Imágenes de páginas
PDF
EPUB

o juego de naipes en sus casas o permitieron que otros lo tuvieran i no castigaron los culpados, digan.

II. Si saben si el dicho correjidor visitó en cada un año los indios de su jurisdiccion desagraviándolos i haciéndoles pagar sus salarios, digan.

12. Si saben que el dicho correjidor tuvo trato i comunicacior ilícita con mujer casada, viuda o soltera, o, so color de administrar justicia o buscar delincuentes, entró a sus casas a deshoras a tratarlas i comunicarlas, digan.

13. Si saben si el dicho correjidor se sirvió de indios, o de los incorporados a la real corona o de otras personas de servicio, con violencia i contra su voluntad, no pagándoles su trabajo, i si permitió que hiciesen esto sus tenientes, digan.

14. Si saben si el dicho correjidor cobró algunas multas aplicadas a los ramos de penas de cámara i gastos de justicia, espresen a qué personas i qué cantidades, digan.

15. Si saben que el dicho correjidor obligó con violencia a los demandantes i querellosos a componerse con las partes, i si negó su audiencia a alguna persona, i si trató mal de obra o de palabra, digan espresen a quién i en qué casos.

i

16. Si el dicho correjidor cobró los tributos de los indios incorporados a la real corona, espresen a qué personas i en cuánta cantidad.

D17. Si saben si el dicho correjidor puso cuidado en cobrar las multas pertenecientes al ramo de penas de cámara i si tuvo libro en que las asentaba, i si dejó de poner en él algunas, i fué omiso en dar parte, de las que tenia recaudadas, al receptor jeneral.

18. Si saben que el dicho correjidor con el mando i poderío de tal obligó con violencia a algunas personas a que le vendiesen mantenimientos, o mas cosas por ménos de su justo valor i que era corriente; i si, por el contrario, compelió con el motivo referido a que le comprasen algunos jéneros i especies, i si fué por mas de su intrínseco valor i del precio corriente, digan i espresen a qué per

sonas.

19. Si saben si el dicho correjidor, durante el término de su oficio, compró en los términos de su jurisdiccion alguna heredad i si tuvo trato de mercancía, digan i espresen de qué jéneros i en cuánta cantidad.

>20. De público i notorio, pública voz i fama, digan.-Licenciado Pastor.»

A este interrogatorio se presentaron dieciseis testigos, todos jente principal, entre los cuales figuraban nueve capitanes. Las declaraciones fueron, en jeneral, favorables, i en ellas se reconoció la buena administracion, competencia, honradez, moralidad, estrictez i actividad demostrada en el desempeño del puesto.

Un testigo declaró, sin embargo, que don Pedro José de Lecaros no habia dado cumplimiento al decreto del gobierno por el cual se mandaba que el apoderado de don Juan Francisco Gorena pagase una obligacion al teniente Castro; i otros le acusaron de haber comerciado en la provincia, lo que estaba prohibido por las leyes.

El ex-correjidor presentó entónces una contrainformacion, con nueve testigos, casi todos ellos capitanes o maestres de campo, i probó fehacientemente: 1.° que el decreto del gobierno se habia llevado a efecto con el pago de la cantidad indicada; i 2.o que nunca habia ejecutado actos de comercio. Agregó que don Alonso de Lecaros i don Alonso de Covarrubias, sus parientes, habian comerciado en su casa, de cuenta propia, por estar allí alojados, sin que hubiera tenido participacion alguna en estos negocios.

Los antedichos cargos quedaron tan completamente desvanecidos que el licenciado don Alonso Pastor, en su sentencia de fecha 1.o de mayo de 1733, absolvió al correjidor en los términos que siguen:

«I, por cuanto por la informacion sumaria consta haber sido buen ministro, que distribuyó e hizo justicia igualmente a las partes, le declaro por buen juez, digno de que Su Majestad (que Dios guarde) i los señores de su real i supremo Consejo, presidentes i oidores de esta real audiencia, le honren con mayores puestos i oficios, merecidos por sus honrados procedimientos, i por esta mi sentencia definitiva juzgando así lo pronuncio i mando, sin costas.> Esta sentencia mereció la aprobacion del supremo tribunal, con fecha 29 de julio de 1734, i fué confirmada por la opinion pública, pues años despues don Pedro José de Lecaros i Ovalle llegó a ocupar el elevadísimo puesto de correjidor de Santiago.

Para completar estos datos, que deben interesar particularmente a Ud., por tratarse de uno de sus ascendientes, voi a apuntarle algu. nas otras noticias sobre esta rama de la familia Lecaros.

El padre de don Pedro José era el capitan don Juan de Lecaros i Lacoizqueta, natural del pueblo de Narvarte, valle de Vertiz-Arana, en Navarra, nacido en 1652. Fué hijo de don Pedro de Lecaros i de doña María de Lacoizqueta, naturales de Narvarte, lugar tambien

de nacimiento del gobernador de Chile don Juan Andres de Ustáriz, caballero de la órden de Santiago.

El pueblo de Narvarte fué cuna de la distinguida, noble i antiquísima familia de Ustáriz (1), a la cual pertenecian los tres primos que llevaron los títulos de marques de Ustáriz, marques de Echandía i conde de Repáraz. Los Ustáriz estaban emparentados con los Lecaros por lo Lacoizqueta, con los Vicuña por el apellido Repáraz, i ademas con los Ovalle de Chile, pues doña Teresa de Ustáriz i Meneses se casó con don Miguel de Ovalle.

Usted sabe que el capitan jeneral Ustáriz salió mal del juicio de residencia que le siguieron al dejar la gobernacion, i que fué condenado por el presidente don José de Santiago Concha a pagar fuertes sumas de dinero, por haber protejido el contrabando, i usufructuado él mismo del comercio con los franceses. No era, sin embargo, tan culpable como parecia. La conducta que observó tiene esplicacion en su simpatía por los franceses. Don Andres fué ardiente partidario de los Borbones, i se sabe que combatió en contra el archiduque de Austria, en la cual uno de sus ayudantes don Ambrosio Gaztelu, murió en persecucion del archiduque, a quien queria hacer prisionero (2).

una batalla

Los padres del capitan don Juan de Lecaros eran personas de posicion, nobles, hijosdalgo, de casa i solar conocidos. Fallecieron en Narvarte, don Pedro en mayo 25 de 1693, i su mujer en enero 15 de 1696. Su hija doña María heredó la casa solar de Ibarrondoa, i se casó en 1680 con don Martin de Iturralde, de la antigua i noble casa de Izu.

Don Pedro de Iturralde i Lecaros, hijo de los anteriores, el cual estuvo en Chile en 1705 (3), heredó la casa de Ibarrondoa. Murió sin sucesion en Narvarte, i dejó aquella casa para aniversarios, los que duraron hasta el año 1805, en que la propiedad se vendió a don Juan Bautista de Lacoizqueta, en poder de cuyos descendientes continúa.

(1) Diccionario de don Luis Villar i Pascual. Madrid, 1859.

(2) Datos proporcionados por don José María de Lacoizqueta, curarector de Narvarte i sobrino nieto de don Juan Andres de Ustȧriz. Véase Biblioteca Hispano-Chilena por José Toribio Medina, tomo 3.o, pájinas 283 i siguientes.

(3) Año 1705, ante Domingo de Oteiza, volúmen 407, Biblioteca Nacio nal; obligacion de don Pedro de Iturralde i Lecaros, don José de Lecaros i don Martin de Aranfbar.

Uno de ellos es don José María de Lacoizqueta, cura-párroco de Narvarte en 1886, escritor distinguido i autor de un libro sobre la botánica del valle de Vertiz-Arana.

Este sacerdote es sobrino nieto de don Juan Andres de Ustáriz, i en su casa he visto el retrato al óleo de cuerpo entero de don Fermin Francisco de Ustáriz, comisario jeneral que fué de la caballería del reino de Chile i gobernador de las armas i puerto de la Concepcion en el año 1713.

El capitan don Juan de Lecaros residia en Santiago en 1682, i en 1690 efectuó un viaje a Tucuman i Buenos Aires, en el cual llevó poder de los capitanes don Francisco de Aragon i don Juan de Araníbar para ciertos negocios de importancia.

El marques de la Pica, pariente de su mujer, formó compañía con él i aportó hasta 20,000 pesos. El capitan Lecaros debia correr con el negocio (1).

Don Juan se casó con doña Juana de Ovalle, hija de don Alonso Rodríguez del Manzano i Ovalle i de doña María de Amasa i Pastene, descendientes ámbos de conquistadores.

Doña Juana de Ovalle sobrevivió a su marido por algunos años (2).

Don Juan de Lecaros era rejidor perpetuo del cabildo de Santiago en 1685. En el mismo año renunció el cargo de receptor jeneral de penas de cámara, que tambien desempeñaba.

Fué elejido alcalde ordinario i procurador jeneral de la ciudad en 1693.

Murió en Santiago en el año 1694. En su testamento (3) se dice dueño de dos casas i un manzanar en Narvarte.

De su matrimonio con la señora Ovalle nacieron don Alonso i don Juan José, muertos en la edad pupilar, i don Pedro José, nacido en Santiago en 1691, del cual he relatado el juicio de residencia.

Don Pedro José de Lecaros i Ovalle fué en su época uno de los hombres mas notables de Chile por su intelijencia i condiciones de carácter.

Su vida pública principió, puede decirse, cuando era menor de edad, por el remate que hizo su madre para él de los oficios de

(1) Escrituras del año 1690, vol. 368, Biblioteca Nacional.

(2) Testamento en 1737 ante José Alvarez de Henestrosa, folio 166. (3) Ante Manuel Cabezon el 27 de Junio de 1694.

receptor jeneral de penas de cámara de la real audiencia i de rejidor del cabildo de Santiago, con la calidad de poder nombrar sustituto en el tiempo de la menoría (1).

Obtuvo el grado de capitan de caballos a 14 de octubre de 1716, i, despues de ser correjidor de Quillota, desempeñó el cargo de correjidor de Santiago, desde 1747 hasta 1760.

Es uno de los correjidores criollos que mas renombre ha tenido en la ciudad. El famoso Zañartu era, como se sabe, nacido en España.

De nuestro personaje escribe don José Perfecto de Salas, en 1762, al hablar de los caballeros principales de aquella época: «Don Pedro Lecaros Ovalle, el criollo mas sagaz i prudente que se habrá criado sin salir de Chile, con todos los accidentes de verdadero cortesano» (2).

Sustituyó en 1756 al presidente Amat durante su ausencia de la capital.

Su nieto el padre frai José Javier de Guzman i Lecaros cuenta de él lo siguiente;

«Hallábase de correjidor de esta ciudad de Santiago (1747) mi abuelo don Pedro Lecaros Ovalle; i, queriendo el cabildo hacer mas apreciable este distinguido empleo, firmó e hizo un informe al soberano solicitando se le impusiese renta a aquel cargo, por lo gravoso que era a quien lo ejercia i queria desempeñarlo con el honor correspondiente a un teniente del gobernador, por cuya muerte i ausencia hacia sus veces en lo político. Evacuado el informe, se lo llevaron al correjidor para que lo suscribiera, creyendo hacerle un gran obsequio; mas él se negó a firmarlo, diciéndoles a los cabildantes que se lo presentaron: «Señores, no puedo condescender con > vuestra pretension, porque, si no conseguis lo que solicitais, queda> reis desairados, i si lo conseguis seré yo irremediablemente remo» vido, i el último correjidor chileno de esta ciudad, porque en tal › caso vendrá provisto de España el que haya de ser correjidor de > Santiago; i entónces careceremos los chilenos del único empleo > con que nos condecora la patria.» Agradó tanto esta reflexion a

(1) Archivo de la Capitanía Jeneral, vol. XXXII, número 624.

(2) DOMINGO AMUNÁTEGUI Solar, Don José Perfecto Salas, Santiago, 1896, pájina 50.

« AnteriorContinuar »