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y franquicias que ha tenido á bien dispensar á la Havana y la han hecho florecer, aquellas que le inspire su paternal beneficencia y estimare bastantes á sacar estos países del infeliz estado en que yacen, á fin de que estableciéndose en ellos la felicidad pública y nivelándose de algún modo las cargas del Estado con sus recursos, pueda socorrer á la península y remitir en numerario los ramos destinados á ella por reales disposiciones.

Dios guarde á V. E. muchos años. Guatemala, 18 de Junio de 1818.=Exelentísimo Señor Carlos de Urrutia= Exelentísimo Señor Secretario de Estado y del despacho universal de hacienda.

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Exelentísimo Señor Remito á V. E. de orden del Rey nuestro señor la carta adjunta del Presidente de Guatemala y estados que acompaña de los productos y gastos. de aquel Reyno y en que manifiesta la necesidad de fomentarlo para aumentar su población, agricultura, industria y comercio, que son el verdadero y sólido fundamento de los ingresos de la Real Hacienda; y que en su vista consulte el Consejo á S. M. lo que estime conveniente. Dios guarde á V. É. muchos años. Palacio, 16 de Noviembre de 1818. José de Imaz = Señor Duque de Montemar.

Por acuerdo del Consejo de diez y ocho de Noviembre último pasó á informe de la Contaduría general la carta documentada del Presidente de Goatemala de diez y ocho de Junio anterior número diez. En ella manifiesta la situación lamentable de la real hacienda de aquel reyno, comprobándola por los estados que acompaña, por los cuales se demuestra que importando por lo común, hecho el cálculo por un quinquenio, los ingresos anuales cuatro cientos sesenta y dos mil novecientos cuarenta y cinco pesos, y ascendiendo sus cargas fijas y eventuales á setecientos diez y seis mil setecientos cincuenta y ocho pesos, resulta cada año un descubierto de doscientos sesenta mil novecientos cuarenta y cinco pesos, que únicamente puede cubrirse con los trescientos doce mil setecientos treinta pesos que producen los ramos remisibles á España, apli

cándose el sobrante de ellos á las anticipaciones de la tropa, deduciendo de aquí la absoluta imposibilidad de hacer remesa alguna en efectivo á la Península.

Al mismo paso expone que la Real Hacienda debe por capitales que reconoce á premio y por los intereses vencidos y no satisfechos dos millones doscientos dos mil seiscientos ochenta y un pesos, á cuya suma, agregada la de cuarenta y dos mil pesos que adeuda al ramo de subvención de guerra y la de cinco mil que suplió el mismo para pago de dietas á los Diputados á Cortes, sube el crédito á dos millones doscientos cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta y un pesos, que irá en aumento con el adeudo de réditos ínterin no se amorticen los capitales y sin perjuicio de los tres millones noventa mil trescientos diez y seis pesos cuatro reales seis granos que reclama el Virrey de Nueva España del Erario de Goatemala por deudas atrasadas, cuyo punto se está ventilando en aquellos oficios de cuenta y razón.

El expresado gefe atribuye el origen de un descubierto de tanta enormidad, no sólo á las remesas hechas á esta Tesorería general en los años de mil ochocientos seis á mil ochocientos diez, importantes un millón doscientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos cinco y tres quartillos reales, según se demuestra por el último estado, sino más principalmente á la falta de giro exterior, á la decadencia de la agricultura é industria y á la paralización del Comercio de aquel reyno, cuya despoblación y malos caminos le tienen en el mayor abatimiento é incapacidad de hacer prosperar ramos tan interesantes, únicas fuentes de su felicidad.

A fin de atajar males tan considerables y de proporcionar eficazmente el fomento y prosperidad, así de la real hacienda como de todo aquel reyno, solicita se sirva S. M. concederle las mismas gracias que á la Havana se le han otorgado últimamente, ó bien aquellas que el Rey

tubiere á bien.

La Contaduría general hecha cargo de cuanto resulta de dichos estados, como también teniendo presentes las noticias que le han suministrado los expedientes relativos. al reyno de Goatemala en la parte que tienen relación con su real hacienda y atraso de su comercio, agricultura é

industria, entiende ser de absoluta necesidad tratar de su fomento y mejora de todos los ramos de prosperidad pública, con el doble objeto de procurar el bien estar de sus habitantes, el aumento de su población y el acrecentamiento de las rentas reales con que poder cubrir sus cargas fixas y eventuales, sin rrecurrir á estraños ausilios, y sin dejar de atender, como es justo, á las urgencias de la metrópoli que tantos sacrificios hace y ha hecho por mantener aquellos remotos países en justicia, en paz y en tranquilidad.

Mas habiendo meditado esta oficina sobre qué medios más oportunos y eficaces se podrían adoptar al efecto, opina que no siendo menos digno de consideración y protección el fidelísimo reyno de Goatemala por su constante adhesión á la justa causa, por su feracidad, clima, puertos y demás circunstancias de que se halla adornado y por la situación lastimosa en que se encuentra, casi agotados todos los manantiales de su felicidad, que las Islas de Puerto Rico y Cuba, convendría que S. M. se dignara concederle, como propone su Presidente, las gracias, exenciones y franquicias que se concedieron por cédula de diez y ocho de Octubre de mil ochocientos diez y siete a la Havana que la ilustración del Consejo crea aplicables á Goatemala, agregándosela en este caso los artículos nueve, diez y once de otra de diez de Agosto de mil ochocientos quince, que se expidió en favor de Puerto Rico y se contraen á el repartimiento de tierras á los nuevos colonos, cosa que es tan practicable en aquel tan vasto y dilatado reyno, como necesaria y provechosa para aumentar su población y subsistencias.

El Consejo, esto no obstante, consultará á S. M. lo que estime más conforme á la prosperidad de dicho Reyno. Madrid, treinta de Abril de mil ochocientos diez y neve.— José de Tejada.

El Fiscal de Nueva España, en vista de la carta del presidente de Guatemala Don Carlos de Urrutia sobre la necesidad de fomentar aquel Reyno para aumentar su población, agricultura, industria y comercio, proponiendo al efecto que S. M. se sirva dispensarle, quando no todas las

gracias y franquicias que ha tenido á bien dispensar á la Havana y la han hecho florecer, al menos las que sean bastantes á sacar aquellos países del infeliz estado en que yacen, dice que las concedidas á la Isla de Cuba y Puerto Rico á que en su informe de 30 de Abril último se refiere la Contaduría, conviniendo en que se hagan extensivos los artículos aplicables de entrambas Cédulas de 10 de Agosto de 815 y 19 de Octubre de 817, se pueden dividir en dos clases: las que tienen por objeto la población y las que el comercio, principalmente el Extrangero.

De las primeras, aunque no habría inconveniente en concederlas, se toca desde luego que son absolutamente inútiles por que no es de esperar que ningún español ni estrangero quiera establecer su residencia en las costas mortíferas de Honduras, que son las que más necesitan de población, con preferencia á las yslas mencionadas, donde además de las gracias con que son convidados hay empresarios que se han ofrecido á llevarlos y es más conocido y menos temeroso el terreno y más fácil la traslación. Ya hubo un ensayo de población en Truxillo costeada por el Gobierno y apenas ha quedado alguno que otro individuo; los negros son los que en aquella costa conservan toda su robustez y viven sanos, pero ni es conveniente ocurrir á un medio tan peligroso para en adelante como el confiar la entrada principal y la defensa del Reyno á esta clase de población, siempre enemiga de la blanca, ni tan poco hay de ésta la suficiente para admitir la introdución de esclavos que trabajasen en las haciendas que se establezcan. A duras penas se ha conseguido ó concedido el que continuase en los países donde por la costumbre de las ya establecidas se estimaba necesario para conservarlas, con que donde no las hay y donde tampoco hay costumbre de este servicio rural por esclavos parecería menos acomodada la introdución de negros.

El Presidente de Guatemala no se contrahe á determinados artículos de la Cédula de 10 de Agosto y 19 de Octubre para pedir expresamente los que convengan á aquel Reyno, y probablemente quiere hablar de las franquicias mercantiles de que goza la Havana, pidiendo que al menos se le conceda en parte. No hay duda que el reyno las necesita y las merece tanto quando no sea más que otro

alguno, según el Fiscal solo y unido con el Señor su compañero han expuesto en varios expedientes. Esta necesidad ha llegado al último término ahora recientemente, que según las cartas contestes ha sido invadido por varios puntos y saqueado los almacenes donde estaba depositada para extraher casi toda la sustancia de aquel Comercio, cuya suerte lastimosa, como las de los que en la península dependen de las remesas de allá, como se deduce bien del asombroso premio que pagan sobre aquella plaza, es digna de que se tenga en consideración y se remedie en lo posible.

Mas acerca de esto han hablado ya los fiscales y ha propuesto mejoras y amplitud de comercio sin avanzar á todas las que gozan las expresadas Islas, por razón de que para el continente es necesario proceder con más cautela y por que conviene no dar tantos pasos de una vez en materia tan expuesta á errores de cálculo. Los espedientes de que habla el Fiscal son los del Comercio de Panamá, en que pidieron entrambos que fuesen libres los habitantes de Guadalajara y de Guatemala de hacer el Comercio directamente con Panamá y con los demás Puertos donde se ha concedido ó permite directo con el extrangero, y el de las expediciones en bandera neutral á que dió motivo una carta del Intendente de la Havana y que se reunió al de la solicitud de comerciantes particulares para enviar á Guatemala frutos y efectos españoles en buques extrangeros, en el cual opinó el que suscribe por la concesión.

Aun penden, según parece, las consultas que elevó el Consejo y por tanto cree el Fiscal que no es ocasión de tratar de nuevas medidas ampliando el Comercio hasta que S. M. se digne resolver lo conveniente sobre lo que ya propuso, sino de renovar las consultas con los nuevos y poderosos fundamentos que expresa el expediente de Guatemala y ministran las noticias últimas de aquel Reyno.

Hay otro obstáculo para no avanzar por ahora á más de lo ya consultado, por más útil que se presente el proyecto de comunicar directamente con los extrangeros en caso de absoluta necesidad, y es el expediente de pacificación sobre que se creó una junta para examinarlo. Allí entraba como principal artículo la mediación de las potencias de Europa y la invitación con gracias mercantiles, sobre lo

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