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doncellas, forzaban casadas i reducían a su gusto las solteras; i esto lo tenían por costumbre i como por lei establecida.

«Algunas mujeres casadas con todo secreto comunicaron a sus maridos el caso i lo que les pasaba con el padre doctrinero, encargándoles encarecidamente el silencio i que no lo publicasen, porque el patero les había dicho que la que se atreviese a hablar palabra de lo que en la confesión hacían la habían de quemar luego.

<<Resolvióse uno de los lastimados a llegar a solas a su amo (que le mostraba voluntad) a decirle que por vida de sus hijos i mujer, se sirviese de escucharle dos razones, con cargo de que habían de ser solo para entre los dos; que le jurase el guardarle el secreto, que le importaba mucho.

«El amo le aseguró todo silencio, deseoso de saber alguna novedad, juzgando fuese el aviso de algún alboroto o rebelión entre ellos.

<<Díjole el indio: habéis de saber, capitán i señor, que vengo a deciros una cosa que después que la supe, me ha tenido el corazón entre dos piedras, i tan dolorido i lastimado, que me ha sido forzoso significaros mi pesar; refiriéndole lo que arriba queda dicho, le preguntó si lo que hacían aquellos padres con sus mujeres era antigua costumbre entre los españoles, i si con sus mujeres hacían lo propio.

«El amo le respondió suspenso i admirado, haciéndose cruces en el rostro, con demostraciones grandes de sentimiento, i le dijo: no puedo creer que eso sea así de ninguna suerte, i mirad que es caso grave el que me habéis dicho, que si se averiguase por algún camino que algún sacerdote hubiese cometido delito seme

jante, lo quemarían vivo; i por lo consiguiente si alguna persona levantase testimonio al sacerdote, o revelase lo que no era por hacer daño, tendría el mesmo castigo; i así callad la boca, i averiguaremos el caso de secreto, i si tuviere fundamento lo que me habéis dicho, con todo secreto i silencio, sin que lo sienta la tierra, veréis como es castigado con toda severidad i rigor. Por vuestra vida que no publiquéis lo comunicado, que a todos importa. Traed esta noche a vuestra mujer a mi casa, que quiero examinarla con cuidado.

<<Hízolo así el indio, i el amo se informó de ella, i citó a otras que en aquella ocasión las habían llevado al intento, con cuyas declaraciones quedó manifiesta la del indio, con que encargó a todos el silencio, dándoles a entender que con todo recato i disimulo, se había de castigar a aquel sacerdote, i llevarlo a parte a donde purgase su pecado, i no pareciese mas entre las jentes.

«I el castigo que le dieron fué enviarlo a Santiago, adonde supimos que se estaba paseando, i esta fué la pena que tuvo maldad tan grande.

<<¿Cómo decís los españoles que las iglesias no son mas que para rezar i decir misa en ellas? I sois unos embusteros (aunque perdonéis, capitán), porque no servían los templos de otra cosa, que de ser capa de semejantes maldades. Con achaque de llevar las mujeres a enseñarles a rezar, a oír misai a confesarlas, hacían lo que os he dicho, i mucho mas. I si como decís vosotros, Dios asiste en las iglesias, i no permite tales maldades i pecados tan descubiertos, ¿cómo no castigaba a estos malos sacerdotes, que tan desenfrenadamente vivían, i en medio de sus templos atropellaban sus leyes?

<<Esta fué la enseñanza que tuvimos, la primer leche que mamamos i la doctrina que aprendimos de vuestros antepasados» (I).

III

El mal tratamiento que se daba a los araucanos era, no solo de hecho, como el que se hacía soportar a los indios sometidos de encomienda, sino también de derecho.

Desde que se renovó la guerra ofensiva, se siguió aplicando con sumo rigor la disposición de la real cédula de 26 de mayo de 1608 por la cual se declaraban esclavos los indios rebeldes, mayores de nueve años i medio, si eran hombres; i de ocho i medio, si mujeres; i se mandaba mantener a los menores de esas edades en servidumbre hasta los veinte años.

Esta práctica no tardó en legalizarse por cédula que Felipe IV espidió en Aranjuez a 13 de abril de 1625.

A los de la primera de las categorías mencionadas, se acostumbraba marcarlos con un hierro ardiente, como si fueran caballos, para reconocerlos si se huían.

Hubo una seria i larga discusión entre los funcionarios superiores del Perú i de Chile sobre si convendría que aquella marca se hiciese en el rostro o en la

mano.

El rei, por cédula de 5 de mayo de 1635, dejó la decisión del asunto al virrei conde de Chinchón, recomendándole que obrara con tino, pues eran de te

(1) Núñez de Pineda i Bascuñán, Cautiverio Feliz, discurso 4, capítulo 1.

merse las represalias que los araucanos tomarían con los cristianos a quienes cautivasen.

Los españoles habían acostumbrado desde la primera época de la conquista hacer esclavos, no solo a los indios de guerra, sino también a los que arrebataban de las tribus pacíficas, o compraban a los mismos. indios.

Una práctica tan odiosa, como aquella, en vez de correjirse, fué con el tiempo, haciéndose mas común.

<«<Los españoles, refiere Núñez de Pineda i Bascuñán, enviaban a las reducciones de los indios amigos compradores de piezas a trueque de vacas, vino, ropa i otros jéneros; i con este pretesto feria ban muchas chinas i muchachos a la usanza a sus parientes, o a los que no lo eran; que con la codicia que en nosotros veían, también se inclinaban a imitarnos, i hurtaban entre los suyos algunos huérfanos, sin padres ni madres, i los vendían».

«Lo peor i mas exhorbitante que los españoles obraban sin lei, razón, ni cristiandad, agrega Núñez de Pineda i Bascuñán, era en medio de estos cambios hacer robar de los domésticos pueblos i parcialidades sujetas a nuestra obediencia, muchos pobres huérfanos humildes e inocentes; i con informaciones falsas de haberlos cojido en la guerra, los vendían por esclavos sin sabiduría de sus padres, deudos ni parientes».

Un jefe de ejército, según el mismo autor, hizo matar a palos a un soldado que rehusó perjurar diciendo que una india había sido tomada en la guerra, cuando al soldado le constaba que había sido arrebatada de una reducción amiga.

-Me han robado varias personas de mi ranchería para llevarlas secretamente al Perú i venderlas allí por

esclavas, fué a decir a uno de los presidentes de Chile un cacique principal de una población india, inmediata a Concepción, la cual estaba de paz, i siempre se había manifestado fiel a los españoles.

-¡Borracho, embustero, alborotador! veo que quieres alzarte; házlo luego para castigarte como mereces, fué toda la respuesta que obtuvo del presidente.

El cacique, sin embargo, continuó quieto i sumiso. Este es también un hecho atestiguado por Núñez de Pineda i Bascuñán (1).

En vista de esto, preciso es confesar que el cacique Quilalebo tenía sobradísima razón para reprochar a los españoles su perfidia, según lo refiere el mismo autor.

-«Han dado la paz i sujetádose algunas parcialidades, observaba aquel indio a Núñez de Pineda i Bascuñán; i debajo de estos tratos los españoles han entrado a maloquearlas, degollando i cautivando a los pobres engañados, que salían al camino a recibirlos con canelos, que son insignias de paz, i con camaricos i repuestos de chicha, carne, yerba para los caballos i otras cosas, i sin resistencia ni repugnancia alguna se llevaban las mujeres, hijos i hijas para herrarlas i venderlas como negros. ¿Esta es la palabra del rei que decís vosotros que no puede faltar? ¿Esta la cristiandad i justificación de vuestro Dios? ¿Cómo es posible que con estas esperiencias, que cada día tocamos con las manos, demos crédito a lo que decís, i tengamos por firme lo que nos prometéis ?».

Núñez de Pineda i Bascuñán no sabía como replicar a acriminaciones tan fundadas (2).

(1) Núñez de Pineda i Bascuñán, Cautiverio Feliz, discurso 4, capítulo 14. (2) Núñez de Pineda i Bascuñán, Cautiverio Feliz, discurso 4, capítulo II.

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