Imágenes de páginas
PDF
EPUB

con que se adquiere y se conserva y no haber violado un derecho preexistente. Y bien: ¿puo de reputarse de buena fé una ocupacion protestada en 1847, impugnada en 1856 y discutida consecutivamente desde su orígen?

Por lo demás, la Península de Brunswick con una estension de mas de 200 leguas cuadradas de superficie, es mas que suficiente para una colonia de 500 habitantes. No se dirá que están espuestos á asfixia; pues que habrían de trascurrir siglos, y eso en la hipótesis de una prosperidad mas que dudosa, para que la colonia de Punta Arenas pudiese pretender que ocupaba toda esa Península.

La República Argentina no puede, pues, sin mengua de su decoro, considerar provisional, interina la jurisdiccion que como nacion soberana é independiente, le corresponde en todo el territorio, que por el hecho de esa independencia ha sometido á su imperio.

CONCLUSIONES

I

El Tratado de 1856 y el derecho público americano, hacen obligatorio para la República Argentina y Chile al arbitraje de derecho.

II

No existen en América territorios que puedan reputarse res nullius.

III

El límite natural de los Andes ha sido impuesto por todas las leyes coloniales y patrias de la República Argentina y Chile.

IV

Los valles de Cordillera reclamados por Chile, están situados á la parte oriental de la

línea divisoria de las aguas, y por consiguien

te en territorio argentino.

V

La materia del compromiso en árbitros se halla limitada al Norte por el paralelo 53°; es decir, el arbitrage recaerá única y esclusivamente sobre la Península de Brunswick y la Tierra del Fuego.

VI

El dominio Argentino en la Patagonia Oriental no es susceptible de arbitrage.

VII

El statu quo de 1856, esplícitamente convenido en 1872 impone á Chile la obligacion de no avanzar de Punta Arenas y á la República Argentina la de no penetrar en el Estrecho.

Al emprender este trabajo nos proponíamos colocar la Patagonia Oriental fuera del arbitrage, poniendo de relieve la monstruosidad que encierra la pretension chilena.

Lo hemos conseguid o, y nadie se atreverá á decirnos ahora: mira hacia el Sur, he ahí... leguas de tierra que darán de su seno la prosperidad y la riqueza cuando el agricultor

ese avanzado de la civilizacion haga brotar la dorada espiga. Contemplad todo ese nuevo paraiso, pero dejádselo á Chile, que en cambio él os permitirá dormir tranquilos el sueño' del oprobio y la vergüenza! Jamás, aquel que vacile ante el fantasma usurpador salido del abismo de las Cordilleras; aquel que confíe á un árbitro la conservacion de la honra y de la integridad nacional, será digno de que palpite en su pecho un corazon argentino, ni brille sobre su frente libre el sol de la

que

pátria.

« AnteriorContinuar »