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hacer la eleccion de alcaldes ordinarios y de la hermandad, alguaciles y capitanes desta reduccion y á guerra, y sargentos oficiales de milicia, el dicho señor gobernador, á los que egercen dichos oficios, mandó entregar y exhibir, como entregaron y exhibieron las varas de justicia, y los capitanes y oficiales de guerra las insignias de tales, y por los mas votos para alcaldes ordinarios y de la hermandad y alguaciles por el resto deste presente año y todo el venidero de seiscientos y cuarenta y ocho; y en cuanto á capitanes y sargentos, bien informado de sus partes y méritos, hizo y fué haciendo la dicha eleccion y nombramientos en la forma siguiente:

-Y

Por alcaldes ordinarios: de primer voto, don Francisco Querete, y de segundo don Anton Anangoboy-Y por alcaldes de la hermandad, don Diego Quere y Miguel Mbary Y por alguaciles don Ambrosio Irata y Gabriel Arapotí y Francisco Neque y Roque Tabaca-Y por capitanes desta reduccion, don Francisco Abayroba y don Antonio Guarayca-Y por capitanes á guerra, don Bernabé Ecenambo y don Felipe Tabayra, y por teniente el dicho capitan don Juan Ibapé-Y por sargentos de dichos capitanes y teniente Luis Mbaraby y Nicolás Huayho y Ambrosio Guandare, Salvador Tasama y Francisco Guan y Basilio Aracay y Pedro Cayú-Y así electos y nombrados, el dicho señor gobernador, estando juntos, de cada uno de ellos recibió juramento en forma de derecho, y so cargo dél todos prometen de hacer y usar bien y como deben dichos oficios y cargos, administrando justicia sin agravio de partes, sobre que, á la conclusion dijeron: si juramos y amen. Y el dicho señor gobernador les entregó á los alcaldes y alguaciles las varas de la real justicia, y á los capitanes y sargentos las insignias de tales, con que los unos y los otros quedaron y quedan admitidos y recibidos á dichos oficios y cargos.

ocho

Hállase en esta dicha reduccion haber mil y cientos y cincuenta y cuatro personas, grandes y pequeñas, é inclusos en este número quinientos y sesenta y ocho indios, casados, solteros y viudos, de manejo de armas, y treinta y dos armas de fuego, los dos mosquetes y los treinta arcabuces. Y la iglesia comenzado su edificio con retablo de cuadros y pinturas, con sagrario mui bueno, y todo ornato del culto divino como en las demas reducciones, con bastante número de sacristanes y cantores y música con chirimias y otros instrumentos; y ocho ornamentos y recaudo para otros tres, y capa de coro, cálices de plata, frontales y todo el demas recaudo necesario para adorno del culto divino. Y por curas doctrineros desta dicha reduccion estan el padre Juan Bautista Mejia, español, de la ciudad de Sevilla, con diez y siete años de asistencia en esta y demas reducciones, y el padre el padre Cristoval Portel, natural de la ciudad de Barcelona, en Cataluña, corona de Aragon, con otros tantos años de asistencia. Nombráronse por los dichos curas, fiscales de la iglesia, indios de dicha reduccion, y los aprobó el señor gobernador, con que pongan casquillos en las varas, á diferencia de la justicia; así mismo á todos los dichos indios y gente que asiste junta, se les encargó y mandó por el dicho señor gobernador y por interpretacion del dicho intérprete, tengan mucho respeto y ovediencia á los dichos padres de la Compañia de Jesus y demas sacerdotes, como es justo y debido, y dijeron lo han hecho y lo harán así como se les manda. Con que se acabó dicha visita, y el señor gobernador lo firmó y el intérprete― Don Jacinto de Lariz-Márcos de Vega-Ante mi, Gregorio Martinez Campuzano, escribano de S. M. y visita.

Reduccion de San Francisco-En el sitio y reduc

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cion de S. Francisco Javier del Uruguay, en cuatro dias del mes de noviembre de mil y seiscientos y cuarenta y siete años, el señor maestro de campo don Jacinto de Lariz, caballero del órden de Santiago, gobernador y capitan general destas provincias del Rio de la Plata, por S. M. habiendo llegado á esta reduccion en proseucion de la visita general que vá haciendo por su mandado, estando juntos los indios y indias y gente della que se dijo haber en dicha reduccion, por interpretacion de Márcos de Vega, interprete general nombrado de visita, les fué fecha la prática y razonamiento en la forma que va especificada en las visitas ancededentes de las demas reducciones, preguntándoles al principio de quien eran vasallos y á quien tenian y reconocian por señor; y respondieron ser vasallos del rey don Felipe nuestro señor, y tenerle por señor, y que son bien tratados, doctrinados y amparados y defendidos de los padres y religion de la Compañia de Jesus, en particular de sus curas doctrineros, quienes les han juntado y poblado y acimentado en las tierras desta reduccion, catequizado y hécholes cristianos, sin tener cosa alguna que pedir ni demandar, por trabajar como trabajan en sementeras y otras grangerias los dichos indios para si mismos. E incontinente el dicho señor gobernador reformó á los capitanes y oficiales de milicia, alcaldes ordinarios y de la hermandad y alguaciles, deponiéndoles de los oficios y cargos que hasta ahora han ejercido, y con el mayor número de votos hizo eleccion de alcaldes y alguaciles, y así mismo, bien informado de lo conveniente para la defensa de esta y demas reducciones, como frontera que es de los portugueses de San Pablo del Brasil, fué haciendo é hizo nombramientos de capitanes y oficiales de milicia, en la manera siguiente:

Por alcaldes ordinarios: don Vicente Cuburé, de primer voto, y don Cristoval Biyuy de segundo-Por alcaldes de la hermandad, don Luis Mboyyú y don Cristoval Yagua-unguay-Y por alguaciles: mayor, Joseph Tarupa; y menores, don Andrés Yacurayu, don Andrés Guayuyu, don Diego Guiyi y Antonio Daingua-Y por capitanes de dicha reduccion á don Tomás Potira y don Roque Aye-Y para capitanes á guerra don Alonso Guirapoti y don Roque Berayu-Y por sargentos á Roque Cumandiyu, don Pablo Abiyure, Francisco Guama, Cristoval Asupari y Nicolás Mdabí-Y así hecha dicha eleccion y nombramiento de alcaldes, alguaciles, capitanes y oficiales de milicia, á todos el dicho señor gobernador los hizo parecer ante sí, y de ellos y de cada uno de por sí recibió juramento en forma de derecho á Dios y á la cruz, y so cargo dello dijeron y prometieron ser fieles y leales vasallos y ministros de S. M. y acudir á todas las ocasiones que en su real nombre les fuere mandado, y de ovedecer y reconocer al dicho señor gobernador, en su nombre, y á los demas que le sucedieren, y capitanes y justicia que lo fueren de S. M., y á los alcaldes y alguaciles de usar bien y como deben dichos oficios sin agravio de partes y con igualdad; y los capitanes y oficiales de milicia asi mismo juraron de usar bien y como deben dichos oficios; y á la conclusion los unos y los otros dijeron si juramos y amen. Y el dicho señor gobernador entregó las varas de justicia á los alcaldes y justicia nombrados, y las insignias de capitanes y oficiales de milicia á los demas que así mismo de suso van nombrados, con que quedaron recibidos, haciéndoseles como se les hizo advertencia que los dichos alcaldes y alguaciles por el resto deste presente año y todo el venidero de seiscientos y cuarenta y ocho, puedan usar y egercer dichos oficios;

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y que sucediendo delito por donde el delincuente ó delincuentes sean merecedores de pena de muerte, no la puedan ejecutar, sino que primero ocurran y se dé aviso al dicho señor gobernador, para que provea en el caso lo que de justicia mas haya lugar; y los dichos capitanes y oficiales de milicia no puedan ser removidos de dichos oficios hasta que otra cosa por el dicho señor gobernador se mande, y así se dió á entender á todos por interpre

tacion.

Hállase en esta reduccion iglesia con retablo y bueno y aventajadísimo sagrario, al modo del castillo de Milan, con gran curiosidad y costa de ingenio; y la dicha iglesia bien servida de sacristanes y cantores y bien adornada, con campanario bueno y curioso de campanas como en las demas reducciones hasta ahora visitadas. Tambien se hallaron con frontales y ocho ornamentos casullas y otro por hacer, y dos capas de coro, cálices y todo el demas recaudo necesario del culto divino, lucido y aseado, y musicas de diferentes géneros y chirimias.

Y por la matrícula parece haber en esta reduccion mily trescientos y cuarenta personas, grandes y pequeñas, los trescientos y veinte y ocho familias indios de manejo de armas para defensa desta y demas reducciones, como frontera que es de los portugueses de San Pablo; se hallan treinta y dos armas de fuego, las veinte y nueve escopetas y un mosquete, un esmeril y una roquera, con prevencion de municiones, pólvora, halas y cuerda; y los dichos indios espertos y hábiles en la milicia, segun ha constado. doctrineros de esta Palermo, natural de

Así mismo se hallan por curas dicha reduccion al padre Antonio Mallorca, corona del reino de Aragon, con asistencia personal de diez y ocho años á esta parte, en esta y demas reducciones, y al padre Francisco Ricardo, valon de nacion,

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