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XV

La junta ejecutiva es reemplazada por un gobierno unipersonal.Don Antonio José de Irisarri acepta el cargo de director interino. Camilo Henríquez aprueba la concentración del gobierno en una sola persona.-Primeras medidas de don Francisco Antonio de la Lastra.-Reglamento provisional de 17 de marzo de 1814.-Desaliento de Camilo Henríquez a consecuencia de las noticias esteriores.-Don Antonio José de Irisarri le critica por ello.

La toma de Talca por los españoles i la muerte heroica de su valiente defensor el coronel Spano, que sucumbió acribillado de heridas i abrazado de la bandera chilena sin querer rendirse, produjeron mayor alarma en la capital.

la

El riesgo instaba.

La marea invasora continuaba subiendo sin que hubiera dique, malecon o muralla que la contuvie

ran.

El 7 de marzo de 1814, el cabildo de Santiago citó a varios vecinos para discutir la resolución que debía adoptarse en tan apuradas circunstancias.

Después de abierta la sesión, una poblada mas o menos numerosa se introdujo en la sala capitular para pedir que el triunvirato compuesto de Infante, Eizaguirre i Cienfuegos depusiese el mando en el coronel don Francisco Antonio de la Lastra, actual gobernador de Valparaíso; i mientras éste lle

gaba a Santiago, en el rejidor don Antonio José de Irisarri.

La voluntad del pueblo tumultuado fue acatada como lei soberana, recibiendo pronta i cabal ejecución.

Don José Miguel Infante ha narrado la asonada en que fue depuesto.

<«Reunidos facciosamente, dice, como cien individuos con el apoyo de la poca fuerza armada que existía en la capital, disolvieron la junta, para establecer un gobierno unipersonal.

«En vano uno de sus miembros (el mismo Infante) se esforzó a manifestarles la ilegalidad de aquel paso, i mas que todo, su inoportunidad, concluyendo con decirles:

-«Un bien es exonerarse del peso de los negocios. Lo sensible es que no pasarán seis meses sin que el país caiga en poder del enemigo».

El fundador del Semanario Republicano había jurado en el número 11 de su periódico «por lo mas sagrado que había en el cielo i en la tierra no admitir jamás empleo público de honor ni de renta»; pero el peligro de la patria le movió a desistir de su empeño.

Consecuente con sus ideas, don Antonio José de Irisarri había determinado proceder en todos sus actos i decretos como representante de una nación que ante ninguna otra inclinaba la frente, ni doblaba la rodilla.

Pero la junta saliente le privó de esta gloria; porque ella encabezó el bando en que daba a reconocer a sus subrogantes con estas notables palabras: en nombre del pueblo soberano.

La revolución comenzada el 18 de setiembre de 1810 daba con ello un gran paso en el camino de la independencia, botando incómodas andaderas.

Don José Miguel Carrera había enarbolado una bandera nacional.

El nombre de Fernando VII i de la rejencia española desaparecían ahora de los decretos, oficios i proclamas oficiales

La dependencia colonial no subsistía siquiera en el papel.

Camilo Henríquez cooperó con su voto i con su influjo a este cambio de gobierno, bien que no al nombramiento del director supremo, cuya designación se debió a don Antonio José de Irisarri.

El publicista chileno opinaba que la concentración del poder en una sola mano era indispensable en ciertas circunstancias especiales.

La historia de la Grecia i la de Roma lo atestiguaban en mas de una de sus pájinas.

Se podía recurrir a un despotismo momentáneo para impedir la disolución del cuerpo secial, como se toma un veneno para escapar a la muerte en una grave enfermedad.

Chile se hallaba asolado por una guerra esterior i anarquizado por una doble disensión intestina: la de realistas contra patriotas i la de éstos entre sí.

Si no se quería que la naciente república pereciese en su cuna, era preciso que una voluntad enérjica la salvase.

Eso sí, la dictadura no debía prolongarse mucho tiempo.

En un estracto de los Principios de las leyes de Mably, que, en enero de 1814, insertó Henríquez

en los números 9 i 10 del tomo II de El Mointor Araucano, decía a este respecto:

«Los majistrados son hombres. No se espere, pues, de ellos una fortaleza i una sabiduría propias solo de las intelijencias superiores. Por tanto, debe la lei observar el tiempo de las majistraturas en proporción del mayor o menor poder que se les confía. En esta parte, fueron admirables los romanos. El dictador, en cuyas manos estaba la suerte de la república, solo reinaba seis meses; i era su majistratura un recurso en solo los casos estraordinarios: así no tenía tiempo de formar grandes esperanzas, ni de hacerse peligroso a las leyes i a la libertad».

Camilo Henríquez ha sido el primer cronista de la revolución.

La Aurora de Chile i El Monitor Araucano contienen materiales que el historiador puede i debe esplotar.

Son una rica cantera a este respecto.

Los periódicos rejistran día a día, semana a semana, mes a mes, los hechos mas importantes en la vida de un pueblo.

Camilo Henríquez va a relatarnos las primeras medidas de don Francisco Antonio de la Lastra. «Santiago 14 de marzo, en la mañana.

«Se celebró junta plena de corporaciones para el recibimiento del supremo director.

«Concluído el acto del juramento, espuso Su Excelencia que, para el buen orden i rapidez de los negocios, le propusiesen tres personas de su confianza que llenasen las tres secretarías que debían organizarse. La propuesta unánime i la aprobación

del director recayeron sobre los ciudadanos siguientes: para secretario de gobierno el licenciado don José María Villarreal, de guerra el actual sarjento mayor de plaza don Andrés Nicolás de Orjera, de hacienda el doctor don Juan José de Echeverría.

«En seguida propuso Su Excelencia la necesidad de crear un intendente, i la aptitud para este cargo del ciudadano don Antonio José de Irisarri. La proposición obtuvo el aplauso jeneral.

«Su Excelencia rogó a los dignos miembros de las órdenes del pueblo que estaban presentes que propusiesen cuanto estimasen oportuno.

«Entonces, por moción del senador Henríquez, se discutió acerca de la duración en el mando del actual director supremo; i en virtud de las sensatas contestaciones de los rejidores don Isidoro Errázuriz i don José María Rozas se convino en que se formase un reglamento para el supremo directorio.

pa

<<Instando Henríquez i otros en que de pronto se nombrase una comisión para formar sobre la marcha aquel reglamento, cada corporación nombró ra esto a un individuo, a saber, Henríquez fue nombrado por el senado, el licenciado don Francisco Antonio Pérez, por el tribunal de apelaciones, don José María Rozas, por el consulado, minería i cabildo, don Andrés Nicolás Orjera, por el cuerpo militar, i el que designare el cabildo eclesiástico, por los prelados regulares.

«Luego el coronel de ejército del sublime pueblo bonaerense, don Santiago Carrera, espuso la necesidad de que el supremo director llevase un distintivo característico de su dignidad; i previas las observaciones del cabildante Irisarri, se acordó que el distintivo de la primera i suprema majistratura fuese una banda roja cruzada.

«El ciudadano Orjera dió rendidas i espresivas

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