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OFICINA REMITENTE.

OFICINA RECEPTORA.

D

REMITENTE.

TRANSITO ABIERTO
DENTRO DE LA UNIÓN.

Cuadro que demuestra el precio del tránsito por las correspondencias enviadas abiertas por la oficina de correos de N.. .á la oficina de correos de X.

Números. País de salida Precios del tránsito por Por el tránsi- Observaciones. ó de destino. to por......

kilógramos.

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1 tránsito dentro de la Unión á cargo de la oficina remitente.

h....m....de

[Correspondencia de cualquiera clase de la Unión para la Unión y Correspondencia

de la Unión para el extranjero y vice-versa.]

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Porte extranjero á cargo de la oficina remitente. Porte extranjero á cargo de la oficina receptora. Correspondencia franqueada por países

Declaración

extranjeros a la Unión.

Verificación

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Correspondencias no franqueadas viniendo del extranjero á la Union, mas las correspondencias devueltas y de deshecho.

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.para la oficina de..

..de.

Tránsito en paquetes cerrados.

Paquete de la oficina de permuta....

á la oficina de permuta expedido por el intermedio de..

Primer paquete de la

oficina de permuta Segundo paquete de la Tercer paquete de la oficina de permuta de.. oficina de permuta para la oficina de de....... para la oficina de permuta de...

de

para

FECHAS. la oficina de permuta

de....

permuta de

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ADMINISTRACION DE CORREOS

de..

G

OFICINA

de....

Datos que tendrá que dar la oficina remitente en el caso de ser reclamado un objeto de correspondencia que no haya llegado.

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¿Era franqueado?

En caso afirmativo qué valor representaban las estampillas?

¿Había sido franqueado por un empleado del correo?

Día, fecha y hora de la entrega en la Administración.

Se echó la carta al buzón ó se dió á un empleado?

En el primer caso, cuál buzón?

La entrega se efectuó por el remitente mismo ó por alguna otra persona? En este caso, qué persona?

Nombre Ꭹ domicilio del remitente.

En caso de hallarse el objeto á quién se debe remitir, a 1 remitente ó al destitario?

ADMINISTRACION DE CORREOS

äe

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Datos que tendrá que suministrar el destinatario en caso de reclamación de algún objeto de correspondencia que no ha llegado.

PREGUNTAS.

Ha llegado el envío á las manos del destinatario?

La correspondencia se lleva ordinariamente á la casa del interesado ó la retira éste del correo?

En el caso primero quién es quien la recibe?

En el segundo se entrega directamente al destinatario ó á otra persona de su servicio, ó están depositados en una caja separada? Si esto es, la caja está bién cerrada y dá garantía de seguridad?

Han sido frecuentes las pérdidas de corespondencia? Y en si el caso se ha producido de qué procedían las correspondencias perdidas?

Nombre y domicilo del destinatario. En caso de hallarse el objeto, á quién debe remitirse? Al remitente ó al destinatario?

RESPUESTAS.

Esta convención fué ratificada por decreto de 30 de Enero de 1879 y por otro de 20 de Febrero del mismo año se manda promulgar en pieza por separado.

Comunicaciones relativas á Inglaterra.

Berna, 21 de Febrero de 1879.

Conforme al artículo 18 de la Convención de París de 1o de Junio de 1878, concerniente á la Unión Universal, el Consejo Federal Suizo se hace el honor de informar á Su Excelencia el señor Ministro del Exterior en San Salvador, &, &.

10 Que el Gobierno de Su Majestad Británica ha declarado por la vía diplomática que se adhiere á la Convención á su Reglamento de ejecución por sus colonias de Terranova y de la costa occidental de África, por las islas del Falkland y por la Honduras Británica.

y

20 Que, en cuanto á los equivalentes de la tasa prevista en el artículo IV del Reglamento de ejecución de la Convención de París arriba citada (sobre la cual se espera todavía una comunicación de la Oficina general de Correos de la Gran Bretaña), un arreglo ulterior con el Gobierno británico tendrá lugar más tarde de lo cual los Estados-Unidos que forman la Convención serán avisados.

30 Que de conformidad con el número 5 del artículo XXVIII del Reglamento de ejecución de la convención de Paris, habiendo declarado la Gran Bretaña y sido puesta en la tercera y primera clase por su parte contribuyente tanto del Canadá como de sus otras colonias por los gastos de la Oficina Internacional de Correos, la adhesión de las nuevas colonias mencionadas por el Gobierno británico no dá ya lugar á nuevas resoluciones.

El Gobierno federal Suizo aprovecha esta ocasión para renovar á Su Excelencia el señor Ministro del Exterior la seguridad de su alta consideración.

A nombre del Consejo federal suizo, el Presidente de la Confederación; HAMMER.

El Canciller de la Confederación;
SCHIEFS.

A Su Excelencia el señor Ministro del Exterior de la Repú

blica del Salvador en San Salvador.

Berna, 11 de Mayo de 1880.

De conformidad con el artículo 18 de la convención de Paris del 1o de Junio de 1878, concerniente á la Unión Postal Universal, el Consejo federal suizo tiene el honor de informar á su Excelencia el señor Ministro de Relaciones Exteriores del Salvador, &, &.

10 Que el alto Gobierno de su Majestad Británica diplomáticamente ha declarado adherirse á esta convención y en consecuencia al Reglamento de ejecución relativo á ella, por la Colonia de las Islas Bahamas (Indias Occidentales.)

2o Que la administración de Correos de las Islas Bahamas de conformidad con el artículo IV del Reglamento de ejecución de la convención de Paris concerniente á la Unión Postal Universal, percibirá como equivalentes

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3! Que la fecha de esta admisión ha sido fijada para el 1o de Julio de 1880.

40 Que en cuanto á la parte contributiva de los gastos de la Oficina Internacional de Correos [artículo XXVIII del Reglamento de ejecución precitado] las Islas Bahamas estarán comprendidas en el conjunto de las Colonias Británicas, y clasificadas en la primera clase conforme al artículo XXVIII del Reglamento para la ejecución de la convención de Paris.

El Consejo federal aprovecha esta ocasión para reiterar á su Excelencia el señor Ministro, las protestas de su alta consideración.

A nombre del Consejo federal suizo, el Presidente

de la Confederación,

WELTI.

El Canciller de la Confederación,

SCHIES.

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