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Obispos posteriores à la restauracion hasta fines del siglo XIII.

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anterior le dió en feudo la ciu

dad, seguro de conquistarla. Posteriormente adquirió el cumento, y nosotros le insertamaestro Canal copia de este doríamos en nuestro apéndice en vista de su importancia, así como tambien la carta puebla que en el mes de enero habian dado ambos Condes á los moradores de la ciudad, en cuyo archivo vimos la original, si no acabase de hacerlo nuestro respetable amigo, el ilustrado archivero

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de la Corona de Aragon D. Próspero de Bofarull en su Coleccion de documentos inéditos (1).

El primer cuidado del conquistador, fué restituir á la ciudad conquistada su silla episcopal, que en el tomo anterior quedó situada en Roda y ocupada por el Obispo Don Guillen Perez. Para esto dispuso que, purificando prontamente alguna mezquita de los Moros, porque la premura de tiempo no permite decir otra cosa, fuese consagrada para Iglesia catedral. Así se hizo el domingo 30 siguiente, es decir, á los siete dias de tomada la ciudad. En ese mismo otorgó el Conde de Barcelona la carta de dotacion de la santa Iglesia, que puede verse en el núm. I'de nuestro apéndice. «Gloria en >>las alturas à Dios Todopode>>roso, que segun su voluntad >>traslada los reinos y muda los >>imperios», esclama lleno de gozo el piadoso Conde, «porque ha >>biendo arrancado en nuestros >>dias por un efecto de su misericordia á la Iglesia Ilerden »se de la perfidia de los paga»nos, á que por una larga série >>de años habia estado sujeta, se

(1) Tomo IV. núms. LIV y LVIII,

»ha dignado restituirla á la reli»gion cristiana. Así, pues, ha>>biéndola sometido su clemencia >>á nuestro dominio en este año »1149 de la Encarnacion del Se»ñor, nos, por inspiracion divi»>na y con consejo de ilustrisi>>mos varones, á saber: Bernar»do, Prelado Tarraconense, Pe>>dro Ausonense, Guillelmo Bar»>cinonense, Bernardo Urgelen>>se y Bernardo Cesaraugusta»no, igualmente que de muchos

Grandes, ya de Barcelona y ya »de Aragon, de nuestro acom»pañamiento, concedemos y damos á la Sede de la expre»sada ciudad, y al ilustre y ve»nerable Guillelmo su Obispo, »y á sus sucesores perpetua»mente todos los diezmos y pri>>micias de la ciudad y de su »>término, simul cum ipsis deci»mis de vendis et de passanis pre»fate civitatis, elé. » Si la palabra vendis se deriva de venda ó venditio y passanis de passanum, csto es, passaticum, deben ser los dieznios del producto de las ventas y del peage de las personas y géneros que transportaban. Tambien concede todas las igle sias de la ciudad y su territorio que habian servido de mezquítas á los Moros, con los prédios, alodios y demas pertenen

cias que hubiesen tenido durante la dominacion, y todas las iglesias de las villas y aldeas del obispado, conquistadas ya ó que en lo sucesivo se conquistasen, con sus diezmos, primicias y demas derechos que las correspondiesen. Al expresarse en la fecha de este documento los do minios del Conde, se hace mencion especial de las ciudades de Fraga, Lérida y Tortosa quas divina virtute idem superavit et cepit. Las palabras con que empieza, primeras del himno angélico que ordinariamente decimos en la Misa, parecen dar á entender que á lo menos en la Corona de Aragon se conservaba todavia la costumbre de entonarle para dar gracias á Dios por los faustos sucesos, no habiéndose introducido aun la de cantar el Te Deum laudamus como hacemos hoy. Sobre este particular puede consultarse á los doctisimos monges de San Mauro en su hermosa edicion de las obras de San Gregorio Papa (1).

Por parte del Príncipe nada restaba que hacer, mas al Obis po correspondia poner en eje

(1) Tomo 2.o, en la nota á la epist. 34 del lib. 13.

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cucion sus decretos cooperando á sus piadosos designios. Don' Guillen Perez lo hizo en efecto bajando de Roda, situándose en Lérida, y llevando consigo á los Arcedianos, parte del Cabildo y algunas alhajas y reliquias. Desde entonces se llamó Obispo de Lérida y Roda, título que se conservó por algun tiempo. Pero esta traslacion no resfrió su cariño á la iglesia de San Vicente que dejaba, como se lo acreditó en 1151 cediéndola en presencia de los canónigos unos excusados que tenia en Tamarite, Almenara y Alguadara (1).

Cuatro años mas adelante concurrió con el Conde Don Ramon, y con los Prelados de Tarragona y Barcelona á componer las desavenencias que mediaban entre los Obispos de Zaragoza y los Abades de San Juan de la Peña. A este monasterio habia concedido en 1108 el Rey Don Alfonso I todas las iglesias que se edificasen en la villa de Tauste y su término con todos sus diezmos, primicias, oblaciones y derechos eclesiásticos, y con independencia absoluta de los Obispos, asi respecto de las

(1) Archivo de Roda, lig. de papeles curiosos, let. z. núm. 8.

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iglesias como de los diezmos. Muchos gastos y sentimientos

costó á los Abades sostener este derecho contra los Obispos de Zaragoza que, conquistada Tauste, reclamaban para sí la jurisdiccion de las iglesias y el cuarto de los diezmos, alegangando que el expresado Monarca no habia tenido facultades para privarles de estos derechos, por mas que hubiese tenido el de disponer libremente de los diezmos. Así en España como en Roma se agitó este ruidoso negocio; pero últimamente se compuso por la mediacion de los susodichos jueces árbitros, que dieron su sentencia en 27 de abril de 1155. Todo lo refiere Briz Martinez en la Historia de aquel monasterio (1).

Entre los apéndices de la Marca Hispánica (2), hay una confirmacion de varias donaciones de iglesias hechas al monasterio de San Rufo de Francia. Es del Conde de Barcelona, y tiene la fecha de los idus de marzo de 1157, in Aragone apud castrum quod dicitur Morel. Una de las iglesias cuya donacion se confirma, es la de San

(1) Lib. 5.0, cap. 29. (2) Núm. CCCCXXVI.

Rufo de Lérida, y el Prelado de esta Silla uno de los que sus

criben.

Acreditó su celo Don Guillen Perez en el pleito del Abad Raimundo y Canónigos de San Jus to con el Cabildo de Roda que litigaban sobre la iglesia de Santa Maria de Tolva. Dispuso que se adjudicase á los primeros, pero que pagasen estos al Cabildo de Roda los diezmos de la mencionada iglesia, y que anualmente por San Juan, contribuyesen para manutencion de un Canónigo con tres cahices de trigo limpio, tres de cebada, tres cántaros de vino puro, y una hoja de tocino de buen ta maño. Así nos parece que deben traducirse las palabras, unum bonum latus porcine carnis que usa la escritura. Esto fue en 1161, en que á 6 de agosto falleció cerca de Turin el Conde de Barcelona Don Ramon Be renguer. Mucho sentimiento debió causar la muerte de tan insigne bienhechor al Obispo de Lérida, que el año siguiente estuvo en las Córtes convocadas en Huesca por la Condesa viuda Doña Petronila, Reina de Aragon.

Debia estar dotado del espí ritu de paz que tan altamente

recomienda á todos les fieles, pero con especialidad á los Obis pos el Apóstol San Pablo; porque todavia le hallamos con el nuevo Arzobispo de Tarragona llamado Don Hugo de Cervellon y otros Obispos y Abades, componiendo á Don Fortuny á Don Beltran, que lo eran de Montearagon y la Oliva, y pleiteaban sobre la pertenencia de la iglesia de Carcastillo. Manrique inserta en sus Anales Cistercienses la carta de composicion, que está dada en 21 de julio de 1166 (1).

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Pero todas estas ocupaciones que llamaban la atencion de nuestro Obispo fuera de su diócesis, no le impedian atender á un asunto del mayor interés, que desde la traslacion de su sede le ocupaba dentro de su obispado. Era la organizacion de su Cabildo reciente de Lérida, dándole una constitucion fundamental que en lo sucesivo le gobernase, y asegurando la subsistencia de los que tenian derecho á mantenerse á costa del altar, supuesto que al altar prestaban sus servicios. Ambas cosas hizo en 1168 por medio de dos documentos de suma im

(1) Cap. 7.

portancia, á que damos cabida en nuestro apéndice núm. II Y III. Por el primero, que está dado en 29 de abril, resulta que el Obispo exigió, no solo el parecer, sino tambien el asentimiento de sus Arcedianos, de sus Canónigos de Roda y de Lérida, de los Abades de la diócesis, de los hombres buenos de la ciudad, y generalmente de todo el clero y pueblo de su obispado. Digna es esta conducta de un San Cipriano, el cual escribiendo á sus presbiteros y diáconos (1) les decia: «Desde el principio de mi obis»pado me he propuesto no ha»cer nada por mi propio dictá»men, sino todo con vuestro »consejo y el consentimiento »del pueblo. »>del pueblo. » Siguiendo el Obispo de Lérida las huellas del de Cartago, vino á determinar que en los diez años siguientes constase el Cabildo de veinte Y cinco Canónigos, reservándose á sí y á sus sucesores la facultad de aumentar su número en adelante si lo permitiesen las rentas de la iglesia; y que las vacantes se proveyesen con acuerdo del Cabildo, entrando los elegidos el dia de la Asun

(1) Ep. 5.

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