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Fijemos ántes de todo la atencion en la manera como fué formándose la sociedad hispano-americana, i en las distintas clases de que llegó a componerse.

Esta investigacion nos revelará la existencia de otros poderosos apoyos de la dominacion metropolitana, aun no mencionados, pero al propio tiempo la de elementos declaradamente hostiles, o que podian llegar a serlo.

Los conquistadores españoles encontraron en el nuevo mundo una gran diversidad de pueblos, que ocupaban todos los grados de la civilizacion, desde los pueblos que cultivaban los campos, habitaban ciudades i practicaban la vida civil hasta los que vagaban por las florestas o los llanos, alimentándose de la caza o de la pesca.

En el espacio de pocos años, gracias a una ventaja incomparable de armas i recursos, sometieron con mucha facilidad a las mas numerosas e importantes de las poblaciones indíjenas.

Sin embargo, varias de ellas, o amparadas por una situacion especial, o dando pruebas de una entereza heroica, rechazaron inquebrantables el yugo estranjero, i prolongaron la lucha por siglos, permaneciendo algunas indómitas hasta el pre

sente.

Los españoles trataron a los indios subyugados con el rigor, con la aspereza, con la crueldad e inhumanidad (me valgo de los términos propios) que los conquistadores de todos los países i de todos los tiempos han acostumbrado emplear para con los conquistados. El va victis estuvo mui léjos de ser desmentido por ellos. Al contrario, la conducta que observaron escandalizó al mundo, que nunca se ha mostrado mui severo sobre este particular. La conocida obra del obispo de Chiapa, por mui

exajerada que se la suponga, queda siempre una acusacion terrible i abrumadora.

Ansiosos de adquirir riquezas, los españoles impusieron a los indefensos i desvalidos indíjenas las mas penosas i mortíferas tareas.

Les dieron un tratamiento peor del que suele darse a las bestias.

El hombre guarda consideraciones a su caballo i a su buei; atiende a que no sucumban bajo el peso del excesivo trabajo; cuida de que estén bien comidos i bien alojados; porque tiene necesidad de ellos, i porque su reemplazo le exije dinero.

Al conquistador no le importaba la muerte del indio.

¡Habia tantos!

Si unos morian, se tomaba a otros, i eso sin que costara el mas pequeño desembolso.

II.

Para tranquilizar sus conciencias, para acallar los remordimientos, que quizá esperimentaban de cuando en cuando, los conquistadores inventaron la teoría de que los indios no eran hombres como los otros hombres; eran simplemente animales superiores al mono; eran siervos a natura, segun la espresion técnica, escolástica, que se creó para formular la idea.

Estos indios, decian los conquistadores, son tan brutales, que no merecen el nombre de racionales.

"A título del barbarismo, silvestre i fiero natural de las mas naciones de estos indios, espone el jurisconsulto Solórzano, fueron muchos de parecer que se les podia hacer guerra justa, i aun cazarlos,

cautivarlos i domarlos como a salvajes, movidos por la doctrina de Aristóteles i otros" (1).

Se ve por esta cita que aquella llegó a ser una opinion, no vulgar, sino científica, por decirlo así, apoyada en las mas excelsas i acatadas autoridades.

I efectivamente, fué defendida con el mayor calor de palabra i por escrito; i en ciertas ocasiones solemnes, delante del emperador Cárlos V, que asistió desde su trono, i rodeado de sus altos dignatarios, a controversias sobre esta materia (2).

La doctrina de la condicion inferior i servil de los indíjenas americanos llegó a jeneralizarse tanto, i a ser tan aceptada, que el papa Paulo III se creyó obligado a condenarla, como lo hizo por dos breves espedidos en Roma a 10 de junio de 1537, en los cuales decidió "que es malicioso i procedido de codicia infernal i diabólica el pretesto que se ha querido tomar para molestar i despojar los indios, i hacerlos esclavos, diciendo que son como animales brutos e incapaces de reducirse al gremio i fe de la iglesia católica; i que él, por autoridad apostólica, despues de haber sido bien informado, dice i declara lo contrario, i manda que así los descubiertos como los que adelante se descubrieren sean tenidos por verdaderos hombres, capaces de la fe i relijion cristiana, i que por buenos i blandos medios sean atraídos a ella, sin que se les hagan molestias, agravios, ni vejaciones, ni sean puestos en servidumbre, ni privados del libre i lícito uso de sus bienes i haciendas, con pena de escomunion latæ sententiæ ipso facto incurrenda, i re

(1) Solórzano Pereira, Políticc Indiana, libro 2, capítulo 1:o, núme

ro 1.0

(2) Herrera, Historia Jeneral de las Indias, década 2, libro 4, capítulos 4 i 5, i década 3, libro 8, capítulo 10.

servada la absolucion a la Santa Sede Apostólica a los que lo contrario hicieren, i que esa aun no se les pueda dar si no en el artículo de la muerte, i precediendo bastante satisfaccion".

III.

Pero fuesen cuales fuesen las ideas i procedimientos de los conquistadores por lo que respecta a los indíjenas, justo es reconocer que, hablando en jeneral, las primeras fueron rechazadas, i los segundos, reprobados por los monarcas desde el principio hasta el fin de su dominacion en el nuevo mundo.

Precisamente ya en la primera de las instrucciones que los reyes católicos dieron en 29 de mayo de 1493 al almirante don Cristóbal Colon, al salir su segundo viaje, se leen estas notables palabras: "Despues que en buena hora sea llegada allá la armada, procure i haga el almirante que todos los que en ella van, e los que mas fueren de aquí adelante, traten mui bien e amorosamente a los indios, sin que les hagan enojo alguno, procurando que tengan los unos con los otros conversacion i familiaridad, haciéndoles las mejores obras que ser puedan. I ansímismo el dicho almirante les dé algunas dádivas graciosamente de las cosas de mercaduría de Sus Altezas que lleva para el resgate, i los honre mucho. I si caso fuere que alguna o algunas personas trataren mal a los indios en cualquiera manera que sea, el dicho almirante, como viso-rei i gobernador de Sus Altezas, lo castigue mucho por virtud de los poderes de Sus Altezas que para ello lleva” (1).

(1) Navarrete, Coleccion de los viajes i descubrimientos de los españoles, tomo 2, número 45.

Mui en particular, la reina Isabel I, que manifestó tener entrañas de mujer i de madre para los indíjenas americanos, encargó, entre otras cosas, por una de las cláusulas de su testamento a su marido i a sus hijos que "no consintiesen, ni diesen lugar a que los indios vecinos i moradores de las islas i tierra firme ganados e por ganar recibiesen agravio alguno en sus personas i bienes; mas mandasen que fuesen bien i justamente tratados; i si algun agravio hubiesen recibido, lo remediasen i'proveyesen de manera que no se excediese cosa alguna lo que por las letras apostólicas de la concesion del papa Alejandro VI habia sido inyunjido i mandado a los reyes católicos".

El noble espíritu de esta recomendacion maternal, que en signo de veneracion fué incluida en la Recopilacion de Indias (1), inspiró las numerosas instrucciones que sobre el particular dieron sucesivamente los reyes españoles a los descubridores, conquistadores, virreyes, audiencias i demas funcionarios de sus dominios americanos, i las muchas leyes que dictaron relativas al mismo asunto.

"Teniendo, como tenemos, a los naturales de las Indias por nuestros vasallos libres, como lo son los de estos nuestros reinos, escribia el emperador Cárlos V en una cédula de 1542; así nos tenemos por obligados que sean bien tratados en sus personas i bienes".

Su hijo el rei Felipe II, no solo igualó en derechos a los indíjenas americanos con los españoles, sino que hasta cierto punto los hizo superiores. "Ordenamos i mandamos, dijo en 19 de diciembre de 1593, que sean castigados con mayor rigor los españoles que injuriaren, u ofendieren, o maltrata

(1) Recopilacion de Indias, libro 6, título 10, lei 1.a

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