Balmaceda: su gobierno y la revolución de 1891, Volumen2

Portada
Garnier hermanos, 1894

Dentro del libro

Páginas seleccionadas

Otras ediciones - Ver todas

Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 68 - Las que fijen las fuerzas de aire, mar y tierra que han de mantenerse en pie en tiempo de paz o de guerra, y las normas para permitir la entrada de tropas extranjeras en el territorio de la República, como, asimismo, la salida de tropas nacionales fuera de él; 14) .Las demás que la Constitución señale como leyes de iniciativa exclusiva del Presidente de la República...
Página 726 - Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente PROYECTO DE LEY: Artículo...
Página 90 - Presidente electo fuere absoluto o debiere durar indefinidamente, o por más tiempo del señalado al ejercicio de la presidencia, se hará nueva elección en la forma constitucional, subrogándole mientras tanto el mismo Consejero de Estado más antiguo que no sea eclesiástico.
Página 96 - ART. 75. A falta del Ministro del Despacho del Interior, subrogará al Presidente el Ministro del Despacho más antiguo, ya falta de los Ministros del Despacho, el Consejero de Estado más antiguo, que no fuere eclesiástico.
Página 93 - El Presidente de la República puede ser acusado sólo en el año inmediato después de concluido el término de su presidencia, por todos los actos de su administración, en que haya comprometido gravemente el honor o la seguridad del Estado, o infringido abiertamente la Constitución.
Página 58 - La reforma no es más que el modo de poner fin a las revoluciones y disturbios, a que daba origen el desarreglo del sistema político en que nos colocó el triunfo de la independencia. Es el medio de hacer efectiva la libertad nacional, que jamás podríamos obtener en su estado verdadero, mientras no estuviesen deslindadas con exactitud las facultades del Gobierno, y se hubiesen opuesto diques a la licencia.
Página 69 - Los Ministros del despacho pueden ser acusados por la Cámara de Diputados por los delitos de traición, concusión, malversación de los fondos públicos, soborno, infracción de la Constitución, por atropellamiento de las leyes, por haber dejado éstas sin ejecución i por haber comprometido gravemente la seguridad o el honor de la Nación.
Página 89 - Declarar, cuando en los casos de los arts. 65 y 69 hubiese lugar á duda, si el impedimento que priva al Presidente del ejercicio de sus funciones, es de tal naturaleza que deba procederse á nueva elección.
Página 44 - En tal virtud, los infrascritos disponen que se organice una división naval, para hacer comprender al Presidente de la República que la armada obedece a la constitución y que, por tanto, es indispensable que se dicte sin demora la ley anual que autorice su existencia".
Página 749 - La libertad de publicar sus opiniones por la imprenta, sin censura previa, y el derecho de no poder ser condenado por el abuso de esta libertad, sino en virtud de un juicio en que se califique previamente el abuso por jurados, y se siga y sentencie la causa con arreglo á la ley.

Información bibliográfica