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unidas, que las dos no formaran en lo sucesivo mas que una (1).» Se podia temer que estas palabras magnánimas y afectuosas tomasen un dia una significacion literal.

Era difícil justifiar las reales cédulas de diciembre 1700 ; pero la agresion de Luis XIV en Holanda podia explicarse por una precaucion prudente y aun necesaria, imperada por las alianzas defensivas de muchas potencias extranjeras, que aunque indecisas todavia, se preparaban sin embargo á resistir ó atacar. Algunas negociaciones fueron abiertas para conjurar la guerra que estaba para romper; mas fueron inútiles. La irritacion de la casa de Austria, chasqueada en sus esperanzas; el resentimiento de Guillelmo III, y el rencor de los Estados de Ho landa, humillados poco habia por Luis XIV, prepararon una amenazadora coalicion.

El 20 de enero de 1701, la Inglaterra, las Provincias Unidas y la Dinamarca firmaron un pacto de alianza defensiva, fundada sobre los cambios que los negocios de Europa han experimentado por la muerte del Rey Católico (2). En setiembre 1701, se concluyó otro tratado entre el Austria, la Inglaterra y las Provincias Unidas, 1o para proporcionar á la Austria satisfactionem æquam et rationabilem, con la ocasion de la sucesion de España; 2o ad removendam Galliam à Belgio fœderato; 3o ad commercia favenda (3). Un artículo separado era relativo al reconocimiento del príncipe de Gales por el Rey de Francia, qui gravem injuriam et indignam nationi (britannia) intulit.

Desde el mes de junio de 1701 habia publicado la casa de Austria un manifiesto en el cual partia de las renuncias de Ana de Austria y de María Teresa para establecer la inbabilidad de heredar que alcanzaba al duque de Anjou (4); pretendiendo á su vez recoger la herencia de la corona española y reunirla á

(1) Flassan, loc. cit., pág. 209.

(2) Véase á Dumont, tom. VIII, part. 1, pág. 1.

(3) Véase este documento en Dumont, loc. cit., pág. 89. (4) Véase ibid., tom. VIII, part. 1, pág, 10 y sig.

la corona imperial. Rehusaba á Carlos II el derecho de levantar una incapacidad de suceder, que segun ella Felipe IV babia tenido la autoridad de estabelecer, y concluia por la anulacion del testamento que daba la corona á Felipe V, así como tambien por la exclusion de toda la sangre de Francia (1) de la sucesion universal de España. Todavia era el sistema de antagonismo lo que la liga habia abrazado un momento; pero que despues de aplacados los ánimos supo reducir á su justo valor en Ryswich la sensatez de los gabinetes.

Las pretensiones exageradas de la casa de Hapsburgo no podian convenir mejor á la Europa que los supuestos designios de Luis XIV; y suspendieron durante algun tiempo la conclusion de una liga ofensiva. El Austria se prepara á la lucha haciendo grandes sacrificios. Por tener tropas, reconoció al Rey de Prusia; y para tener dinero, dió entrada en el imperio á la casa de Hanover, en cuyo favor se creó un nuevo electorado (2).

Los círculos y los príncipes del Imperio accedieron á la alianza de setiembre de 1701 por actos posteriores, á partir del 22 de marzo de 1702 solamente (3). La Prusia habia prometido tropas, en los meses anteriores de enero y diciem-. bre (4). El Portugal no se junió á los aliados hasta el 16 de mayo de 1703 (5), el duque de Saboya mas tarde todavia, á lo menos ostensiblemente, hácia fines del mismo año 1703 (6).

Los manifiestos de las Provincias Unidas y su declaracion de guerra fueron publicados en el mes de mayo de 702 (7). Sus agravios expresados son: una especie de incorporacion de los Paises Bajos españoles á la monarquía francesa y las pre

(1) Dumont, loc. cit., pág. 24. (2) Dumont y Flassan, loc. cit.

(3) Dumont, loc. cit., pág. 114, 116, 121, etc.

(4) Ibid., pág. 96.

(5) Ibid., pág. 127.

(6) Ibid., loc. cit., pág. 135.

(7) Ibid., pág. 112 y siguientes.

tensiones de Luis XIV á la monarquía universal. La declaracion de guerra de Inglaterra no fué retardada por la muerte de Guillelmo III. La del Emperador Leopoldo salió á luz pocos dias despues, el 25 de mayo de 1702. Luis XIV respondió por una declaracion con fecha de 3 de julio, que fué seguida de la de los círculos del Imperio, el 28 de setiembre (1). La Babiera se habia mantenido fiel á Luis XIV, su antiguo aliado; por cuyo hecho fué mas tarde el Elector proscrito por un edicto solemne del Imperio (2).

La guerra con el Austria dió principio en Italia desde 1701; la siguió con flojedad en Flándes y sobre el Rin en 1702. La coalicion tenia un fin bien decidido para impedir, mas no tenia un motivo determinado para obrar. Los coalizados no tenian en este instante otro proyecto que el de impedir la reunion de las coronas de Francia y de España, y de desmembrar lo que pudieran de esta monarquía; pero su designio no se extendia hasta destronar á Felipe V, quien, reconocido y sostenido por los Españoles, parecia tener una posicion inexpugnable. A decir verdad, los confederados ni aun tenian todavia candidato verdadero para el trono de España. El fin de la coalicion es exactamente definido por el artículo 8 de la grande alianza, concebido en estos términos :

« Si se hace necesaria la guerra, ninguna de las partes podrá » tratar de la paz sino despues de haber comunicado y conferido con » las otras potencias confederadas y primeramente obtenido: para » Su Majestad Imperial una satisfaccion justa y conveniente, para » la Gran Bretaña y los Estados de Holanda la seguridad particular » de sus estados, provincias, posesiones, comercio y navegacion, y despues de haber estipulado la garantía positivia que los reinos » de Francia y de España no caeran nunca bajo la misma domina» cion, y no serán reunidos en la misma cabeza, y especialmente » que los Franceses no podrán tomar jamas posesion de las Indias españoles, que no tendrán el comercio exclusivo de aquellas co

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(1) Dumont, pág. 112 y sig.

(2) Ibid., pág. 127 y 193.

» lonias, y que los derechos de comercio y de navegacion que les » fueren acordados serán exactamente los mismos que los conce» didos á la Gran Bretaña y á los Estados de Holanda (1), » etc.

Con que mas bien las habian contra los actos de Luis XIV, despues de la muerte de Cárlos II, que contra la legitimidad de la sucesion de su nieto. Importa mucho el que este punto llame mucho la atencion porque en otro periodo de la guerra, la cuestion cambió completamente de aspecto, para los confederados, por efecto de la exasperacion de la lucha y de la substitucion de las pasiones personales á los intereses de los Estados. La grande alianza no quiso declarar la guerra á una familia, á la sangre de los Borbones, ni á Felipe V, Rey de España, sino solamente á Luis XIV, sospechado de tener designios contrarios á la seguridad general de la Europa. La palabra de familia ó de casa de Francia, el nombre del duque de Anjou, no se articulan en lo dispositivo del auto de confederacion de 7 de setiembre de 1701; y por el contrario la obligacion contraida de mantener la separacion de las dos coronas, comprendia tácitamente el reconocimiento tácito del derecho de Felipe V de reinar en España. Los confederados se mantenian entónces en el espíritu y en la letra de todos los autos públicos emanados, despues de dos siglos, de los poderes políticos de la Europa; y especialmente en el espíritu y en la letra de los casamientos españoles de Reyes de Francia, y de los testamentos de los Reyes de España, que todos habian querido la alianza de las dos familias y la amistad íntima de los dos paises; mas no su incorporacion en una sola monarquía.

Habia pues entre las potencias confederadas dos intereses distintos, que segun las ocurrencias dominaban en los actos ; un interes personal de la casa de Hapsburgo, que excluia toda accesion de la casa de Francia en España, y un interes puramente europeo que se limitaba á prohibir la reunion de las dos coronas en la cabeza de un Borbon. Este último interes, interes

(1) Véase el texto del tratado, en las piezas justificativas, no 5.

secular de la Europa, que al parecer anhelaba la coalicion en este primer periodo en sus aclos ostensibles y en sus manifiestos. Así es que se echa de ver un lenguaje del todo diferente en la declaracion de guerra del Emperador, y en las de la Inglaterra como de las Provincias Unidas; en estas se reconoce implícitamente al Rey de España; en la primera se las apuestan á su título mismo (1).

Es pues de notar que, aunque unidos en apariencia, los soberanos coalizados tenian diferentes miras; así es que cada uno iba por su lado lo que manifestaba la diversidad de interes é intenciones. Las exageraciones posteriores llevaron evidentemente mas lėjos los principios de la guerra.

Así el objeto de la coalicion no era exactamente conforme á las esperanzas y á la ambicon personal del Emperador Leopoldo. El ansia de reunir de nuevo en su descendencia y en una sola cabeza, los Estados de Carlos Quinto, le habia impelio á imponer á su hija de Baviera (2) una renuncia que habia indignado á la España y á su Rey. Persistiendo en este intento se rehusó á acceder á la particion de 25 de marzo de 1700, la cual realizaba en beneficio de su linaje la separacion de las coronas que el testamento de Carlos II habia producido en pro de la casa de Francia. Su obstinacion comprometia el buen éxito de la coalicion. Hábiles consejeros le decidieron á que desistiese de sus ideas; y en efecto la coalicion atacaba en Luis XIV al soberano á quien acusaba de querer reunir los dos coronas, era inconsecuente en sostener á Leopoldo, el cual se proponia tambien llevar á cabo una reunion que amenazaba en el mismo grado al equilibrio europeo.

El desistimiento del Emperador habiendo sido conseguido, hubo mas íntima union entre los enemigos confederados de Luis XIV. Formaron en 16 de mayo 1703, una nueva alianza ofensiva y defensiva; por la cual reconocían á un hijo del Em

(1) Véanse estos dos documentos en Dumont, loc. cit. (2) Véase, pág. 27, supra.

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