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Estos, fuera de la merced de tierra y agua á que se contraen, nos dan á conocer un personage benemérito en los anales de Catamarca y la Rioja.

Losinformes de las mas respetables personas existentes en la primera de aquellas ciudades, á mediados del siglo pasado, contienen aseveraciones terminantes sobre los méritos del colono general don Luis José Diaz.

Por sus servicios en la guerra del Chaco, como recto administrador de justicia, como promotor y principal contribuyente de fundaciones útiles, mereció ser considerado sin igual, hasta entonces, entre los mandatarios de aquellos pueblos.

Sin duda que es satisfactorio descubrir bajo el polvo que cubre los monumentos de nuestra historia, á la par de tantos que manifiestan los padecimientos de nuestros progenitores, los que revelan esfuerzos distinguidos por el progreso y bien estar de estas colonias.

El nombre del general don Luis José Diaz, figurará en adelante en el número de los benefactores de los pueblos confiados á su direccion, será objeto de investigaciones tendentes á producir mayor luz sobre los actos de su vida pública.

Testimonio de una merced de tierra y agua entre la ciudad de Catamarca y el pueblo de Choya, á favor del general don Luis José Diaz-21 de Octubre de 1744.

Señores del Ilustre Cabildo-El general don Luis Diaz, capitan á guerra y gobernador de las armas de esta ciudad y la de Todos Santos de la Rioja y sus jurisdicciones, por S. M. que Dios guarde, como mas de derecho lugar

tenga, ante V. S. parezco y digo: de como quiero pedir merced de un pedazo de tierras y rastrojos que se hallan entre la azequia principal de esta ciudad y entre el pueblo de Choya, por la parte del poniente de esta dicha ciudad y dicho pueblo de Choya, con un marco de agua sacada de la azequia del rio que corre á dicho pueblo, sin que perjudique á esta y lo en su fundacion dispuesto, respecto á que los indios de dicho pueblo se han acabado, de tal suerte que hoy no se hallan mas de seis indios y estos no paran ni habitan mas de tres, y porque toda el agua que corre á dicho pueblo se pierde, sin logro ni provecho, y que, de concederme lo que pido, pretendo poblar una chacra que sea en pró y utilidad de la república; que V. S. se sirva certificarme lo que siente en esta razon, y así mismo mandar se dé un tanto del cabildo de la fundacion de esta ciudad (1), para que S. S. el señor gobernador y capitan general, á donde quiero ocurrir por dicha merced, S. S. á la vista provea lo que convenga; y así mismo me certifique los méritos y servicios por mí hechos en esta república en servicio del bien público y de ambas Majestades: que en hacerlo así V. S. recibiré merced, y para ello, haciendo el demas pedimento que baste-A. V. S. pido y suplico se sirva de haberme por presentado y de proveer y mandar segun que pido, y juro por Dios nuestro señor y esta señal de cruz, no contiene de malicia, &-Luis Joseph Diaz.

San Fernando, valle de Catamarca y mayo diez y ocho de mil setecientos y cuarenta y cuatro años, el cabildo, justicia y regimiento, los que al presente somos, que abajo firmamos, estando en nuestra sala capitular tratando cosas de nuestro oficio, habida ciencia nuestra se pre

1-En la página 414 del tomo 1o de esta Revista, hemos publicado la funda. eion de Catamarca, á que se refiere esta peticion.

sentó esta peticion por el contenido en ella; y vista por nos, se admite en lo que lugar tenga en derecho; y para proveer en ella conforme á lo que convenga, mandamos se cite al procurador de la ciudad, para que con su acuerdo se provea; y así mismo se cite al protector general de los naturales concurra á este acuerdo. Así lo proveimos, mandamos y firmamos, por nos y por ante nos, á falta de escribano público y real, de que damos fé- Nicolas Carrizo de Garnica-Andres de Herrera.

En la ciudad de San Fernando, valle de Catamarca, en diez y nueve dias del mes mayo de mil setecientos cuarenta y cuatro años, el cabildo, justicia y regimiento, los que al presente somos y abajo firmamos, es á saber : el maestre de Campo don Andres de Herrera, regidor décano, alferez real y alcalde ordinario de primer voto en depósito por deposicion de los electos; y el maestre de campo don Nicolas Carrizo de Garnica, regidor fiel ejecutor y alcalde ordinario de segundo voto en depósito; y el procurador general de la ciudad don Gaspar Guzman; y el protector general de los naturales don Juan de Soria Medrano; y no asistió el lugarteniente de gobernador por no haberse recibido en su oficio. Y en este estado, juntos y congregados en nuestra sala capitular, tratando y confiriendo en cosas del bien público, y en particular y con especial acuerdo sobre la peticion que presentó en este nuestro acuerdo el general don Joseph Luis Diaz, la que, mandada traer á la vista, y habiendo conferido sobre el punto de la merced de tierras y agua que pretende pedir, hallamos el que no se sigue ningun perjuicio á la ciudad, ni al pueblo de Choya por la decadencia en que se halla, sin gente, y que los pocos que hay no trabajan ni ponen chacras, de que se sigue perderse toda el agua sin ningun logro ni provecho, y acontecer lo mismo en es

ta ciudad, é ir de continuo las azequias rebosando, y solo se reconoce, y lo que por esperiencia se ha tenido que en los meses de setiembre y octubre minora el agua del rio, sin que por esto se esperimente menoscabo en las chacras, y lo que mas se tiene de continua esperiencia es la falta de operarios y vecinos que trabajen y cultiven mas tierras y aprovechen el agua que tande ordinario se pierde; y cuando esto no fuese, que es público y notorio, bastaban los relevantes méritos y servicios que á esta república y todo su vecindario tiene hechos el dicho general don Luis Joseph Diaz en el tiempo que la ha gobernado de lugarteniente de gobernador, su desinteres, la quietud, sosiego y sociedad, (cosa particular) en que se hallan todos sus habitantes; y así mismo el haber hecho y trabajado la Iglesia Matriz de esta ciudad, la que se halla en términos de concluirse, y desde su fundacion se han esperimentado lamentables calamidades por falta de Iglesia Matriz, hasta el presente no se ha podido conseguir, y se ha reconocido, su costo y valor, llegar á diez y ocho mil pesos; y así mismo estar en actual ejercicio de la fundacion del Colegio de los Padres de la Compañia de Jesus, todo á su costa y de su propio caudal, de que son y seran tan grandes los bienes y servicios, así los que se esperimentan, como los que se esperimentarán en beneficio del bien público y en honra y gloria de ambas majestades; y hallándose esta ciudad, sus vecinos y moradores tan reconocidos á tanto bien, y no teniendo en que mostrar el agradecimiento y lograr ocasion en que se manifieste el buen deseo, hallamos que se puede libremente y sin perjuicio de la ciudad y pueblo de los in lios de Choya, hacerse la merced de las tierras inoficiosas que estan desde la bocatoma hasta lindar con las tierras de la ciudad, entre las dos azequias principales de dicha ciudad y dicho pueblo de

Choya, las cuales tierras nadie las ocupa, y se reconoce que pobladas, pueden ser de mucho util y provecho para la dicha ciudad; y en este estado dijo el protector general de los naturales que, habiendo tomado consentimiento de los cuatro indios que se hallan poblados en dicho pueblo, que son Antonio, Lorenzo, Baltasar y Enrique, dijeron, que eran contentos y gustosos que se poblasen dichas tierras con su agua, y que cualquiera derecho que pudieran tener lo renunciaban, cedian y traspasaban en dicho general don Luis Joseph Diaz, y que así era su voluntad, porque tenian suficientes tierras y agua para su cultivo y manutencion, auuque fuesen mas de cincuenta indios, como los habia cuando se pobló dicha ciudad; por lo que, pareciéndonos ser así cierto y verdadero, y así lo hallamos en nuestras conciencias con el gravamen de los oficios que ejercemos, así lo sentimos, y desde luego podrá S. S. el señor gobernador y capitan general de estas provincias, hallando por conveniente y lo que fuere de su mayor arbitrio, hacer la dicha merced; y para que conste de nuestro proveido, así lo mandamos y firmamos; de este cabildo se le dará un tanto autorizado en forma que haga feé, como así del que pide de la fundacion de esta ciudad, y se le comete su diligencia al alcalde de segundo voto; que es fecha por nos y por ante nos á falta de escribano público y de cabildo, de que damos féeAndres de Herrera-Nicolas Carrizo de Garnica-Don Gaspar de Guzman-Juan Soria Medrano.

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Como consta del citado cabildo que aqui vá en testimonio; va cierto y verdadero, corregido y concertado, concuerda con su original que consta á fojas ciento cuarenta y uno del libro corriente de nuestro ayuntamiento; y para que sea válido y haga feé en juicio y fuera dél, yo el maestre de campo don Nicolas Carrizo de Garnica,

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