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ne sino uno. Lo mismo Amatitan, cuyos 6 pueblos debieron poseer 6 efidos, quedó reducido á uno, dentro los ejidos de la capital; y por este tenor es de discurrir de los otros pueblos. Por lo cual no es de extrañar desapareciese entonces el pueblo de Ucubil, en que, segun relacion de Juarros se acamparon las huestes castellanas y sacatepeques: como tampoco parecieron mas los pueblos de Samastepeque é Inestiquixa en el mismo valle, y en las inmediaciones de Escuinta los de Guacacapa, Chialchitan, Malacatepeque y Marma, que se mencionan en actas de los años de 41 y 42. Humboldt, en el ens. lib. 2 cap. 6, lamentando lo deplorable que la conquista hizo el estado de los indígenas, escribe: toda propiedad índia fuese mueble ó raiz, era mirada como perteneciente al vencedor; y esta máxima atroz llegó á ser sancionada por una ley, la cual concede á los indígenas una pequeña porcion de terreno al rededor de las iglesias nuevamente construidas.

Remesal lib. 8 cap. 25 expone, que asentados los pueblos en la forma referida, donde daban la vuelta los padres, eran desamparados de sus nuevos moradores, y era menester volverlos á juntar de nuevo, acariciarlos, ponerlos en sus casas nuevas, derribarles las antiguas, deshacer los sitios de su antigua supersticion, y para todo esto estudiar el modo de hablarles, para que entendiesen que todo aquello era por su bien. Lo mucho que los padres trabajaron, continúa este escritor, se echa de ver claramente por una cédula del rey don Felipe II, de 5 de marzo de 577, en que hace memoria de cierta relacion, que le hizo el p. fr. Domingo de Alva, procurador de esta provincia: que los índios se comenzaban á salir de los pueblos en que vivian, y se volvian á los antiguos asientos que solian tener, y si se les consentia hacer esto sería causa para que se perdiesen, y los pueblos quedarian deshechos, de que tambien resultaria desminuirse la hacienda real, y para quitar estos inconvenientes, manda su magestad á la audiencia de Guatemala, que no consienta, que los índios se vuelvan á los sitios antiguos. Por este estilo debió suceder, que muchos indígenas propietarios abandonasen uno y otro sitio juntamente: el nuevo, porque no les ́acomodaba, y el antiguo, porque no se les permitia y así verse en la necesidad de emigrar, y destituidos de propiedad. Otros adoptarian el nuevo domicilio llanamente, mas por mucho que se acomodasen en él, no podian recibir mucho contento sus antiguos moradores, llegándoles nuevos dueños y vecinos, con quienes habiau

de partir sus terrenos y formar comunidad: con lo que los indígenas eran mortificados en todos conceptos.

Fray Juan Zapata, obispo que fué de esta diócesis en el siglo siguiente, citado por Solórzano lib. 2 cap. 24, fué de opinion contraria á estas agregaciones de pueblos; y en su tratado de just. distrib. p. 2 cap. 21 refiere por menor, y llora los graves daños y pérdidas de hacienda, que por causa de ellas, recibieron los índios. Ello es, que confinados los indígenas á sus pueblos y reducciones, quedaron mas tierras vacas para el repartimiento, que en los principios, dice Solórzano lib. 6 cap. 12, se permitió pudiesen hacer los gobernadores y los cabildos entre los vecinos y pobladores como por bien tuviesen; y así ́se ve en los de 2 y 23 de mayo de 42 hacer merced el de esta ciudad de las intermedias entre Xilotepeque y Santiago y entre Jalapa é Isguatlan, y sucesivamente de otras. Despues que inhibió á los cabildos el repartimiento de tierras y solares, y se reservó á los gobernadores, quisieron á lo ménos ser oídos. El de esta ciudad, en instruccion que dá á su procurador en 9 de agosto de 1565, le dice. Iten: pedir que el que gobernare estas provincias cuando oviere de repartir tierras y solares, se informe primero del cabildo de esta ciudad, si es sin perjuicio," é no que á causa de no se aver guardado, se han dado tierras y solares en perjuicio de los naturales. El uso de semejante regalía durante este siglo, llegó á términos que en la cédula ya citada de primero de noviembre de 1591, que aparece mutilada en la ley 14 tít. 12 lib. 4, y existe original en muchos títulos antiguos de tierras y en el archivo parroquial del pueblo de Pinula, se nota, que los pobladores españoles habian ocupado la mayor y mejor parte de toda la tierra, sin que los consejos é indios tengan lo que necesariamente han menester.

Casas, discutiendo y resolviendo la novena duda acerca de las cosas del Perú, relativa á las estancias de los indígenas, llamadas allí chácaras, decia: los españoles, á título de conquista, se han apoderado de estos fundos de tierras que son los mas fértiles del pais, y las han convertido en viñas y en jardines que hacen cultivar como propiedades suyas: pues segun lo expuesto en el primero y segundo principio, y lo resuelto sobre la sexta, séptima y octava duda, ellos deben restituir á los índios todas las tierras que les han quitado. En la tercera conclusion sobre la sexta duda, dice así. Los colonos españoles, que estan en el dia de hoy en el Perú,

no pueden gozar de alguna mina de oro, ó de plata, ni de algun o tro objeto sin el permiso de los señores del pais; y todo lo que ellos poseen, la ley de Dios les hace un deber de restituirlo, sin retener la menor parte.

en

En Guatemala los indígenas tenian minas de oro. Se ha visto que á Cortés hicieron presentes de esta clase en el Peten y en la Verapaz, en Utatlan, Atitan y Copantl, y no podia ser sino de sus minas. Ximenez en su hist. nat. tít. 13, hace mencion de las que tenian en estas provincias, y en los distritos de Nebah, Joyabah, San Juan y San Pedro Sacatepeques. Los conquistadores se apoderaron de ellas y de la industria de sus dueños, para su beneficio y aprovechamiento, subministrándoles mejor herramienta. Herrera 1, 7, 7 expone que de la isla de Santo Domingo se llevaron á Tierra firme cuarenta indígenas maestros de sacar oro, que enseñasen á otros; y á los que tenian este oficio en Nicaragua llama este escritor cuadrillas de sacar oro. Los naturales que le tenian las minas de Alvarado, son llamados en su testamento esclavos de sacar oro. En queja que da este ayuntamiento á Montejo, gobernador de Honduras, en ausencia de Alvarado, firmada por tres regidores y los dos alcaldes Dovalle y Dardon, que lo fueron el año de 37, sobre que los vecinos de San Pedro Zula impedian á los mineros y cuadrillas de esta ciudad el sacar oro en minas comarcanas á aquella ciudad, hacen cuenta y cargo de perjuicios, refiriendo que eran veinte cuadrillas de cada cien esclavos é mas, cada una de las cuales, dice, es notorio é 'se tiene por cierto cogerá en cada año cinco é seis mill pesos de oro, de que pertenece a las rentas de su magestad mill pesos é mas, que suman cada un año veinte mill pesos. Veinte mil pesos venian siendo quinto de cien mil. Agia, en su tratado del servicio personal, hablando de varias provincias de Quito y el Perú y de estas de Guatemala, Honduras y Nicaragua, entre otras cosas, dice al S 8: y de esta manera perpetúan los índios en las minas, por hacerles de mal á los encomenderos sacar de las minas á los que son diestros en sacar oro ó plata, y meter índios visoños y que no saben de aquel menester. En cabildo de 27 de febrero de 38 se concedió á Alonso Zamora un sitio cerca de la laguna para poner á sus esclavos, donde tenia, dice Juarros tr. 6 cap. 15, su labadero de oro.

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Los españoles tambien descubrieron otras. En acta de 24 de julio de 1829, se refiere que Diego Sanchez fué el primero que

descubrió una, y se le permite ir á sacar el oro en polvo con sus cuadrillas, sin embargo de la prohibicion puesta en el cabildo anterior de acudir á las minas, pena de la vida, por estar la tierra de guerra en algunas partes. Bernal Dias, cap. 181, cuenta que por este tiempo se descubrieron unas minas junto al pueblo de Quinistan. Herrera 6, 1, 8 expone que á cuatro y cinco leguas de la eiudad de Gracias se encontraron muchas y buenas. Llorente, en el suplemento á la segunda memoria de Casas, refiere que este prelado, entre otras medidas útiles, obtuvo la de que se permitiese à los índios explotar de su propia cuenta, como los españoles, las minas de su pais. Pero si en la costa de Michiatoya, segun relacion de Herrera 4, 8, 8, se dejó á los naturales el beneficio de la sal, que sacaban, dice, cociendo la tierra en ollas con fuego; las salinas que se descubrieron en Nicaragua, segun el mismo escritor lib. 5 cap. 4, fueron concedidas al comendador Francisco de los Cobos.

En fin, las tierras todas, aguas, montes, pastos, todo, dice Solórzano lib. 6 cap. 12, fué considerado perteneciente á la regalía. Remesal lib. 11 cap. 4 expone que el presidente Cerrato hizo donacion de la laguna de Amatitan á los padres domínicos, y asímismo que el padre fray Diego Martinez la pobló de mojarras, trayéndolas en botijas del mar del sur, porque antes no se criaban allí sino unos pescadillos muy pequeños. El cabildo la quitó y aplicó á los propios de la ciudad, redundándose á los índios algunas pesadumbres, que toleraban por el interes que tenian en la pesca. Las actas de 2 de agosto en adelante, denotan que sobrevino pleito, hasta proponer el cabildo transacion; pero el rey, en cédula de 18 de enero de 1575, la mandó restituir y dar el dominio al pueblo de Amatitan, y por consiguiente tambien al de Petapa y demas de su comarca. En acta de 10 de octubre de 86 se hace mencion de albarrada, echada segun parece á la laguna de Dueñas para cria de pescado, como perteneciente á ejidos.

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CAPÍTULO 25.

Frutos de la tierra.

¡Ojalá, exclama Humboldt ens. lib. 4 cap. 9, que en todas partes se hubiese conservado el nombre de los que en vez de asolar la tierra, la han enriquecido con plantas útiles al hombre! Garcilazo de la Vega, prosigue, se queja de la ingratitud de sus compatriotas, que apenas conocian el nombre de Maria de Escobar, la primera que llevó algunos granos de trigo á la ciudad de Lima, con que se propagó su sementera. En Quito el padre José Rixi, natural de Gante, sembró el primer trigo européo cerca del convento de San Francisco. Todavia los frailes enseñan como una curiosidad el tiesto en que fué de Europa el primer trigo, y lo conservan como una reliquia preciosa. En Guatemala, Vazquez lib. 1 cap. 32 confiere esta primacía á Antonio Paredes, ascendiente suyo, á quien se dió vecindad en esta ciudad el año de 36. Juarros tr. 3 cap. 5 la dá á Francisco de Castellanos, tesorero, que vino con Alvarado, segun Remesal, el año de 29; y parece lo cierto.

El propio Juarros tr. 6 cap. 16 anuncia, que la propagacion del ganado vacuno se debe á Hector de Barreda, que trajo á su costa de la isla de Cuba cantidad de vacas, con que formó un hato en el sitio que le cupo en repartimiento, en los ejidos de la ciudad, y por esta razon fué conocido con el nombre de valle de las vacas. El propio Vazquez refiere la venida de ganado ovejuno al contador Francisco de Zorrilla, y que lo aposentó en sitio que le fué señalado á la boca y principio del valle en 3 de junio de 30. Del caballar, añade este escritor, solo se sabe que, multiplicadas las yeguas y potros en el valle, fué necesario señalarles sitio mas distante el año de 31, en las tierras intermedias entre Escuintepeque y Masagua, que la ciudad miraba tambien como término de sus ejidos. El ganado de cerda estaba ya propagado. En acta de 6 de mayo de 25 se prohibe vender un puerco en mas de veinte pesos.

Con respecto á Honduras, Bernal Dias cap. 183 refiere que Cortés, llegado á Trujillo por el año de 25, dió á los guanajos puercos y barracos, que trajo de México, con que se hizo casta en aquella isla. Herrera 3, 8, 4 expone, que el propio Cortés, á quien Humboldt llama grande hombre en esta parte, envió un navío con

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