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OF THE

UNIVERSITY

VARIAS PROVISIONES REALES PARA EL GOBIERNO DE LAS YNDIAS (1).

Adelantado Don Pascual de Andogoia, Nuestro Gouernador e Capitan general de la Prouinçia del Rio de San Joan: saued que Nos Mandamos tomar çierto asiento y capitulacion con el Marques Don Francisco Pizarro sobre la conquista y gobernacion de la Prouincia de la Nueua Castilla llamada Perú, su tenor de la qual es este que se sigue:

La Reyna. Por quanto Vos el Capitan Françisco Pizarro, veçino de Tierra-firme llamada Castilla del Oro, por Vos y en nombre del benerable Padre Don Fernando de Luque, Maestro escuela y Prouisor de la Yglesia del Darien, sede uacante, que es en la dicha Castilla del Oro, e del Capitan Diego de Almagro, veçino de la ciudad de Panamá, Nos hicisteis relacion, que Vos y los dichos vuestros compañeros, con deseo de Nos seruir e del bien y acreçentamiento de Nuestra Corona Real, puede hauer çinco años "poco mas o menos, que con liçencia y parecer de Pedro Arias de Auila, Nuestro Gouernador e Capitan general que fue de la dicha Tierra-firme, tomasteis cargo de yr a conquistar, descubrir y pacificar y poblar por

(1) Biblioteca Nacional.-Seccion de Manuscritos. Y. 49.

la costa de la Mar del Sur de la dicha tierra, a la parte de Levante, a vuestra costa e de los dichos vuestros compañeros, todo lo que mas por aquella parte pudiesedes; e hicisteis para ello dos nauios y un bergantin en la dicha costa, en que ansi en esto por se hauer de pasar la garcia e aparexos necesarios al dicho viaje, la Armada desde el Nombre de Dios, que es la costa del Norte a la otra costa del Sur, como con la gente y otras cosas necesarias al dicho biaje, e tornar a reaçer la dicha Armada, gastasteis mucha suma de pesos de oro e fuisteis a hacer e hicisteis el dicho descubrimiento, donde pasasteis muchos peligros y trauaxo, a causa de lo qual vos dexo toda la gente que con Vos yua en una ysla despoblada, con solos treçe hombres que no vos quisieron dexar, y que con ellos y con el socorro que de nauios e gente vos hizo el dicho Capitan Diego de Almagro, pasasteis de la dicha Ysla e descubristeis las tierras e prouincias del Perú e la Ciudad de Tambez, en que abeis gastado Vos Ꭹ los dichos vuestros compañeros mas de treinta mill pesos de oro; e que con el deseo que teneis de Nos seruir, querriades continuar la dicha conquista y poblacion a vuestra costa e mision, sin que ningun tiempo seamos obligados à vos pagar y satisfacer los gastos que en ella higieredes, mas de lo que en esta capitulacion vos mandase encomendar la conquista de las dichas tierras, e vos concediese y otorgase las mercedes con las condiciones que de suso

seran contenidas; sobre lo qual yo mande tomar con vos el asiento y capitulacion siguiente:

Primeramente doy licencia e facultad a Vos el dicho Capitan Francisco Pizarro, para que por Nos y en nombre e de la Corona Real de Castilla podais continuar el dicho descubrimiento-conquista e poblaçion de la dicha Prouincia del Perú fasta dosçientas leguas de tierra por la misma costa, las quales dichas dosçientas leguas comienzan desde el pueblo que en lengua de yndios se diçen Timimpulla e despues llamasteis Santiago, hasta llegar ál pueblo de Chincha, que puede hauer las dichas dosçientas leguas de costa poco mas o menos.

Ytem: Entendido ser cumplidero al seruicio de Dios Nuestro Señor y Nuestro y por onrrar vuestra persona e por vos hacer merçed, prometemos de vos hacer Nuestro Gouernador y Capitan general de toda la dicha Prouincia del Perú e tierras e pueblos que al presente y adelante obiere en todas las dichas doscientas leguas, por todos los días de vuestra vida, con salario de setecientos y beynte y cinco mill maravedis cada un año, contados desde el dia que vos hicieredes a la uela destos Nuestros Reynos para continuar la dicha poblacion y conquista, los quales vos han de ser pagados de las rentas e derechos a Nos pertenecientes en la dicha tierra que a Nos aueis de poblar; del qual salario aueis de pagar en cada un año un Alcalde Mayor, diez escuderos e treynta peones e un medico e un boticario,

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