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¡Tres vendedores de azúcar elevados a la categoría de reos de estado, i perseguidos al traves del océano, de las pampas i de las cordilleras! ¿No es verdad que pasma tanta violencia para sostener tanta absurdidad?

VI.

El propósito fijo que tuvo el gobierno español de mantener a toda costa aislados del resto del mundo sus dominios americanos a fin de impedir que los estranjeros, tan codiciosos, como heréticos, sacaron de ellos las riquezas de que solo debian aprovecharse los nacidos en la Península, i de que introdujeran doctrinas perversas i costumbres malas, le llevó hasta elevar la singular pretension de que el vasto océano Pacífico se considerase una especie de lago interior, por el cual no era lícito a ninguna nave el navegar sin el beneplácito de su dueño el señor de las Indias.

Ese permiso no era otorgado a las mismas embarcaciones españolas, si no con muchas precauciones.

Tan luego como alguna de ellas arribaba a Chile se remitia al presidente una razon del cargamento i una lista de los oficiales, marineros i pasajeros; i se ponia especial cuidado en no dejar des embarcar a ningun individuo que no trajese licencia para ello.

Por lo que toca a las naves estranjeras, eran todas reputadas enemigas, i no debian navegar por las aguas del Pacífico, ni mucho menos acercarse a las costas de la América.

He mencionado en otro capítulo que los jurisconsultos españoles enumeraban entre los prodijios por los cuales segun ellos se manifestaba ha

ber Dios destinado el nuevo continente a la corona de Castilla, el hecho maravilloso de que el océano ántes innavegable se habia amansado desde que fué surcado por la escuadrilla de Colon.

Pero si, como lo deseaba uno de sus antiguos reyes, Dios hubiese querido que esos jurisconsultos hubieran asistido a sus consejos al tiempo de la creacion, habrian propuesto que las cosas se arreglaran todavía mas satisfactoriamente, haciendo que todo el mar, i en particular el Pacífico, hubiera abierto camino para la América, no a las embarcaciones de todos los pueblos, sino solo a las de la monarquía española.

Mas desgraciadamente, sin duda por alguna inadvertencia, el negocio se habia combinado de otra manera.

I lo que aun era peor: la metrópoli, de ruina en ruina, habia ido a parar a tan triste estado de decadencia, que no tenia recursos para sostener sus soberbias pretensiones de dominacion esclusiva; i que para no verse espuesta a arriesgarlo todo, tuvo que principiar a ceder, consintiendo por bien en lo que podia imponérsele por mal.

Para dar término a varias cuestiones desagradables que tenia con la Inglaterra, se vió obligada a ajustar en 28 de octubre de 1790 la convencion de San Lorenzo.

Por uno de los artículos de aquel pacto, se estipuló que los súbditos de las dos partes contratantes no serian perturbados, ya fuese cuando navegaran o pescaran en el Pacífico; ya fuese cuando desembarcaran en las costas situadas al sur de las últimas colonias españolas, a fin de comerciar con los naturales, o formar establecimientos.

En compensacion, el gobierno británico se comprometia a emplear los medios mas eficaces para

que la navegacion i la pesca de los ingleses en el Pacífico o los mares del Sur no sirviesen de pretesto para un comercio ilícito con las provincias hispano-americanas.

Los ingleses no podian navegar, ni pescar a distancia de diez leguas marítimas de las costas ya ocupadas por los españoles.

La España se veia, pues, forzada a renunciar a su idea tan predilecta de que el Pacífico era un lago español.

VII.

Gobernaba entonces las provincias de Chile, don Ambrosio O'Higgins de Vallenar, el padre del ilustre jeneral que, corriendo el tiempo, habia de firmar la declaracion de la independencia de Chile.

Si habia un hombre llamado por sus antecedentes a manifestar simpatías a los estranjeros, era don Ambrosio O'Higgins.

Habia nacido, no en España, sino en Irlanda.

Venido primero al Perú, i despues a Chile, habia llevado por muchos años una existencia angustiosa, que talvez habria podido calificarse de miserable.

Habia recibido como un beneficio que colmaba sus votos el nombramiento de sobrestante de obras públicas, que habia debido al presidente Guill i Gonzaga.

En aquella época azarosa de su vida, habia tenido un amigo, un protector.

Ese habia sido todavía un estranjero, un italiano, don Paulino Travi, que se enriqueció en una fábrica de velas i de jabon.

Don Ambrosio O'Higgins pudo esperimentar en cabeza de su favorecedor la estrictez incalificable

de la metrópoli contra todos aquellos por cuyas venas no corria la sangre española.

Don Paulino Travi habia llegado a ser un individuo tan considerado, que despues de haber servido de mayordomo al presidente Guill i Gonzaga, éste, al morir, le nombró uno de sus albaceas testamentarios.

El italiano, que residia en Chile solo en clase de tolerado, se vió por esta circunstancia forzado a demandar a la corte el permiso de vivir en este país. La audiencia i todas las autoridades apoyaron la solicitud.

Sin embargo, el rei, inflexible en el sostenimiento del mas restrictivo de los sistemas, ordenó por cédula dada en Aranjuez a 23 de mayo de 1770, que se le espulsara del país, concediéndole el plazo de un año para liquidar la testamentaría.

Sin embargo de todo esto, don Ambrosio O'Higgins, cuando ascendiendo de grado en grado, llegó a ocupar el primer puesto de Chile, se mostró mas español que los mismos españoles, a pesar de su calidad de irlandes, a pesar de que el ejemplo de su amigo el italiano Travi pareceria haberle debido inclinar a la induljencia respecto de los que no tenian otra falta, que la de no haber nacido en alguno de los dominios de España.

Aquel personaje que ocupaba uno de los mas encumbrados puestos en la jerarquía administrativa era por su condicion de estranjero una escepcion estraordinaria en el sistema colonial, pero una escepcion mui justificada por el celo desmedido e incansable que O'Higgins desplegaba para hacer practicar con el mayor rigor todas las prohibiciones i restricciones establecidas por la metrópoli.

Era particularmente notable la excesiva desconfianza que el irlandes presidente-gobernador de

Chile mostraba a todos los que no eran lejítimos i añejos españoles.

En comprobacion, voi a citar algunos hechos mui característicos.

En junio de 1788, el gobernador de Juan Fernández permitió a una fragata norte-americana ejecutar cierta reparacion urjente.

¡I como se lo concedió!

El mismo O'Higgins va a decírnoslo:

"Bajo el cañon de la batería Santa Bárbara, donde desembarcó el capitan de la fragata con cuatro hombres, despues de reconocida toda la embarcacion, i haberse asegurado (el gobernador de Juan Fernández) que no conducia mas que mantenimientos i equipaje, sin efecto alguno de negociacion, estipulando permanecer solo seis dias con la mas exacta disciplina, conforme a las precauciones que dice el referido gobernador tomó para observar sus operaciones, i que no pudiesen inspeccionar el estado i situacion de aquella plaza."

¿Puede imajinarse algo mas inocente?

Pues bien, aquello fué considerado por don Ambrosio O'Higgins de Vallenar causa suficiente para destituir al gobernador de Juan Fernández (1).

A peticion del de Francia, el rei de España ordenó en 1791 a los gobernantes de los dominios americanos que prestaran toda clase de ausilios a dos navíos que debian salir en busca de Mr. de la Peyrouse, cuyo paradero se ignoraba (2).

Habiendo anclado uno de estos navíos en el puerto de Valparaíso, algunos de sus jefes solicitaron desembarcar.

(1) O'Higgins, Oficios al ministro don Antonio Valdes, fechas 3 de agosto i 9 de octubre de 1788.

(2) Real Orden espedida en San Lorenzo a 3 de octubre de 1791.

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