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útiles para conocer la opinion de US.; pero lo que necesito son instrucciones precisas, claras, terminantes, en la forma correspondiente, que me den á conocer los deseos y las miras del gobierno y me digan lo que debo hacer. Despues de las dos notas de US. me pregunto en vano si el gobierno aprueba ó no el tratado; si ha resuelto ó no pedir que se abran de nuevo las negociaciones; si en caso de no obtener la modificacion de algunos artículos desistiré de estas ó no. Leo y releo las observaciones de US. y no me sacan de estas dudas. En la primera nota como que me indicaba US. que prorogase el término para el cange, valiéndose de la frase-nada seria mas conveniente que prorogar, si fuese posible, el término para el cange: en la segunda me dice US. Si notase US. que el gobierno español no se prestará á hacernos la justicia á que somos acreedores, y hallase US. que su situacion es comprometida, seria mejor que se abstuviese US. de negociar la próroga para el cange, y de hacer conocer á ese gobierno el pensamiento del nuestro, aprovechando del tiempo para dar cuenta. Yo no supongo que el gobierno español se niegue á hacernos la justicia á que somos acreedores, pero no sé si considerará la justicia bajo el mismo punto de vista que nosotros; ni mi situacion es comprometida, porque no lo es la de ningun Ministro que cree que ha servido bien á su gobierno: es dificil solamente, porque no conozco con la claridad y precision que desearia lo que hoy quiere mi gobierno que haga. Y si en estas circunstancias es mejor que me abstenga de negociar la próroga y (abstenerme ademas) de hacer conocer á este gobierno el pensamiento del nuestro: ¿qué es lo que debo hacer? ¿de qué daré cuenta? Ruego á US. que consultando con S. E. me saque de estas perplejidades con las instrucciones claras, precisas y detalladas que llevo pedidas, á fin de que ni el decoro ni los intereses del Perú padezcan.

Dios guarde á US.-JOAQUIN J. DE OSMA.

Lima, 20 de Marzo de 1864.

Hotel Maury.

CONFIDENCIAL.

Muy Señor mio.

El Infrascrito, tiene el honor de poner en conocimiento del Excmo. Señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, que el Gobierno de S. M. Católica se ha dig nado conferirle una mision especial cerca del de esta República, y desea por lo tanto entregarle la comunicacion del Excmo. Señor primer Secretario de Estado y Presidente del Consejo de Ministros de S. M. relativa á su encargo.

El Infrascrito ruega á S. E. el Señor Ribeyro se sirva designarle dia y hora para hacer la mencionada entrega, y aprovecha esta oportunidad de ofrecerle las ve ras de su mas distinguida consideracion. B. S. M. su atento y seguro servidor. Eusebio de Salazar y Mazırredo.

Excmo. Sr. Ministro de Relaciones Exteriores de la República Peruana.

Ministerio de Relaciones Exteriores.-Lima, Marzo 23 de 1864.

El Infrascrito, Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, ha recibido la nota confidencial que, con fecha 20 del presente, le ha dirijido el señor D. Eusebio de Salazar y Mazarredo, comunicandole que el Gobierno de S. M. . C. se ha dignado conferirle una comision especial cerca del de esta República y solicitando se le designe dia y hora para entregar al Infrascrito una comunicacion del Excmo. Sr. Primer Secretario de Estado y Presidente del Consejo de Ministros de S. M. relativa á su en

cargo.

El infrascrito, cediendo á los deseos del señor Mazarredo, le participa que el Miércoles 30 del actual á la una de la tarde lo recibirá en el salon de su despacho. Con este motivo el infrascrito se suscribe del señor de Salazar y Mazarredo, may atento servidor.

Juan Antonio Ribeyro.

Al Sr. D. Eusebio de Salazar y Mazarredo.

Primera Secretaria de Estado-Madrid 18 de Enero de 1861-.

Excmo. Señor:

Considerando útil para los intereses de España en sus relaciones con el Perú enviar á esa República un comisario especial que por sus conocimientos y cualidades personales pueda contribuir á estrechar los lazos que deben unir á los dos Estados, y concurriendo las circunstancias que al efecto se requieren en D. Eusebio de Salazar y Mazarredo, Diputado á Cortes y Subdirector de política que ha sido en el Ministerio de Estado, ruego á V. E. se sirva reconocerle como tal comisario especial, y atenderle en cuanto concierna á su encargo.

Al propio tiempo ruego á V. E. se sirva acojer favorablemente al caballero de Salazar y Mazarredo, aprovechando entre tanto esta ocasion para ofrecerine á V. E. con las seguridades de mi alta consideracion.

Lorenzo Arrazola

Excmo. Señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú.

Lima, Abril 1. de 1864.

El Gobierno del Perú, intérprete fiel del sentimiento público, procura siempro distinguirse en sus relaciones internacionales por actos de benevolencia y de lealtad. Guiado por los principios de esta franca política, recibirá al señor de Salazar y Mazarredo, comisionado por el Excmo. Señor Presidente del Consejo y primer Secretario de Estado de S. M. C. cerca de este Ministerio, con la mas viva cordialidad, dandole aquellas facilidades y concediendole todas aquellas preeminencias que el derecho reconoce y son necesarias para el desempeño exacto de su encargo.

Como la comunicacion de 18 de Enero del presente año, acredita al señor de Salazar en un carácter puramente confidencial, á juzgar por su texto, como tal agente del gabinete de Madrid, lo acepta desde luego el infrascrito, porque la denominacion de Comisario, sobre no estar conforme con las reglas y usos diplomáticos, traeria tal vez embarazos en el curso de las negociaciones que, en bien de uno y otro gobierno, deben alejarse á toda costa. Si el señor de Salazar admite. como es de esperarse, esta prévia y precisa explicacion, puede, cuando lo estime conveniente, dar principio á su mision, seguro de encontrar de parte del Perú y su administracion las mas felices disposiciones para entenderse con el representante de la ilustrada nacion española.

Con sentimientos de la mas distingnida consideracion, tiene el infrascrito el honor de ofrecerse del señor Salazar su mas atento seguro servidor.

Al Sr. D. Eusebio de Salazar y Mazarredo.

Juan Antonio Ribeyro.

Lima, 12 de Abril de 1864.

El infrascrito, comisario especial extraordinario de S. M. C., ha tenido la honra de recibir la nota que S. E. el Señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú se ha servido dirijirle con fecha 1. del corriente. En ella rechaza el Gobierno Peruano el título de comisario especial, por no estar conforme con las reglas y usos diplomáticos.

El memorandum que el infraserito ha dirijido á los representantes de las naciones aliadas y de que es adjunta una cópia, explicará al Excmo. Sr. Ministro de Relaciones Exteriores la significacion que dará el Gobierno de S. M. al proceder del de la República en estas críticas circunstancias.

En una de las últimas sesiones de la Comision permanente del Congreso, se ha dado á conocer que la administracion actual abriga el pensamiento de contratar un empréstito de setenta millones de pesos, que por ser excesivamente superior á las atenciones del Tesoro, tiene por objeto, segun la opinion de los hombres políticos influyentes, adquirir medios para oponerse a las justas exijencias de la España

El Gobierno Peruano hará lo que estime mas conveniente; pero el infrascrito espera que durante su ausencia de Lima, serán respetados los súbditos de la Reina en el territorio de la República, sean cuales fueren las eventualidades del porvenir. La moderacion de su gobierno, de las autoridades y del pais en general, darán al de S. M. la medida de la conducta que ha de observar en lo sucesivo; y si desgraciadamente se cometieran excesos, las represálias serán prontas, enérjicas y decisivas, pues la España moderna está firmemente resuelta â no consentir que se atropelle á sus hijos ni se mancille su bandera.

El Infrascrito reitera á S. E. el señor Ribeyro las seguridades de su mas distinguida consideracion.

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Eusebio de Salazar y Mazarredo
Excmo. Sr. Ministro de Relaciongs Exteriores, Presidente del Consejo de Mi-

nistros del Perú.

Desde que en 1836 reconoció el Gobierno de S. M. de un modo solemne, la independencia de Méjico, ha sido su constante anhelo entablar relaciones de paz y amistad con los nuevos estados de América. Para conseguirlo no ha escaseado saecificios de ningun género, tomando á veces la iniciativa en el envio de agentes di

plomáticos y consulares, haciendo concesiones importantes en los tratados, y miran do con indiferencia, actos de desvio y de agresion que dificultaban las negociaciones.

Una circunstancia excepcional abonaba en este caso la conducta de la España. Las antiguas provincias de la corona de Castilla en América estaban unidas á la metrópoli por cuantos vínculos constituyen la fraternidad entre los pueblos, y lo que con naciones estrañas hubiera sido proceder humillante, era en este caso una prueba mas de afecto y consideracion.

La República Peruana fué una de las últimas que correspondieron á las exitaciones del Gobierno de la Reina Doña Isabel Segunda, y no legalizó la apertura de sus puertos á la bandera mercante española, hasta que se celebró el tratado de reconocimiento de la independencia de Méjico.

El Presidente General Echenique acreditó en Madrid al señor Don Joaquin de Osma, algun tiempo despues de haber saludado en el Callao el pabellon del Perú la corbeta de guerra "Ferrolana." Aquel diplomático firmó en 1853, con el primer secretario de estado, señor Calderon de la Barca, el tratado de reconocimiento de la independencia de este pais. El Gobierno de S. M. no recibió ni siquiera una contestacion de cortesía al acto importante que habia ejecutado. Al cabo de dos años, trascurrido ya el plazo hábil para el cange consiguiente, un diario no oficial de Lima publicó algunos documentos diplomáticos arrojados á la calle en 1855, por los amotinados que el 5 de Enero penetraron en el Ministerio de Relaciones Exteriores. En ellos declara el Ministro de Estado, señor Paz Soldan, que el Perú desecha no solo ciertos términos, sino hasta las bases de la estipulacion convenida. De esa manera tan singular llegó á noticia del Gobierno de la Reina la conducta observada en esta ocasion por el de la República Peruana.

Ocurrieron desde 1853 hasta 1859 sucesos graves que motivaron el envio á Lima del señor Tavira, Ministro de S. M. en Chile; pero la España no pudo lisonjearso del resultado de su mision.

En 1860, se presentó en Madrid el señor Galvez, nuevo Plenipotenciario del Perú. El primer Secretario de Estado de la Reina le recibió en su carácter oficial, y entró con él en relaciones diplomáticas, á pesar de que el ministro peruano hacia caso omiso del tratado de 1853.

Todo presajiaba por lo tanto un término feliz, cuando el D. D. Pedro Galvez manifestó con cierta arrogancia, que era condicion sine qua non para seguir conferenciando, el que fuese recibido previamente por S. M. en audiencia solemne, como enviado extraordinario y ministro plenipotenciario del Perú. El gabinete presidido por el General Odonell respondió, que nada semejante habia pretendido el Sr. Osma, y que si se accedia á aquella exijencia, era el tratado inútil, pues la recepcion solicitada, despues sobre todo, de los hechos referidos, equivalía por sí sola al reconoci miento definitivo de la República. Terminaron las conferencias, y partió de Madrid el Dr. Galvez, sin que el Gobierno de S. M. pudiera darse cuenta de tantas y tan gratuitas desatenciones,

La série de atentados de que han sido víctimas en el Perú los súbditos de S. M. desde que en 1853 se pusieron ambos gobiernos en comunicacion oficial, es quizá mayor que la del periodo en que la instabilidad del nuevo órden político, disculpaba hasta cierto punto las violencias cometidas. Propiedades de súbditos españoles han sido ademas arrebatadas á sus legítimos dueños, unas veces por actos arbitrarios, como el de que fué y sigue siendo objeto el señor conde de San Isidro, otras por no haberse anunciado la muerte de españoles acaudalados, fallecidos ab intestato, cuyos herederos residen en la Península. Las juntas de beneficencia ó ciudadanos de la República se han apoderado igualmente de varias fundaciones importantes, instituidas para que solo los españoles disfrutasen de ellas.

El señor Tavira debia haber entablado en 1860 fundadas reclamaciones acerca de esos hechos, sobre asesinatos cuyos autores quedaron impunos á pesar de ser bien conocidos, y relativamente al caso de un respetable súbdito español saqueado por agentes de la policia y abofeteado publicamente por el General Vidal, Gobernador del Callao, al pedirle que se le administrase justicia; pero el resultado de su encargo os tensible, dió al Gobierno de S. M. la medida de la justicia que podia esperar del de la República.

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