Imágenes de páginas
PDF
EPUB

en que dice haber llegado a noticia de Su Beatitud que en la ciudad de Lóndres se ha impreso una biblia en idioma americano, que es el antiguo i nativo de la América, corrompiendo el sentido con adiciones erróneas, i con depravada interpretacion de los herejes protestantes, cuyo cuidado i estudio se dirije a la referida impresion mezclada con sus errores con ánimo de que se divulgase en la América para apartar a los sencillos indios de la verdadera relijion, e inducirlos a que abracen sus sectas. I pondera Su Santidad gravísimos peligros de dicha relijion católica en aquellas partes, i la urjentísima necesidad de ocurrir a estos riesgos. I aunque el referido arzobispo inquisidor jeneral, en virtud de dicho breve, ha hecho formar edictos con insercion dél a la letra, así por recojer i prohibir estos libros por los tribunales del Santo Oficio en el continente de España, como para remitirlos a los reinos del Perú i Nueva España, dando las providencias convenientes para el remedio de tan eminentes males, no obstante, habiendo venido yo en aprobar i permitir el uso del referido breve de Su Santidad, i lo dispuesto en su vista por el arzobispo inquisidor jeneral, he resuelto por mi real decreto de 16 de octubre próximo pasado de este año, mandar, como por la presente mando, a mis virreyes, presidentes, gobernadores i correjidores de ambos reinos del Perú i Nueva España, i especialmente a los de las ciudades i puertos marítimos, velen con el cuidado i aplicacion que tanto conviene en la prohibicion de que no se introduzcan dichos libros, i en recojer los que se puedan haber introducido, quedando con segura confianza de que no se omitirá la mas reservada dilijencia para que se logre por ser tan de mi primera obligacion atender al aumento de

la cristiandad, i no permitir que por ningun modo peligre la relijion católica, cuya veneracion i conservacion es toda mi ansia i el motivo de la continuacion de la guerra que estoi siguiendo, i proseguiré en su defensa por ser así del servicio de Dios.-Fecha en Madrid a 30 de noviembre de 1709.-Yo el Rei.-Por mandado del Rei Nuestro Señor, Don Bernardo Tinajero de la Escalera. La cédula arriba escrita se sacó de mis libros reales por duplicado en Madrid a 20 de mayo de 1710.— Yola Reina. Por mandado de Su Majestad, Bernardo Tinajero de la Escalera. — Señor Presidente de Chile."

VIII.

Grande debió ser el asombro de los habitantes de Santiago cuando el 5 de noviembre de 1778 se publicó un bando con todas las solemnidades de estilo para que nadie pudiese tener ni leer bajo las mas graves penas un libro frances titulado El Año dos mil cuatrocientos cuarenta, por ser un tejido de blasfemias execrables contra el catolicismo i la monarquía. El presidente don Agustin de Jáuregui hizo una intimacion idéntica en las demas ciudades, puertos, villas i lugares del reino, trasmitiendo al efecto circulares a los gobernadores, correjidores i demas justicias.

"El Rei. Habiendo llegado a entender mi real persona por mui seguros e individuales informes que se ha empezado a introducir en mis reales dominios un libro en octavo mayor escrito en lengua francesa, intitulado Año dos mil cuatrocientos i cuarenta, con la data de su impresion en Londres año de 1776, sin nombre de autor, ni de impresor; que la idea de este impío escritor es finjir un sueño, i

que despierta de él en Paris el año de 2440, i con esta invencion refiere el estado en que se figura hallarse en aquel tiempo la corte de Paris, la monarquía de Francia, la Europa i la América, afectando desengaños, i suponiendo alteraciones en todo el gobierno eclesiástico, civil i político; que esta obra es un tejido continuado de blasfemias contra nuestra sagrada relijion católica i una burla sacrílega de los misterios divinos, de los santos sacramentos, de los ministros eclesiásticos, de la adoracion i culto del verdadero Dios, de las santas escrituras i de la verdad revelada, i en fin de todo lo mas sagrado i divino de la lei de Jesucristo; que al mismo tiempo que desprecia con la mayor avilantez los santos padres i doctores de la iglesia, aplaude con desmedidos elojios los escritores mas impíos i detestables que en estos últimos tiempos bajo el título de filósofos libres han renovado los errores antiguos, i declarado la guerra mas sangrienta i obstinada contra la fe i la relijion católica; pero que el autor de este libro excede a los demas en las horrendas invectivas contra los sacerdotes i señores temporales, sus leyes, ministros i majistrados, i contra el órden público i comun gobierno de los estados, conmoviendo los ánimos a la independiencia i absoluta libertad, i conspirando a una entera i lamentable anarquía; i no contento con tan execrables máximas, sujiere los medios de llevarlas a efecto, mi real celo i piedad han movido en mi católico corazon los sentimientos propios de mi amor a la sagrada relijion de Jesucristo i a los ministros de su iglesia; i así mismo mi vijilante cuidado de la quietud i tranquilidad de mis amados i fieles vasallos, i la justa conservacion de mi autoridad soberana i observancia de mis justas leyes, me han obligado a deter

minar, no solo a que se condene por el tribunal del Santo Oficio este perverso libro, sino que tambien haga el mi consejo se quemen públicamente por mano del verdugo todos los ejemplares que se encuentren, a cuyo fin se harán las pesquisas necesarias; que se ponga el mayor cuidado en todos los puertos i fronteras de mis reales dominios para que no se permita en adelante introducir ejemplar alguno de tan pernicioso libro, imponiendo las mas severas i graves penas a los contraventores; i que así mismo se tomen por el mi consejo todas cuantas providencias dicten la prudencia i reglas de buen gobierno para preservar a estos fieles i católicos estados de una peste mortal, que si no se ataja con tiempo, puede acarrear los mas graves daños i perjuicios; que el juez de imprentas i sus subdelegados hagan saber a todos los libreros, que entreguen o denuncien los ejemplares que tengan o sepan de este pestilencial libro, remitiéndolos al mi consejo con testimonio de los autos que formen, para que en su vista pueda poner en ejecucion lo demás que tengo resuelto en cuanto a que se quemen públicamente por mano del ejecutor de la justicia; i así mismo hagan notificar a dichos libreros, u otros comerciantes en libros, no pidan ni introduzcan éste, bajo la multa de quinientos ducados, seis años de presidio, i las demas penas que correspondiesen conforme a derecho. Fecha en Aranjuez a 20 de abril de 1778.

Yo el Rei.-Por mandado del Rei Nuestro Señor, Miguel de San Martin Cueto."

Segun la descripcion, el tal libro era un terrible aborto del infierno, i se comprende el espanto, que fué infundado, a lo ménos con respecto a Chile, donde no se descubrió ningun ejemplar.

IX.

El 13 de abril de 1780, se publicó en Santiago, en medio de la misma estupefaccion, "a son de caja i en forma de guerra," un nuevo bando contra otro libro frances, que llevaba por título: Apocalipse de Chiskoy-hikoy, chef des iroquois sauvages du Nord de l'Amérique, el cual habia sido anatematizado por la siguiente real órden:

"Ha aparecido un libro en octavo escrito en idioma frances, e intitulado: Apocalipse de Chiskoyhikoy, chef des iroquois, sauvages du Nord de l'Amérique, el cual está lleno de doctrinas sediciosas, escandalosas, perturbadoras del estado, enormemente injuriosas a todas las potencias de Europa i de proposiciones blasfemas, temerarias, sacrílegas i heréticas; en una palabra, es subversivo de toda autoridad lejítima.-Enterado el Rei de lo perjudicial que sería que se difundiesen en la nacion sus perniciosas máximas, a consulta del supremo tribunal de la inquisicion, se ha servido determinar que en todos los puertos de España, como de Indias, se impida cuidadosamente la introduccion de un libro tan perverso, proscrito por la relijion i por el estado. -V. S. dará las mas oportunas i eficaces providencias, a fin de que en los puertos i demas parajes del distrito de su jurisdiccion, no se permita introducir este libro, i que se procure averiguar i recojer los que se hubiesen introducido. Se lo participo a V. S. de real órden a fin de que tenga el debido efecto esta resolucion de Su Majestad. Dios guarde a V. S. muchos años.-Aranjuez, 14 de mayo de 1779.-José de Gálvez.-Señor Presidente de Chile."

He dicho que la sorpresa causada en los habi

« AnteriorContinuar »