Imágenes de páginas
PDF
EPUB

mal pasage á sus conductores, que no logren todos con varios pres testos sus arribadas á ellos y la descarga del dicho cacao, y aun cuando se comise y se venda por vuestra real hacienda, el precio de los remates les rinde tanta conveniencia que no alzan la mano de traficarlo.

En consecuencia, pasando al siglo 18, de que ya se ha comenzado á tratar, no es mucho se diga, que el comercio de este fruto en el transcurso de él descendió en cantidad y en precio á cerca de la mitad del precedente. Hasta aquí se ha hablado de carga de sesenta zontes, conforme á cédula de 9 de agosto de 684, que aprueba un auto de la audiencia dado en esta razon amparando á los índios de Chiquimula de la Sierra en el pago de su tributo contra los oficiales reales, que pretendian componerse la carga de sesenta y dos libras. Don Fernando Echevers en sus ensayos mercantiles que dió á luz en 742 regula la saca anual de cacao de solo las provin cias de San Antonio, Soconusco, Chiapa, Comayagua y Costa-rica en 600 mil libras, que hacen 10 mil cargas de 60 libras, á que añadiendo otras 5 mil cargas del resto de Guatemala, Gualan, Nicaragua, y contrabando de las costas de Honduras, y Matina, resultan 15 mil.

Sin embargo, este cómputo puede parecer bajo, pues regula dicho escritor la extraccion de San Antonio para Oaxaca en solo mil tércios, cuando el dean García Redondo, en memoria publicada el año de 799, testifica haber visto libros antiguos de un comerciante que de su cuenta remitia poco despues 500 anualmente; pero en fin, puede hacerse juicio de 15 mil cargas importantes 300 mil pesos á razon de 20 pesos: precio entre el de 15 y 18 de una parte que aparece en libros de la caja de los años de 1714 y 1729, y de otra el de 24 y 25, que suena en acta de cabildo de 11 de enero de 735, y comunicacion á la audiencia del Sr. arzobispo Larraz de 16 de febrero de 79.

Bien que estas 15 mil cargas deben haber disminuido á fines del siglo hasta terminar su salida con él. Alcedo, que al fin de su diccio→ nario geográfico publicó el año de 89 otro de voces provinciales, ha+ blando del cacao, dice. Hay dos especies de cacao: el uno silvestre, que es amargo, el cual era el que usaban los índios y tiene todavia alguna estimacion, y dió motivo á cultivarlo y beneficiarlo; y el otro que se distingue por su calidad y segun el terreno y pais: el mejor y que se tiene en primer lugar, es el de Soconuscó en el reyno

de Guatemala; pero la cosecha es tan cortà que apenas basta allí para las gentes de conveniencias, y por eso viene poco á Europa. En la gaceta de Guatemala de fin del siglo, se dá razon de los précios del cacao y entrada del de Guayaquil, mas no de salida alguna suya del reyno. En las de 20 de febrero, por ejemplo, y 15 de mayo de 97, anunciándose el precio corriente de los frutos del pais, se expresa que la carga de 60 libras de cacao de la costa es el de 24 pesos y medio, y el del cacao de Nicaragua de 22 á 23 pesos quintal: en la de 19 de febrero de 98 se da al mismo cacao de la costa el precio de 21 pesos y medio. Respeto al de Guayaquil se avisa en 10 de abril de 97 que vinieron á Sonsonate con registro de aquella ciudad 501 cargas de 81 libras, y en la de 14 de mayo de 98 que entraron al mismo puerto con registro de la misma ciudad 24 zurrones con 43 cargas 11 libras por una parte, y por otra 112 tércios con 210 cargas.

Humboldt, en el viaje lib. 5 cap. 16, dice: Hasta mediados del siglo 17 no han dispertado los holandeses tranquilos poseedores de la isla de Curazo por medio del comercio de contrabando, hecho el cacao un objeto de exportacion en la provincia de Caracas. Esta apénas era al principio del siglo 18 de 30 mil fanegas por año: en 1748 de 47 mil: en 1763 de 80 mil: y en 1792 de 100 mil. De las 80 mil del año de 63, se enviaron 50,300 directamente á España: 16,300 á Veracruz: 11,100 á las islas Canarias, y 2,300 á las Antillas. Su precio en los principios, 80 pesos, y despues 45. Un manuscrito de noticias de la Habana de 1777, describiendo el ingreso de frutos en esta ciudad, le da el número de 5738 zurrones de cacao: no sería extraño que á este surtimiento concurriese Guatemala. El propio Humboldt en el ensayo lib. 4 cap. 10, tratándo de la calidad del cacao, dá el primer lugar al famoso de Soconusco: el 20 al de Gualan en la costa de Honduras: 3o al de Uricutu en la provincia de Caracas: 4o al de Capiricual en la NuevaBarcelona; y 5o al de la Esmeralda en el reyno de Quito.

Alcedo, tratando de Suchitepeques, nota que en el siglo 16, Tierra firme se surtia de cacao de Guatemala por Panamá; y así vienen . á resultar dos cosas: primera, que el Perú, surtido al principio de este género por Guatemala, despues surtió á esta última: en cédula de 30 de marzo de 681 se habla de un navío holandes que llegó á Honduras con cacao de Guayaquil; y en otra de 5 de junio de 786 se permite la conducion de este fruto á Guatemala sin limita

[blocks in formation]

cion alguna. Lo segundo que resulta notable es, que Tierra firme en el comercio del cacao siguió una razon inversa y opuesta á la que observó Guatemala: porque este reyno comenzó exportando 100 mil cargas en el primer siglo: prosiguió exportando 25 mil en el segundo, y 15 mil en el tercero, hasta terminar en cero. Y Caracas, provincia de aquel reyno, que nada exportaba en el siglo 16, en el 17 ya transporta de 15 á 25 mil fanegas, y en el 18, 100 mil. Todo fué efecto de la navegacion, cesante en el uno, y creciente en el otro.

[ocr errors][merged small][merged small]

Acosta, que escribió por el año de 1589, despues de reconocer, segun su modo de discurrir, en la aptitud de los terrenos y en la pericia de sus habitadores el logro de la uva, y confeccion del vino en el Perú, dice: llévase este vino á Potosí y al Cuzco, y á diversas partes, y es grande grangería, pero no sale de su provincia. En el reyno de Chile, dice tambien, se hace vino como en España, y dá por razon que es el mismo temple; pero traido al Pirú, añade, se daña. No es mucho, pues, que el del Perú, salido de su provincia, y traido á Guatemala, igualmente se dañase. El ayuntamiento de esta ciudad, tambien á su modo de discurrir, hizo indagacion de ello, disponiendo en 4 de abril de 1603 enviar á la villa de la Trinidad por 300 botijas, y venidas, dió peticion el mayordomo en 28 de mayo inmediato, declarando la experiencia que hizo en el vino del pirú, é atento, dice el acta, á que conforme á ella la ciudad pierde mucho dinero, se acordó que el mayordomo venda el que vino á veinte é dos tostones cada botija; y no explica otro resultado hasta el 26 de enero de 607, en que un artículo del acta dice. Trátase que se contradiga el aver dado licencia su señoría el señor presidente para meter vino del pirú en esta ciudad por cuanto de aver dado la dicha licencia recrecia mucho daño á los naturales, y se dió comision al procurador síndico para que en razon de esto haga todas las diligencias que convengan y sean necesarias con parecer del letrado de la ciudad.

El comercio y consulado de Sevilla, refiere un memorial que corre en actas posteriores, por justos motivos que tendria entonces, salió contradiciendo por este tiempo el tráfico de los vinos del Perú, por la poca estimacion, dice, y ménos precio que tendrian los que trajeran de Castilla las naos que con registro vinieran á los puertos de Honduras. De aquí fué que en cédula de 17 de diciembre de 614, recopilada en la ley 15 t. 18 l. 4, se prohibió la entrada de vinos del Perú en Panamá; y luego en otra de 18 de mayo de 615, recopilada en ley 18 siguiente, se veda su traida á Guatemala, Dice así la ley. Por parte de la ciudad de Santiago de Guatemala nos fué representado, que algunas personas conducen al puerto de Acajutla de aquella provincia muchos vinos del Perú, que por ser fuertes nuevos y por cocer causan á los índios generalmente muy grande daño, con que se acaban muy apriesa, demas de ser causa de que tantos ménos se lleven de España en perjuicio del comercio y derechos que nos pertenecen; y nos, por escusar los daños referidos; mandamos que los vinos del Perú no se puedan traer ni traigan al puerto de Acajutla, ni á otra ninguna parte ni puerto de la provincia de Guatemala. Esta cédula fué renovada por otras de 28 de marzo de 620, y 19 de junio de 626.

En cumplimiento de ellas fueron confiscadas unas partidas de vino desembarcadas en el Realejo pertenecientes á Francisco Canelas, vecino de aquel puerto y consignatario del doctor Juan Lopez de Alarcon y Juan Francisco de Ribera de Lima; y aunque apeló y suplicó, fué confirmada la sentencia en postrero de mayo de 1629 por tres votos contra dos. Sin embargo, venia vino del Perú. En auto acordado de 5 de setiembre de 635 se lamenta, que demas de estar prohibido por cédulas de S. M. que se tragine y traiga vino del Perú, se á experimentado, dice, el mucho daño que la bebida de este género causa á los índios naturales de estas provincias, que á consumido la mayor parte, y que les es á los dichos naturales de mas daño y perjuicio que el ir á los obrages de hacer tinta añil. En otro de 6 de diciembre de 638 se lamenta de nuevo la inobservancia de la prohibicion de que se tragine vino del pirú, y haberse experimentado el mucho daño que causa á los índios naturales de estas provincias la fortaleza de dicho vino, que á consumido y acabado la mayor parte de ellos: se nota asímismo, que con capa de otras mercaderías y registro de vinagre entraba vino, defraudándose los reales derechos; y por último otros inconvenientes, pues por

vender dicho vino, dice el auto, no se despacha el que viene de los reynos de españa, en grande daño de la comunicacion de ellos con esta provincia.

No tardó mucho en pesar al ayuntamiento semejante prohibicion: porque habiéndose obligado la casa de contratacion de Sevilla por condicion puesta en el asiento de averia á enviar cada año dos naos armadas á los puertos de Honduras con efectos y vinos de Castilla, y no llegando ninguna, si no es que algun particular viniese con licencia que sacaba por composicion á su cuenta y riesgo, y tampoco bastaba al surtimiento de la tierra, que habia sido el fundamento de la prohibicion, no se creyó mas obligado á ella el ayuntamiento, y trató de solicitar su revocacion. Con este fin puso instruccion á su apoderado en España en 31 de mayo de 643, dando los motivos para ella, y solo obtuvo que se pidiese informe al presidente de esta audiencia en real órden de 29 de octubre de 647. Sobre ello se formaron autos, y se hicieron nuevas peticiones por las ciudades de las otras provincias, por el cabildo eclesiástico y prelados de las religiones, mas como en el consejo de Indias era oido el comercio de Sevilla, que lo contradecia, quedó en eso.

Entre tanto, la necesidad dictaba la contravencion, y llegó á detener los apercibimientos de la autoridad, de modo que en el memorial que va citado, se refiere, que la botija de una arroba de vino llegó á venderse á cuarenta tostones, y distribuirse por la autoridad pública á las iglesias para el preciso objeto de celebrarse el santo sacrificio de la misa, y el aceite se repartiese y vendiese únicamente para la lámpara del santísimo; y en una carta de la audiencia al rey se leen estas palabras. Quien ha dado el vino necesario para estas provincias ha sido el Perú, y en la pérdida de la nao Troya que vino de aquel reyno el año de 59, y se fué á pique á vista de la tierra valió una botija de vino sesenta pesos, y lo mas sensible fué que no se hallaba y se dejó de celebrar el santo sacrificio de la misa por mucho tiempo en los mas partidos de los índios, hasta que llegó el año siguiente navío del Perú que socorrió la necesidad, y redujo este género al precio ordinario de 10 y 11 pesos. Lo que entendido en el consejo dió motivo á la cédula de 12 de enero de 667, en que se renueva la prohibicion del tráfico de vinos del Perú, y se repite la orden para que el comercio del Perú continuase reducido á dos bageles de 200 toneladas que tragesen 200 mil ducados y llevasen frutos de la

« AnteriorContinuar »