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la vida i la accion de los hombres i de los pueblos. Cuando todos los fines principales en que se resuelve el bien social, cuando la relijion, la moralidad, las ciencias, las artes, la industria i el comercio hayan hallado en la vida una organizacion propia, tal como la que tiene en el Estado el principio del derecho, la cual comprenda los medios que necesitan para realizarse del modo mas conforme a su carácter particular, entónces existirá aquella gran unidad social que debe reposar en el acuerdo libre i racional de todas las instituciones sociales, sin perjuicio de que estas, dentro de su esfera particular, prosigan sus respectivos fines. Los estados deben encaminar las sociedades a este punto de perfeccion, sin perder jamas de vista que su único fin particular i respectivo es el principio del derecho i de la justicia, i que este principio es bastante amplio para ocupar toda su actividad.

CAPITULO III.

MEDIOS DE REALIZAR EL FIN DEL ESTADO.

1.o Idea jeneral del poder. —2.o Idea de la soberanía nacional. 3.o Oríjen, fin i lejitimidad del poder. -4.o Division del poder político. 5. Su organizacion.-6.o Diferentes formas de gobierno. 7.o Constitucion política.

I.

Idea jeneral del poder.

Hemos visto que el Estado es una asociacion civil que tiene por objeto la aplicacion i desarrollo del principio del derecho o de la justicia; i como no puede exis

tir ninguna asociacion ni realizar su objeto sin que tenga una direccion que elija i ponga en movimiento los medios que son mas propios para la consecucion del fin comun, es indispensable que en el Estado exista una autoridad política, la cual, dentro de la esfera de atribuciones que se le haya designado, esté encargada de buscar i emplear en provecho de todos, los medios necesarios para la mejor realizacion del fin político. Esta autoridad es la que se llama poder o potestad, en el sentido ordinario de la palabra, porque está investida de los medios de fuerza que son indispensables, o mas propiamente, de las facultades que necesita para ejercer su accion.

Mas para formarse una idea exacta del poder del Estado no debe confundirse con la del poder social en jeneral, porque de no hacerlo así se perderia la justa independencia en que deben estar las diferentes esferas de la actividad social.

El poder social existe en la sociedad, i es en suma el conjunto de todas las fuerzas puestas en movimiento por la sociedad i sus miembros en las diversas esferas de la actividad humana. Ya hemos visto que el fin jeneral del hombre i de la sociedad se compone de los fines moral, relijioso, científico, artístico, industrial, comercial i político; por consiguiente el poder social se compone tambien de los poderes encargados de realizar estos fines particulares, de los cuales no debe faltar ninguno en la sociedad, aunque no existan todos en la debida. proporcion. No se puede, pues, confundir el poder político de un pueblo con su poder social, ni juzgar su cultura segun el grado de desarrollo adquirido solo bajo la relacion política; porque la riqueza i poder de una sociedad no están en razon del ensanche que se

dé al elemento político, sino en razon de su actividad i del mayor número de las esferas de cultura en que prosigue su desarrollo. Por esto, el poder político es débil, efímero i decadente cuando no está apoyado en el conjunto de todos los elementos sociales, aunque por otra parte sean demasiado estensas i exajeradas sus atribuciones. El mejor apoyo i la primera base del poder político está en la actividad de todos los miembros que componen la asociacion civil i que contribuyen a la realizacion del fin político; porque el Estado no puede ser fuerte sino cuando su fin es mas jeneralmente cumplido por todos sus miembros, i cuando se satisfacen en todas las partes sociales los derechos i las obligaciones de un modo enteramente conforme al principio de la justicia.

La consideracion de que solo los poderes político i relijioso se hallan constituidos i organizados, miéntras que los demas poderes sociales se hallan todavía dispersos sin formar un centro de fuerza que les sea propio, no puede servir de argumento contra esta teoría, tanto porque, atendido el progreso de las sociedades, esos poderes tienden a constituirse por sí mismos, a pesar de las oscilaciones que necesariamente acompañan a todo trabajo de formacion, cuanto porque la justa separacion que debe existir entre todos. ellos, segun su naturaleza especial, es la que asegura a todas las esferas de la actividad humana su independencia respectiva, i al mismo tiempo es la única garantía contra los males que sufriria la sociedad si el poder político se absorviese a todos los demas i anulase la accion del poder social en jeneral.

II.

Idea de la soberanía nacional.

En la sociedad existe, hemos dicho, el conjunto de todas las fuerzas i elementos sociales que constituyen su poder jeneral, porque a ella sola incumbe la realizacion del gran fin que la naturaleza le ha asignado. De consiguiente todos los poderes sociales, tanto el político, como cualquiera de los otros, nacen de la sociedad o son una verdadera emanacion de ella, de modo que jamas pueden ponerse en oposicion con las necesidades de esta, sin contrariar su oríjen i sin atacar su objeto a un mismo tiempo.

El poder que la sociedad tiene, pues, de realizar su fin natural; ese poder supremo que posee para constituirse i desarrollarse de la manera mas conforme a su naturaleza, en virtud del cual existen todos los poderes particulares que ella pone en accion en las diversas esferas de su actividad, es lo que se llama soberanía nacional, i mas comunmente, aunque no con tanta propiedad, soberanía del pueblo.

A causa de no haberse fijado con precision la idea del poder social i de no haberse definido consiguientemente la palabra soberanía, empleada para significarlo, se han formado varios sistemas, mas o ménos erróneos, i se han suscitado serias discusiones sobre la soberanía del pueblo, trayendo por resultado necesario el descrédito de la verdadera teoría i no pocas veces algunos errores bien funestos que han hecho la desgracia de los pueblos. Los partidarios del sistema de la fuerza aplicada a la organizacion i direccion de la sociedad, negando la verdad i desconociendo los

hechos, han protestado contra la profanacion que se hacia de la palabra soberanía, que en su lenguaje hipócrita ha significado siempre la reunion de todos los poderes políticos en una sola persona, o por lo ménos el lejislativo, el ejecutivo i el conservador, que los monarcas han acostumbrado ejercer sin separacion, haciendose llamar soberanos porque están sobre todos i aun sobre la sociedad misma. Pero si la voz soberania en su mas propia acepcion política representa el poder supremo, el primero de todos los poderes, es mui lójico. emplearla para significar la primera i mas alta de todas las potestades, tal es, la que la sociedad tiene para el uso de todos los medios o condiciones necesarias al desarrollo i consecucion de su fin racional; potestad suprema, de la cual proceden todos los poderes constituidos, i a la cual deben subordinarse todos para ser consecuentes con su propia institucion.

Pero una vez reconocido este atributo de la sociedad es necesario recordar el principio establecido anteriormente, sobre que el hombre no debe obrar, para la realizacion de su fin, por motivos puramente personales, sino en conformidad del órden universal con que se halla en contacto, tratando a sus semejantes i a los demas seres de una manera conveniente a su naturaleza. I de aquí deduciremos sin dificultad que el poder de la sociedad no puede ser ejercido sino con la misma limitacion, esto es, solo en cuanto puede contribuir a su perfeccion i desarrollo, i en cuanto debe procurarse todas las condiciones necesarias a la realizacion de su fin. Por consiguiente la soberanía nacional tiene su fundamento en el principio de justicia i solo en él puede hallar la sancion de todos sus actos, porque si la sociedad se desvía de este principio, o los

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