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CAPÍTULO SESTO

LA DEPOSICIÓN DE UN PRESIDENTE DE CHILE EN LA ÉPOCA COLONIAL

Pobreza de Chile en la segunda mitad del siglo XVII.-El terremoto de 13 de mayo de 1647.-Mal gobierno del presidente don Antonio de Acuña i Cabrera.-Atentado de los indios cuncos contra unos náufragos i su castigo. Espedición del maestre de campo don Juan de Salazar contra los cuncos.-Alzamiento jeneral de los indios.-Nombramiento que el cabildo de Santiago hace en don Juan Rodulfo de Lisperguer para que fuese de procurador jeneral al Perú en solicitud de socorros.-Se enarbola en Santiago el real estandarte-Deposición del presidente Acuña i Cabrera por el cabildo i pueblo de Concepción.-Deliberación de la audiencia, del cabildo de Santiago i de una junta estraordinaria de guerra sobre aquel gravísimo e inusitado acontecimiento. Disposiciones de la audiencia para que el presidente Acuña i Cabrera saliese de Concepción, i para que se restableciese en aquella ciudad el orden legal.-Conjuración de los indios pacíficos de Santiago.-Despoblación de Chillán.-Discusión del cabildo de Santiago sobre el recibimiento del Presidente Acuña i Cabrera. -El virrei del Perú llama al presidente de Chile, i éste rehusa obedecer. -Reales cédulas relativas a los sucesos mencionados -Rogativa acordada por el cabildo de Santiago para implorar el amparo divino.-Procedimientos de la audiencia referentes al castigo de los culpables en la des población de Chillán, i particularmente en la sedición de Concepción.Fallos que se dieron sobre los principales acusados de haber contribuído a aquellos desgraciados sucesos.

I

Trasladémonos a la mitad del siglo XVII.

Hacía unos cien años que los españoles se habían establecido en Chile, i que habían fundado la ciudad de Santiago, capital del reino.

AMUNÁTEGUI.-T. VII.

18

A pesar de tan largo trascurso de tiempo, la nueva colonia no había prosperado, como habría podido hacerlo.

En vez de floreciente, se hallaba mui atrasada, casi arruinada.

La costosa guerra de Arauco había impedido, no solo que los conquistadores hubieran asentado una dominación sólida en la comarca de ultra Biobío, sino también que las poblaciones de la rejión pacífica alcanzaran los progresos que se habrían deseado.

El segundo es un hecho social mui importante sobre el cual llamo con insistencia la atención, porque antes de ahora no ha sido notado por los historiadores nacionales,

En esta ocasión, como siempre que lo he podido, serán el soberanoi sus grandes funcionarios los que hablarán por mí.

«El Rei. Conde de Salvatierra, pariente, mi virrei, gobernador i capitán jeneral de las provincias del Perú; o a la persona o personas a cuyo cargo fuere el gobierno de ellas. El maestre de campo don Martín de Mujica, mi gobernador i capitán jeneral de las provincias de Chile, en carta de 26 de mayo del año pasado de 1647, refiere que toda la población de aquellas provincias no tenía seiscientos vecinos de familia i casa; que todos estaban sumamente pobres; i que el mas descansado libraba sus alimentos i comodidades en unas tierras, un poco de ganado y algunos indios de encomienda con que las beneficiaba, de que se componía una estancia; i que eran mas en número los pobres, i especialmente mujeres, que desnudas i descalzas asistían en el campo por no tener comodidad, ni qué vestirse en el lugar, siendo hijas de mui honra

dos soldados, i a quien la guerra había reformado por su mucha edad, y les pareció descanso salir a acabar su vida a tierra de paz; i que a los principios del descubrimiento i población de aquellas provincias, habían gozado los habitadores de ellas del oro rico de Valdivia i de otras comodidades mui considerables, que los habían enriquecido, con que sufrieron las cargas i contribuciones, i hicieron préstamos mui considerables para la guerra, con que se hacía sin llegar a nuestra real hacienda, hasta que después, por la asolación de las ciudades i consumo de los indios, señalé situado para el ejército que defiende aquellas provincias; i para que se animasen los vecinos de ellas a la crianza de ganados para remitir a esas el sebo, cordobanes i suela necesaria, les había hecho franca la venta de este trajín por mar i tierra, i libre de alcabala, i refiere la baja que han tenido desde el año de 1639 los dichos jéneros, ocasionada de la necesidad de la jente de las dichas provincias, i de un asiento que hicieron en esas del Perú unos asentistas sobre la provisión del sebo necesario para el abasto de ellas, siendo tan corto el valor que no fructifica para vestuario a los indios, ni para el gasto del beneficio de las haciendas que tienen, con que de golpe se hallaban adeudados, cargados de censos i en tanto grado aflijidos, que ni aun caballo podía sustentar el que se llama rico; i que siendo esto así, en la distribución i repartimiento que hizo el conde de Chinchón, siendo mi virrei de las provincias del Perú, del servicio de la Unión de las armas, repartió a aquellas provincias veinte i cinco mil pesos cada año sobre el sebo, cordobanes i demás jéneros que se sacaban para el Perú, estando entonces sin haber descaecido de su valor, y ellos como leales.

vasallos lo habían admitido, pensando alcanzaba su deseo al cumplimiento de esta partida, i que sobrevino la baja de los jéneros en tan gran parte, i la alteración del reino de Portugal, con que se cerró el puerto de Buenos Aires, i les faltó la comodidad que tenían de comprar la ropa a mui moderado precio, i los esclavos, que eran la cosa mas sensible i la total destrucción de las labranzas i crianzas, pues no se hallaban, i valían los que antes costaban doscientos pesos, seiscientos i setecientos, con que totalmente se habían imposibilitado de poder pagar el dicho servicio, sobre el del papel sellado, que se introdujo después, i las continuas derramas que se reparten para diferentes cosas, i que todo lo referido se lo habían representado los vecinos i moradores de aquellas provincias, i que por ser materia de la calidad que es, i constarle de la necesidad i miseria de aquella tierra, i de la imposibilidad con que los vecinos de ellas se hallan, i que no habían de poder pagar el dicho servicio, me daba cuenta de ello para que mandase lo que tuviese por mas conveniente. I habiéndose visto en mi consejo real de las Indias, se ha acordado remitiros, como se hace, lo que a esto toca, para que tratéis en mi audiencia real de esa ciudad, i en junta de hacienda, todo lo que se puede hacer en el alivio de los vasallos de las dichas provincias de Chile, i encargaros lo procuréis disponer considerando el estado en que se hallan, i que las imposiciones que piden se descuenten, son jenerales en todas esas provincias i necesarias para los socorros de estos reinos, i de lo que resolviéredes i ejecutáredes, me daréis cuenta en en el dicho mi consejo. Fecha en Madrid a 28 de agosto de 1648.-Yo el Rei.-Por mandado del Rei Nuestro Señor, Don Gabriel de Ocaña i Alarcón».

Al poco tiempo de haber sido espedida la precedente cédula, llegó a las reales manos una representación del cabildo de Santiago, en la cual «como cabeza de las provincias de Chile» recordaba al soberano que «por ser tan notoria la necesidad de los vecinos de Chile, i estar siempre con las armas en las manos, i asistiendo a la guerra a su costo i misión, el señor emperador Carlos V, que estaba en el cielo, les había concedido algunos privilejios, relevándoles de diferentes cargas, i en particular de los derechos de alcabalas i almojarifazgos»; i <«le suplicaba que en consideración a lo referido, proveyese lo que fuese servido, pues las órdenes jenerales (como la del servicio de la Unión de las armas) no se debían entender con las provincias de Chile por haber en ellas guerra viva, i ser tan preciso que los vecinos de ellas fuesen ayudados i aliviados para poderla sustentar».

A virtud de esta solicitud, el monarca ordenó a su virrei del Perú por cédula de 5 de octubre de 1648 que tomando noticias e informes del estado de Chile, resolviera sobre el particular lo que le pareciere mas conveniente.

II

Pero cuando fué tomada la anterior real determinacion, ya había sobrevenido en la noche del 13 de mayo de 1647 el gran terremoto que arruinó a Santiago, i vino con sus destrozos a agravar sobre manera la aflictiva situación del reino.

El acontecimiento recordado fué ciertamente uno de los mas terribles que han ocurrido en nuestro país. Causó tan profunda impresión en el ánimo de los

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