir con la amistad de los Ingleses ó solicitar la de los Españoles, porque parece que él no se rozaba sino con los mulatos Moscos, cuya voluntad tiene ganada, según dedujo el gobernador de Costa Rica de las conferencias que con él se le ofrecieron, habiendo advertido que poseía mucha maña para tratarlos, y en consecuencia dicho gobernador está aguardando vuelva Ezquerra, como ofreció, con el mismo Rey, para comprobación de sus exposiciones.

De ellas se deduce que los mulatos Moscos, mandados por un Rey, son los mismos que hemos llamado Zambos y distintos de los indios Moscos. También, si las creemos, resulta que los Zambos no son tan feroces y enemigos nuestros como los hemos supuesto común y generalmente. Guatemala, 6 de diciembre de 1784.-Es Copia-Josef Estachería.

El gobernador D. José Perié se defiende de las acu

saciones calumniosas dirigidas contra él por el cabildo y algunos vecinos de Cartago.-Año de 1785 (1).

Don Josef Perié, Capitán que fué del Regimiento de Infantería de Soria, primer Ayudante de la Plaza de Madrid y Gobernador actual de la Provincia de Costa Rica por S. M., produciendo las defensas que se me han mandado dar, según el Decreto del M. I. Señor Presidente de veinte y tres de Agosto de este presente año, á las falsas acusaciones é imposturas del Cabildo de la Ciudad de Cartago, en la mejor forma que haya lugar en derecho digo que según los autos creados y el mérito que de ellos hasta aquí resulta, deben declararse las acusaciones por de ningún valor y efecto, condenando á los impostores, no solamente en la pena de infamia como falsos calumniantes, en las costas y perjuicios que se me han irrogado, sino en el castigo correspondiente á la gravedad del delito, absolviéndome de dichas acusaciones, declarándome por buen ministro, de singular conducta y zelo, no solamente en los asuntos del real Servicio propios del fuero militar, sino en los de Justicia, ya sean Civiles ya Criminales. Ciertamente que los que hayan tenido conocimiento de mi persona es imposible que dejen de dolorirse al ver á un hombre que habiendo sido sublimado á varios empleos adquiridos por su mérito, le vean ahora con el más miserable estado que le han causado unos hombres que merecieron los principales, como es Don Antonio de la Fuente y Don Tomás Corrales, la pena del último Suplicio como Contrabandistas con los enemigos de nuestro Rey y Señor, hayan podido con sus astucias y cabilaciones denigrar la conducta más acrisolada de este Gobernador reducido á tan miserable sis

(1) Archivo General de Indias.- Estante 100, cajón 4, legajo 8.

tema que aun de las piedras de la calle se avergüenza, conociendo en el semblante de las gentes que han creído ser ciertas tales acusaciones.

En más de cuarenta años que he tenido de honor de servir al Rey tratando con los hombres de mayor esfera, ya del Exército ya de la Corte, nunca han tenido que sentir de mí ni á criticarme en la más mínima operación, no solamente en las asuntos militares que se han confiado á mi persona, pero ni en la más leve operación como persona particular, fuera de los grados á que he ascendido úni camente por mi mérito, de que es buen testigo el mundo. y las cicatrices de heridas que se hallan en mi Cuerpo, recividas en defensa de nuestro Soberano. He tenido el honor, que no lo han conseguido muchos, de haber sido Ayudante mayor en la real Corte de Madrid. He merecido la confianza del Exmo. Señor Conde de Aranda, Capitán General en los Reales Exércitos, Gobernador que era de Madrid y hoy Embajador en París. Pensando S. M. premiar mis méritos me trasladó de Gobernador de la Provincia de Costa Rica. Posesionado que fuí del empleo, no solamente del Exmo. Señor Don Martín de Mayorga, que entonces gobernaba este Reyno, sino el actual Señor Presidente, Gobernador y Capitán General, con pleno conocimiento de mi honor han aprobado todas mis providencias, según se manifiesta por sus superiores oficios de veinte y cuatro de Abril, veinte y cuatro de Agosto, veinte y cuatro de Septiembre de mil setecientos setenta y nueve, de 1.0 de Marzo, veinte y dos de Abril, ocho de Mayo, ocho de Junio y ocho de Julio de mil setecientos ochenta, que manifiesto con el número primero y pido se agreguen á mi defensa.

Como la cuestión de estado en que está en balanza el honor de un Oficial es de las causas gravísimas en que piden la mayor atención y seriedad, me ha sido imposible el hacer estos preliminares para dar á conocer al mundo. mi mérito, circunstancias y acrisolada conducta, cuan obscurecida por las acusaciones é injurias de unos hombres que absolutamente pueden hacer papel en el mundo, sino de estorbo á la Justicia, á la equidad y á la Sociedad.

Conociendo el deplorable estado en que se hallaba la Provincia de Costa Rica cuando entré á gobernarla, cau

sado por los que se tienen por Españoles, que todo su obgeto no era otro que el Contrabando con los Ingleses y Judíos que con Balandras cargadas de ropa fondeaban en la Costa, que la mayor parte de Cacao que producen las Haciendas de Matina se estraviaba por este conducto, defraudándose los reales intereses y haciendo que la Provincia escasease de este fruto, á que se agrega el genio dominante de dichos Españoles en querer siempre tener subyugados á los pobres é infelices que no tienen más amparo que el Gobernador; procurando evitar en el modo posible uno y otro, haciéndoles comprender el feo delito de Contrabandistas y la subordinación que debían tener al Gobernador, sabiendo por las palabras indiferentes y por los combentículos que formaban que se miraban con odio y con sumo aborrecimiento, no solamente las providencias del Gobernador y las precauciones que tomaba para impedir el clandestino y criminoso comercio, sino la misma. persona del Gobernador contra quien maquinaban injuriosas cavilaciones y falsos informes. Como la cautela justa es hija de la prudencia tuve por conveniente el dar parte al M. I. S. Presidente quejándome de la emulación y críti ca que hacían mis enemigos, que tal vez movidos de su genio podían hacer siniestros informes contra mi conducta y honor, y S. S. muy ilustre, por su carta fechada en Granada á primero de Marzo del año pasado, en uno de sus capítulos me contesta lo siguiente: «Vivo bien persuadido del celo de Vm., de cuyo concepto no variaré por más que lo intenten sus émulos»; pero las astucias de éstos hicieron variar el concepto que de mí tenía formado el M. I. Señor Presidente.

Si estas acusaciones se dirigieran al bien común de la República y al Servicio del Rey, no hay duda que sería Santa la intención de los acusadores; pero todo su espíritu no es otro que el del odio y venganza. ¿Qué bien podrá servirse la república ni al Servicio del Rey de unos hombres tumultarios de genio, propensos á inquietudes, de un espíritu de sobervia y que todo su ánimo no ha sido otro que la dominación que pretenden contra el público y principalmente contra los Gobernadores? Pruébase con el documento número dos, en donde están probadas las astucias y cavilaciones de los mismos acusadores actuadas por

mi antecesor el Teniente Coronel Don Juan Fernández de Bobadilla, en que está inclusa una certificación del Gobernador, el Teniente Coronel Don Josef Joaquín de Nava; y aunque dicho documento se halla sin la autorización correspondiente, están los originales en el Supremo Tribunal de la real Audiencia de este Reyno, y para la determinación de esta Causa suplico á S. S. muy ilustre se sirva mandarle confrontar ó traer á la vista.

Que me acusasen unos hombres que estuvieran inmunes de delitos, no padecerían la nota de ser reprobables sus acusaciones por derecho. El criminoso, y más con crimen de infamia, no puede ser admitido á exercer el cargo de acusador. Que tales son Don Antonio de la Fuente, Don Tomás Corrales y D." Julián de Asofeifa, evidentemente se convence por las cartas de éstos que el documento número tres, en el que constan cinco cartas escritas por Don Antonio de la Fuente á su correspondiente en Matina Pedro Salguero, y tres papeletas simples del mismo Fuente en que le encarga Coletas, Pólvora, lienzos, Bretañas, Fierro y otras menudencias. En Matina ni hay ni puede haber otro comercio de estos efectos que de los Ingleses y Judíos que fondean en la Costa.

Que Don Tomás Corrales haya cometido el mismo delito se convence con sus mismas cartas escritas al propio Salguero, que tratan sobre el comercio del Judío de la Costa, que es el documento número cuatro, y son cuatro cartas; en éste se halla una cuenta de cargo y data y una factura sin firma entre dicho Corral y Salguero, que tratan de este comercio. En el cuaderno que se halla sin firma, pero es de Don Bartolomé Miranda, consta haber recibido de Esquivel porción de Cacao perteneciente á D." Julián de Asofeifa, el que entregó al Judío de la Costa: luego es evidente estar. en éste implícito en el ilícito comercio.

n

Como cuatro criminosos han sido el móvil principal de estas acusaciones y son Don Antonio de la Fuente, Don Tomás Corral, Don Julián de Asofaifa y el Teniente Co-. ronel D." Josef Joaquín de Nava, que aunque en los autos no aparecen han sido quien ha introducido el fuego sólo para que rebentase esta Mina, y se convence por las dos cartas escritas en Masaya, la primera de veinte y cuatro de Julio y la segunda de veinte y ocho del mismo, y es el do

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