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P. ¿Qué virtudes se comprenden en la probidad? R. Se comprenden todas las que el amor de nosotros mismos nos aconseja.

P. ¿Es acaso una virtud el amor propio?

R. Si se llama virtud todo sentimiento bueno, noble i jeneroso cuando el hombre pone algun esfuerzo de su parte para cultivarlo i practicarlo dentro de los límites que la naturaleza le señala, merece tambien el amor propio el nombre de virtud, en cuyo caso se llama jeneralmente modestia.

P. ¿Qué es necesario para que el amor propio sea contenido en los límites que le señala la lei natural?

R. En primer lugar, es necesario que el amor propio no se exajere, porque si lo exajeramos hasta el estremo de no ver mas que nuestro individuo, se convierte en egoismo, eu soberbia o en vanidad, que son vicios detestables. En segundo lugar, es necesario que el amor propio no se estravie por el aliciente de los placeres, o por el olvido del deber, porque cuando el hombre solo procura satisfacer sus gustos i caprichos, se hace gloton, ébrio, lujurioso, perezoso; el alma es entónces presa del error i de la ignorancia, i el corazon abandona el amor del deber.

P. ¿Cuáles son, pues, las virtudes que nos aconseja practicar el amor de nosotros mismos i que se comprenden en la probidad?

R. Esas virtudes son la modestia, que nos hace conservar nuestra dignidad i nuestro amor propio, sin ser egoistas, soberbios o vanidosos; la templanza, la sobriedad, la castidad i el trabajo, que nos preserv an de ser glotones, ébrios, lujuriosos o perezosos; i por fin, el amor de la verdad i de la virtud en jeneral, que nos

libran de la ignorancia i del abandono de nuestros deberes. Cuando el hombre no practica estas virtudes, peca contra la probidad, porque desaparece la rectitud de sus intenciones i la pureza de sus acciones; se hace un mal a sí mismo i lo hace a los demas, dejando de hacer el bien; i pierde su reputacion, pasando a ser un miserable que todos desprecian, en lugar de ser un hombre probo u honrado, como se lo aconseja su interes i se lo manda su naturaleza.

P. ¿Cuál es el hábito mas útil para que el hombre se acostumbre a ser honrado?

R. El hábito de meditar siempre de antemano el resultado de nuestras acciones, hábito que se llama prudencia i que es indispensable para proceder i obrar en esta vida, apartándonos siempre de todos los actos viciosos que pueden traernos malos resultados o que pueden poner en duda nuestra probidad.

P. ¿Segun lo dicho, parece que no puede ser honrado el hombre que no tiene modestia, templanza, sobriedad, castidad i amor al trabajo?

R. Jeneralmente se llama honrado al que cumple bien con sus obligaciones o contratos, porque eso prueba que tiene la rectitud de ánimo i la pureza de acciones que constituyen la probidad, aunque por otra parte no tenga aquellas virtudes o deje practicar alguna de ellas; pero el que es egoista, soberbio, gloton, ébrio, lujurioso i perezoso, está mui en riesgo de perder la probidad, i aunque cumpla bien sus tratos, no merece el nombre de honrado, cuando reune todos esos vicios o la mayor parte.

LECCION QUINTA.

De la libertad

P. ¿Qué es la libertad?

R. La libertad práctica es simplemente el uso de nuestros derechos. En este sentido es una cualidad inherente al hombre i constitutiva de su ser, como el uso de sus miembros i el de sus facultades físicas e intelectuales instintivas; pero no es en sí misma una facultad del alma.

P. ¿Qué se entiende por derechos?

R. Llámanse derechos del hombre ciertas condiciones indispensables de su vida i de su desarrollo, las cuales dependen de la voluntad de los demas hombres, i cuyo cumplimiento podemos exijir. Así se dice que el niño tiene derecho de ser alimentado i educado por sus padres, porque la alimentacion es una condicion de su vida i la educacion lo es de su desarrollo; i aunque depende de la voluntad de los padres el prestar estas condiciones, pueden los hijos exijirlas, cuando se les niegan, porque son sus derechos. Lo mismo sucede con el derecho que tenemos a que se respete nuestra vida i nuestra persona, a que se nos deje gozar de nuestro trabajo, a que se nos permita asociarnos i comunicarnos por medio de la palabra escrita o hablada, a que se nos cumpla

lo que se nos ha prometido por medio de un pacto, a que se nos permita tratar sobre nuestros negocios; porque todas esas cosas son condiciones de nuestra vida o de nuestro desarrollo i perfeccion natural; i cuando los demas hombres de cuya voluntad dependen esas condiciones no las cumplen, podemos exijirlas, porque son nuestros derechos. Puede suceder i sucede frecuentemente que en nuestras relaciones con los demas hombres nos procuremos que ellos se comprometan a darnos algo o hacer algo en cambio de otras cosas que nosotros les damos o hacemos; i como podemos exijir todo eso como una condicion de nuestra perfeccion, se llaman tambien derechos esas adquisiciones o prestaciones voluntarias, una vez que tienen el carácter condicional de los derechos. El conjunto de todas esas condiciones naturales de nuestro ser se llama simplemente derecho, i con la misma palabra se señalan, agregándole la denominacion de civil, las leyes escritas que fijan todas esas relaciones condicionales de la vida i perfeccion de los hombres en sociedad.

P. ¿Nace el hombre con la libertad, o es esta una cosa que se adquiere?

R. Siendo la libertad el uso de nuestros derechos, siendo estas las condiciones de nuestra vida i de nuestro desarrollo, es evidente que la libertad es un hecho que nace con el hombre, así como los mienbros de su cuerpo o las facultades de su alma, aunque en los primeros dias de su vida no pueda hacer uso. de éstas ni de aquellos. Así como el derecho es un elemento constitutivo de nuestra personalidad, porque no se puede concebir al ser intelijente sin dere

chos, ni podemos imajinarnos que él exista sin usar esos derechos, sin prácticar esas cosas que son condiciones sin las cuales no puede vivir ni perfeccionarse, así tambien la Libertad es un elemento constitutivo de nuestra personalidad, porque en la práctica de la vidano es mas que el uso o la realizacion del derecho.

P. ¿Entónces parece que nacen con la libertad hasta los que nacen esclavos?

R. Es indudable que sí, pero como los que nacen esclavos no pueden por su situacion usar de su persona, ni de su trabajo, aunque estas cosas son sus derechos, están privados de su libertad, así como lo están de sus derechos; i esa privacion es una iniquidad contra la naturaleza.

P. ¿Qué regla podemos tener para saber si se nos priva de la libertad?

R. Ver simplemente si se nos priva del uso de un derecho.

P. ¿Cómo sabrémos si tenemos derecho a una cosa? R. Averiguando si esa cosa de que se trata es una condicion voluntaria de nuestra existencias o de nuestra perfeccion individual, o de nuestra existencia o perfeccion social. Si es indispensable para nuestra vida o perfeccion, o para la existencia o perfeccion de la sociedad, que se nos permita algo, no hai duda de que ese algo es un derecho nuestro o derecho de la sociedad, i su uso es lo que constituye esencialmente la libertad práctica. Por ejemplo, es una condicion de la perfeccion social la de que los asociados tomen parte en la formacion de las leyes i en la organizacion del gobierno: luego esa condicion es un derecho de la

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