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respecto á la España se describe el estado en que se hallaba el rey Fernando, cuando forzosamente le arrancaron la firma, del siguiente modo:

«Estaba ya el Rey oleado y ajeno de todo conocimiento y al parecer en el trance de la muerte; aun se le habia conceptuado difunto algunas horas antes, participándolo así el embajador francés á la córte de las Tullerías. Entonces Peña y Gonzalez, confesores del Rey, se entrometieron hasta su dormitorio, y utilizando la postracion del moribundo, le amenazaron con voces solemnes y ademan vehemente con el castigo sempiterno si no revocaba el decreto que llamaba á su hija al sólio. Mandaron á la Reina, que se hallaba presente, que lograse de S. M. que hiciese lo que únicamente podia salvar su alma, y dejarle dormir con la conciencia sosegada. El Rey, con el entendimiento ya enmarañado por la cercanía de la muerte, al ver que le estaban imponiendo terminantemente una gestion, sin enterarse de sus circunstancias, volvió rendidamente la vista hácia su esposa. Tristísima sería la situacion del pecho de la Reina en tan apurado trance; y así estreñada por una parte y consultada por otra, no le cabia más arbitrio que sacrificar toda consideracion terrena al alivio de los postreros momentos de un Rey espirando. Concedió la Reina su anuencia, y el conde de Alcudia, que estaba en acecho á la puerta, entró á una seña del confesor con el decreto ya corriente: la firma real, tal como puede firmarse en aquel punto, se logró, arrebatándola, á una mujer postrada y llorosa y á la mano trémula de un moribundo; y aquella acta, rebosando de injusticia personal, ha sido el manantial de las calamidades nacionales de España.»

Alcanzada la firma de Fernando, los cabecillas de aquella tramoya trataron de publicar el acta, á lo que se opuso el decano del Consejo de Castilla, D. José Puig, que retuvo en su poder el documento, diciendo no se publicaria hasta despues del fallecimiento del Rey.

Por uno de aquellos decretos impenetrables de la Providencia, ajenos todos á nuestros alcances, el Rey se resta

bleció, y conociendo que los carlistas se habian prevalido de la gravedad de su estado, arrancándole de su angustiosa y dilatada agonía concesiones contrarias á los derechos de sus hijas y al interés de la nacion, se retractó el 31 de Diciembre de 1832 con todas las formalidades que el caso requeria, de un acto en que la reflexion no tuvo parte alguna. Se formó un nuevo Ministerio, se separaron algunas autoridades de provincia, y la reina Cristina se encargó de las riendas del Estado durante la convalecencia del Monarca. Empezaron á campcar en la nueva potestad los visos del principio fundamental de la libertad politica; se concedió una amnistía, franqueando así las puertas de la pátria á sin número de españoles que gemian lejos de sus familias desde 1823, y ordenóse la apertura de las universidades, cerradas por Calomarde, que quiso privar á la juventud de los medios de ilustrarse en las matemáticas, en la filosofía, en la historia, etc., mientras abria una escuela de tauromaquia en Sevilla. Los defensores de D. Carlos, que se vieron burlados del triunfo obtenido por el engaño, apelaron á las armas de la guerra, dando el grito de sublevacion, ostentando en su bandera la enseña de aquel príncipe, por el cual corrieron á alistarse muchos ilusos. Conociendo Fernando lo crítico de la situacion mandó pasar á Portugal á su mal aconsejado hermano. Creyó tambien oportuno jurar á Isabel, lo que se efectuó en el monasterio de San Gerónimo del Prado el 20 de Junio de 1833. El infante D. Carlos negóse abiertamente á este juramento en las intimaciones que se le hicieron por conducto de nuestro representante en Portugal y en las que directamente le dirigió el Rey, á quien desobedeció en sus propuestas y órdenes de que se trasladase á Italia. Todo era en vano para el que se habia propuesto ceñir la corona de España, aunque para ello tuviera que ver sembrada de cadáveres por do quier á la nacion más altiva y generosa del mundo. Hé aquí las cartas que sobre este asunto mediaron entre los dos hermanos:

CARTA PRIMERA,

DEL INFANTE D. CARLOS.

«Mi muy querido hermano de mi corazon, Fernando mio » de mi vida: He visto con el mayor gusto por tu carta del 23 »que me has escrito, aunque sin tiempo, lo que me es mo»tivo de agradecértela más, que estabas bueno y, Cristina y >>tus hijas; nosotros lo estamos, gracias a Dios. Esta maña»>na á las diez, poco más ó ménos, vino mi secretario Pla»Zaola á darme cuenta de un oficio que habia recibido de »tu ministro en esta córte, Córdoba, pidiéndome hora para »comunicarme una Real órden que habia recibido: le cité á » las doce, y habiendo venido á la una ménos minutos, le >>>hice entrar inmediatamente; me entregó el oficio para que yo mismo me enterase de él; le ví y le dije que yo direc>>tamente te responderia, porque así convenia á mi digni»dad y mi carácter, y porque siendo tú mi Rey y señor, »eres al mismo tiempo mi hermano, y tan querido toda la »vida, habiendo tenido el gusto de haberte acompañado en >>todas tus desgracias. Lo que deseas saber es si tengo ó no » intencion de jurar á tu hija por princesa de Astúrias. »¡Cuánto descaria poderlo hacer! Debes creerme, pues me » conoces, y hablo con el corazon, que el mayor gusto que » hubiera podido tener sería el de jurar el primero, y no »darte este disgusto y los que de él resulten; pero mi con>> ciencia y mi honor no me lo permiten: tengo unos dere»>chos tan legítimos á la corona siempre que te sobreviva » y no dejes varon, que no puedo prescindir de ellos; dere»chos que Dios me ha dado cuando fué su voluntad que yo »naciese, y solo Dios me los puede quitar, concediéndote un hijo varon, que tanto deseo yo; puede ser que aun más » que tú: además, en ello defiendo la justicia del derecho » que tienen todos los llamados despues què yo, y así me »veo en la precision de enviarte la adjunta declaracion, »que hago con toda formalidad, á tí y á todos los sobera

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»nos, á quienes espero se la harás comunicar. Adios, mi »muy querido hermano de mi corazon, siempre lo será »tuyo, siempre te querrá, siempre te tendrá presente en sus oraciones este tu más amante hermano.-M. CARLOS..

PROTESTA QUE ACOMPAÑA Á ESTA CARTA.

«Señor: Yo, Cárlos Maria Isidro de Borbon y Borbon, infante de España.-Hallándome bien convencido de los »legítimos derechos que me asisten á la corona de España, »siempre que sobreviviendo á V. M. no deje un hijo varon, »digo que ni mi conciencia ni mi honor me permiten jurar ni reconocer otros derechos; y así lo declaro.

»Palacio de Ramalhao 29 de Abril de 1833.-Señor, A L. R. P. de V. M. Su más amante hermano y fiel vasa»llo.-M. EL INFANTE D. CARLOS.

CARTA SEGUNDA.

DEL REY FERNANDO VII.

Madrid 6 de Mayo de 1833.-Mi muy querido *hermano mio de mi vida, Carlos mio de mi corazon: He recibido tu muy apreciable carta de 29 del pasado, y me alegro mucho de ver que estabas bueno, como tambien tu mujer é hijos; nosotros no tenemos no»vedad, gracias a Dios. Siempre he estado persuadido »de lo mucho que me has querido. Creo que tambien »lo estás del afecto que yo te profeso; pero soy padre y Rey, y debo mirar por mis derechos y los de mis hijas, »y tambien por los de mi corona. No quiero tampoco »violentar tu conciencia ni puedo aspirar á disuadirte de »tus pretendidos derechos, que fundárdose en una deter»minacion de los hombres, crees que solo Dies puede de Progarlos. Pero el amor de hermano que te he tenido siem pre nie impele á evitarte los disgustos que te ofreceria un país donde tus supuestos derechos son desconocidos, y los

deberes de Rey me obligan á alejar la presencia de un infante cuyas pretensiones pudieran ser pretexto de inquic»tud á los mal contentos. No debiendo pues regresar tú á »España por razones de la más alta política, por las leyes del reino que así lo disponen expresamente, y por tu misma tranquilidad, que yo deseo tanto como el bien de mis pueblos, te doy licencia para que viajes desde luego con »tu familia á los Estados Pontificios, dándome aviso del punto á que te dirijas y del en que fijes la residencia. Al puerto de Lisboa llegará en breve uno de mis buques de guerra dispuesto para conducirte. España es independiente de toda accion é influencia extranjera en lo que, pertenece á su régimen interior; y yo obraria contra la libre y completa soberanía de mi trono, quebrantando con mengua suya el principio de no intervencion adop» tada generalmente por los Gabinetes de Europa, si hicie»se la comunicacion que me pides en tu carta. Adios, querido Carlos mio; cree que te ha querido, te quiere y le querrá siempre tu afectisimo é invariable hermano.--»FERNANDO. »

CARTA TERCERA.

DEL INFANTE D. CARLOS.

Mafra 13 de Mayo de 1833.- Mi muy querido ⚫hermano mio de mi corazon, Fernando mio de mi vida: Ayer á las tres de la tarde recibi tu carta del 6, que me entregó Córdoba, y me alegro mucho ver que no teneis novedad, gracias á Dios; nosotros gozamos del mismo beneficio por su infinita bondad: te agradezco mucho todas las expresiones de cariño que en ella me »manifiestas, y cree que sé apreciar y dar su justo valor á todo lo que sale de tu corazon: quedo igualmente enterado de mi sentencia de no deber regresar á España, por lo que me das tu licencia para que viaje desde luego ⚫con mi familia á los Estados Pontificios, dándote aviso del ɔpunto à que me dirija y del en que fije mi residencia. A

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