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Influencia del sistema colonial en la industria de Chile.

Hasta aquí he tratado de investigar la influencia del sistema colonial i de sus leyes sobre los indíjenas i sobre las dos clases en que he considerado dividida nuestra sociedad durante la dominacion de los conquistadores, por lo que respecta a la condicion social de cada una de ellas i a las relaciones que mediaban entre ambas; réstame, para completar el cuadro que me propuse trazar, hacer algunas observaciones relativas a otras preocupaciones i a otras leyes no menos funestas que aquellas. Resaltan desde luego a la contemplacion, i con un carácter demasiado notable, las que mantuvieron aprisionada la industria nacional, sujetándola a restricciones que no solo prueban el atraso en que a causa de su ignorancia se hallaba la metrópoli, aun para conocer sus mas sencillos intere

Repúblicas en que aun conservan algunas de sus antiguas apariencias las familias antiguas, i lo que llamé clase media en 1844 llegará a ser la poblacion industrial i acomodada, que coexistirá con la poblacion proletaria, bajo el amparo de la misma lei i con el goce de unos mismos derechos. Las diferencias sociales i los vicios que daban toda su verdad a las consideraciones de este capítulo en 1844, no son hoi, despues de 25 años, tan notables, prueba indudable de un progreso que me complazco en reconocer i que yo no esperaba tan pronto.

MISC. H. I L.

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ses, sino tambien la cruel i pérfida intencion de comprimir todo desarrollo, todo movimiento en la industria americana, para mantener a los colonos en perpetua inercia i completa ceguedad sobre los elementos de poder que la naturaleza les brindaba. A esto estaba reducida toda la sabiduría, toda la prevision de la corte.

Basta un lijero conocimiento de la historia de España para hacerse cargo de las causas que prepararon i consumaron el establecimiento industrial en que aquella preciosa porcion de la Europa se ha visto hasta nuestros dias. Precisamente era a la época de la formacion de nuestro pueblo cuando habian tomado todo su vigor en la Península las preocupaciones que condenaban la industria a marchar con las infinitas trabas que le imponian la ignorancia i ciega avaricia del trono por una parte, i la intolerancia funesta de la Inquisicion por otra, contra todo progreso científico o artístico que no fuese calificado de español i católico por los teólogos i canonistas. Los únicos empleos gloriosos i dignos de los hombres bien nacidos i de los que aspiraban a ennoblecerse estaban en las armas, en el sacerdocio i hasta cierto punto en las condecoraciones universitarias: pero el comercio, las artes i aun la agricultura se relegaban a la última clase de la sociedad, sobre la cual se descargaban desapiadadamente el orgullo i el interes de la nobleza.

Las costumbres que naturalmente debian proceder de tan retrógadas preocupaciones se encarnaron en nuestra sociedad, produciendo los mismos resultados que en la metrópoli, pero en grado superior, por cuanto nuestros hábitos industriales tuvieron su orijen i

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se desarrollaron bajo la influencia esclusiva de tales preocupaciones.

Procediendo las leyes en consonancia con las costumbres i encaminándose al fin que la corte se proponia en la organizacion i mantenimiento de sus colonias, vinieron luego a sancionar con su augusta aprobacion tan monstruosas aberraciones. La España se reservó el esclusivo monopolio del comercio colonial de una manera tan torpe, que no solo prohibia bajo la pena capital toda comunicacion con los estranjeros, sino que ademas impedia a sus nacionales toda especulacion i comunicacion con la América, mientras no se hicieran bajo la inspeccion de la Casa de contratacion de las Indias, i precisamente en las dos únicas flotas que zarpaban anualmente de los puertos de la Península. I, con el fin de asegurarse el espendio de sus producciones, imponia severas penas a los colonos que intentasen fabricar o cultivar otros artículos que los de primera i precisa necesidad que no podia ella suministrarles. (1) Curioso es i aun sorprendente el observar en el código de Indias las multiplicadas resoluciones con que se reglamentaba el comercio

(1) Es digna de un especial estudio, en concepto nuestro, esta faz de la historia del coloniaje que solo ahora comienza a preocupar a los historiadores nacionales. No creemos nosotros que la independencia de Chile haya estado tan inmediatamente vinculada, como la de Buenos Aires, por ejemplo, a causas económicas, (segun lo ha desmotrado con no poca profundidad de observacion el jeneral Mitre, en su Historia de Belgrano) pues aquella era una comunidad esencialmente mercantil, mientras que la condicion de los colonos chilenos podia considerarse como esclusivamente agrícola. Sin embargo, la influencia del mal sistema económico de la España (el mismo que hoi prevalece en Cuba) era jeneral en todas las colonias, como lo prueba en la nuestra el vasto contrabando que se hacia en las costas

colonial, la navegacion de los mares americanos i la industria de los colonos, en todo sentido; pero siendo ajeno de mi propósito que yo hiciera la exéjesis de la lejislacion española sobre este asunto, solo debo penetrar en su espíritu e investigar su influjo social, para cuyo fin me basta sentar con toda la buena fé de un historiador que, en el laberinto de aquellas disposiciones ridículas, absurdas, crueles i esquisitamente ignorantes solo impera i resalta el propósito de trasladar a España todas las riquezas de la América, manteniendo a los desgraciados colonos en una completa ignorancia de sus recursos, separados de todo movimiento industrial i sin mas empleo de sus facultades físicas i morales que el necesario a la consecucion de tan ignominiosos fines. Los derechos i gabelas, que con diversas denominaciones establecian las leyes, eran todos encaminados a este propósito, i trataban por consecuencia la industria, de modo que, por lo jeneral, no podia el americano proveer a su propia subsistencia sino comprando al rei el fruto de su mismo trabajo por medio de los tributos desproporcionados a que se le sujetaba.

i lo que pudo en la revolucion el suceso del Escorpion en 1809. Lo que se llamó el decreto del comercio libre en el reinado de Cárlos III i el auto inmortal del virei Zabala, en consonancia con aquella real órden, fué sin disputa la primera chispa de la revolucion de mayo a orillas del Plata. Pero en Chile no se ha determinado todavia el verdadero alcance de las aspiraciones económicas del pais, que en aquel entonces tenian su único representante en el sabio filantropo don Manuel Salas. La Memoria universitaria del señor Martinez, leida en el último claustro pleno de la Universidad (noviembre de 1864) arrojará acaso bastante luz sobre esta importante cuestion, inesplorada todavia, del sistema colonial i mida asi la estension de su influencia en determinar las causas de la revolucion.-V. M. (Nota de la 3 edicion).

Es incuestionable la funesta influencia que ejercen las leyes coercitivas de este jénero en la sociedad que por desgracia debe soportarlas. "Los intereses materiales son el principio i fundamento de todos los demas, dice un profundo i sabio escritor, que ya he citado; (1) i los hai tan esenciales, tan puros i tan sagrados, que violarlos es retener al hombre en un estado de violencia, de pobreza, de vergüenza i de mediania, que le degrada, le embrutece i le arranca la real diadema con que el Criador ciñó las sienes del señor de la tierra. Tales son las leyes que constituyen los privilejios de fortuna, los derechos de primojenitura o sea la vinculacion de bienes, los monopolios de industria o de cultura en favor de determinadas familias o clases de la sociedad; tales son tambien las que gravan con onerosos tributos los objetos de primera necesidad para el proletario, ora sea sobre el pan que come, ora sobre la sal con que sazona sus alimentos, ora sobre las herramientas o útiles de que hace uso para ganar su sustento. Dar semejantes leyes es cometer un asesinato moral i social, indirecto a la verdad, pero no menos real i positivo. Directa o indirecta, voluntaria o involuntaria, una lejislacion de esta clase, bien que su influencia no sea tan funesta como la que ejercen las leyes inmorales, es lamentable i peligrosa."

Apliquemos esta teoria a nuestro pueblo i la vere

mos completamente verificada, porque la esperiencia Fluf realiza siempre los pronósticos de la filosofia, cuando te Judges

(1) MATTER, De la influencia de las costumbres sobre las leyes, etc,

part. 3, cap. VI.

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1864

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