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CAPITULO OCTAVO

LA ABOLICIÓN DE LAS ENCOMIENDAS EN CHILE

Despoblación de Chile al principiar el siglo XVIII.-Disposiciones contradictorias del monarca respecto del servicio personal de los indios.-Depósito de los indios prisioneros de guerra en poder de los encomenderos.— Oposición del cabildo de Santiago a que los indios fuesen reducidos a pueblos. Estorsiones de los correjidores contra los indios.-Alzamiento de 1723.-Planes presentados al rei para la fundación de nuevas poblaciones en Chile. El presidente don José de Manso lleva á efecto la formación de varias villas.-Desa venencia ocurrida entre el presidente Ortiz de Rosas i los hacendados de Chile con motivo de la fundación de nuevas poblaciones.-Idea de asegurar la obediencia de los araucanos mediante la fundación de poblaciones en su territorio.-Alzamiento de 1766.-Dispersión de los araucanos propuesta por el presidente Guill i Gonzaga.-Gran temor de un ataque de araucanos esperimentado en Santiago en 1779.-Colejios de naturales.-Abolición de las encomiendas.

I

Hacía siglo i medio, mas o menos, que los españoles se habían establecido en Chile.

Sin embargo, la población, en vez de aumentarse, disminuía rápidamente.

La guerra, la peste, el rejimen de las encomiendas i el servicio personal habían arrebatado cada año centenares de habitantes.

La despoblación había llegado a ser verdaderamente aterradora.

Podría citar para comprobar esta aserción varios hechos consignados en documentos oficiales, pero voi a concretarme a solo dos, que serán suficientes.

El monarca, por cédula de 8 de agosto de 1686, había ordenado que se pusieran en vigor las leyes de la Recopilación de Indias para que se enseñase á los naturales la lengua castellana, abriéndose para ello las escuelas que fuesen necesarias.

En contestación, decía al rei la audiencia de Santiago de Chile en 18 de setiembre de 1690, que «en este reino, adonde los pocos pueblos (de indios, se entiende) que hubo, se han despoblado, así por las continuas pestes de que murieron los indios, como porque los encomenderos los han extraído de ellos, agregándolos a sus estancias para el beneficio de sus haciendas, como aparece del testimonio que se remite, no solo es imposible el practicarse dichas escuelas por no haber pueblos de indios, sino mui difícil el que sean doctrinados en nuestra santa fe, i la reciban con el conocimiento necesario a su salvación».

La audiencia lamentaba tanto mas aquella imposibilidad, cuanto que habiendo promovido el presidente don José de Garro la instrucción de los indios, los había ejercitado en la latinidad «hasta conseguir se ordenase de sacerdote uno de los hijos del cacique mas principal con no poca admiración del barbarismo».

En vista de esta esposición, el rei, por cédula de 27 de abril de 1692, mandó a su presidente i oidores de Chile

que «aplicasen todos los medios convenientes a que se volviesen a reducir i congregar en sus antiguos pueblos los indios que espresaban hallarse ausentes de ellos, usando de todos los medios mas suaves i de respeto que conviniesen a lograr. aquel fin; i que congregados en sus pueblos, se les asistiese con las escuelas i enseñanza que estaba dispuesto por el despacho de 8 de agosto de 1686 i leyes recopiladas, procurando la efectiva restitución de los indios encomendados a sus pueblos, i castigando severamente a los encomenderos que los estrajesen, poniendo en su cumplimiento especial cuidado, i de avisar en todas ocasiones al consejo de Indias lo que en aquella parte, como todo lo demás que les encargaba, fuesen corrijiendo su celo i obligación».

Aparece de los documentos que acaban de leerse que había dos causas mui poderosas que contribuían a la despoblación del reiro.

Era la primera, la muerte que producía estragos espantosos, fomentada por las epidemias i por el durísimo jénero de vida impuesto a los indios.

Era la segunda, la dispersión de los naturales, a quienes, al tiempo del descubrimiento, se había encontrado en grupos o rancherías mas o menos numerosas, i que después habían sido diseminados por los campos i estancias.

Hemos visto el empeño que los reyes españoles manifestaron desde el principio de la conquista para que los indios fuesen reducidos a pueblos; pero en Chile, los encomenderos i estancieros, obrando de un modo contrario a aquel que estaba ordenado, no pensaron mas que en llevar los indios a sus fundos para someterlos a la condición de inquilinos.

Los propietarios de campos, en vez de formar nuevos pueblos, como lo quería el rei, destruyeron los que había.

Este sistema contribuyó, no solo a la disminución, sino también a la barbarie de los habitantes.

Aquel aislamiento impedía, tanto la enseñanza relijiosa, como la práctica de la vida civil.

A causa de esto, los mismos españoles se embrutecieron junto con los indios, en lugar de civilizarlos.

«Don Francisco de la Puebla González, obispo de la iglesia catedral de Santiago, dió cuenta, entre otras cosas, en carta de 9 de enero del año pasado de 1700, decía el rei en cédula de 26 de abril de 1703 al presidente i audiencia de Chile, que en las cien leguas de lonjitud que visitó desde esa ciudad al estrecho de Magallanes, no encontró pueblo alguno, sino ranchos, donde vivían los españoles, i en cada rancho un solo vecino; i que en esta desunión i ociosidad que profesan españoles i mestizos, se emplean en mui graves delitos de que no pueden ser castigados por sus correjidores respecto de las largas distancias, ni los curas doctrinarles, i administrarles los santos sacramentos, caúsando muchos daños a los indios».

«Se recibió en mi consejo de las Indias, repetía el rei al presidente don Gabriel Cano de Aponte en cédula de 5 de mayo de 1710, una carta de don Francisco de la Puebla González, obispo que fué de la ciudad de Santiago, su fecha 9 de enero del año de 1700, en que daba cuenta de que en la visita que acababa de hacer de una parte de su obispado, había encontrado las tierras ásperas i desiertas sin pueblo alguno, si no es ranchos, donde solo vivía un vecino, ponderando el miserable estado en que se hallaban los indios de dicho reino, i

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