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cientos y noventa indios de manejo de armas; y cinco mosquetes y veinte y nueve arcabuces con prevencion de municiones, para su defensa: y por curas sus doctrineros el padre Felipe de Uvieros, natural de la provincia Jaume de Amberes, estados de Flandes, con diez y siete años al de asistencia en esta y demas reducciones, y el padre Pedro Cañigral, natural de la ciudad de Valencia en los reynos de España, con asistencia de nueve años á esta parte.

Loreto-En la dicha reduccion de nuestra señora de Loreto se hallaron de matricula mil y setecientas per- 1 you sonas, grandes y chicas, indios é indias con sus hijos; los cuatrocientos y treinta de manejo de armas, con veinte y nueve armas de fuego, los veinte y seis arcabuces y los tres mosquetes; y por curas doctrineros de dicha reduccion, el padre Juan de Hornos, natural de la villa de San Isiros, en Castilla la Vieja, con asistencia de veinte y un años á esta parte en esta y demas reducciones, y el padre Joseph Cataldino, natural de Fabriano de la provincia romana, con asistencia de treinta y siete años á esta parte en la dicha reduccion y en las demas que están á cargo de los dichos padres de la Compañia.

San Ignacio del Guayrú―En la dicha reduccion de S. Ignacio del Guayrá se hallaron mil y setecientos y ocho almas, indios é indias, grandes y chicas, los cuatrocientos y sesenta, indios varones de manejo de armas y treinta y dos armas de fuego, los cuatro mosquetes y los veinte y ocho arcabuces, para defensa de dicha reduccion: y por curas doctrineros della el padre Simon Masseta, natural del ga reyno de Nápoles, con treinta y siete años de asistencia en dicha reduccion y las demas, y padre Juan Suarez de Tole

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do, natural de la villa de Madrid, corte de S. M. con diez y ocho años de asistencia personal en dichas reducciones.

Corpus-En la reduccion de Corpus Cristi se hallaron mily trecientas personas grandes y chicas, indios é indias, con sus hijos, los cuatrocientos indios varones de manejo de armas, y con cuarenta armas de fuego, los diez mosquetes y los treinta arcabuces; y por curas doctrineros de dicha reduccion el padre Pedro de Mola, natural de Balvastro, reyno de Aragon, con veinte y un años de asistencia en esta y demas reducciones, y el padre Pedro Alvarez, castellano viejo, natural de la ciudad de Valladolid, con asistencia personal de veinte y siete años á esta parte.

San Ignacio del Paraná-No se llegó ni pudo llegar á la otra reduccion nombrada S. Ignacio del Paraná, por estar mui apartada mas de treinta leguas distante, camino de la ciudad de la Asuncion, provincia del Paraguay. Declaró el padre Francisco Diaz Taño de la Compañia de Jesus, superior de todas las reducciones desta provincia y rios del Paraná y Uruguay, haber en dicha reduccion, poblacion de mil ciento y cincuenta personas, chicas y grandes, los trescientos y cuarenta indios varones de manejo de armas, y no tener ni haber á ley ningunas de fuego por su cercania á la dicha ciudad de la Asuncion; y asistir por curas doctrineros de dichos indios el padre Diego de Salazar, natural de la ciudad de Jaen ; con asistencia personal de veinte y nueve años á esta parte, en esta dicha reduccion y en las demas, y tener muy buena iglesia, con buen retablo y sagrario, y bas tante número de sacristanes y cantores, bien servida, con los mismos ornatos que las demas, casullas y ornamentos

ocho, capa de coro, cálices de plata, frontales, y lo demas. necesario. Y para que conste, el dicho señor gobernador lo mandó poner por auto. Y en cuanto á dichas cuatro

reducciones de nuestra señora de la Encarnacion de Itapua y de Loreto, San Ignacio de Guayrá y de Corpus Cristi, yo el infrascrito escribano doy feé haberme hallado con el dicho señor gobernador, y entrado y visto dichas reducciones, iglesias, ornato y servicio dellas en la forma que vá referida, con muy gran lucimiento y veneracion, en particular la iglesia de nuestra señora de Loreto, que excede á todas las demas, así de edificios, altar mayor y otros dos que tiene, retablos, cuadros y culto divino, muy bien servida y curiosamente aderezada, con sagrario dorado, donde se celebró la fiesta de los santos apóstoles San Simon y Judas, con misa cantada, procesion y sermon, ofrecida por los indios, sacristanes y cantores de dicha reduccion. Y en cuanto á la de San Ignacio del Paraná asi mismo doy feé de la certificacion que de vá referido da el dicho padre superior Francisco Diaz Taño, quien ha asistido y viendo desde que llegamos á la primera reduccion con el dicho señor gobernador; y para que conste S. S. lo firmó, y aprobó los fiscales que nombran dichos padres doctrineros en la forma que en las visitas antecedentes-Don Jacinto de Lariz-Marcos de Vega-Ante mi, Gregorio Martinez Campuzano, escribano de S. M. y visita.

lo

que

Reduccion de la Concepcion-En el sitio y reduccion nombrada nuestra señora de la limpia Concepcion del Uruguay, que es la primera de las pobladas sobre el rio del mismo nombre del Uruguay, en primero dia del mes de noviembre de mil y seiscientos y cuarenta y siete años, el señor maestre de campo don Jacinto de Lariz,

caballero de la órden de Santiago, gobernador y capitan general en estas provincias del Rio de la Plata, habiendo llegado á esta reduccion en prosecucion de la visita que vá haciendo, siendo, como es, una de las comprendidas en el distrito y jurisdiccion de su gobierno, hizo parecer ante sí á todos los indios é indias de la dicha reduccion y demas gente della que se que se pudo juntar; y por interpretacion de Marcos de Vega, interprete general de dicha visita, les fué fecha á los dichos indios é indias y gente de dicha reduccion la prática en la forma y por el órden de la primera y demas antecedentes, para saber y averiguar si han recibido algunas vejaciones y agravios, y si se les ha hecho trabajar demasiadamente, y si se les debe alguna cosa, así de su servicio y trabajo personal como en otra cualquier forma, que lo digan y declaren para que sean satisfechos y desagraviados; y en primero lugar les fué dicho y preguntado por la interpretacion referida del dicho Márcos de Vega, de quien son vasallos y á quien reconocen por señor, á todo lo cual y á lo demas que va referido respondieron, ser vasallos del rey don Felipe nuestro señor, así indios como indias, y reconocello por su señor natural, y que estan y son bien tratados y doctrinados por los padres de la Compañia de Jesus, sus curas doctrineros, quienes les han reducido en este sitio donde les halla el dicho señor gobernador, é instruidoles en la Santa Fé Católica y buena policia cristiana, con la iglesia y poblacion que se debe, sin debérseles ni tener que pedir ni demandar cosa alguna ; y hecha dicha prática, y visto lo respondido por los dichos indios é indias desta dicha reduccion, para hacer nueva eleccion, así de alcaldes y justicia, como de capitanes y oficiales de guerra, habiendo, por mandado del dicho señor gobernador, hecho entrego y exhibido las varas

de justicia é insignias militares, los que se hallan en el uso de los dichos oficios, el dicho señor gobernador fué haciendo y hace la eleccion así de justicias como de capitanes y oficiales en la manera siguiente:

Por alcade ordinario de primer voto, don Diego Chiue; y de segundo voto, don Santiago Curayú-Alcaldes de la santa hermandad, dou Alonso Yerbaca y Andrés Ambaré-Por alguacil mayor Pedro YararéPor alguaciles del número desta reduccion, don Alonso Satú y Francisco Mburayá y Francisco Guarirí y don Mateo Mbalporú-Y por capitanes de esta dicha reduccion, don Alonso Neengirú y don Diego Acatú -Capitanes á guerra, don Manuel Guyrama y don Ambrosio Mbayurari-Y capitanes de á caballo don Francisco Mbayrá y don Gerónimo Quiquay, con la misma facultad que hasta ahora han tenido y de nuevo se les dá para poder nombrar sus tenientes-Por sargentos de número desta dicha reduccion, don Alonso Guayupi, Miguel Caaguá y Mateo Yaruy y don Tomás MbarituY hecha dicha eleccion de los alcaldes y justicias, por la concurrencia de mayor número de votos, y el nombramiento de capitanes y demas oficiales de milicia, bien informado el dicho señor gobernador de las partes de cada uno de los que quedan nombrados; de todos los sobredichos recibió juramento en forma á Dios y á la cruz, so cargo dél prometen de ser fieles y leales vasallos del rey nuestro señor, de usar bien y como deben de los dichos cargos y oficios de jueces y justicia los electos para ello; y los capitanes y oficiales de guerra, lo mismo, y de defender esta reduccion y frontera, acudiendo los unos y los otros á la obligacion de sus oficios, y á la conclusion dijeron, si juramos y amen. Y les entregó á los jueces y alguaciles las varas de la real justicia, y á los capitanes y

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