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En 1609, don Alonso García Ramón, que ya sabemos como opinaba de antemano en el asunto, contestó al virrei «que una de las cosas de mas consideración que se podía ofrecer para concluir aquella guerra era haber Su Majestad mandado que aquellos indios fuesen esclavos; pero que no convenía en ninguna manera que los indios amigos gozasen de la merced que habían de gozar los españoles; mas que sería mui acer tado procurar dar a entender a los rebeldes que están de guerra, que si viniesen de paz, se les admitiría i trataría como hijos, i donde no, que se habían de vender i comprar como caballos, aunque no había para qué imajinar que ellos habían de admitir buenas razo

nes».

A virtud de estas consideraciones e informes, don Luis Merlo de la Fuente, que a la muerte de García Ramón, tomó el mando interino de Chile, publicó solemnemente en 1610 la real disposición por la cual se permitía hacer esclavos a los araucanos rebelados, a condición de venderlos fuera del país si pasaban de doce años, con arreglo a una nueva provisión real de 1609.

VII

Valiéndome, según el método que me he propuesto seguir, de las palabras de un documento oficial, vci a hacer conocer los efectos que producía en la guerra de Arauco la práctica legalizada por Felipe III de hacer esclavos a los prisioneros; i la manera como se cumplió la orden de venderlos fuera del país, cuando tuvieran mas de doce años, la cual evidentemente había

sido dada para tratar de estinguir en Chile aquella indómita raza.

«Esta guerra es mui diferente de la de los otros reinos, escribía al rei en 1611 don Juan de Jara Quemada, sucesor de Merlo de la Fuente, porque la insaciable codicia de los superiores no trataba mas que de sus intereses particulares; i para acabarlo todo, se pregonó la real cédula que daba por esclavos todos los indios aucáes que se cojiesen, hombres, mujeres, hijos, etc.; i resultaba que las mayores malocas eran mas perniciosas a Su Majestad; porque sucedía que las piezas recojidas se repartían en tres partes: cabo, capitán i soldados; los unos como mas poderosos escojían lo mejor, i a los soldados daban el deshecho, i a todos los herraron en el rostro. Los soldados algunos vinieron a vender en la Concepción los que les cupieron; i el que tuvo buena venta, con el dinero procuró huirse por la cordillera, como lo hicieron algunos. (Esto es lo que sucedió con la maloca de Tirúa, que hizo estos días pasados el maestre de campo Alvaro Núñez de Pineda); i muchas veces estos indios se huían al cabo de algunos meses, e iban a dar razón de nuestra posición».

Jara Quemada continúa esponiendo que los maestres de campo i cabos del ejército mandaban sus esclavos a sus casas i haciendas con ocho o diez soldados para que los custodiasen; que cobraban paga i vestuarios para estos soldados como si estuviesen en campaña, i no en su servicio personal; i que empleaban a los esclavos i sus guardianes en hacer sementeras, cuidar el ganado, beneficiar las viñas, etc., i trasportar después los frutos para venderlos en el ejército por precios exhorbitantes.

Agrega por último: «Para remediar a esto, he hecho publicar que de todas las piezas que se escojiesen se haga un montón de ellas, i se parta por igual en todo el ejército o jente que fueren a la maloca; i de este modo no sucederá ya que por la cudicia de un esclavo, el soldado deja de matar cuatro i cinco, i también a veces se atrevía a correr peligros mui en el caso de hacerse matar».

La consideración aducida por el gobernador de que el soldado por hacer un esclavo dejaba de matar cuatro o cinco indios es un rasgo característico que pinta la barbarie de la conquista con mayor viveza de lo que podría hacerlo una disertación de varias pájinas.

Los vecinos de Chile habían recibido con el aplauso que debe suponerse la legalización por Felipe III de la práctica de hacer esclavos a los indios; pero no así la orden de que los vendiesen fuera del país, si pasaban de doce años, a fin de impedir que volvieran a incorporarse con los suyos, i de estirpar tan molesta.

raza.

Se opusieron, pues, a la salida de los araucanos prisioneros, alegando que en la rápida despoblación del país los habían menester para engrosar sus encomiendas, i para cultivar los campos, i para esplotar las minas, i para ejecutar toda especie de servicios, sin los cuales no podrían sostenerse en el reine.

Sus murmuraciones i clamores fueron tantos, i a decir verdad, tan fundados, que lograron poner de su parte a la audiencia i estorbar la remisión de los es clavos al Perú.

«No es menor daño, informaba al rei con enojo don Juan de Jara Quemada en 28 de enero de 1617, el que el fiscal de la audiencia, ayudado de algunes oidores,

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causa en impedir que los indios cojidos en la guerra no se saquen fuera del reino; i aunque sobre este particular les he enviado copia de un capítulo de carta de Vuestra Majestad fecha del año de 1609 en que manda al gobernador que estos indios, como sean de doce años para arriba, se procuren echar de la tierra, i dádoles a entender cuán justo i bien acordado había sido, no han querido abrir las puertas a esto, dando para ello algunas causas de poco fundamento; i si al fiscal i oidores se les mandasen viniesen por sus turnos cada año a hallarse en esta guerra, i la audiencia estuviera en la Concepción, como tengo dicho a Vuestra Majestad, i es lo que conviene, cierto estoi que no tan solamente condescenderían con este artículo, si no fueran de parecer, como yo lo soi, que hasta los indios recién nacidos se desterrasen, i se echase tan mala i perniciosa semilla de la tierra, que por haber conocido esto de elia, no se ha cojido en mi tiempo ningún indio con las armas en las manos a quien no se haya quitado la vida; i si esto, señor, se hubiera hecho de seis años a esta parte, i la cudicia de algunos no lo hubiese sido para reservarlos de este rigor por tenerlos en sus chácaras i granjerías, a buen seguro que la guerra estuviera en diferente estado, como lo confiesan ellos mismos, pues habiendo preguntado a un indio que se cojió habrá quince días: qué le parecía de las justicias que yo mandaba hacer en ellos, dijo que decia Enavilo que ya los españoles habíamos caído en su pensamiento cerca de hacer la guerra como ellos, i que esto les había causado mucho temor; i es lo que importa, porque pensar que por bien se ha de sacar fruto es proceder en infinito. Vuestra Majestad se sirva dispensar remedio en esto reprendiéndolo a la audiencia».

Así don Juan de Jara Quemada mataba sin piedad a los araucanos, porque la audiencia se oponía a que se sacaran del país. No había para él medio entre el destierro o la muerte. No admitía siquiera, como Rodrigo de Quiroga, que se les confinase en los términos de Santiago o de la Serena. Aquellos malditos indios amaban tanto a su patria, que siempre lograban fugarse, i encontrar camino para volver a ella, desde cualquier provincia de Chile en que se les colocase, i por vijilados que estuviesen.

El odio que existía contra los araucanos era tan violento, que hai presidente que se queja de la facilidad con que se reproducían i multiplicaban, a pesar de la peste que solía diezmarlos de cuando en cuando, i de la guerra, mas terrible por cierto que la peste, que los diezmaba permanentemente.

Los gobernadores querían que los araucanos saliesen de la vida, o que saliesen por lo menos de Chile, para libertarse de su odiosa presencia.

Mas los encomenderos i vecinos del norte no querían ni lo uno ni lo otro, sino que fuesen sus esclavos. El grande i apetecido provecho que la guerra de Arauco les proporcionaba eran los prisioneros que les servían para llenar las numerosas bajas de sus encomiendas.

VIII

I ahora ha llegado el caso de examinar si aquella ganancia inhumana compensaba las desastrosas consecuencias que la guerra mencionada había traído para las provincias sometidas, para las del norte de Chile.

La lucha sangrienta i heroica que los araucanos sos

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