Historia general de real hacienda, Volumen4Impr. por V.G. Torres, 1851 |
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Página 9
... veinte pesos por cada vez que se hiciere lo contrario , aplicado segun dicho es . 14 . Que todos los indios que tienen y benefician salinas y pretenden tener derecho al agua con que se hace la sal , sean obligados á te- ner los ojos del ...
... veinte pesos por cada vez que se hiciere lo contrario , aplicado segun dicho es . 14 . Que todos los indios que tienen y benefician salinas y pretenden tener derecho al agua con que se hace la sal , sean obligados á te- ner los ojos del ...
Página 13
... veinte mil fanegas de saltierra , de cuyo agravio se queja y suplica se le guarde su asiento con las condiciones de su allanamiento , vis- to en mi consejo de las Indias , con lo que dijo mi fiscal , ha parecido devolver á esa audiencia ...
... veinte mil fanegas de saltierra , de cuyo agravio se queja y suplica se le guarde su asiento con las condiciones de su allanamiento , vis- to en mi consejo de las Indias , con lo que dijo mi fiscal , ha parecido devolver á esa audiencia ...
Página 17
... veinte pesos , y en iguales circunstancias hizo la minería de Guanajuato al superior gobierno una difusa representacion para evitar el monopolio . Estos ante- cedentes movieron en el ánimo de D. Juan de Aranda , el deseo de facilitarla ...
... veinte pesos , y en iguales circunstancias hizo la minería de Guanajuato al superior gobierno una difusa representacion para evitar el monopolio . Estos ante- cedentes movieron en el ánimo de D. Juan de Aranda , el deseo de facilitarla ...
Página 29
... en esta parte ni en las otras se haya innovado cosa alguna , consultando á la utilidad de la mi- nería y á las ventajas de la corona . TOM . IV.- 4 88 . La administracion de Santa Clara dista veinte leguas RAMO DE SAL . 29.
... en esta parte ni en las otras se haya innovado cosa alguna , consultando á la utilidad de la mi- nería y á las ventajas de la corona . TOM . IV.- 4 88 . La administracion de Santa Clara dista veinte leguas RAMO DE SAL . 29.
Página 30
Fabian de Fonseca. 88 . La administracion de Santa Clara dista veinte leguas al Norte de esta ciudad , y sesenta y cinco de San Luis Potosí , comprende cinco lagunas distantes unas de otras , siendo diferente la produc- cion : las de ...
Fabian de Fonseca. 88 . La administracion de Santa Clara dista veinte leguas al Norte de esta ciudad , y sesenta y cinco de San Luis Potosí , comprende cinco lagunas distantes unas de otras , siendo diferente la produc- cion : las de ...
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SPA-HISTORIA GENERAL DE REAL H Carlos De Urrutia,Fabian De D. 1813 Fonseca,Mexico Secretaria De Hacienda Sin vista previa disponible - 2016 |
Términos y frases comunes
Acapulco administracion administrador alcabala alcalde almojarifazgo anual arbitrio avalúo beneficio cajas cargo ciento cion ciudad ciudad de México cobrar comercio comision comisos conforme contador contribucion correspondiente costas cuatro cumplimiento cuyo debe demas denunciador despacho despues diez diligencias efectos ejecucion ejecute embarcaciones esceso escluidos escribano España espediente espresado estanco Exmo fanegas Filipinas fiscal fraude galeones gastos géneros gobernador guarde habia haga hicieren hubiere Indias intendente intendente de Guadalajara islas justicia libro licencias Luis Potosí mandado Manila maravedís Martin de Mayorga media annata mercaderías México mil pesos mil setecientos ochenta ministros navíos Nueva-España obligacion ocho oficiales reales oficio pagar pena Peñol perjuicio personas plata práctica preciso procedido providencias provincias ramo razon real audiencia real cédula real hacienda real órden reales derechos referido registro reglas reino remitir renta resguardo resolucion respecto salinas seis sueldo tambien tesorero tierra título treinta tribunal de cuentas tuvieren vasallos vender venta Veracruz virey Zacatecas
Pasajes populares
Página 399 - ... una peonía es solar de cincuenta pies de ancho y ciento en largo, cien fanegas de tierra de labor, de trigo o cebada, diez de maíz, dos huebras de tierra para huerta, y ocho para plantas de otros árboles de secadal, tierra de pasto para diez puercas de vientre, veinte vacas y cinco yeguas, cien ovejas y veinte cabras.
Página 399 - Porque nuestros vasallos se alienten al descubrimiento y población de las Indias, y puedan vivir con la comodidad, y conveniencia, que deseamos; es nuestra voluntad, que se puedan repartir y repartan casas, solares, tierras, caballerías y peonías a todos los que fueren a poblar tierras nuevas en los pueblos y lugares, que por el gobernador de la nueva población les...
Página 403 - Nos, o en nuestro nombre, conviene que toda la tierra, que se posee sin justos y verdaderos títulos, se nos restituya, según y como nos pertenece...
Página 526 - Y visto lo referido en mi Consejo de las Indias .con lo que en su inteligencia y de lo informado por la contaduría general...
Página 402 - Porque las estancias de ganados vacunos, yeguas, puercos y otros mayores y menores, hacen gran daño en los maizales de los Indios, y especialmente el que anda apartado y sin guarda. Mandamos que no se den estancias ningunas en partes y lugares de donde puedan resultar daños, y no pudiéndose...
Página 406 - Ordenamos, que las estancias de ganado mayor no se puedan situar dentro de legua y media de las reducciones antiguas, y las de ganado menor media legua: y en las reducciones que de nuevo se hicieren haya de ser el término dos veces tanto...
Página 404 - Que a los indios se le dejen tierras. Ordenamos que la venta, beneficio y composición de tierras se haga con tal atención, que a los indios se les dejen con sobra todas las que les pertenecieren, así en particular como por comunidades...
Página 332 - ... los indios precio ni interés por ello, y que lo mismo se entendiese en las chicherías , que les fuesen permitidas por las ordenanzas , y que en dichos pueblos de indios no...
Página 410 - ... y en precios proporcionados y equitativos, con vista y audiencia de los fiscales, para que con atención a todo, y constando haber...
Página 404 - Protectores, o los de las Audiencias, si no hubiere Protectores Fiscales, sigan su justicia, y el derecho, que les compete por Cédulas y Ordenanzas, para pedir nulidad contra semejantes contratos. Y encargamos á los Vireyes, Presidentes y Audiencias, que les den toda asistencia para su entero cumplimiento.