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cutando despues el valor en competencia de tantos otros de muchisimas Naciones.

El Concilio Lateranense celebrado en tiempo de Calisto II. año 1123, en el Cánon 11. mandó, que los que habian vestido la Cruzada por hacer el viage de Jerusalen ó de España, y despues la habian dexado, lo cump'iesen dentro del término de las dos Pasquas. El Sumo Pontifice Clet mente III. mandó publicar otia Cédula ó Cruzada en el año 1188, para el año siguiente, en el qual se puso en execucion.

Los Príncipes admitían de buena gana las Cru zadas, porque por medio de ellas tenian muchos soldados sin sueldo, y hacian grandes conquistas, y conseguian lo que sin ellas no podrian.

Geronimo Zurita en los Anales de la Corona de Aragon, lib. 2. cap. 62. refiere, que en el año 1209; concedió el Sumo Pontifice Inocencio III. una Cruzada contra los Hereges Albigenses.

El mismo Zurita en el lib. 2. cap. 2. de sus Anaš les, dice, que otorgó el Papa Inocencio la Cruzada á instancia de Don Rodrigo Ximenez, Arzobispo de Toledo, Prelado de grandes letras y autoridad, que habia ido por esta causa á Roma, y por este medió se facilitó la grande y célebre que se logró en la batalla de Ubeda año 1212.

Al mismo año de 1212 pertenece el cap. Licet 6. de Voto et voti redent. donde Inocencio III. trata del cumplimiento del voto de ir á Jerusalen por razon de la Cruzada, sobre que puede ver e el Comentario de Don Manuel Gonzalez Teilez, co.no tambien el de Inocencio Cireneo sobre él cap. 1. de Estatutu Monachor. tit. 20. in 5. compilat. donde e tras ta del voto de los Monges.

Tom. XXVI.

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74 2) Escribiendo el Padre Juan de Maríana lo's sucesos del año 1217. lib. 12. cap. 7. dice concedió el Papa Honorio III. sus indulgencias, para los que armados de la señal de la cruz se hallasen en aquella guerra. Juntóse gran gentió, mas por deseo de robar, que por alcanzar perdon de sus pecados.

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El año siguiente hizo otra Cruzada el Arzobispo D. Rodrigo, segun los Anales Toledanos primeros.

Es muy notable lo que refiere el Padre Mariana lib. 12. de la Historia de España cap. 10. por estas palabras. Don Rodrigo, Señor de los Cameros de antiguo linage, y que tenia mucha autoridad entre los principales de Castilla por su estado, y las Tenencias de diversas Villas y Castillos del Patrimonio Real, confiado en sus fuerzas y poder, y mas en la revuel. ta de los tiempos, se atrevió á hacer mal y daño en las tierras comarcanas. Citóle el Rey para que en presencia suya, se descargase de lo que le acusaban. Respondió que habia tomado la Cruz para ir á la guerra de la tierra Santa, excusa de que muchos se valian para de clinar jurisdiccion, y no poder ser reconvenidos deJante de los Jueces ordinarios por los muchos privilegios y exênciones, que el Papa concedia á los tales. En particular les otorgaba no los pudiesen citar delante de Jueces seglares, sino que sus causas solamente se ventilasen en los Tribunales eclesiásticos. No le valió este recurso hiciéronle comparecer en Valladolid, do la Corte de Burgos se habia pasado. Hiciéronle cargos graves y feos, y acordó de ausentarse y huir. Condenáronle en rebeldía, en privacion de todo su estado. El, que era hombre determinado, se hizo fuerte dentro de los Pueblos Castillos que y tenia mas fortalecidos, con resolucion de hacer resistencia. Mas porque de aquellos principios no re

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sultasén guerras más graves; acordaron tomar asien-l to con él, y demás del perdon, dalle catorce mil ducados, porqué alzase mano de los Pueblos y Castillos, cuya tenencia por el Rey tenia á su cargo. Vease! lo que originalmente escribió sobre este suceso de D. Rodrigo, el Arzobispo D, Rodrigo lib. 9. cap. 11.

Fara la conquista de los Moros de Valencia, otorgó otra Cruzada Gregorio IX, en el año 12327 segun Zurita en sus anales, lib. 3. cap. 15. añadiendo á Mosen Jayme Febrer, genealogista el mas antiguo y verídico entre los Españoles, en la troba que hizo sobre el escudo de armas de Felipe Ros. De cuya troba consta que el Pendon de la Cruzada se llevaba en las guerras contra los Infieles; dice ași Monsen Febrer con su lenguage Lemosin, que es el mismo con que están escritos los fueros del Reyno de Valencia, 2 Lọ Uro ó Brohuet, que tè sobre și rosa colorada en lo camp de argent es de Felipe Ros apellat de Ursi · ́ De Roma la Santa contra lo Sarrahi vengué á la conquesta aluhida genti'ubond ɔɔ Fonch estrames per lo Pare S. Gregori

nove por tant la Crehuada

com confaloner é anaba dabant,

Al Simera blanca que causaba espant. Als Alarbs en veure que la té arbolada Gvija hui en Valencia una hacienda honrada. Vease el Masetro Diago en los Anales de Valéncia, lib. 7. cap. 30. Al mismo proposito del Bachiller Fernan Gomez de Ciudad Real en su Centon épisto lario epist. 51. refiriendo la batal'a que tuvo con los Moros de Granada el Rey Don Juan II.5 año 1431, dice que la en eña de la Santa Cruzada la Hlevaba Alonso de Estuñiga, sove pucs,que solía

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llevarse á la guerra contra los infieles el Pendon de la Cruzada.

La memoria mas antigua de la Cruzada, que sé halla en las leyes de España, es la ley 21. tit. 18. part. 3. en el año de la Encarnacion 1251.

Refiere el Maestro Gil Gonzalez Davila en el Teatro de Palencia, pag. 166. que en el año 1456, estando en Palencia el Rey Don Enrique IV. vinieron Embaxadores del Papa Calisto III. que traían una Bula de Cruzada para vivos y difuntos, que fue recibida con gran solemnidad, y predicó el Maestro Fray Alonso de Espina, diciendo al Rey que atendiese á las palabras de la Bula, que sopena de excomunion mayor, no se podia gastar ni un maravedi de lo que se sacase de limosnas, sino es en la guerra contra los Moros, de la qual no podian ser absueltos sino á los pies del Pontífice. De esta Bula vinieron á poder del Rey mas de cien mil cuentos de maravedises, que se gastaron en la guerra. Puede añadirse lo que sobre esto mismo añadieron el Padre Juan de Mariana, lib. 2. de la Historia de España, pag. 22. El Licenciado Colmenares en la Historia de Segovia cap. 21. 21. §. 7. Don Diego Ortiz de Zúñiga en los anales seculares y ecclesiásticos de Sevilla año 1457, donde dice que la concesion fue para quatro año s. El Doctor Don Pedro Fernandez del Pulgar, en la Historia secular y eclesiástica de Palencia, lib. 3. cap. 14. ultimamente, el Doctor: Lon Juan de Ferreras en la Historia de España año 1456, nú

mero 16.

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La noticia mas antigua que hasta hoy se ha hallado en el Archivo de Simancas de concesiones de Cruzada hechas á los Reyes de España, (para que se vea: el descuido que ha habido en recoger y conservar laši

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memorias antiguas), es una Bula de Pio II. á Enri que VI, dada en el año 1458, en que hace relacion de la Curzada que el Papa Calisto III. su predecesor le concedió con indulgencias, para animar á la guera de Granada y de Africa, añadiendo censuras para que no se gastasen los maravedises que produxese, destinándolos á otros fines diversos, y que á las personas que entendieren en su colectacion, se pudiese dar por su trabajo alguna porcion moderada.

Los Reyes Católicos Don Fernando y Doña Isabel, en los años 1477, 1479, 1481, 1482, y 1483, obtuvieron á Sixto IV. indulgencia plenaria para los que fueren á la guerra contra los Moros, ó ayudasen para hacerla; y para los gastos de la guerra de Granada, concedió la decima de los frutos de los Beneficics de los Reynos de Castilla, cometiendo á ciertas los Reyes, que pupersonas nombradas por diesen reducir aquella decima á un competente y honesto subsidio. Hablando Hernando del Pulgar en la Crónica de los Reyes Católicos, tercera parte cap. 14. de la Cruzada del año 1483, dice: allende de esto envió (el Papa) su Nuncio Apostólico al Rey y la Reyna con su Bula de Cruzada, la quak contenia grandes indulgencias para todos los que la

tomasen.

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Los mismos Reyes Católicos, en el año 1480, ley 31. ordenaron, que se deputen buenas personas para entender en la predicacion de las Bulas, y no se exceda en apremiar á ninguno que la tome por fuerza, ni á publicar mas de lo en ellas contenido, ley 1. tit. 1o. lib. de la nueva Recopilacion, que confirmaron despues el Emperador Don Carlos y la Reyna Doña Juana, en Vallado lid año de 1523 pet. 10, y en Toledo año 1525

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