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Las precedentes noticias, de que se impusieron los oidores reunidos estraordinariamente en la tarde del 2 de marzo de 1655, no podían ser mas alarmantes, ni mas inusitadas.

¡Un presidente nombrado por Su Majestad había sido depuesto en medio de un tumulto por el cabildo i pueblo de Concepción, que, como si lo dicho no fuera ya mas que suficiente escándalo, no habían retrocedido ante darle un sucesor!

Una de las primeras cuestiones que se ofrecieron a la audiencia fué la de resolver si comunicaría lo que acontecía al cabildo de Santiago, i a una junta de guerra que se había organizado después del alzamiento jeneral de los araucanos, o sí lo mantendría en la mas estricta reserva.

Previa madura deliberación, decidió poner el suceso en conocimiento de las dos corporaciones mencionadas, para oír sus dictámenes; pero no de un modo llano i sencillo.

Las condiciones que se acordaron para esto pueden leerse en el siguiente voto del oidor don Nicolás Polanco de Santillana.

-«Me conformo con el señor licenciado Pedro de Hazaña, dijo, en que se dé cuenta a la ciudad de todo, i a la junta de guerra, encargándoles el secreto de la materia; i con toda cautela se les pondere el delito en que han incurrido los del cabildo de la Concepción; i se les exajere gravemente el sentimiento que hará Su Majestad i la demostración que se espera de Su Exce

lencia (el virrei del Perú); porque es de malas consecuencias el ejemplar en tierras tan remotas; i que en esta parte, todo este acuerdo sea de un labio i un parecer; i se diga a la ciudad escriba en esta razón a la de Penco cuán mal medio tomaron, i que amigablemente se tome su parecer de todos, i con él se proceda a determinar los demás puntos, pues conforme al semblante que hicieren, i medios que propusieren, i la demostración que hicieren, podrá esta audiencia gobernarse mejor en caso donde mas que las leyes es menester la cordura i prudencia».

Sin pérdida de tiempo, se hizo llamar a la sala del tribunal a los individuos del cabildo i a los de la junta de guerra.

Luego que todos estuvieron presentes, i se les hubo informado de lo que ocurría, el oidor Polanco, según el libro de votos de la audiencia, «encareció el sentimiento del desacierto del cabildo de la Concepción, el lunar que había puesto en la lealtad, fidelidad i calidad de vasallos tan principales como tiene Su Majestad en este reino; i ponderó esta materia por todos los visos que tiene de injusta i temeraria, i dijo diesen su parecer i votos como juzgasen convenir en el punto de qué se haría acerca de haber depuesto al señor gobernador, tomando el gobierno el veedor jeneral, i haber hecho las elecciones que refería el señor presidente; i que este era uno de los negocios mas graves que podían acontecer, ni hubiesen acontecido en reino tan fiel».

Los individuos del cabildo, como hombres prudentes, suplicaron a los oidores, que antes de dar su opinión, les permitiesen oír lo que pensaban los militares que componían la junta de guerra.

Habiéndose accedido a esta petición, comenzaron

los oficiales a dar sus dictámenes en el orden i la forma que a continuación se espresan:

El jeneral don Diego González Montero, «que acababa de gobernar a Valdivia, i que gobernaba las armas de Santiago»-«Deben despacharse provisiones reales en que se pondere a los de Concepción el error que han hecho para que sin inconvenientes se reduzcan a lo que esta audiencia juzgare conveniente. Hallo inconvenientes en que quede el señor gobernador en la Con cepción por lo poco afectos, i el jeneral sentimiento que tengo entendido que toda la tierra tiene de su gobierno. Debe quedar la persona que el señor presiden. te nombrare en el gobierno de las armas».

El maestre de campo don Francisco de Carrasco.<<Me conformo con lo que diga el cabildo.»><

El comisario jeneral de la caballería capitán reformado de Arauco, don Juan Polanco de Guzmán.—«Debe despacharse provisión en que se restituya al señor don Antonio de Acuña i Cabrera, gobernador de este reino; i si no se obedeciere, se procederá a todos los apremios de su ejecución hasta ponerlo en posesión, ejecutando las reales cédulas i título que le dió Su Majestad».

El maestre de campo don Juan Rodulfo de Lisperguer.-Me adhiero a lo que acaba de decirse, i además propongo que se pueda escribir al señor gobernador en secreto que dejando persona acepta a las armas, se venga a estas provincias a dar calor a los socorros de aquellas>>.

El jeneral don Bernardo de Amasa.—«Vaya el señor don Nicolás Polanco de Santillana con quinientos hombres, dejando esta ciudad en defensa, con pretesto de socorro; i llegando allá, ponga al señor gobernador en

su puesto; i con la voz de Su Majestad i provisiones reales, se dispondrá el poner cabezas en la guerra tales, i bajar el señor gobernador a esta ciudad; i si lleva con qué ejecutar las reales cédulas, i puesto allá con las cédulas de Su Majestad i enterado de todo, se determinará lo que mas conviniere».

El jeneral don Ignacio de la Carrera Iturgoyen, «que acababa de ser gobernador de las armas de Chiloé», i los capitanes don Gaspar Calderón i don Pedro de Figueroa, los tres miembros también de la junta de guerra, fueron de la misma opinión que el jeneral don Bernardo de Amasa.

Habiendo los militares espresado sus pareceres, los cabildantes solicitaron venia de la audiencia para ir a deliberar a su sala de sesiones, desde donde remitieron por escrito su voto, que decía así:

<<Primeramente, este cabildo está mui resignado, como lo ha estado siempre, al servicio de Su Majestad desde su fundación, i continuado este rendimiento con las vidas de sus antepasados, i a las órdenes de esta real audiencia, como quien representa la real persona de nuestro rei i señor natural, i a todas las órdenes que diere en la materia propuesta con la atención que pide la gravedad del caso; i diciendo nuestro parecer a la consulta i órden que se nos ha dado, decimos: que se despachen todos los recaudos necesarios para que el señor don Antonio de Acuña i Cabrera, gobernador i capitán jeneral de este reino por Su Majestad, sea restituído al uso i ejercicio de su oficio, motivando los recaudos de manera que no se macule a la ciudad de la Concepción i ministros de guerra con ninguna desconfianza, siendo notorio estar en castigo del enemigo; i que en este supuesto, no se deje de acudir con todo

el socorro i bastimentos necesarios para dicha ciudad de la Concepción; i que en cuanto a la estada del señor gobernador, se tendrá por mayor inconveniente que el dicho señor gobernador asista a la dicha ciudad, porque se escusen mayores inconvenientes; i este es nuestro parecer, salvando en todo el mejor de la real audiencia de este reino; i de este parecer fueron todos los que abajo firmarán sus nombres, escepto el capitán don Diego de Aguilar, que dijo que su parecer es que atento a que este reino está perdido por omisión del señor gobernador, i que por el pasaporte consta haber hecho dejación, se le admita, i que estos señores de la real audiencia provean el gobierno, a quien tocare, i este es su parecer del dicho capitán don Diego de Aguilar i Maqueda, Fecha en Santiago de Chile en 2 de marzo de 1655 años.-Don Francisco Arévalo Briceño.-Don Gregorio Hurtado de Mendoza Quiroga.Don Jerónimo Hurtado de Mendoza.-Don Antonio de Barambio.-Don Francisco de Erazo.-Don Gaspar de Ahumada Maldonado.-Don Pedro de Salinas i Córdoba.-Don Diego de Aguilar Maqueda.-Don Martín Ruiz de Gamboa.-Don José de Guzmán.-Don Francisco Cortés de Navarro.-Don Francisco Maldonado. Ante mí, Manuel de Toro Mazote, escribano público i de cabildo».

El precedente dictamen se entregó a la audiencia <<ya mui tarde de la noche», i por este motivo los oido«уа res aplazaron el asunto para el día siguiente (1).

Debe recordarse que el soldado mensajero había traído varias cartas que el oidor Polanco de Santillana le había mandado no entregar.

(1) Libro de votos de la Audiencia de Santiago de Chile, acuerdo de 2 de marzo de 1655.

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