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evitar en lo futuro semejantes excesos debian de mandar i mandaron lo siguiente: lo primero, que de la relijion de Santo Domingo, que por costumbre asiste a los ajusticiados, solo se admitan dos sujetos en la cárcel para cada reo, i que hasta que éstos cumplan el término porque fuesen destinados, i hubieren de salir de ella, no puedan entrar otros en igual número, a escepcion de si el reo por su consuelo pidiere otro de cualquier relijion;que se exhorte a los prelados ordinarios de las relijiones que en la mañana en que hubiese de ejecutarse sentencia de muerte no permitan salir de sus claustros relijioso alguno, si no fuera llamado en particular, hasta que les conste estar ejecutada la sentencia; que durante la mansion de los reos en la capilla no se permita entrar ni de dia ni de noche persona alguna, a escepcion de dos hermanos de la Caridad, los que destinare el mayordomo para asistir al reo, dejando a la hermandad la libertad para que desde la puerta de la cárcel lo acompañen hasta el patíbulo; -que en la plaza donde se ha de hacer la ejecucion, en el dia de ella, no se permita entrar a caballo a persona alguna desde las nueve de la mañana hasta una hora despues de ejecutar la sentencia, a escepcion de las justicias i oficios que deputare el señor presidente, so pena del perdimiento del caballo i avío aplicado al aprehensor, i de dos años de destierro a una de las plazas de la frontera a eleccion del señor presidente; que los oficiales i soldados que dicho presidente destinare para la seguridad de los reos en la ejecucion de las sentencias que no hicieren la debida resistencia en cualquiera abstraccion de reo han de ser condenados a servir por tres años en la tropa arreglada de la frontera;-i que para que llegue a noticia de todos lo contenido en

éste i en el antecedente capítulo, se publique por bando por disposicion i órden de dicho señor presidente;―i últimamente que respecto a no resultar del proceso culpa contra el verdugo Antonio Chegarai, refujiado con el principal reo en la iglesia, que el presente secretario de cámara pase recado al reverendo obispo para que se sirva mandar se entregue al alguacil mayor de ciudad a fin de que continúe en su ejercicio, i que en caso necesario se le ofrezca caucion juratoria, i la otorgue el alcalde ordinario de primer voto, de la indemnidad de su persona; i así lo proveyeron i rubricaron los dichos señores, presente el señor fiscal de S. M. -Amat. -Balmaceda. - Traslaviña. — Blanco.— Verdugo. Aldunate. - Concha. Ante mí, Juan Bautista de Borda, secretario de cámara."

Del documento que acaba de leerse, aparece que una turba de frailes, en pleno dia, por entre la tropa, a la vista de la multitud de espectadores, arrebató del pié de la horca a un reo condenado a muerte, i le salvó en el asilo sagrado de la catedral, sin que la justicia hiciera otra cosa que dictar medidas para evitar en lo futuro la repeticion de semejante exceso.

V.

La autoridad civil i la eclesiástica, cuyas funciones, segun se ha visto, se confundian tan a menudo, estaban encargadas de ejercer la una sobre la otra, la mas estrecha i continua vijilancia para hacerse las observaciones a que hubiera lugar, i para informar de todo al rei.

Era difícil que hubiera una administracion mejor combinada para mantener vivo en todas partes, en el foro i en el hogar, en lo público i en lo

privado, el respeto relijioso a la majestad real, e impedir que se levantara cualquiera otra influencia peligrosa.

Son mui conocidas las varias disposiciones por las cuales los virreyes, presidentes i oidores debian velar por la defensa del patronato, i sobre la conducta de los prelados, demas dignatarios e individuos de la iglesia.

Quizá no lo son tanto aquellas por las cuales los obispos debian ejercer una inspeccion igualmente ajustada sobre los funcionarios civiles; pero las habia, i puede verse un comprobante de ello en la siguiente cédula fecha en Madrid a 16 de febrero de 1644, i dirijida al obispo de Santiago:

"Os encargué por cédula de primero de enero pasado deste año, ordenásedes que en toda vuestra diócesis se hiciesen continuas oraciones, i procurásedes la enmienda de costumbres, i se corrijiesen vicios; i aunque fio de vuestro cuidado el celo de su ejecucion, todavía con ocasion de crecer tanto los riesgos i las continjencias, segun los avisos que se tienen; i temiendo no tengamos a Dios enojado, me ha parecido volveros a rogar i encargar dispongais i encamineis se aviven las rogativas, i trate con mayor calor la enmienda de los vicios, eviten pecados, i de la administracion de la recta justicia. I porque hace mucha fuerza en los súbditos el ejemplo de la buena vida i costumbres de los ministros superiores, i ver el castigo en los que le merecen por lo que faltan a estas virtudes, demas de reiterar las órdenes dadas en esta razon, os encargo, con mayor aprieto, cuideis mucho de todo lo referido."

Los superiores del órden civil i eclesiástico cumplian este real encargo de la vijilancia mutua con tanto mas empeño i asiduidad, cuanto que

solian no andar mui avenidos, porque eran mui celosos de sus atribuciones; i como estas no se hallaban perfectamente definidas, habia lugar para frecuentes conflictos; i porque ademas, como buepara nos españoles, daban una suma importancia a todas las cuestiones de etiquetas i precedencias, i tenian por ellas repetidos disgustos.

Don Francisco López de Zúñiga, marques de Báides, i presidente de Chile, escribió desde Concepcion en 30 de mayo de 1646 al obispo de Santiago don frai Gaspar de Villarroel una carta de felicitacion por la composicion de la obra que he tenido ocasion de citar varias veces.

Esa carta comenzaba así:

"He visto algunos mui doctos papeles de los seseñores oidores en que con muchas letras alaban los libros de V. S., i a mí, como soi soldado, no me toca el aprobarlos; pero aunque no he estudiado, tengo de alabar el título dellos, que me dicen es: Gobierno Eclesiástico Pacífico i Union de los dos Cuchillos, Pontificio i Rejio; i lo que yo alabo es que V. S. haya hallado traza para pintar el estilo con que gobierna, i que como buen pastor ha ejercitado ocho años enteros lo que ahora escribe en estos dos libros, pues en todas las Indias nunca hemos visto prelado tan pacífico, i es cosa mui para admirar que tenga tanta aficion a los ministros del rei, i esto en tierra donde los obispos han tenido tantos encuentros. I no contentándose con lo que les ama i con lo que les honra, escribe libros para que los amen i los honren los demas prelados. Veo que se abrasan en otros gobiernos los majistrados i los obispos; i en este de V. S. ofreciéndose cada dia tantas ocasiones, porque es forzoso que cada uno tire por su jurisdiccion, no ha escomulgado, no solo oidor, pero ni alguacil."

El marques sigue en la carta mencionada esponiendo por lo largo los méritos i servicios del señor Villarroel, i luego concluye de esta manera:

4

"Viendo yo en V. S. todas estas prendas, i que yo i los señores oidores no nos hemos descuidado de escribir al supremo consejo, i teniendo esperiencia de la grande justificacion con que aquellos señores premian las virtudes, he discurrido qué será la causa de que en tantos años no le hayan dado a V. S. una grande iglesia. I oyendo un sermon salí de esta duda. Porque oí decir que un ánjel, que era el custodio de los persas, habia resistido mucho con sus ruegos al ánjel custodio de los judíos para que no sacase Dios a su pueblo de captividad por lo mucho que medraban con aquella buena compañía los infieles que él guardaba. I ansí entiendo que las oraciones de los pobres que V. S. sustenta le desvían del corazon a Su Majestad el darle a V. S. una grande promocion. Yo confieso a V. S. que tambien se lo he suplicado a Nuestro Señor, i hecho que se lo supliquen muchos siervos suyos, porque, como supe, cuando entré en este gobierno, los grandes encuentros que ha habido en años pasados entre gobernadores i obispos, deseé mucho que V. S. no saliese deste reino; pero hoi que Su Majestad (Dios le guarde) me envía sucesor, siento mucho que V. S. se quede en él, porque veo cuán contrario es este temple a su salud. I aunque (como lo he hecho) propondré ahora a Su Majestad la persona de V. S., como en las cartas de negocios no podemos hablar largo en cada uno, he querido decir en esta carta lo que siento para que V. S. la ponga en su libro; i podrá V. S. no estrañar en un soldado la falta de los latines que tienen las de los señores oidores."

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