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padre Alonso Formoso de nacion napolitano, con asistencia que dijo y declara tener en estas reducciones, tiempo de diez y ocho años á esta parte, y al padre Luis Lobo, natural que dijo ser de Milan, y que ha seis años á este está en esta reduccion: hállase en ella iglesia con lustroso y bien adornado templo, con buen retablo y custodia bien servida, con número de sacristanes y cantores que estan diestros en el canto y música mui lucida que tienen, siendo dichos cantores, músicos y sacristanes en buen número, todos indios de la dicha reduccion; en la cual dicha iglesia se hallaron ocho ornamentos cumplidos para decir misa y vestuario de los sacerdotes, todos de diferentes colores, capa de coro, frontales, capa blanca de sacristia, albas, manteles, corporales, pacias, sobrepellices, palio y meseta é instrumentos de música y chirimias, cornetas, bajones, sogotes, vigolines y flautas; y el sagrario dorado-Así mismo, para la defensa de los indios desta y demas reducciones, se hallaron veinte y ocho armas de fuego, y los veinte y cuatro arcabuces y cuatro mosquetes, con prevencion de pólvora, cuerda y balas; todo recogido de por sí en un aposento; esto demas de las armas ordinarias, arcos y flechas y otras que usan dichos indios desta reduccion; con que se acabó de hacerlo su visita, y el dicho señor gobernador y el intérpretelo firmaron. Y así mismo por la matrícula de la iglesia se hallan, y los dichos padres de la Compañia de Jesus doctrineros declaran haber en esta dicha reduccion mil sesenta y siete personas. indios é indias con sus hijos chicos, y grandes; y los indios de poder tomar armas ser por este número de trescientos y cincuenta, fecha ut supra; los fiscales de la iglesia que nombraron los dichos curas doctrineros, aprobó el señor gobernador, con que pongan casquillos en las varas, á diferencia de las de justicia-Don Jacinto de

Lariz-Marcos de Vega-Ante mi, Gregorio Martinez
Campuzano, escribano de S. M. y visita.

Reduccion de San Cosme-En el sitio y reduccion de San Cosme y San Damian, en la rivera del dicho rio Paraná, en veinte y dos de octubre del dicho año de mil y seis-22 cientos y cuarenta y siete, el dicho señor gobernador don Jacinto de Lariz, caballero de la órden de Santiago, con los soldados españoles y demas personas de su acompañamiento, habiendo llegado á esta dicha reduccion, para efecto de visitar los indios y gente della, habiéndose juntado por su mandato, así los indios como las indias y sus hijos y demas gente reducida á este sitio, por interpretacion del dicho Marcos de Vega, intérprete general desta visita, se les hizo á todos la misma prática y razonamiento que á los indios y gente de la reduccion de nuestra señora de la Candelaria, en la forma y sustancia que se contiene y consta de la dicha visita antecedente, y habiendo todos conformes, indios é indias, á una voz dicho y confesado á las preguntas hechas y que se les hicieron por el dicho señor gobernador, de quien eran vasallos, y vasallos serlo del rey don Felipe nuestro señor, declaran estar contentos, indios é indias, en este sitio y reduccion, bien tratados y doctrinados por los padres de la Compañia de Jesus que les asisten, y doctrinan, sin haber recibido agravio ni molestia, ni mal tratamiento alguno, ni que se les haga trabajar demasiado ni forzadamente; que lo que trabajan es hacer sus sementeras y tener otras grangerias para su sustento, y poblar estancias de ganados, que van comenzando á entablar, sin que hayan pagado ni paguen tasa ni tributo alguno, ni se les deba cosa alguna, que no tienen que pedir ni demandar; y hecha dicha prática y oida su respuesta, y dádosele por su buena voluntad que mues

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tran al servicio y reconocimiento de S. M. por el dicho señor gobernador y encargado lo contenido y ofrecidoles en su real nombre hacelles todo favor y ayuda necesaria, siempre que se ofrezca y se le dé aviso-Estando así juntos dichos indios y gente desta reduccion, fueron reformados los alcaldes ordinarios y de la hermandad, alguaciles, capitanes y sargentos, se hizo eleccion de nuevo, para que mas bien queden instruidos en el servicio de S. M. y reconocimiento del dicho su gobernador, en su nombre, en esta forma y manera siguiente.

Por alcaldes ordinarios: de primero voto, Rodrigo Neembra, de segundo voto, Adriano Taruará-Por alcaldes de la hermandad, Roque Matarur y Luis BasipiAlguaciles, Andrés Yaupí y Alonso Mbaguré-Por capitanes principales desta reduccion, Gaspar Yamberay y Roque Guiracarú-Por capitanes de guerra, Pedro Atiay y Luis Aybá-Por sargentos, Pablo Abaorí, Mauricio Caauruca, Andrés Gueyndí y Andrés Cuyuca-Por teniente de los dichos capitanes, en muerte ú otro legítimo impedimento, Francisco Yahuraba hijo de dicho capitan Gaspar Tamberá-La cual eleccion se hizo, informado el dicho gobernador de los méritos, partes y proceder de los dichos indios de suso nombrados, y por ser nombrados con general voluntad de todos los caciques y principales, y reformados, y demas comun desta dicha reduccion. Y de los dichos alcaldes, capitanes y demas ministros se recivió juramento en forma, á Dios y á la cruz, so cargo del cual prometieron de usar bien y como deben dichos oficios, administrando justicia, y los capitanes y oficiales acudir en la misma forma, bien y como deben al servicio de S. M. y defensa de la gente desta reduccion; y todos, los unos y los otros, debajo del dicho juramento, prometieron ser leales vasallos del rey don

Felipe nuestro señor, y acudir á todo aquello y cuanto en su real nombre les fuere mandado; y á la conclusion del dicho juramento, los unos y los otros digeron: si juramos y amen. Con lo cual les fueron entregadas á los unos las varas de justicia y á los otros las insignias militares para el uso de sus oficios y cargo, y ofreciéndoles á todos el dicho gobernador favorecerles y apararles en nombre de S. M. siempre que se ofrezca, segun y en la forma que se hizo dicho ofrecimiento á los indios y gente de la Candelaria por la visita ante desta; y asi les fué dado á entender por el intérprete.

Hallase ser curas doctrineros desta reduccion los padres de la Compañia de Jesus, Claudio Yucer, de nacion borgoñon, de aquel condado, con treinta y un años de asistencia, y el Padre Carlos Arconati, natural deco Milan, con ocho años de asistencia en dicha reduccion; y tener hasta número de mil y setenta y cinco personas, indios y indias, chicos y grandes, los trecientos y cincuenta y dos indios de pelea y poder tomar armas. La iglesia desta reduccion se halla bien enmaderada y lucida, templo con retablo y custodia, bien servida de sacristanes, cantores y músicos, con todo adereso y lustre, y con ocho ornamentos de decir misa y culto divino, de diferentes colores, capa de coro, crismera de plata, viriles para descubrir el Señor, ropa blanca de sacristia, albas, manteles, corporales, palias y sobrepellices, palio y museta, instrumentos de música de diversos géneros, segun y como en la reduccion antecedente.

Halláronse asi mismo veinte y ocho armas de fuego, los veinte y seis arcabuces y dos mosquetes sin las demas. ordinarias de arco y flechas y otras de que usan dichos indios para la defensa de estas reducciones. Con que se acabó dicha visita, y lo firmó el señor gobernador y el in

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térprete Y los fiscales de la iglesia nombran los dichos curas doctrineros, que aprobó el dicho señor gobernador en la forma que en la antecedente-Don Jacinto de Lariz-Marcos de Vega-Ante mi, Gregorio Martinez Campuzano, escribano de S. M. y visita.

Reduccion de Santa Ana-En la reduccion nombra

23 da Santa Ana, en veinte y tres de octubre de mil y seiscientos y cuarenta y siete años, que está poblada en la rivera del rio Paraná, incluso en este gobierno del Rio de la Plata, habiendo á ella llegado el señor don Jacinto de Lariz, caballero de la órden de Santiago, con la gente de su acompañamiento, en prosecucion de la visita que va haciendo, y por su mandado estando juntos todos los indios y indias que se dijo haber en esta reduccion, con sus hijos, por interpretacion del dicho Marcos de Vega, intérprete general nombrado para la dicha visita, les fué á todos hecho la prática en la forma que en las visitas antecedentes, y por principio preguntado á indios y indias de quienes son vasallos y reconocen por señor, digeron por la dicha interpretacion, serlo del rey don Felipe nuestro señor, y ser bien tratados y doctrinados de los padres de la Compañia de Jesus, sus curas doctrineros, quienes les han reducido y amparado de los portugueses de San Pablo, é instruídoles en la Santa feé católica y pulicia cristiana, en la forma que los halló el dicho señor gobernador, sin haber recibido ningun agravio, ni tener que pedir ni demandar cosa alguna, por no pagar, como no pagan, tasa ni tributo, y solo ocuparse en sus chácaras y sementeras, y en la poblacion desta dicha reduccion, donde tienen sus grangerias para su sustento y conservación. Y vista la respuesta de los dichos indios y indias, el dicho señor gobernador les mostró y dió á entender por

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