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sido desnaturalizado de modo que no se comprenda su contenido.

«La devolución de que habla este artículo no podrá reclamarse sino en la oficina de orijen, i después que el espedidor haya probado su identidad, si así se lo exijiere el empleado».

Artículo 65. «No se admitirá reclamo alguno un mes después de depositado un despacho en la oficina telegráfica. Este plazo será de seis meses para los despachos internacionales.

«Para que un reclamo sea admitido, necesita el espedidor o destinatario probar que la no entrega o demora de su despacho ha sido causada por el servicio telegráfico».

Esta palabra destinatario no es aprobada por la Real Academia Española; pero no se me ocurre por cuál otra reemplazarla, i es enteramente análoga por su formación a arrendatario, comodatario, consignatario, donatario, legatario, mandatario, mutuatario, i otras semejantes que están admitidas.

El NUEVO DICCIONARIO FRANCÉS-ESPAÑOL I ESPANOL-FRANCÉS de Salvá completado por don J. B. Guim trae la palabra destinatario. (I)

Desuetud

Don Andrés Bello, en un artículo sobre un proyecto de lei referente al matrimonio de los estranjeros no católicos que dió a luz en EL ARAUCANO el año de 1844, se espresa como sigue:

<<La lei proyectada, al paso que pone en ejercicio una incuestionable atribución de la soberanía que estaba

(1) La última edición del DICCIONARIO ACADÉMICO, publicada en 1899, ha dado cabida al vocablo destinatario, ria i lo define como sigue: persona a quien va dirijida o destinada alguna cosa».

en peligro de olvidarse, o de caer en desuetud, ha guardado todas las consideraciones posibles a la delicadeza de las conciencias, i a la buena fe de los que, por ignorancia, hayan faltado antes de ahora a las solemnidades legales en uno de los actos mas importantes de la vida» (OBRAS COMPLETAS, tomo 10, pájina 491).

El mismo Bello, en el discurso que pronunció ante la Universidad de Chile el 29 de octubre de 1848, emplea la siguiente frase:

«Veo que la práctica antigua de composiciones escritas ha caído en desuetud». (OBRAS COMPLETAS, tomo 8, pájina 378).

Salvá, en el NUEVO DICCIONARIO DE LA LENGUA CASTELLANA, i Barcia, en el PRIMER DICCIONARIO JENERAL ETIMOLÓJICO DE LA LENGUA ESPAÑOLA, dicen que desuetud, es anticuado, i equivalente a desuso.

Domínguez en el DICCIONARIO NACIONAL DE LA LENGUA ESPAÑOLA, i don Nicolás María Serrano, en el DICCIONARIO UNIVERSAL DE LA LENGUA CASTELLANA, dicen también que desuetud es anticuado, i equivalente a desacostumbre, deshabitud.

El DICCIONARIO DE LA REAL ACADEMIA no trae esta palabra.

Desuetud proviene manifiestamente de desuetudo. El DICCIONARIO OCTOLINGÜE de Calepino completado por el famoso jesuita español Juan Luis de la Cerda, edición de León, o sea de Lyon (Lugduni), 1647, dice que desuetudo equivale en castellano a desacostumbre.

El DICCIONARIO LATINO-HISPANO de Antonio de Nebrija o Lebrija, completado por don Enrique de la Cruz Herrera, edición de Madrid, 1741, dice que desuetudo equivale en castellano a desuso o desusanza.

Me parece curioso hacer notar que el DICCIONARIO

DE LA ACADEMIA admite solo a desuso; pero no a desacostumbre, deshabitud i desusanza, que se dan por equivalentes del tampoco aprobado desuetud.

Desvirtuación

El artículo 35 del reglamento del estanco de tabacos decretado por el presidente de Chile con fecha 11 de mayo de 1841, dice así:

Artículo 35. «A fin de examinar lo mas antes posible, sin gravamen fiscal, si las existencias de las especies estancadas corresponden a las cantidades compradas i a las recibidas de los empresarios del estanco, el factor jeneral dispondrá que, desde el 1.o de enero del año entrante de 1842, no se saque a los almacenes particulares otras especies que las compradas hasta fin de diciembre del corriente, que han de quedar en almacenes separados, a no ser que, a juicio del factor, lo impida alguna ocurrencia, lográndose así, no solo el objeto indicado, sino también el que las especies tomadas últimamente sea mas retardado su consumo para evitar los perjuicios que se irrogan al fisco con la desvirtuación orijinada por el mas o menos tiempo que existen almacenadas».

Las graves incorrecciones de lenguaje que se notan en este artículo no son ciertamente un buen antecedente para que se admita el vocablo neolójico desvirtuación, que no viene en el DICCIONARIO DE LA ACA

DEMIA.

Sin embargo, el DICCIONARIO trae el verbo desvirtuar, «quitar la virtud, sustancia o vigor».

No hai entonces fundamento para desaprobar el uso del sustantivo afín desvirtuación.

Diagnosticar

Muchas personas, i especialmente los médicos, usan a menudo en Chile este neolojismo, que aun no ha sido autorizado por el DICCIONARIO DE LA REAL ACADE

MIA.

Mientras tanto, este verbo es también empleado en España, como lo demuestran las siguientes frases que se hallan en una obra del fecundo i eximio novelista don Benito Pérez Galdós, titulada LO PROHIBIDO. (Tomo 1.o, edición de Madrid, 1885).

«Venía padeciendo el infeliz de una enfermedad no bien diagnosticada por los médicos». (pájina 92).

<<Cuando hablaba de asuntos políticos; cuando diagnosticaba las lepras de nuestra nación i los remedios (ingleses se entiende) que a gritos pide nuestra sociedad política; hallábale yo tan elocuente, tan razonable, tan talentudo, que me llenaba de tristeza». (pájinas 93 i 94).

El DICCIONARIO DE LA ACADEMIA dice que diagnóstico puede ser adjetivo o sustantivo.

La palabra mencionada ejerce el primero de estos oficios cuando significa «perteneciente o relativo a la diagnosis», esto es, al «conocimiento de los signos de las enfermedades»; i al segundo cuando significa «conjunto de signos que sirven para fijar el carácter peculiar de una enfermedad».

Dado este antecedente, aparece que el verbo diagnosticar es necesario. (1)

(1) El DICCIONARIO ACADÉMICO, edición de 1899, en el Suplemento, rejistra la voz diagnosticar, en el sentido indicado por el autor de estas Apuntaciones.

Dialectal

Don Francisco de Paula Canalejas, en el discurso que leyó el 28 de noviembre de 1869 al ocupar uno de los asientos de la Real Academia Española, se espresó así:

«La diversidad a que tiende naturalmente en su vida el espíritu del hombre por la mudanza continua que se cumple en sus estados i situaciones intelectuales i morales, que rapidísimamente se suceden, es lei que se cumple así mismo en el pueblo, en la nación o en la raza convirtiendo los dias en lustros, en décadas o en centurias. En cada uno de estos instantes cambia la palabra, porque varía el sentimiento, porque muda la idea de aquel pueblo o de aquella nacionalidad, de la misma manera que cambia la palabra del individuo al ascender de la infancia a la adolescencia, de la adolescencia a la edad viril, i se altera i trasforma en los tristes dias de la senectud. No solo en la sucesión del tiempo, sino en la estensión del espacio en que vive el hombre, se produce esta variedad. No es mas variada la forma de las figuras jeométricas en que cristaliza el mineral sujeto a las leyes jenerales de cristalización, que la pasmosa variedad con que una misma lengua se habla en un territorio perteneciente a una nación determinada. Basta recorrer cierta distancia para escuchar una fonolojía distinta, para advertir leyes analójicas diferentes, una diversa sintaxis i una opuesta lei de acentuación i de ritmo prosódico, en las provincias de Castilla respecto al castellano, en las provincias del antiguo principiado de Cataluña respecto al catalán, en las provincias vascas respecto al éuscaro, i de igual modo en todas las naciones, i de igual manera

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