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i adoptado por instinto los principios de la política bastarda i engañosa de los Médicis.

Gobernar sin constitucion hubiera sido peligroso; pues aunque ménos liberalizado que sus dos hermanas mayores, no faltaban en el Ecuador hombres ilustrados i patriotas, que cran otros tantos atalayas, i cuyo amor á la libertad era preciso contentar de algun modo. Pero salva la necesidad de acallar el grito de las más justificadas aspiraciones, la constitucion, hecha bajo la influencia de Flores, debia ser i fué propia para desarrollar su política de maquiavelismo i su gobierno personal.

Otra ambicion más noble, otro aspirante aguijoneado por el doble motivo de la resistencia i de la dominacion, de la libertad i del mando bien intencionado, vino pronto á turbar la fácil conquista del jeneral Flores. Pero sea por debilidad ó necesidad, sea por error ó prudencia, Rocafuerte cedió al mesmerismo de Flores; en su aciaga compañía inundó con sangre ecuatoriana los campos de Miñarica; consolidó la influencia del jeneral asociándole la del publicista; ahuyentó la idea liberal, que no podia asomar la cabeza bajo la espada victoriosa de su mayor enemigo; i cuando la esencia de las cosas rompió de nuevo aquella liga heterojénea, se encontró sólo, hablando desde una tribuna, cuyo auditorio habia él mismo dispersado. Faltaba el partido liberal, ó no habia de él sino fragmentos informes, sin organizacion i

sin vida.

Flores habia fundado una escuela política, quizás sin intencion. Necesitó educar á sus cómplices en la tarea de gobernar al pueblo contra su voluntad. Los educó, i ellos encontraron pronto que podian aspirar á los mismos honores i preeminencias que el maestro. Urbina, Elizalde, Robles, Franco, creyeron con razon que un jeneral vale tanto como otro, i que no es justo que uno sólo aproveche las dulzuras del mando. Llamaron en su ausilio al espíritu de libertad, necesario ingrediente de toda revolucion, i derrocando á Flores en 1845, inauguraron la segunda época en la vida independiente del Ecuador. Fué todavía el suyo un gobierno militar; pero su oríjen, la influencia nata del tiempo en

la obra necesaria del progreso, la nocion de admitir un nuevo elemento en el poder como garantia de su fuerza, i el ejemplo de Nueva Granada en que el partido liberal simpatizaba con los vencedores de Flores, modificaron la política ecuatoriana, i en medio de muchos desafueros, sus gobernantes consintieron en cortar algunas de las ligaduras que ataban al pueblo. Suprimieron el tributo de indíjenas, abolieron la esclavitud doméstica, eliminaron la pena de inuerte en delitos políticos, i democratizaron un tanto las instituciones.

Pero esa misma época fué de corta duracion. Vimos cómo los errores de Franco trajeron al poder un hombre que, aunque no habia seguido la carrera militar, tenia todos sus malos instintos, junto con los de un espíritu relijioso estraviado, i una visible preponderancia de la destructibilidad sobre la benevolencia. Garcia Moreno llamó además en su ausilio á Flores, escarmentado por el destierro i el infortunio, pero no mudado en su naturaleza, porque á tanto no alcanza la educacion tardía con los caractéres pronunciados. De consuno iniciaron una reaccion hácia los buenos tiempos del código de 43, mejorada por el jenio audaz i sanguinario del presidente de 61.

La constitucion que en ese año se promulgó era una vana fórmula ante la voluntad caprichosa del gobernante. Así es que, no obstante sus garantias á la vida humana en los casos de delitos políticos (art. 125); no obstante que segun el 122 la correspondencia epistolar no hace fe en las causas seguidas por los misinos delitos; i no obstante la proteccion de un juicio ante los tribunales competentes, otorgada por el art. 105, García Moreno por sí sólo hizo ejecutar muchos ecuatorianos acusados de rebelion, sin formalidad judicial, i alguna vez por el temor dudoso de una carta interceptada.

No aludimos á estos hechos desagradables con ninguna mira hostil; sí sólo para mostrar cuán inútiles son las instituciones escritas cuando su espíritu no ha calado en el ánimo del pueblo, ni éste ha alcanzado esa virilidad moral, esa dignidad suprema, que arrostra la malquerencia de los déspotas, i los anonada con

una solicitud, con una reunion, con un periódico, i de nó con un levantamiento jeneral i en masa.

Por lo demás, el código que examinamos, conservando las mejoras de los que inmediatamente le precedieron, adelantó aún más sobre dos puntos capitales, á saber, la organizacion del poder lejislativo i la descentralizacion del gobierno. Por primera vez la cámara de diputados se compuso de representantes del pueblo, elejidos segun la base de la poblacion; principio sacrificado hasta entonces para congraciarse con las provincias litorales, que aunque ménos pobladas, son más instruidas i acaso más ricas que las andinas.

Por la primera vez tambien se consignó (art. 94) el gran principio de libertad municipal, que especifica las funciones del gobierno jeneral como únicas que puede ejercer; mientras que deja en globo el resto del poder público á las localidades, sin más restriccion que la necesidad de respetar aquellas delegaciones, ni más contencion que el juicio imparcial de los tribunales.

Si, como lo deseamos, el Ecuador ha entrado en una época de honradez política, de moderacion i de gobierno civil respetuoso de los derechos individuales, la constitucion de 1861, bien desarrollada i cumplida, podria asegurarle todo el grado de libertad necesario para su desenvolvimiento moral i material. Ella independiza los poderes públicos, garantiza los derechos civiles i políticos, proteje al estranjero, ofrece la responsabilidad de los funcionarios, i propende al establecimiento de un amplio réjimen municipal.

<< No basta empero (dice Laboulaye) (1) hacer una buena constitucion; es preciso además, cuando se dicta una constitucion; que el país la acepte, i que cada ciudadano se convierta en su defensor. El gobierno libre es el más fuerte i el más débil de todos, segun sea el estado de las costumbres i el sentimiento. popular. Cuando todos aceptan las constituciones libres, ¡oh! en

(1) Estudios sobre la Constitucion de los Estados Unidos, traduccion de don Manuel R. García, páj. 252.

tónces cada ciudadano es un defensor del órden público, i donde está el peligro allí acude, lo cual aleja todo riesgo. No hai desórdenes, porque éstos no pueden ser la consecuencia de la escitacion de las malas pasiones, i cuando todos aman la libertad no hai pasiones malas.

>> Pero si las costumbres no sirven de apoyo á las instituciones, si no son patrióticas, entonces sucede lo que hemos visto en todas las revoluciones. Una minoría turbulenta se declara pueblo, é impone su yugo: es preciso rechazarla por la fuerza, i la represion destruye la libertad. Verdad es ésta que se ve escrita en la historia con caractéres sangrientos, i los americanos no han dudado jamas de ella. >>

Como las constituciones sud-americanas rara vez han consultado la indole, los antecedentes i la situacion del pueblo, para el cual se daban, no es de estrañar que hayan caido al soplo del más lijero viento revolucionario, ni tampoco que se hayan recibido con igual indiferencia las más encontradas entre sí. Cada partido triunfante ha creido decoroso mudar la constitucion del estado al mismo tiempo que mudaba el menaje del palacio en que acababa de entrar. ¿Por qué? Porque las constituciones no eran la espresion de la condicion ni de las necesidades públicas; ó lo que es más probable, porque siendo difíciles todos esos problemas envueltos en la preparacion de un código político, faltaba el conocimiento necesario para resolverlos, la constitucion era sólo un pretesto ó un medio honroso de asumir el poder, i no se justificaria bien una revuelta que derrocase un gobierno, sino dando mejores formas ó más sólidas garantías al que hubiera de sucederle.

Sea como fuere, no se demostrará fácilmente que una constitucion como la actual del Ecuador difiera sustancialmente de la que pueda creerse más apropiada á sus actuales circunstancias, vista su historia de los últimos años, las ideas admitidas, los hábitos creados, i la elasticidad que admiten todas las instituciones. cuando se las plantea con criterio, honradez, moderacion i patriotismo.

OBSERVACIONES PARTICULARES

Soberanía. Reside esencialmente en el pueblo segun el artículo 2.o, i por delegacion de aquél la ejercen las autoridades que establece la constitucion. En una república democrática la soberanía ó potestad de gobernar, reside primitivamente en la nacion, á diferencia de las aristocracias i monarquías absolutas, cuya soberanía está en una clase ó en la cabeza de una familia. Pero ¿quién es el pueblo de que habla la constitucion ecuatoriana? No puede ser la jeneralidad de la poblacion, pues en ella hai muchísimos individuos que no tienen ni podrán tener nunca la más pequeña intervencion en los asuntos públicos, ó sea, esos átomos de soberanía, cuyo conjunto forma la potestad que la caracteriza. Son los ciudadanos los únicos poseedores del derecho político en que se comprende la soberanía, i ellos componen siempre una parte más ó ménos estensa del pueblo, pero nunca la totalidad, i hasta ahora ni siquiera han llegado á la mayoría absoluta.

Otra idea abraza el mismo artículo, que nos parece errónea, i es la que, declara la república una é indivisible, tanto más cuanto la constitucion ha pretendido fundar un amplio réjimen municipal. Para establecer un sistema de gobierno distinto del federativo no hai necesidad de emplear voces inadecuadas, que tomadas literalmente son inintelijibles.

Ciudadanía. La internacional ó sea la calidad de ecuatoriano, está bien definida en los artículos 3., 4.° i 5.o; pero estimamos supérfluos, por no decir peligrosos, los artículos 6.° i 7.o, que espresan los derechos i los deberes de los ecuatorianos. To

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