Yo el Rei.-Por mandado del Rei Nuestro Señor, Don Gabriel de Ocaña i Alarcon". Al poco tiempo de haber sido espedida la precedente cédula, llegó a las reales manos una representacion del cabildo de Santiago, en la cual "como cabeza de las provincias de Chile" recordaba al soberano que "por ser tan notoria la necesidad de los vecinos de Chile, i estar siempre con las armas en las manos, i asistiendo a la guerra a su costa i mision, el señor emperador Cárlos V, que estaba en el cielo, les habia concedido algunos privilejios, relevándoles de diferentes cargas, i en particular de los derechos de alcabalas i almojarifazgos"; i "le suplicaba que en consideracion a lo referido, proveyese lo que fuese servido, pues las órdenes jenerales (como la del servicio de la Union de las armas) no se debian entender con las provincias de Chile por haber en ellas guerra viva, i ser tan preciso que los vecinos de ellas fuesen ayudados i aliviados para poderla sustentar". A virtud de esta solicitud, el monarca ordenó a su virrei del Perú por cédula de 5 de octubre de 1648 que tomando noticias e informes del estado de Chile, resolviera sobre el particular lo que pareciere mas conveniente. II. le Pero cuando fué tomada la anterior real determinacion, ya habia sobrevenido en la noche del 13 de mayo de 1647 el gran terremoto que arruinó a Santiago, i vino con sus destrozos a agravar sobre manera la aflictiva situacion del reino. El acontecimiento recordado fué ciertamente uno de los mas terribles que han ocurrido en nuestro país. Causó tan profunda impresion en el ánimo de los habitantes, que la audiencia hizo estampar en la primera hoja del libro cuarto, principiado el 3 de junio de 1648, "donde se escribian i asentaban las cosas i negocios tocantes al secreto del real acuerdo", la siguiente anotacion: "Sucedió el terremoto magno que padeció esta ciudad i todo su territorio en cien leguas desde Maule a Choapa, donde se arruinó todo, sin quedar templo ni casa habitable, lúnes 13 de mayo a las diez i media de la noche, año de 1647. Duró espacio de tres credos, i murieron en él al cómputo mas fiel mil i mas personas. Corrió su estruendo hasta Buenos Aires, i por la parte de la costa hasta Valdivia; i no hizo daño en esas partes; solo el ruido fué atroz; i casi un año entero se continuaron otros temblores pequeños; i aquella noche hubo trece temblores". Las pérdidas fueron enormes, particularmente si se atiende al triste estado en que se hallaba el reino. El oidor don Nicolas Polanco de Santillana, en carta dirijida al rei con fecha 7 de junio de 1647, hacía subir el valor de ellas a dos millones de pesos. La jeneral consternacion fué acrecentada con el fantasma de una insurreccion de los indios i de los negros. Se recordará que aun en los tiempos ordinarios, era éste un temor constante de los españoles avecindados en Chile. Era, pues, mui natural que muchos recelaran que aquellas dos razas tan maltratadas i oprimidas fueran a aprovecharse de la desolacion de la catástrofe para rebelarse contra sus tiranos, i tomar sangrienta venganza de sus agravios. "Corrió voz con algunos fundamentos, aunque leves, de que los indios domésticos en alianza de los negros querian conspirar, escribia al rei la audiencia en 12 de julio de 1648, poniendo en su noticia las consecuencias del terremoto del 13 de mayo; i este rumor se hizo tan válido entre la plebe i las mujeres, que se hacía conversacion imprudente i por instantes diversas noticias que el miedo o la malicia de cada uno advertia; i como no es bueno en estas ocasiones el tumulto en los desesperados ociosos i malcontentos, i esta jente es belicosa de su natural, i tienen tan vecinas las armas en los indios rebeldes, i ellos resienten el odio de la servidumbre, las casas estaban sin defensa, tendidas todas las paredes, puso en cuidado,no el que fuese entónces, sino el que era posible despertar en estos bárbaros algun aliento la mesma sospecha del temor popular; i así despreciando la nueva en público, i persuadiendo aun a los mismos que denunciaban su temor vano, se hicieron cuantas dilijencias secretas pudieron alcanzarse para prevenir el daño; i se ahorcó un negro que con liviandades se divertia a hablar arrogancias de un natural furioso, tomando por pretesto haber muerto una negra casualmente, de que tenia fulminado proceso ántes, i probádosele haber acometido a su amo con una lanza, i llamarse hijo del rei de Guinea, que con esto, i divertir esta jente en tareas dobladas, i apartarlos de noche, i prevenir las rondas i las armas desenterradas con cuerpos de guardia i en toda prevencion política, fué Dios servido que se sosegó el rumor de la novedad introducida, i se quietase el pavor contraído, desengañándose del todo unos i otros". Las calamidades del terremoto del 13 de mayo no vinieron solas. Desde el 23 del mismo mes, comenzaron a descargarse lluvias mui continuas i copiosas. Esta estraordinaria abundancia de aguas hizo podrirse los muebles i utensilios domésticos que habian quedado enterrados bajo las ruinas, i lo que talvez fué todavía peor, corrompió los alimentos que estaban cubiertos por los escombros de los graneros i bodegas. Ademas, produjo en los rios, i otras corrientes mas pequeñas, inundaciones jamas vistas. En el partido de Colchagua, por ejemplo, hubo una tan enorme, que llegó a la altura de los árboles mas elevados, i que arrastró consigo mas de sesenta mil cabezas de ganado. La fuente de las desgracias no se habia aun agotado para los infortunados chilenos. El excesivo trabajo, la afliccion del ánimo, el desabrigo, la escasez i mala calidad del alimento trajeron una mortífera epidemia de la fiebre que los españoles llamaban tabardillo, i los indíjenas chavalongo o sea fuego en la cabeza. Esta enfermedad era tan violenta, que volvia locos furiosos a los atacados, i los entregaba a la muerte por centenares. "Esta ha sido otra herida mortal para esta provincia, decia la audiencia al soberano; tiénese por cierto que se ha llevado otras dos mil personas de la jente servil trabajada i la mas necesaria para el sustento de la república, crianzas i labranzas; i como ya no entran negros por Buenos Aires con la rebelion de Portugal, ademas de lo sensible de la pérdida, se hace irrestaurable en lo de adelante" (1). (1) Informe de la Audiencia de Chile a Felipe IV, fecha 12 de julio de 1648. En vista de tantos desastres, el rei libertó a sus vasallos de Santiago, no solo del impuesto denominado la Union de armas, sino tambien de varios otros. "El Rei. Presidente i oidores de mi audiencia real de la ciudad de Santiago de las provincias de Chile. Por diferentes cartas e informes vuestros i de otros ministros i personas de esa ciudad, tuve noticia del terremoto que a los trece de mayo del año pasado de 1647, fué Nuestro Señor servido de enviar a esa ciudad, la ruina i asolacion que causó en ella, la miseria i trabajo en que con este accidente quedaron sus vecinos i moradores, habiéndose perdido sus casas i haciendas; i porque es justo acudir por todos los medios posibles al socorro de esos vasallos para que puedan conservarse i volver a reedificar sus casas i poblar la ciudad; habiéndoseme consultado sobre ello por los de mi consejo de las Indias, tuve por bien de resolver que por algun tiempo fuesen libres los vecinos i moradores de esa ciudad de pagar los tributos, derechos i contribuciones que me pertenecen, dejando la deliberacion del tiempo a eleccion del dicho mi consejo; i ahora con ocasion de haberme suplicado Alonso de Ovalle de la Compañía de Jesus en nombre de la dicha ciudad la hiciese diferentes mercedes para que sus vecinos tuviesen algun alivio, me ha parecido hacérselas (como por la presente se las hago) a los vecinos i moradores de esa ciudad de Santiago de que por tiempo de seis años sean libres de la paga i contribucion de los derechos de alcabala, union de armas i todos los demas tributos e imposiciones que ántes pagaban, i me pertenecian por cualquiera causa; i que por el mismo tiempo sean libres de los derechos de salida i entrada todos los frutos i mercaderías de |