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nos perdemos todos: abra pues, le dijo Amezqueta, para que nadie se pierda. Salieron en efecto, y yendo por el corredor, salió es-, te último, y les dijo en voz alta, que volviesen al acuerdo, que de parte de su magestad les requeria, y les hacia cargo del escándalo, y daños que se siguiesen. Sin embargo, prosiguieron su camino. Amezqueta mandó todavia, al escribano fuese en su alcance á la escalera, ó patio, y los redujese á volver al acuerdo, y se volvió sin conseguirlo: de lo cual hizo narracion en la propia fecha, y firmó Amezqueta. El señor Duardo, pasados dias, que la vió, hizo tambien la suya en 16 de marzo, razonando su retirada, con que el señor Amezqueta, airado, habia salido primero, desamparando, y desatendiendo la soberania del real acuerdo: el señor Ozaeta puso la suya, manifestando, que el presidente de sala, en ausencia del señor presidente, que se hallaba á distancia de seis leguas, pudo impartir por sí el auxilio real, como lo hizo al otro dia, que ocurrió de nuevo el R. obispo; y que ni como oidor, ni como alcalde de corte, ni como presidente de sala, pudo poner proveydo para el acuerdo, que únicamente tocaba al señor presidente, gobernador del reyno.

Ocurrieron otras diferencias que no merecen el nombre sino mas bien el de entereza entre los individuos del tribunal, que contrapesada con la cordura de la discusion, redundaba en su explendor. En 22 de junio inmediato, con ocasion de haber salido el oidor Duardo con comision del gobierno superior á poner por obra un beneficio en las minas del Corpus de órden real, el oidor Amezqueta pidió se hiciesen á su señoría el sr. presidente d. Gabriel Sanchez de Berrospe los requerimientos y protestas, que disponen y permiten las leyes, sobre que no se vulnere la jurisdiccion del acuerdo, en cuanto al voto decisivo que tiene acerca de la salida de ministro togado á diligencias y comisiones: el oidor Ozaeta opuso que respeto de aver salido, segun de público se decia, no era tiempo de dichas protestas y requerimientos. Reproduciendo en 9 de noviembre, que el oidor comisionado, exediendo la comision, se daba por visitador, y ejercia jurisdiccion civil y criminal en todas instancias, y debia librarse inhibitoria, para contenerle en los límites de su comision; Ozaeta opinó, que pasando al señor fiscal, y pidiendo éste, se resolvería con respeto al real servicio, á la causa pública, al decoro de la toga y estimacion de un ministro y compañero. Por último instando en 10 de diciembre, so

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bre que el señor presidente no otorgaba apelacion del superior goe bierno á la audiencia sin previa vénia suya, por lo que habia multado, y prendido, y convenia representarle con modestia y entere→ za: replicó Ozaeta, que no habiendo constancia de ello, no era lle gado el caso, ni llegado que fuese, no estando presente, que era cuando lo permitian las leyes, sino ausente en Escuintepeque, tampoco debian hacerse; pues ejecutándolas de esta suerte, podrian causar inquietud, ó perturbacion de la paz pública, y de la buena y urbana correspondencia, que S. M. quiere, que tengamos con nuestro presidente y cabeza superior.

CAPÍTULO 88.

Pesquisidor Madríz.

El remedio que habria conducido para sosegar las inquietudes, que desconcertaban la audiencia el año de 96, vino en el de 700, cuando ellas habian cesado; é induciendo embarazos al tribunal, sembróse la turbacion en la capital, y no ménos en las provin→ cias del reyno. El oidor Ezguaras, en acuerdo de 4 de abril de 1700, pide al presidente Berrospe, que mientras sale la gente, que hace viage á Panamá, ronde esta ciudad, por lo que importa, dice, á eb sosiego de ella, por haber ocasionado notables inquietudes en ella el licenciado don Francisco Gomez de la Madriz, juez pesquisidor, y sus parciales. En el de 6 de setiembre se presentó una pe ticion por parte del padre Ignacio Azpeitia, rector del colegio de la Compañia, en nombre del señor licenciado don Francisco Gomez de la Madriz, juez pesquisidor que fué en esta ciudad, sobre la cobranza de los salarios de dicho pesquisidor; y se proveyo: Guárdese lo proveydo; y lo proveido fué dar cuenta á su magestad con los autos de los motivos, que esta real audiencia tuvo para no mandar pagar dichos salarios.

El ayuntamiento se resintió del peligro. Un artículo de acta de 18 de enero de 1701, dice. Se propuso por el capitan don Manuel de Solórzano, que respeto de hallarse esta ciudad y sus provincias con la grande inquietud, que se está experimentando, y que de ella se teme su pérdida total, y que es de la obligacion de esta

ciudad el consultar y dar cuenta del estado y conturbacion en que se halla á los excelentísimos señores virey y Arzobispo de la Nueva España, para que por parte de dichos excelentísimos señores se den aquellas providencias, que les parecieren competentes al servicio de ambas magestades, paz y tranquilidad de esta república y su reyno, y habiéndose conferido la materia, acordaron unánimes y conformes, el que se escriba carta á los dichos excelentísimos señores, dando cuenta de el estado de esta república con la noticia de la venida del señor juez pesquisidor don Francisco Gomez de la Madriz á la provincia de Soconusco, y de los efectos que há causado.

El oidor Riva Agüero, con fecha 15 de abril de 701, dice. En el acuerdo de ayer 14 del corriente fuí de sentir, que por ahora no conviene hacer novedad, ni proceder en manera alguna en las causas que traen orígen de las comisiones del pesquisidor don Francisco Gomez de la Madriz, por no aventurar la paz y tranquilidad que en esta república se ha empezado á gozar, por esperarse mui en breve providencia de S. M. que componga y ordene lo que pareciere digno de remedio, y por el reparo que se ofrece de que los ministros actuales de este tribunal no pueden ser jueces en dichas causas, respeto de considerarse lastimados y naturalmente quejosos y mal satisfechos de los procedimientos del referido pesquisidor.

En la audiencia del dia 22 del propio abril, habiendo traido á ella el señor presidente algunas cartas y papelitos sueltos, en que confusamente se le participaba, que el pesquisidor don Francisco Gomez de la Madriz volvia azia estas provincias, y que algunos mulatos del partido de Escuinta se convocaban; el mismo oidor reprodujo lo contenido en el parecer antecedente, para que se le digese lo que convenia ejecutar en la materia, proponiendo, que tenia motivos para no interponer su dictámen en estos negocios.

Juarros, hablando del presidente Berrospe, parece sigue esta narracion tan alegóricamente, que llena de obscuridad este pasage, por que dice: habiendo venido de visitador el licenciado Tequeli, hubo tales diferencias entre dicho letrado, y el presidente, que se dividió la república en dos bandos, llamándose Berrospistas, los del partido del presidente, y tequelies, los que seguian al visitador: esta division tomó tanto cuerpo, que llegaron á ponerse en arma, y el señor Berrospe murió, ántes de serenarse la borrasca.

Die No puede entenderse esto á la letra, porque los españoles de la

presente época en Guatemala no eran los del siglo de la conquista. Estos, blasonando de guerreros, eran en la realidad soldados, no aguerridos todos, pero sí dispuestos al arma, y á batirse con un enemigo comun de la nacion: no así los del siglo 17, que preciándose de caballeros, no hacian uso de las armas, sino para la esgrima y el reto, y sus hazañas hubieron de ser abandonadas, luego que dado el ejemplo á nuevas castas, y transmitido á ellas el pundonor, tuvieron que temer un pueblo rival. Los españoles del tiempo de que se trata son mas moderados para empuñar la espada.

El p. Juarros escribe con cordura y habla acaso aquí de otras armas de que los caballeros de la tierra se sirvieron, comenzando el siglo 18, á saber: las del ingenio y el donaire, á que alude un edicto del ilustrísimo señor Navas, obispo de la diócesi, prohibiendo los pasquines, versos y coplones sátiros fabricados y desparramados de resulta, y por dependencias y consecuencias de los injustos procedimientos del pesquisidor don Francisco Gomez de la Madriz, mandando su señoría ilustrísima consumir totalmente los que hasta entónces avia labrado la iniquidad de la maligna ociosidad, y de la enconada y torpe pasion, y que en adelante no se hicieran ni fabricaran algunos, so pena de excomunion mayor.

Apesar de semejantes disturbios, no faltó persona abstraida del bullicio, que aplicándose sin duda con buena intencion á cosas mas útiles, dispuso componer una obra, de que se hace mencion en cabildo de 12 de julio de 1701, en el cual leida una peticion del escritor, solicitando licencia para reconocer los papeles del archivo para el nobiliario, que está escribiendo, se le concedió el que reconozca los privilegios de esta ciudad, con asistencia del capitan don Juan de Langarica y del maese de campo don Joseph Agustin de Estrada. A consecuencia de los anales, que se consignaban en el nobiliario, se suscitó otro escritor, que contrapusiese un libelo denominado tizon, que desde luego ofuscaba sus blasones y sembró una dilatada contienda de papeles.

En cabildo de 27 de agosto de 701, un artículo de acta, refiriéndose á la excomunion fulminada por el señor obispo, dice: cuyo remedio fué por entonces tan eficaz, que mediante él, cesaron los dichos pasquines, papelones y versos sátiros, hasta el tiempo presente, en que de pocos dias á esta parte han salido algunos que por poco nocivos se han tenido por yocosos, y el disimulo de ellos, su tolerancia, ó el menosprecio, que han merecido, ha ocasiona

do, que de tres ó cuatro dias á esta parte, se aia desparramado un cuaderno, que contiene mas de ciento y treinta coplones, antecediendo a ellos mucho número de sátiras en prosa, en que su autor maligno, haciendo alarde de las sutilezas de su ingenio, descubre su perverso génio en macular, desacreditar y deshonrar á muchísimas personas seculares, con quienes envuelve á muchas eclesiásticas, que mereciendo por su buen ejemplo y solicitud del servicio de Dios, y por los empleos superiores que ejercen toda veneracion, respeto y estimacion se les atribuyen gravísimos defectos con irrision y escarnio, mormurándoles aquellas ocupaciones, que por tocantes à la mayor honra y gloria de Dios, deben ser y son loables...Despues de otras cosas, prosigue diciendo: de los cuales se pueden recrecer, y justamente recela este ayuntamiento, resulten y se encadenen otros gravísimos daños, cuya comprension no se esconde á la consideracion de este cabildo. Mas adelante, dice: y por obviar, que las conciencias de los fieles se perturben, y en ellas se arraiguen odios, enconos y deseos de venganza, y que en nuestra santa fé católica no introduzga el trabieso genio ó diabólico ingenio alguna seta, ó eregía... Concluye ordenando, se ocurra de nuevo al señor obispo, y tambien al señor comisario de la santa inquisicion.

Ya se ha visto la division que se introdujo en España en los principios entre españoles moradores de la península, y españoles transportados á las indias: luego la que resultó entre españoles europeos, y españoles criollos; y en fin, la que se ocasionó entre criollos de antigua y reciente descendencia de europeos, no llevando bien los primeros el que los segundos se colocasen en igual categoría para la opción á oficios y encomiendas. Es de suponer, observan Ulloa y Jorge Juan lib. 2 cap. 6, que la vànidad de los criollos, y su presuncion en punto de calidad se encumbra á tanto, que les parecen no tienen que envidiar en nobleza y antigüedad á las primeras casas de España. En Guatemala los unos y los otros aspiraban á superior nobleza y á su respectiva antigüedad, ó bien á disminuir la antigüedad y nobleza de sus competidores, y en fin á oponer descendencia de personas de otra nacion ó color, prohibidas de pasar á las Indias. Es cosa graciosa, añaden los mismos escritores, lo que sucede en estos casos, y es que ellos mismos se hacen pregoneros de sus faltas recíprocamente: en otros paises producirian estas disenciones sucesos mui lastimosos, si llega

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