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el intérprete, quedar agradecido de su buena voluntad y deseos que muestran en servicio de Dios y de S. M., encargándoles su continuacion, y ofreciéndoles favorecer y ayudar siempre que se ofrezca y sea necesario. E incontinente, por su mandado, los alcaldes ordinarios y de la hermandad, alguaciles y capitanes, sargentos y oficiales de guerra, entregaron las varas de Justicia é insignias militares, con que quedaron reformados. Y estando así juntos dichos indios desta reduccion, hizo eleccion de alcaldes ordinarios y de la hermandad, y de alguaciles, por el mayor número de votos, y de capitanes y sargentos oficiales de guerra, á voluntad del dicho señor gobernador, bien informado de las partes y méritos de cada uno, y salieron electos y nombrados los siguientes:

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Para alcaldes ordinarios: Don Alonso Abayuí, de primero voto, y de segundo don Andrés Araró-Por alcaldes de la santa hermandad: don Andres Ipea y don Pedro Caayú―Y por alguaciles, don Cristoval Guaparí y don Tomás Ariarí-Y por capitanes desta reduccion, don Ambrosio Aroite y don Cristoval Iryapy-Por capitanes guerra, don Andrés Tarupí y don Pablo TapuguaraY por sargentos Pablo Cabiaura y Roque Tirupá-Los cuales, de suso nombrados, habiendo parecido ante el dicho señor gobernador, de cada uno dellos de por sí recibió juramento en forma, á Dios y á la cruz, de ser y que serán fieles y leales vasallos del rey nuestro señor don Felipe IV deste nombre, y estarán debajo de su ovediencia y del dicho señor gobernador y demas que le sucedieren en este gobierno y justicias en su real nombre, y que cada uno usará bien y como debe de los oficios y cargos, así de justicia como de milicia en que han sido nombrados, haciendo los dichos alcaldes justicia á las partes con toda igualdad y sin agravio, y los demas usando fielmente de

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los oficios de milicia en que estan nombrados, acudiendo á la defensa desta dicha reduccion y su conservacion y á la conclusion todos dijeron: si juramos y amen. Con que el dicho señor gobernador les entregó las varas de justicia é insignias militares, y quedaron admitidos y recibidos á los dichos oficios y cargos.

Hállanse en esta dicha reduccion por curas doctrineros de la gente della al padre Silbestre Pastor, de nacion aragonés, con asistencia personal de diez y ocho años que ha que dice reside en estas reducciones y misiones, y al padre Juan de Sasateli, de nacion romano, con asistencia de diez años á esta parte; y la iglesia con retablo bueno y sagrario, bien lucida y servida de sacristanes y otros indios de canto en el coro, con mucha música é instrumentos de diferentes géneros, chirimias, cornetas, bajones y otros, como en las reducciones antecedentes, y con frontales y todo recaudo y ornatos de iglesia muy lucidos, con ocho ornamentos para decir misa y capa de coro-Y se hallan matriculados en dicha reduccion setecientos y setenta y nueve indios y indias, chicos y grandes, con sus hijos; y varones indios de pelea y poder manejar armas doscientos y cincuenta; y veinte y dos armas de fuego para su defensa, los dos mosquetes y los veinte arcabuces, con pólvora y municiones y toda prevencion. Y los fiscales para la iglesia nombraron los dichos curas doctrinantes, que aprobó el señor gobernador en la forma dicha en las visitas antecedentes, y lo firmó con el interprete-Don Jacinto de Lariz-Marcos de VegaAnte mí, Gregorio Martinez Campuzano, escribano de S. M. y visita.

Reduccion de San Carlos-En el sitio y reduccion nombrada de San Carlos Borromeo, que está poblada en

la rivera del rio del Paraná, inclusa en este gobierno del Rio de la Plata, el dicho señor gobernador don Jacinto de Lariz, caballero del orden de Santiago, en veinte y cinco de octubre del dicho año de seiscientos y cuarenta y siete, habiendo llegado con la gente de su acompañamiento, y hecho juntar los indios y indias y demas gente desta dicha reduccion por interpretacion del dicho Márcos de Vega, intérprete general nombrado, se les hizo á todos la prática en la misma forma que á los indios de las reducciones antecedentes; y por principio se les hizo preguntar que de quienes eran vasallos: á que respondieron, asi los indios como las indias serlo del rey don Felipe nuestro señor; y en razon de si han recibido agravios y malos tratamientos ó que les sea debido su trabajo personal ú otra cosa alguna, ofreciéndoles, venir á desagraviallos y satisfacelles, el dicho señor gobernador; respondieron todos conformes, así indios como indias, no haber recibido agravio alguno, ni tener que pedir ni demandar, antes estan mui contentos del buen tratamiento y doctrina que tienen y les hacen los padres de la Compañia de Jesus, por quienes han sido y estan bien doctrinados, reducidos y poblados en este sitio y reduccion, amparados defendidos de los portugueses de San Pablo, estado del Brasil, de quienes toda la gente de estas reducciones han recibido mui grandes daños de muertes y gran con

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sumo de gente que les han muerto y cautivado; y que no pagan ni han pagado tasa ni tributo alguno, que se ocupan en el beneficio de sus chacras y sementeras, con otras grangerias, con que van poblando estancias de ganado vacuno para su sustento, con la ayuda y favor de los dichos padres de la Compañia de Jesus, quienes siempre han acudido y acuden á su proteccion y amparo, sacán

doles como les han sacado de los montes y partes remotas y pobladas, en este dicho sitio y reduccion, con buena doctrina y pulicia cristiana. Y por el dicho señor gobernador les fué agradecido, en nombre de S. M. los buenos deseos y voluntad que muestran de acudir á su real servicio, encargándoles como les encarga, así lo continuen, y ofreciendo toda ayuda y favor de su parte, y cada y cuando que se ofrezca y sea necesario; y así les fué dado á entender á dichos indios por la dicha interpretacion, encargándoles así mismo el dicho señor gobernador que tengan todo respeto y veneracion á los dichos padres de la Compañia de Jesus, quienes les han doctrinado y doctrinan, y lo mismo á todos los sacerdotes y personas eclesiásticas, por obligacion de cristianos. Y esto fecho se trató de eleccion de oficios, así de justicia como de milicia en esta dicha reduccion; y estando así juntos los caciques é indios principales y demas gente del comun de dicha reduccion, haviendo, por mandado del dicho señor gobernador, hecho entrego de las varas de justicia y insinias militares, se fué haciendo la eleccion de nuevo, así de alcaldes y alguaciles como de capitanes y oficiales de milicia, en la forma siguiente:

Por alcalde ordinario de primero voto, don Joseph Araen, y de segundo don Márcos Taparatí-Por alcaldes de la santa hermandad, don Diego Guapí y don Gabriel Cheapocué-Para alguaciles desta reduccion, don Roque Tambaty y don Alonso Areyú-Por capitanes de guerra desta reduccion, don Tomás Cariguá y don Gabriel Areguatí-Por capitanes á guerra, don Marcelo Menday y don Dionicio Mbayroby-Por sargentos, don Agustin Cayttú y don Simon Ariapú y don Baltasar Baruque y don Roque Guandí y don Andres Arapí-Y asi nombrados, el dicho señor gobernador les mandó é

hizo parecer ante asi, y todos ellos y cada uno de por si en primer lugar recibió juramento á Dios y á la cruz de que serán fieles y leales vasallos del rey don Felipe nuestro señor, y estarán siempre debajo de suovediencia y de dicho señor gobernador, como su teniente, y demas que le sucedieren, jueces y justicias en su real nombre, para acudir á todo lo que les fuere mandado: y asi lo prometieron, habiendoles dado á entender por el dicho interprete. Y siguientemente juraron en la misma forma, á Dios y á la cruz, de que cada uno usará el oficio y cargo en que va nombrado, bien y como deben administrando justicia con igualdad, sin agravio de partes, los alcaldes ordinarios y de la hermandad; y los demas, capitanes y oficiales, de guerra, así mismɔ usarán dichos oficios en la misma forma, segun deben y son obligados, acudiendo a la defensa de la gente desta reduccion; y á la conclusion del dicho juramento dijeron: si juramos y amen. E incontinenti, habiendo parecido todos los susodichos ante el dicho señor gobernador, entregó á los alcaldes y alguaciles las varas de la real justicia, y á los capitanes y sargentos las insignias militares: con que quedan admitidos, y se les dió á cada uno papel firmado del dicho señor gobernanor, con declaracion de haber de usar los oficios de justicia por el resto deste presente año y todo el venidero de seiscientos y cuarenta y ocho; y los capitanes y sargentos hasta en tanto que otra cosa en contrario no ordenare el dicho señor gobernador; y asi les dió á entender á los dichos indios y á los alcaldes, que sucediendo delito que merezca pena de muerte, no lo puedan ejecutar sin primero ocurrir ante el dicho señor gobernador, al puerto de Buenos Ayres.

Y en esta forma hecha la dicha visita se halló la iglesia bien enmaderada, lucida y servida y con buen retablo y sagrario, sacristanes y cantores en bastante nú

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