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Acuerdo para que se venda un barco y se haga un almacen-10 de Diciembre de 1646.

En la ciudad de la Trinidad, puerto de Buenos Ayres, á diez dias del mes de diciembre de mil y seiscientos y cuarenta y seis años, el señor maestre de campo don Jacinto de Lariz, caballero de la órden de Santiago, gobernador, capitan general y justicia mayor destas provincias por S. M., tesorero don Juan de Vallejo y contador Agustin de Lavayen, jueces oficiales reales destas provincias, por S. M. se juntaron á hacer acuerdo de hacienda real en la sala de la real contaduria, como se acostumbra; y en él propuso el señor gobernador que, por cuanto en el Riachuelo desta ciudad estan tres barcos, uno que fabricó don Gerónimo Luis de Cabrera, gobernador que fué desta provincia, que por ser de mas porte que requiere la causa para que se hizo, y haber menester mucha gente de mar para gobernallo, de que al presente se halla imposibilitado este puerto; y otro que vino de la ciudad de la Bahia, costa del Brasil, tres años ha, de meel rio, en las oca

nos porte y capaz para poder servir en siones que se ofrecieren, por demandar poca agua y poderse gobernar con poca gente de mar; y otro barco grande, que así mismo vino huido de la dicha ciudad de la Bahia, con tres portugueses que vinieron á dar la ovediencia á S. M. y estar como sus vasallos, el cual el dicho gobernador don Gerónimo de Cabrera lo aplicó á S. M. con cantidad de hacienda que en él vino. Y porque el dicho barco en que vinieron los tres portugueses, no es de provecho alguno, y solo sirve de cuidado en la guardia dél; y por escusar los inconvenientes y daños que se pueden ofrecer será bien que el dicho barco se venda á persona vecina destas provincias, que sea segura, para que con el tragine á las provincias del Paraguay, y lo proce

dido dél se ponga en la caja de escusa, para acudir con ello á quien perteneciere, y los otros dos barcos, para lo que adelante se ofreciere, se tengan en buena guardia y custodia para la defensa deste puerto; y habiéndose conferido por todos tres, se convinieron se haga como el señor gobernador lo propone. Y por cuanto se necesita de almogacen capaz para poder poner en él las armas y municiones y demas peltrechos de guerra, y de presente no le hay, y todas las armas estan con incomodidad y echándose á perder, acordaron todos tres que se haga un almogacen capaz para el dicho efecto; y para el gasto que en esto se ha de hacer, se cobre lo que faltare de cobrar de las espadas y armas de los portugueses, y satisfecho lo trabajado en el Riachuelo, conforme al acuerdo que para esto se hizo, lo que sobrare se aplicará para la obra del dicho almacen, y si faltare se pagará de las condenaciones que se hicieren, que se tendrá cuidado de aplicallas para este efecto, y con esto se acabó este acuerdo y lo firmaron-DON JACINTO DE LARIZ-Don Juan de Vallejo-Agustin de Lavayen-Ante mi, Juan Antonio Calvo, escribano de hacienda real.

Acuerdo sobre arrendamiento de las alcabalas-16 de Enero de 1647.

En la ciudad de la Trinidad, puerto de Buenos Ayres, á diez y seis dias del mes de enero de mil y seiscientos y cuarenta y siete años, los señores, maestre de campo don Jacinto de Lariz, de la órden de Santiago, gobernador y capitan general y justicia mayor desta provincia, y tesorero don Juan de Vallejo y contador Agus

tin de Lavayen, jueces oficiales reales destas provincias y de las del Paraguay por el rey nuestro señor, estando en acuerdo de hacienda real, en la sala de la real contaduria, como lo han de costumbre; y en él, el señor gobernador propuso que le parece que las alcabalas tendran mas útil y aprovechamiento para S. M. andando por via de arrendamiento; y supuesto que en este libro de acuerdos consta que se requirió al cabildo desta ciudad los empadronase, en virtud de las ordenanzas que dello tratan, y para ello se les entregó los recaudos que pidieron y estan en poder de Alonso Agreda de Vergara, escribano que entonces era del cabildo, será bien se vuelva á requerir al dicho cabildo si quiere empadronallas; y, no lo haciendo, se apregonen, para si hay persona ó personas que las quiera arrendar. Y habiendolo conferido todos tres, pareció justa la proposicion del señor gobernador, y en esta conformidad mandaron todos tres que el presente escribano de hacienda real en el primer cabildo haga notorio este acuerdo al dicho cabildo, para con la respuesta se trate de hacer arrendamiento en quien mas por ellas diere, y con esto se cerró este cabildo.

Y así mismo acordaron todos tres de conformidad que deste acuerdo se despachen testimonios á las ciudades de la jurisdiccion, que son la ciudad de Santa Fé y de las Corrientes, para que con los cabildos dellas se haga la misma diligencia, y de lo que en esto se hiciere se dé aviso á sus mercedes para que provean lo que convenga al buen cobro de dichas alcabalas; y así lo acordaron y firmaron-DON JACINTO DE LARIZ-Don Juan de VallejoAgustin de Lavayen-Ante mi, Juan Antonio Calvo, escribano de hacienda real.

Noticia al cabildo-En la ciudad de la Trinidad, á

veinte y ocho dias del mes de junio de mil y seiscientos y cuarenta y siete años, estando la justicia y rejimiento desta ciudad en su cabildo y ayuntamiento, á saber: el dicho señor gobernador don Jacinto de Lariz, Cristoval de Loyola y capitan Pedro Hurtado de Mendoza, alcaldes ordinarios, Francisco Gonzales Pacheco, alguacil mayor Amador Vaez de Alpoyn, alferez real, Antonio Bernalte de Linares, depositario general, y Juan Barragan, regidores, yo el escribano leí este acuerdo, y todos los dichos capitulares de un acuerdo y conformidad, dijeron: que á la ciudad no le está bien tomar dichas alcabalas, y no las quieren; y que el señor gobernador y oficiales reales dispongan dellas lo que convenga al servicio de S. M. como consta del dicho cabildo á fojas 248, y dello doy fé-Juan Antonio Calvo, escribano de hacienda real.

Acuerdo sobre la salida del señor gobernador, que se tasen las obras hechas, y se rematen las alcabalas de Santa Fé y Corrientes-26 de Julio de 1647.

En la ciudad de la Trinidad, Puerto de Buenos Ayres, á veinte y seis dias del mes de julio de mil y seiscientos y cuarenta y siete años, se juntaron á acuerdo de hacienda real, como lo han de costumbre, el señor maestro de campo don Jacinto de Lariz caballero de la órden de Santiago, gobernador y capitan general y justicia mayor destas provincias, tesorero don Juan de Vallejo y contador Agustin de Lavayen, jueces oficiales de dichas provincias por S. M.; y en él propuso el señor gobernador, como está de próximo para ir á visitar la ciu

dad de Santa Fé y de las Corrientes, y las Misiones de los padres de la Compañia de Jesus, y que no sabe el tiempo que se pueda tardar en ello, y para que haya claridad y razon de lo que se ha socorrido de la real caja á los soldados del presidio, se ajuste la cuenta de lo que se les ha dado y ha de dar hasta fin de agosto primero venidero y se les cargue por cuenta de su sueldo, para que de todo se haga libranza en forma y se asiente con los libros reales en los ramos á que pertenece; y así mismo un mil pe· sos, que por haberse acabado la plata que habia en la real caja, prestó doña Maria de Vega para los dichos socorros, que uno y otro se ha de volver á los ramos que pertenece de la plata que se aguarda de Potosí para el sueldo de dichos soldados; y en caso que hasta fin de agosto, que es hasta cuando quedan socorridos dichos soldados con el socorro ordinario, no hubiese llegado la dicha situacion, se buscará á crédito de la real caja las cantidades que fueren necesarias para proseguir con dicho socorro hasta que llegue la dicha situacion; y habiendo llegado se ajustarán doce pagas inclusos los socorros recibidos, y pasando destas doce pagas los abonos que el señor gobernador ha hecho á los mercaderes, cuya razon tendrá el capitan de la compañia. Y porque el señor contador Agustin de Lavayen vá con S. S. á la dicha visita, para cobrar de aquellas cajas lo que se hallare se debe á S. M., para traello a esta real caja, en el entretanto acudirá á tener la llave de dicha real caja de su cargo Cristoval de Loyola, alcalde ordinario. Y por cuanto se han pregonado en esta ciudad el arrendamiento de las alcabalas de las ciudades desta provincia, se hará en Santa Fé y las Corrientes las diligencias y pregones necesarios para que con efecto se arrienden; y habiendo personas que las tomeu, por lo que fuere justo, en arrendamiento, las rematarán y

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